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Plan Estrategia Publicitaria 2019 Unidad RM 315-2019-MIMP Mujer y Poblaciones Vulnerables
12/05/2019
Plan Estrategia Publicitaria 2019 Unidad RM 315-2019-MIMP Mujer y Poblaciones Vulnerables
Poder Ejecutivo, Mujer y Poblaciones Vulnerables Aprueban el "Plan de Estrategia Publicitaria 2019" de la Unidad Ejecutora 001: Administración Nivel Central del Ministerio RM 315-2019-MIMP Lima, 3 de diciembre de 2019 Vistos, el Informe Nº D000008-2019-MIMP-OC de la Oficina de Comunicación, el Informe Nº D000211-2019-MIMP-OPR de la Oficina de Presupuesto, el Informe Nº D000086-MIMP-OP de la Oficina de Planeamiento, el Memorándum Nº D000246-2019-MIMP-OGPP
Aprueban el "Plan de Estrategia Publicitaria 2019" de la Unidad Ejecutora 001: Administración Nivel Central del Ministerio
RM 315-2019-MIMP
Lima, 3 de diciembre de 2019
Vistos, el Informe Nº D000008-2019-MIMP-OC de la Oficina de Comunicación, el Informe Nº D000211-2019-MIMP-OPR de la Oficina de Presupuesto, el Informe Nº D000086-MIMP-OP de la Oficina de Planeamiento, el Memorándum Nº D000246-2019-MIMP-OGPP de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto y el Informe Nº D000165-2019-MIMP-OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica;
CONSIDERANDO:
Que, mediante Ley Nº 28874, Ley que Regula la Publicidad Estatal, se establecen los criterios generales para el uso de los recursos que las instancias del Gobierno Nacional, Gobierno Regional y Gobierno Local, destinarán al rubro de publicidad, en prensa escrita, radio y televisión;
Que, el artículo 2 de la Ley Nº 28874, establece que se entenderá por publicidad institucional a aquella que tiene por finalidad promover conductas de relevancia social, tales como el ahorro de energía eléctrica, la preservación del medio ambiente, el pago de impuestos, entre otras, así como la difusión de los planes y programas a cargo de las entidades y dependencias;
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Que, el literal a) del artículo 3 de la precitada Ley, dispone que para la autorización de la realización de publicidad estatal, debe cumplirse con un Plan de Estrategia Publicitaria acorde con las funciones y atribuciones de las entidades o dependencias, las mismas que deben adecuarse a los objetivos y prioridades establecidos en los programas sectoriales;
Que, los literales a), b) y c) del artículo 16 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, aprobado por Decreto Supremo Nº 003-2012-MIMP y modificatorias, establece que son funciones de la Oficina de Comunicación: (i)
diseñar y proponer la estrategia y política comunicacional y de relaciones públicas del Ministerio, en coordinación con los órganos de la Alta Dirección y administración interna correspondientes, (ii) elaborar y proponer el Plan de Estrategia Publicitaria del Ministerio, así como (iii) emitir opinión sobre las propuestas de Planes de Estrategia Publicitaria de los Programas y Proyectos del Sector;
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Que, en virtud de dichas funciones, con Informe Nº D000008-2019-MIMP-OC, la Oficina de Comunicación sustenta y propone la aprobación del "Plan de Estrategia Publicitaria 2019" de la Unidad Ejecutora 001:
Administración Nivel Central del Pliego 039: Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables - MIMP que adjunta, el cual contiene la Campaña de prevención contra la violencia de género, cuyo objetivo general es contribuir a visibilizar, cuestionar y rechazar patrones culturales que justifican, naturalizan y toleran el machismo en las relaciones de pareja, expresado en mecanismos de control, disfrazados de amor, mediante los cuales se ejerce violencia en las relaciones de pareja que pueden escalar hasta el feminicidio, siendo su público objetivo las mujeres de 18 a 29 años;
Que, con Memorándum Nº D000246-2019-MIMP-OGPP , la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto hace suyo el Informe Nº D000086-2019-MIMP-OP, por el cual su Oficina de Planeamiento, señala que el "Plan de Estrategia Publicitaria 2019" que contiene la Campaña de prevención contra la violencia de género, se encuentra alineado a los objetivos estratégicos del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, emitiendo opinión técnica favorable; así como el Informe Nº D000211-2019-MIMP-OPR, a través del cual su Oficina de Presupuesto, emite opinión favorable para la aprobación del "Plan de Estrategia Publicitaria 2019" de la Unidad Ejecutora 001:
Administración Nivel Central del Pliego 039: Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables - MIMP, que contiene la Campaña de prevención contra la violencia de género, toda vez que la Oficina de Comunicación cuenta con recursos presupuestales disponibles;
Que, mediante Informe Nº D000165-2019-MIMP-OGAJ, la Oficina General de Asesoría Jurídica considera procedente la aprobación del "Plan de Estrategia Publicitaria 2019" de la Unidad Ejecutora 001:
Administración Nivel Central del Pliego 039: Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables - MIMP;
Que, en consecuencia resulta necesario aprobar el "Plan de Estrategia Publicitaria 2019" de la Unidad Ejecutora 001: Administración Nivel Central del Pliego 039: Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables -
MIMP;
Con las visaciones del Despacho Viceministerial de la Mujer, de la Secretaría General, de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, de la Oficina General de Asesoría Jurídica y de la Oficina de Comunicación;
De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 28874, Ley que Regula la Publicidad Estatal; el Decreto Legislativo Nº 1098, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de
la Mujer y Poblaciones Vulnerables y modificatoria; y su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 003-2012-MIMP y modificatorias;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Aprobar el "Plan de Estrategia Publicitaria 2019" de la Unidad Ejecutora 001: Administración Nivel Central del Pliego 039: Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables - MIMP, que en Anexo forma parte integrante de la presente Resolución.
Artículo 2.- La Oficina de Comunicación del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, será responsable del seguimiento y evaluación permanente del cumplimiento del "Plan de Estrategia Publicitaria 2019" de la Unidad Ejecutora 001: Administración Nivel Central del Pliego 039: Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables - MIMP, aprobado por la presente Resolución, debiendo informar de ello a la Secretaría General del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables.
Artículo 3.- Disponer que la presente Resolución y su Anexo sean publicados en el portal institucional del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables (www. gob.pe/mimp), el mismo día de la publicación de la Resolución en el diario oficial El Peruano.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
GLORIA MONTENEGRO FIGUEROA
Ministra de la Mujer y Poblaciones Vulnerables
NORMA LEGAL:
- Titulo: RM 315-2019-MIMP Aprueban el "Plan de Estrategia Publicitaria 2019" de la Unidad Ejecutora 001: Administración Nivel Central del Ministerio
- Tipo de norma : RESOLUCIÓN MINISTERIAL
- Numero : 315-2019-MIMP
- Emitida por : Mujer y Poblaciones Vulnerables - Poder Ejecutivo
- Fecha de emision : 2019-12-05
- Fecha de aplicacion : 2019-12-06
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