Inicio
Últimas normas legales
Plan Operativo Institucional (poi) RM 422-2019-MINEM/DM Energia y Minas
12/31/2019
Plan Operativo Institucional (poi) RM 422-2019-MINEM/DM Energia y Minas
Poder Ejecutivo, Energia y Minas Aprueban Plan Operativo Institucional (POI) correspondiente al año 2020 del Ministerio consistente con el Presupuesto Institucional de Apertura - PIA 2020 RM 422-2019-MINEM/DM Lima, 30 de diciembre de 2019 VISTOS: Los Informes Nº 279-2019-MINEM/OGPP-OPPIC y Nº 283-2019-MINEM/OGPP-OPPIC de la Oficina de Planeamiento, Programación de Inversiones y Cooperación Internacional de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto;
Aprueban Plan Operativo Institucional (POI) correspondiente al año 2020 del Ministerio consistente con el Presupuesto Institucional de Apertura - PIA 2020
RM 422-2019-MINEM/DM
Lima, 30 de diciembre de 2019
VISTOS:
Los Informes Nº 279-2019-MINEM/OGPP-OPPIC
y Nº 283-2019-MINEM/OGPP-OPPIC de la Oficina de Planeamiento, Programación de Inversiones y Cooperación Internacional de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto; y, el Informe Nº 1238-2019-MINEM/OGAJ, de la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio de Energía y Minas;
CONSIDERANDO:
Que, el numeral 1 del artículo 25 de la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, establece que corresponde a los Ministros de Estado, entre otras funciones, dirigir el proceso de planeamiento estratégico sectorial, en el marco del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico y determinar los objetivos sectoriales funcionales nacionales aplicables a todos los niveles de gobierno;
aprobar los planes de actuación; y asignar los recursos necesarios para su ejecución, dentro de los límites de las asignaciones presupuestarias correspondientes;
Que, el sub numeral 3 del numeral 7.3 del artículo 7 del Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público, establece que el Titular de la Entidad es responsable, entre otros, de determinar las prioridades de gasto de la Entidad en el marco de sus objetivos estratégicos institucionales que conforman su Plan Estratégico Institucional (PEI), y sujetándose a la normatividad vigente;
TAMBIEN PUEDES VER: Ampliación Plazo Adscripción Secretaría Técnica RPCDI Instituto Nacional de Defensa de la
Que, el Decreto Legislativo Nº 1088, Ley del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico y del Centro Nacional de Planeamiento Estratégico (CEPLAN), establece que el CEPLAN se constituye como órgano rector y orientador del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico;
Que, mediante Resolución de Presidencia de Consejo Directivo Nº 026-2017/CEPLAN/PCD, el CEPLAN aprobó la Directiva Nº 001-2017-CEPLAN/PCD "Directiva para la actualización del Plan Estratégico de Desarrollo Nacional", estableciendo en el literal d. del numeral 7.2 de su artículo 7, que las políticas institucionales se concretan en los Planes Estratégicos Institucionales (PEI) y en los Planes Operativos Institucionales (POI);
MAS NORMAS LEGALES: Resolución Dispuso Exclusión Candidato Congreso RE 0508-2019-JNE Organismos Autonomos
Que, la Cuarta Disposición Complementaria Transitoria de la citada Directiva, establece que la Presidencia del Consejo Directivo del CEPLAN aprueba la actualización de guías e instrumentos metodológicos necesarios para orientar la actualización de políticas y planes a diferentes niveles, considerando el ciclo de planeamiento estratégico para la mejora continua y los lineamientos para casos de desastre, de conformidad con el artículo 6 de la Directiva referida;
Que, con Resolución de Presidencia de Consejo Directivo Nº 033-2017/CEPLAN/PCD el CEPLAN aprobó la Guía para el Planeamiento Institucional, cuyo contenido y sus modificatorias son aplicables para las entidades que integran el Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico en los tres niveles de gobierno, y que establecen pautas para la elaboración, implementación, seguimiento, evaluación y mejora continua de las políticas y planes institucionales de las entidades, en el marco del ciclo de planeamiento estratégico para la mejora continua, las Políticas de Estado, el Plan Estratégico de Desarrollo Nacional, la propuesta de imagen de futuro del Perú al 2030, la Política General de Gobierno al 2021, y las políticas nacionales, sectoriales y territoriales;
Que, con Resolución de Presidencia de Consejo Directivo Nº 00016-2019/CEPLAN/PCD, el CEPLAN
modificó la sección 6 de la Guía para el Planeamiento Institucional, estableciendo en el numeral 6.2 de la citada Guía, respecto al POI Anual consistente con el Presupuesto Institucional de Apertura - PIA, que para contar con el POI Anual, la entidad con base en el POI Multianual toma la programación del primer año para realizar el proceso de ajuste de acuerdo con la priorización establecida y la asignación del presupuesto total de la entidad; para ello, la entidad revisa que los recursos totales estimados en la programación del primer año del POI Multianual tenga consistencia con el PIA; de esta manera, la entidad contará con un POI Anual para iniciar su ejecución;
Que, bajo dicho marco, mediante Resolución Secretarial Nº 029-2019-MEM/SG se aprobó la Directiva Nº 011-2019-MEM/SG "Directiva para la formulación, ejecución, evaluación y modificación del Plan Operativo Institucional - POI del Ministerio de Energía y Minas", con la finalidad de normar y establecer disposiciones para tales fines, en concordancia con lo establecido por el CEPLAN;
Que, por su parte, con Resolución Ministerial Nº 046-2019-MEM/DM se aprobó el PEI del Ministerio de Energía y Minas, correspondiente al período 2020 - 2022, con la misión de promover el desarrollo competitivo y sostenible de las actividades minera energéticas, en beneficio de la sociedad peruana, de manera articulada, predictible, transparente y descentralizada;
Que, asimismo, a través de la Resolución Ministerial Nº 114-2019-MEM/DM se aprobó el Plan Operativo Institucional Multianual - POI correspondiente al período 2020 - 2022 del Ministerio de Energía y Minas, el cual se encuentra articulado con las acciones estratégicas establecidas en el PEI 2020 -
2022, y con el proyecto de presupuesto asignado a los órganos y unidades ejecutoras del Ministerio de Energía y Minas a través del módulo de programación multianual del Ministerio de Economía y Finanzas;
Que, conforme al literal a) del artículo 40 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas, aprobado por Decreto Supremo Nº 031-2007-EM
y sus modificatorias, la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, tiene entre sus funciones, la de coordinar y supervisar la formulación, el seguimiento y evaluación de los procesos de planeamiento, estadística, inversión pública, cooperación internacional, presupuesto y racionalización, de conformidad con las normas técnico - legales de los respectivos Sistemas Administrativos Nacionales;
Que, bajo dicho marco, a través de los Informes Nº 279-2019-MINEM/OGPP-OPPIC y Nº 283-2019-MINEM/ OGPP-OPPIC, la Oficina de Planeamiento, Programación de Inversiones y Cooperación Internacional de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, señala que, con la finalidad de materializar los objetivos estratégicos a nivel institucional para el ejercicio fiscal 2020, se ha validado las actividades operativas del Ministerio de Energía y Minas correspondientes al POI consistentes con el PIA del año 2020, de conformidad con los lineamientos metodológicos del CEPLAN;
Que, asimismo, señala que el POI Anual 2020 se enmarca dentro de los lineamientos del Ministerio de Energía y Minas, correlacionada con la visión del Sector y la misión institucional de la Entidad, con los objetivos y acciones estratégicas institucionales del PEI 2020 - 2022, así como su vinculación con la estructura programática a nivel presupuestal;
Que, del mismo modo, la Oficina de Planeamiento, Programación de Inversiones y Cooperación Internacional de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, refiere que el POI 2020 contiene ajustes de los montos financieros a nivel de Fuente de Financiamiento y Genérica de Gasto de cada actividad operativa en mérito de las modificaciones realizadas a las unidades de medida y a la priorización de actividades; todo ello, con el fin de obtener mejoras de las expectativas de inversión minero energética, enfatizar la formalización de la pequeña minería y minería artesanal, insertar al Estado en la remediación de los pasivos ambientales, reducir la brecha de electrificación rural, mantener la reconversión de la matriz energética, entre otros;
Que, en ese sentido, estando a lo expuesto por la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, corresponde aprobar el POI 2020 del Ministerio de Energía y Minas;
De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 30705, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas; el Decreto Supremo Nº 031-2007-EM, Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas y sus modificatorias; y, la Resolución de Presidencia de Consejo Directivo Nº 00016-2019/ CEPLAN/PCD, que modifica la Guía para el Planeamiento Institucional, aprobada por Resolución de Presidencia de Consejo Directivo Nº 033-2017/CEPLAN/PCD;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Aprobación del Plan Operativo Institucional (POI) correspondiente al año 2020
Aprobar el Plan Operativo Institucional (POI)
correspondiente al año 2020 del Ministerio de Energía y Minas consistente con el Presupuesto Institucional de Apertura - PIA 2020, el mismo que en Anexo forma parte integrante de la presente resolución.
Artículo 2.- Modificación del Plan Operativo Institucional (POI)
El Plan Operativo Institucional (POI) correspondiente al año 2020 del Ministerio de Energía y Minas, podrá ser modificado durante su proceso de ejecución física y financiera a propuesta de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, de conformidad con la normativa vigente.
Artículo 3.- Seguimiento y evaluación del Plan Operativo Institucional (POI)
La Oficina General de Planeamiento y Presupuesto realiza el seguimiento y evaluación del cumplimiento del Plan Operativo Institucional (POI) correspondiente al año 2020 del Ministerio de Energía y Minas, consistente con el Presupuesto Institucional de Apertura - PIA 2020.
Artículo 4.- Publicación del Plan Operativo Institucional (POI)
El Plan Operativo Institucional (POI) correspondiente al año 2020 del Ministerio de Energía y Minas, es publicado en el Portal del Estado Peruano (www.peru.gob.pe) y en el Portal Institucional del Ministerio de Energía y Minas (www.minem.gob.pe).
Regístrese, comuníquese y publíquese.
JUAN CARLOS LIU YONSEN
Ministro de Energía y Minas
NORMA LEGAL:
- Titulo: RM 422-2019-MINEM/DM Aprueban Plan Operativo Institucional (POI) correspondiente al año 2020 del Ministerio consistente con el Presupuesto Institucional de Apertura - PIA 2020
- Tipo de norma : RESOLUCIÓN MINISTERIAL
- Numero : 422-2019-MINEM/DM
- Emitida por : Energia y Minas - Poder Ejecutivo
- Fecha de emision : 2019-12-31
- Fecha de aplicacion : 2020-01-01
Compartir
Recomendado
Legislacion por entidad
Poder Ejecutivo
Organos Autonomos
Organismos Tecnicos Especializados
Transportes y Comunicaciones
Jurado Nacional de Elecciones
Economia y Finanzas
Poder Judicial
Energia y Minas
Salud
Defensa
Relaciones Exteriores
Educacion
Gobiernos Regionales
Organismos Ejecutores
Superintendencia de Banca Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones
Advertencia
Este es un portal de ayuda a quienes desean leer las nuevas normas legales del Perú.
Si encuentra algun texto que no deberia estar en este portal, escriba un mensaje a elperulegal@gmail.com para que sea retirado.
Propósito:
El propósito de "El Peru Legal" es mostrar las normas legales que proporcionan las entidades del Estado del Perú para buscar información relativa a decretos, leyes, resoluciones, directivas.
Propósito:
El propósito de "El Peru Legal" es mostrar las normas legales que proporcionan las entidades del Estado del Perú para buscar información relativa a decretos, leyes, resoluciones, directivas.
Boletin de Normas legales
Leyes más importantes
Archivo legal
- marzo 2025 (54)
- febrero 2025 (109)
- enero 2025 (85)
- diciembre 2024 (89)
- noviembre 2024 (69)
- octubre 2024 (93)
- septiembre 2024 (66)
- agosto 2024 (88)
- julio 2024 (73)
- junio 2024 (21)
- diciembre 2023 (88)
- noviembre 2023 (208)
- octubre 2023 (225)
- septiembre 2023 (228)
- agosto 2023 (65)
- julio 2023 (106)
- junio 2023 (99)
- mayo 2023 (106)
- abril 2023 (122)
- marzo 2023 (144)
- febrero 2023 (133)
- enero 2023 (111)
- diciembre 2022 (108)
- noviembre 2022 (29)
- octubre 2022 (108)
- septiembre 2022 (141)
- agosto 2022 (139)
- julio 2022 (63)
- junio 2022 (40)
- mayo 2022 (113)
- abril 2022 (87)
- marzo 2022 (103)
- febrero 2022 (110)
- enero 2022 (90)
- diciembre 2021 (146)
- noviembre 2021 (58)
- octubre 2021 (95)
- septiembre 2021 (108)
- agosto 2021 (216)
- julio 2021 (188)
- junio 2021 (59)
- enero 2021 (31)
- diciembre 2020 (211)
- noviembre 2020 (395)
- octubre 2020 (519)
- septiembre 2020 (353)
- agosto 2020 (389)
- julio 2020 (410)
- junio 2020 (398)
- mayo 2020 (336)
- abril 2020 (43)
- marzo 2020 (105)
- febrero 2020 (341)
- enero 2020 (406)
- diciembre 2019 (519)
- noviembre 2019 (438)
- octubre 2019 (331)
- septiembre 2019 (315)
- agosto 2019 (377)
- julio 2019 (379)
- junio 2019 (371)
- mayo 2019 (317)
- abril 2019 (347)
- marzo 2019 (492)
- febrero 2019 (474)
- enero 2019 (483)
- diciembre 2018 (485)
- noviembre 2018 (490)
- octubre 2018 (465)
- septiembre 2018 (486)
- agosto 2018 (498)
- julio 2018 (323)
- junio 2018 (416)
- mayo 2018 (513)
- abril 2018 (365)
- marzo 2018 (524)
- febrero 2018 (404)
- enero 2018 (444)
- diciembre 2017 (540)
- noviembre 2017 (452)
- octubre 2017 (396)
- septiembre 2017 (418)
- agosto 2017 (447)
- julio 2017 (471)
- junio 2017 (463)
- mayo 2017 (456)
- abril 2017 (401)
- marzo 2017 (532)
- febrero 2017 (462)
- enero 2017 (435)
- diciembre 2016 (492)
- noviembre 2016 (435)
- octubre 2016 (388)
- septiembre 2016 (1)
- agosto 2016 (233)
- julio 2016 (271)
- junio 2016 (340)
- mayo 2016 (470)
- abril 2016 (357)
- marzo 2016 (371)
- febrero 2016 (296)
- enero 2016 (399)
- diciembre 2015 (386)
- noviembre 2015 (67)
- octubre 2015 (252)
- septiembre 2015 (429)
- agosto 2015 (415)
- julio 2015 (461)
- junio 2015 (543)
- mayo 2015 (486)
- abril 2015 (357)
- marzo 2015 (429)
- febrero 2015 (426)
- enero 2015 (503)
- diciembre 2014 (540)
- noviembre 2014 (625)
- octubre 2014 (644)
- septiembre 2014 (616)
- agosto 2014 (687)
- julio 2014 (542)
- junio 2014 (431)
- mayo 2014 (376)
- abril 2014 (316)
- marzo 2014 (507)
- febrero 2014 (426)
- enero 2014 (608)
- diciembre 2013 (841)
- noviembre 2013 (660)
- octubre 2013 (734)
- septiembre 2013 (636)
- agosto 2013 (591)
- julio 2013 (707)
- junio 2013 (687)
- mayo 2013 (941)
- abril 2013 (871)
- marzo 2013 (940)
- febrero 2013 (891)
- enero 2013 (692)