12/28/2019

Transferencia Financiera Favor Adinelsa RM 413-2019-MINEM/DM Energia y Minas

Proyecto, Energia y Minas Autorizan transferencia financiera a favor de ADINELSA para el desarrollo de proyecto de electrificación RM 413-2019-MINEM/DM Lima, 24 de diciembre de 2019 VISTOS: El Memorando Nº 772-2019/MINEM-DGER de la Dirección General de Electrificación Rural (en adelante, DGER); el Informe Nº 266-2019-MINEM/ DGER-JAL de la Jefatura de Asesoría Legal de la DGER; el Memorándum Nº 787-2019-MINEM/DGER-JAF de la Jefatura de Administración y Finanzas
Proyecto, Energia y Minas
Autorizan transferencia financiera a favor de ADINELSA para el desarrollo de proyecto de electrificación
RM 413-2019-MINEM/DM
Lima, 24 de diciembre de 2019
VISTOS: El Memorando Nº 772-2019/MINEM-DGER de la Dirección General de Electrificación Rural (en adelante, DGER); el Informe Nº 266-2019-MINEM/ DGER-JAL de la Jefatura de Asesoría Legal de la DGER; el Memorándum Nº 787-2019-MINEM/DGER-JAF de la Jefatura de Administración y Finanzas de la DGER; el Memorando Nº 686-2019-MINEM/DGER-JEST e Informe Nº 434-2019-MINEM/DGER-JEST, complementado con Memorando Nº 712-2019-MINEM/ DGER-JEST e Informe Nº 446-2019-MINEM/DGER-JEST, con Memorando Nº 741-2019-MINEM/DGER-JEST e Informe Nº 473-2019-MINEM/DGER-JEST de la Jefatura de Estudios de la DGER; los Memorandos
Nº 330-2019-MEM/DGER-JPEI, Nº 357-2019-MINEM/ DGER-JPEI y Nº 387-2019-MINEM/DGER-JPEI de la Jefatura de Programación y Evaluación de Inversiones de la DGER; y, los Informes Nº 1180-2019-MINEM/OGAJ
y Nº 1209-2019-MINEM/OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica (en adelante, OGAJ), del Ministerio de Energía y Minas (en adelante, MINEM);

CONSIDERANDO:



Que, la Ley Nº 28749, Ley General de Electrificación Rural, modificada por Decreto Legislativo Nº 1207, tiene por objeto establecer el marco normativo para la promoción y el desarrollo eficiente y sostenible de la electrificación de zonas rurales, localidades aisladas y de frontera del país;


Que, según lo dispuesto en los literales e) y h) del artículo 7 de la Ley Nº 28749, los recursos para la electrificación rural constituyen bienes inembargables y son, entre otros, el 4% de las utilidades de las empresas generadoras, transmisoras y distribuidoras del sector eléctrico, que se aplicará con cargo al Impuesto a la Renta, y el aporte de los usuarios de electricidad, de 2/1000 de 1 UIT por Megavatio hora facturado, con excepción de aquellos que no son atendidos por el Sistema Interconectado Nacional;

Que, el artículo 9 de la citada Ley señala que los recursos que son empleados para la electrificación rural están destinados exclusivamente a la ejecución de proyectos, obras y subsidios de los Sistemas Eléctricos Rurales (en adelante, SER), así como para promocionar la inversión privada; asimismo, los recursos están dirigidos a reforzar, ampliar, remodelar o mejorar la infraestructura eléctrica existente. Para la ejecución de los proyectos u obras, la DGER podrá transferir recursos mediante resolución del Titular del Pliego a las empresas concesionarias de distribución eléctrica vinculadas al ámbito del Fondo Nacional de Financiamiento de la Actividad Empresarial del Estado (en adelante, FONAFE) y a la Empresa de Administración de Infraestructura Eléctrica S.A. (en adelante, ADINELSA), previa suscripción de convenios;


Que, el Decreto Supremo Nº 033-2015-EM establece los criterios y el procedimiento aplicable para financiar la ejecución de proyectos de los SER, así como el reforzamiento, ampliación, remodelación o mejora de la infraestructura eléctrica existente, a través de las transferencias financieras a favor de las empresas concesionarias de distribución eléctrica vinculadas al ámbito del FONAFE y a ADINELSA, con la finalidad de brindar un servicio de calidad, confiable y sostenible en las zonas rurales, localidades aisladas, localidades de frontera y de preferente interés social del país;

Que, de acuerdo a lo señalado en el literal c) del artículo 3 del citado Decreto Supremo Nº 033-2015-EM, las transferencias financieras están destinadas a financiar proyectos respecto a la infraestructura existente de las empresas concesionarias de distribución eléctrica vinculadas al ámbito de FONAFE o ADINELSA, pudiendo financiar obras de reforzamiento, ampliación, remodelación o mejora, dirigidas a la confiabilidad, calidad, sostenibilidad y capacidad de los SER;

Que, de conformidad con lo establecido en el literal a) del artículo 5 del citado Decreto Supremo, corresponde a la DGER emitir opinión favorable respecto de la transferencia de recursos, previa evaluación técnica, presupuestal y legal de las áreas correspondientes;

Que, mediante Oficios Nº 218-2019-GG-ADINELSA, Nº 263-2019-GG-ADINELSA y Nº 351-2019-GG-ADINELSA con registros Nº 2989106, Nº 2992642 y Nº 2997571, de fechas 23 de octubre, 07 y 22 de noviembre de 2019, respectivamente, ADINELSA solicita a la DGER
una transferencia de recursos para el financiamiento del proyecto denominado "Mejoramiento Sistema Eléctrico Rural Coracora en 22.9 kV";

Que, en el marco de los Memorandos Nº 686-2019-MINEM/DGER-JEST, Nº 712-2019-MINEM/ DGER-JEST y Nº 741-2019-MINEM/DGER-JEST, que adjuntan los Informes Nº 434-2019-MINEM/ DGER-JEST, Nº 446-2019-MINEM/DGER-JEST y Nº 473-2019-MINEM/ DGER-JEST, respectivamente, de la Jefatura de Estudios de la DGER; los Memorandos
Nº 330-2019-MEM/DGER-JPEI, Nº 357-2019-MINEM/ DGER-JPEI y Nº 387-2019-MINEM/DGER-JPEI, de la Jefatura de Programación y Evaluación de Inversiones de la DGER; el Memorándum Nº 787-2019-MINEM/DGER-JAF de la Jefatura de Administración y Finanzas de la DGER; y el Informe Nº 266-2019-MINEM/DGER-JAL de la Jefatura de Asesoría Legal; la DGER emite opinión favorable y recomienda la transferencia de recursos a favor de ADINELSA, por el monto de S/ 12 855 380,49 (Doce Millones Ochocientos Cincuenta y Cinco Mil Trescientos Ochenta y 49/100 Soles), para el desarrollo del citado Proyecto;

Que, de acuerdo a la Certificación de Crédito Presupuestario para Licitaciones Públicas, Concursos Públicos y Adjudicaciones Nº 00680-2019-MINEM/DGER-JAF, la transferencia se realiza con cargo a los recursos
de la fuente de financiamiento Recursos Determinados de la Unidad Ejecutora Nº 005 - Dirección General de Electrificación Rural del Pliego 016 - Ministerio de Energía y Minas;

Que, el 16 de diciembre de 2019, el MINEM y ADINELSA suscriben el Convenio Nº 07-2019-MINEM, Convenio para la Transferencia de Recursos a favor de ADINELSA, de acuerdo con lo establecido en el artículo 9 de la Ley Nº 28749 y el artículo 5 del Decreto Supremo
Nº 033-2015-EM;

Con el visto del Viceministerio de Electricidad, de la Dirección General de Electrificación Rural y la Oficina General de Asesoría Jurídica;

De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 30705, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas, aprobado con Decreto Supremo Nº 031-2007-EM y sus modificatorias; el Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público; la Ley Nº 28749, Ley General de Electrificación Rural y sus modificatorias; el Decreto Supremo Nº 025-2007-EM, que aprueba el Reglamento de la Ley Nº 28749, Ley General de Electrificación Rural; y el Decreto Supremo Nº 033-2015-EM, que establece los criterios y procedimientos para el financiamiento de la ejecución de proyectos de electrificación rural de las empresas del ámbito de FONAFE y ADINELSA;

SE RESUELVE:



Artículo 1.- Autorizar la transferencia financiera hasta por la suma ascendente a S/ 12 855 380,49 (Doce Millones Ochocientos Cincuenta y Cinco Mil Trescientos Ochenta y 49/100 Soles), incluido IGV, correspondiente a la Fuente de Financiamiento 118 Recursos Determinados, con cargo al Presupuesto de la Unidad Ejecutora Nº 005
- Dirección General de Electrificación Rural del Pliego Nº 016 - Ministerio de Energía y Minas del Ministerio de Energía y Minas para el año Fiscal 2019, a favor de la Empresa de Administración de Infraestructura Eléctrica S.A., para el desarrollo del proyecto de electrificación descrito en el Anexo que forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial.

Artículo 2.- La transferencia antes citada es efectuada de conformidad al siguiente detalle:

PROGRAMA PRESUPUESTAL : 0046 Acceso y Uso de la Electrificación Rural PRODUCTO : Acciones Comunes ACTIVIDAD : Transferencia a Entidades para Proyecto de Electrificación FUENTE DE FINANCIAMIENTO : Recursos Determinados CATEGORÍA DE GASTO : 6 Gastos de Capital GENÉRICA DE GASTO : 2.4 Donaciones y Transferencias
TOTAL S/ 12 855 380,49
Artículo 3.- Los recursos a ser transferidos son destinados exclusivamente para los fines indicados en el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial, encontrándose prohibido bajo responsabilidad destinarlos a fines distintos para los cuales son transferidos.

Artículo 4.- Los términos y obligaciones de la transferencia financiera materia de la presente Resolución Ministerial se encuentran previstos en el Convenio Nº 07-2019-MINEM, Convenio para la Transferencia de Recursos a favor de la Empresa de Administración de Infraestructura Eléctrica S.A.

Artículo 5.- La Empresa de Administración de Infraestructura Eléctrica S.A. debe informar a la Dirección General de Electrificación Rural del Ministerio de Energía y Minas, durante los primeros diez (10) días hábiles de cada mes, los avances físicos y financieros de la ejecución de los recursos transferidos conforme a su cronograma de ejecución y en el marco de las disposiciones contenidas en el Convenio referido en el artículo precedente, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 7 del Decreto Supremo Nº 033-2015-EM.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

JUAN CARLOS LIU YONSEN
Ministro de Energía y Minas Anexo a la R.M. Nº 413-2019-MINEM/DM
CARTERA DE INTERVENCIÓN DE ADINELSA,PARA
FINANCIAMIENTO DE PROYECTO DE
ELECTRIFICACIÓN RURAL

NOMBRE DEL
{G}PROYECTO
DEPARTAMENTO INVERSIÓN S/.

1
MEJORAMIENTO
SISTEMA ELÉCTRICO
RURAL CORACORA
EN 22,9KV
AYACUCHO 12 855 380,49
TOTAL ADINELSA 12 855 380,49

NORMA LEGAL:

  • Titulo: RM 413-2019-MINEM/DM Autorizan transferencia financiera a favor de ADINELSA para el desarrollo de proyecto de electrificación
  • Tipo de norma : RESOLUCIÓN MINISTERIAL
  • Numero : 413-2019-MINEM/DM
  • Emitida por : Energia y Minas - Proyecto
  • Fecha de emision : 2019-12-28
  • Fecha de aplicacion : 2019-12-29

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