Inicio
Últimas normas legales
Transferencia Financiera Favor Adinelsa RM 413-2019-MINEM/DM Energia y Minas
12/28/2019
Transferencia Financiera Favor Adinelsa RM 413-2019-MINEM/DM Energia y Minas
Proyecto, Energia y Minas Autorizan transferencia financiera a favor de ADINELSA para el desarrollo de proyecto de electrificación RM 413-2019-MINEM/DM Lima, 24 de diciembre de 2019 VISTOS: El Memorando Nº 772-2019/MINEM-DGER de la Dirección General de Electrificación Rural (en adelante, DGER); el Informe Nº 266-2019-MINEM/ DGER-JAL de la Jefatura de Asesoría Legal de la DGER; el Memorándum Nº 787-2019-MINEM/DGER-JAF de la Jefatura de Administración y Finanzas
Autorizan transferencia financiera a favor de ADINELSA para el desarrollo de proyecto de electrificación
RM 413-2019-MINEM/DM
Lima, 24 de diciembre de 2019
VISTOS: El Memorando Nº 772-2019/MINEM-DGER de la Dirección General de Electrificación Rural (en adelante, DGER); el Informe Nº 266-2019-MINEM/ DGER-JAL de la Jefatura de Asesoría Legal de la DGER; el Memorándum Nº 787-2019-MINEM/DGER-JAF de la Jefatura de Administración y Finanzas de la DGER; el Memorando Nº 686-2019-MINEM/DGER-JEST e Informe Nº 434-2019-MINEM/DGER-JEST, complementado con Memorando Nº 712-2019-MINEM/ DGER-JEST e Informe Nº 446-2019-MINEM/DGER-JEST, con Memorando Nº 741-2019-MINEM/DGER-JEST e Informe Nº 473-2019-MINEM/DGER-JEST de la Jefatura de Estudios de la DGER; los Memorandos
Nº 330-2019-MEM/DGER-JPEI, Nº 357-2019-MINEM/ DGER-JPEI y Nº 387-2019-MINEM/DGER-JPEI de la Jefatura de Programación y Evaluación de Inversiones de la DGER; y, los Informes Nº 1180-2019-MINEM/OGAJ
y Nº 1209-2019-MINEM/OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica (en adelante, OGAJ), del Ministerio de Energía y Minas (en adelante, MINEM);
CONSIDERANDO:
Que, la Ley Nº 28749, Ley General de Electrificación Rural, modificada por Decreto Legislativo Nº 1207, tiene por objeto establecer el marco normativo para la promoción y el desarrollo eficiente y sostenible de la electrificación de zonas rurales, localidades aisladas y de frontera del país;
TAMBIEN PUEDES VER: Transferencia Partidas Presupuesto Sector Público DS 384-2019-EF Economia y Finanzas
Que, según lo dispuesto en los literales e) y h) del artículo 7 de la Ley Nº 28749, los recursos para la electrificación rural constituyen bienes inembargables y son, entre otros, el 4% de las utilidades de las empresas generadoras, transmisoras y distribuidoras del sector eléctrico, que se aplicará con cargo al Impuesto a la Renta, y el aporte de los usuarios de electricidad, de 2/1000 de 1 UIT por Megavatio hora facturado, con excepción de aquellos que no son atendidos por el Sistema Interconectado Nacional;
Que, el artículo 9 de la citada Ley señala que los recursos que son empleados para la electrificación rural están destinados exclusivamente a la ejecución de proyectos, obras y subsidios de los Sistemas Eléctricos Rurales (en adelante, SER), así como para promocionar la inversión privada; asimismo, los recursos están dirigidos a reforzar, ampliar, remodelar o mejorar la infraestructura eléctrica existente. Para la ejecución de los proyectos u obras, la DGER podrá transferir recursos mediante resolución del Titular del Pliego a las empresas concesionarias de distribución eléctrica vinculadas al ámbito del Fondo Nacional de Financiamiento de la Actividad Empresarial del Estado (en adelante, FONAFE) y a la Empresa de Administración de Infraestructura Eléctrica S.A. (en adelante, ADINELSA), previa suscripción de convenios;
MAS NORMAS LEGALES: Primera Transferencia Financiera Favor RP 165-2019-IPD/P Instituto Peruano del Deporte
Que, el Decreto Supremo Nº 033-2015-EM establece los criterios y el procedimiento aplicable para financiar la ejecución de proyectos de los SER, así como el reforzamiento, ampliación, remodelación o mejora de la infraestructura eléctrica existente, a través de las transferencias financieras a favor de las empresas concesionarias de distribución eléctrica vinculadas al ámbito del FONAFE y a ADINELSA, con la finalidad de brindar un servicio de calidad, confiable y sostenible en las zonas rurales, localidades aisladas, localidades de frontera y de preferente interés social del país;
Que, de acuerdo a lo señalado en el literal c) del artículo 3 del citado Decreto Supremo Nº 033-2015-EM, las transferencias financieras están destinadas a financiar proyectos respecto a la infraestructura existente de las empresas concesionarias de distribución eléctrica vinculadas al ámbito de FONAFE o ADINELSA, pudiendo financiar obras de reforzamiento, ampliación, remodelación o mejora, dirigidas a la confiabilidad, calidad, sostenibilidad y capacidad de los SER;
Que, de conformidad con lo establecido en el literal a) del artículo 5 del citado Decreto Supremo, corresponde a la DGER emitir opinión favorable respecto de la transferencia de recursos, previa evaluación técnica, presupuestal y legal de las áreas correspondientes;
Que, mediante Oficios Nº 218-2019-GG-ADINELSA, Nº 263-2019-GG-ADINELSA y Nº 351-2019-GG-ADINELSA con registros Nº 2989106, Nº 2992642 y Nº 2997571, de fechas 23 de octubre, 07 y 22 de noviembre de 2019, respectivamente, ADINELSA solicita a la DGER
una transferencia de recursos para el financiamiento del proyecto denominado "Mejoramiento Sistema Eléctrico Rural Coracora en 22.9 kV";
Que, en el marco de los Memorandos Nº 686-2019-MINEM/DGER-JEST, Nº 712-2019-MINEM/ DGER-JEST y Nº 741-2019-MINEM/DGER-JEST, que adjuntan los Informes Nº 434-2019-MINEM/ DGER-JEST, Nº 446-2019-MINEM/DGER-JEST y Nº 473-2019-MINEM/ DGER-JEST, respectivamente, de la Jefatura de Estudios de la DGER; los Memorandos
Nº 330-2019-MEM/DGER-JPEI, Nº 357-2019-MINEM/ DGER-JPEI y Nº 387-2019-MINEM/DGER-JPEI, de la Jefatura de Programación y Evaluación de Inversiones de la DGER; el Memorándum Nº 787-2019-MINEM/DGER-JAF de la Jefatura de Administración y Finanzas de la DGER; y el Informe Nº 266-2019-MINEM/DGER-JAL de la Jefatura de Asesoría Legal; la DGER emite opinión favorable y recomienda la transferencia de recursos a favor de ADINELSA, por el monto de S/ 12 855 380,49 (Doce Millones Ochocientos Cincuenta y Cinco Mil Trescientos Ochenta y 49/100 Soles), para el desarrollo del citado Proyecto;
Que, de acuerdo a la Certificación de Crédito Presupuestario para Licitaciones Públicas, Concursos Públicos y Adjudicaciones Nº 00680-2019-MINEM/DGER-JAF, la transferencia se realiza con cargo a los recursos
de la fuente de financiamiento Recursos Determinados de la Unidad Ejecutora Nº 005 - Dirección General de Electrificación Rural del Pliego 016 - Ministerio de Energía y Minas;
Que, el 16 de diciembre de 2019, el MINEM y ADINELSA suscriben el Convenio Nº 07-2019-MINEM, Convenio para la Transferencia de Recursos a favor de ADINELSA, de acuerdo con lo establecido en el artículo 9 de la Ley Nº 28749 y el artículo 5 del Decreto Supremo
Nº 033-2015-EM;
Con el visto del Viceministerio de Electricidad, de la Dirección General de Electrificación Rural y la Oficina General de Asesoría Jurídica;
De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 30705, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas, aprobado con Decreto Supremo Nº 031-2007-EM y sus modificatorias; el Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público; la Ley Nº 28749, Ley General de Electrificación Rural y sus modificatorias; el Decreto Supremo Nº 025-2007-EM, que aprueba el Reglamento de la Ley Nº 28749, Ley General de Electrificación Rural; y el Decreto Supremo Nº 033-2015-EM, que establece los criterios y procedimientos para el financiamiento de la ejecución de proyectos de electrificación rural de las empresas del ámbito de FONAFE y ADINELSA;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Autorizar la transferencia financiera hasta por la suma ascendente a S/ 12 855 380,49 (Doce Millones Ochocientos Cincuenta y Cinco Mil Trescientos Ochenta y 49/100 Soles), incluido IGV, correspondiente a la Fuente de Financiamiento 118 Recursos Determinados, con cargo al Presupuesto de la Unidad Ejecutora Nº 005
- Dirección General de Electrificación Rural del Pliego Nº 016 - Ministerio de Energía y Minas del Ministerio de Energía y Minas para el año Fiscal 2019, a favor de la Empresa de Administración de Infraestructura Eléctrica S.A., para el desarrollo del proyecto de electrificación descrito en el Anexo que forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial.
Artículo 2.- La transferencia antes citada es efectuada de conformidad al siguiente detalle:
PROGRAMA PRESUPUESTAL : 0046 Acceso y Uso de la Electrificación Rural PRODUCTO : Acciones Comunes ACTIVIDAD : Transferencia a Entidades para Proyecto de Electrificación FUENTE DE FINANCIAMIENTO : Recursos Determinados CATEGORÍA DE GASTO : 6 Gastos de Capital GENÉRICA DE GASTO : 2.4 Donaciones y Transferencias
TOTAL S/ 12 855 380,49
Artículo 3.- Los recursos a ser transferidos son destinados exclusivamente para los fines indicados en el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial, encontrándose prohibido bajo responsabilidad destinarlos a fines distintos para los cuales son transferidos.
Artículo 4.- Los términos y obligaciones de la transferencia financiera materia de la presente Resolución Ministerial se encuentran previstos en el Convenio Nº 07-2019-MINEM, Convenio para la Transferencia de Recursos a favor de la Empresa de Administración de Infraestructura Eléctrica S.A.
Artículo 5.- La Empresa de Administración de Infraestructura Eléctrica S.A. debe informar a la Dirección General de Electrificación Rural del Ministerio de Energía y Minas, durante los primeros diez (10) días hábiles de cada mes, los avances físicos y financieros de la ejecución de los recursos transferidos conforme a su cronograma de ejecución y en el marco de las disposiciones contenidas en el Convenio referido en el artículo precedente, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 7 del Decreto Supremo Nº 033-2015-EM.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
JUAN CARLOS LIU YONSEN
Ministro de Energía y Minas Anexo a la R.M. Nº 413-2019-MINEM/DM
CARTERA DE INTERVENCIÓN DE ADINELSA,PARA
FINANCIAMIENTO DE PROYECTO DE
ELECTRIFICACIÓN RURAL
Nº
NOMBRE DEL
{G}PROYECTO
DEPARTAMENTO INVERSIÓN S/.
1
MEJORAMIENTO
SISTEMA ELÉCTRICO
RURAL CORACORA
EN 22,9KV
AYACUCHO 12 855 380,49
TOTAL ADINELSA 12 855 380,49
NORMA LEGAL:
- Titulo: RM 413-2019-MINEM/DM Autorizan transferencia financiera a favor de ADINELSA para el desarrollo de proyecto de electrificación
- Tipo de norma : RESOLUCIÓN MINISTERIAL
- Numero : 413-2019-MINEM/DM
- Emitida por : Energia y Minas - Proyecto
- Fecha de emision : 2019-12-28
- Fecha de aplicacion : 2019-12-29
Compartir
Recomendado
Legislacion por entidad
Poder Ejecutivo
Organos Autonomos
Organismos Tecnicos Especializados
Transportes y Comunicaciones
Jurado Nacional de Elecciones
Economia y Finanzas
Poder Judicial
Energia y Minas
Salud
Defensa
Relaciones Exteriores
Educacion
Gobiernos Regionales
Organismos Ejecutores
Superintendencia de Banca Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones
Advertencia
Este es un portal de ayuda a quienes desean leer las nuevas normas legales del Perú.
Si encuentra algun texto que no deberia estar en este portal, escriba un mensaje a elperulegal@gmail.com para que sea retirado.
Propósito:
El propósito de "El Peru Legal" es mostrar las normas legales que proporcionan las entidades del Estado del Perú para buscar información relativa a decretos, leyes, resoluciones, directivas.
Propósito:
El propósito de "El Peru Legal" es mostrar las normas legales que proporcionan las entidades del Estado del Perú para buscar información relativa a decretos, leyes, resoluciones, directivas.
Boletin de Normas legales
Leyes más importantes
Archivo legal
- febrero 2025 (63)
- enero 2025 (85)
- diciembre 2024 (89)
- noviembre 2024 (69)
- octubre 2024 (93)
- septiembre 2024 (66)
- agosto 2024 (88)
- julio 2024 (73)
- junio 2024 (21)
- diciembre 2023 (88)
- noviembre 2023 (208)
- octubre 2023 (225)
- septiembre 2023 (228)
- agosto 2023 (65)
- julio 2023 (106)
- junio 2023 (99)
- mayo 2023 (106)
- abril 2023 (122)
- marzo 2023 (144)
- febrero 2023 (133)
- enero 2023 (111)
- diciembre 2022 (108)
- noviembre 2022 (29)
- octubre 2022 (108)
- septiembre 2022 (141)
- agosto 2022 (139)
- julio 2022 (63)
- junio 2022 (40)
- mayo 2022 (113)
- abril 2022 (87)
- marzo 2022 (103)
- febrero 2022 (110)
- enero 2022 (90)
- diciembre 2021 (146)
- noviembre 2021 (58)
- octubre 2021 (95)
- septiembre 2021 (108)
- agosto 2021 (216)
- julio 2021 (188)
- junio 2021 (59)
- enero 2021 (31)
- diciembre 2020 (211)
- noviembre 2020 (395)
- octubre 2020 (519)
- septiembre 2020 (353)
- agosto 2020 (389)
- julio 2020 (410)
- junio 2020 (398)
- mayo 2020 (336)
- abril 2020 (43)
- marzo 2020 (105)
- febrero 2020 (341)
- enero 2020 (406)
- diciembre 2019 (519)
- noviembre 2019 (438)
- octubre 2019 (331)
- septiembre 2019 (315)
- agosto 2019 (377)
- julio 2019 (379)
- junio 2019 (371)
- mayo 2019 (317)
- abril 2019 (347)
- marzo 2019 (492)
- febrero 2019 (474)
- enero 2019 (483)
- diciembre 2018 (485)
- noviembre 2018 (490)
- octubre 2018 (465)
- septiembre 2018 (486)
- agosto 2018 (498)
- julio 2018 (323)
- junio 2018 (416)
- mayo 2018 (513)
- abril 2018 (365)
- marzo 2018 (524)
- febrero 2018 (404)
- enero 2018 (444)
- diciembre 2017 (540)
- noviembre 2017 (452)
- octubre 2017 (396)
- septiembre 2017 (418)
- agosto 2017 (447)
- julio 2017 (471)
- junio 2017 (463)
- mayo 2017 (456)
- abril 2017 (401)
- marzo 2017 (532)
- febrero 2017 (462)
- enero 2017 (435)
- diciembre 2016 (492)
- noviembre 2016 (435)
- octubre 2016 (388)
- septiembre 2016 (1)
- agosto 2016 (233)
- julio 2016 (271)
- junio 2016 (340)
- mayo 2016 (470)
- abril 2016 (357)
- marzo 2016 (371)
- febrero 2016 (296)
- enero 2016 (399)
- diciembre 2015 (386)
- noviembre 2015 (67)
- octubre 2015 (252)
- septiembre 2015 (429)
- agosto 2015 (415)
- julio 2015 (461)
- junio 2015 (543)
- mayo 2015 (486)
- abril 2015 (357)
- marzo 2015 (429)
- febrero 2015 (426)
- enero 2015 (503)
- diciembre 2014 (540)
- noviembre 2014 (625)
- octubre 2014 (644)
- septiembre 2014 (616)
- agosto 2014 (687)
- julio 2014 (542)
- junio 2014 (431)
- mayo 2014 (376)
- abril 2014 (316)
- marzo 2014 (507)
- febrero 2014 (426)
- enero 2014 (608)
- diciembre 2013 (841)
- noviembre 2013 (660)
- octubre 2013 (734)
- septiembre 2013 (636)
- agosto 2013 (591)
- julio 2013 (707)
- junio 2013 (687)
- mayo 2013 (941)
- abril 2013 (871)
- marzo 2013 (940)
- febrero 2013 (891)
- enero 2013 (692)