12/05/2019

Transferencia Financiera Favor Unidades RJ 194-2019/SIS Seguro Integral de Salud

Organismos Ejecutores, Seguro Integral de Salud Aprueban Transferencia Financiera a favor de las unidades ejecutoras del sector salud para el financiamiento de las prestaciones de salud a los asegurados SIS RJ 194-2019/SIS Lima, 4 de diciembre de 2019 VISTOS: El Informe Conjunto Nº 007-2019-SIS/GNF-SGF/PMRA-GPR con Proveído Nº 949-2019-SIS/GNF y el Memorando Nº 1139-2019-SIS/GNF de la Gerencia de Negocios y Financiamiento, el Informe Nº 075-2019-SIS/OGPPDO-DADZ
Organismos Ejecutores, Seguro Integral de Salud
Aprueban Transferencia Financiera a favor de las unidades ejecutoras del sector salud para el financiamiento de las prestaciones de salud a los asegurados SIS
RJ 194-2019/SIS
Lima, 4 de diciembre de 2019
VISTOS: El Informe Conjunto Nº 007-2019-SIS/GNF-SGF/PMRA-GPR con Proveído Nº 949-2019-SIS/GNF
y el Memorando Nº 1139-2019-SIS/GNF de la Gerencia de Negocios y Financiamiento, el Informe Nº 075-2019-SIS/OGPPDO-DADZ con Proveído Nº 248-2019-SIS/ OGPPDO de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Organizacional, y el Informe Nº 620-2019-SIS/OGAJ/DE con Proveído Nº 639-2019-SIS/ OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,

CONSIDERANDO:



Que, el Seguro Integral de Salud - SIS es un Organismo Público Ejecutor adscrito al Ministerio de Salud constituido en una Institución Administradora de Fondos de Aseguramiento en Salud (IAFAS) pública, en virtud a lo dispuesto en el artículo 7 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 29344, Ley Marco de Aseguramiento Universal en Salud, aprobado por Decreto Supremo Nº 020-2014-SA, con las funciones de recibir, captar y/o gestionar fondos para la cobertura de las atenciones de salud o que oferten cobertura de riesgos de salud, bajo cualquier modalidad;


Que, de conformidad con el artículo 4 del Decreto Legislativo Nº 1163, que aprueba Disposiciones para el Fortalecimiento del Seguro Integral de Salud, la transferencia de fondos o pagos que efectúe el SIS
requiere la suscripción obligatoria de un convenio o contrato, pudiendo tener una duración de hasta tres (3) años renovables. En ese sentido, a través de los convenios y contratos suscritos con las instituciones prestadoras de servicios de salud (IPRESS) públicas y privadas respectivamente, podrán establecerse diferentes modalidades y mecanismos de pago;

Que, en concordancia con ello, mediante el artículo 12 del Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1163, aprobado por el Decreto Supremo Nº 030-2014-SA y modificado por Decretos Supremos Nº 012-2017-SA y Nº 025-2018-SA, se establece que "El Seguro Integral de Salud (SIS) suscribe convenios con las Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud (IPRESS) públicas, Unidades de Gestión de Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud (UGIPRESS) públicas, Gobiernos Regionales, Instituciones Administradoras de Fondos de Aseguramiento en Salud (IAFAS) públicas, para la

transferencia de fondos o pago por las prestaciones de salud y administrativas que se brinden a sus asegurados";

Que, a través de los numerales 16.1, 16.2 y 16.3 del artículo 16 de la Ley Nº 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal se establece, respectivamente: i) Autorizar al SIS, de manera excepcional, a efectuar transferencias para el financiamiento del costo de las prestaciones de salud brindadas a sus asegurados;
ii) que, las referidas transferencias deberán aprobarse mediante Resolución del Titular del Pliego, previo informe favorable de la oficina de presupuesto o la que haga sus veces en la entidad, la misma que debe publicarse en el Diario Oficial El Peruano; y, iii) que, la entidad pública que transfiere recursos públicos, salvo aquellos señalados en el acápite f.5 del inciso f del numeral 16.1 precitado, es responsable del monitoreo, seguimiento y cumplimiento de los fines y metas para los cuales se transfirieron dichos recursos;

Que, mediante Informe Nº 075-2019-SIS/OGPPDO-DADZ con Proveído Nº 248-2019-SIS/OGPPDO, la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Organizacional - OGPPDO otorga la Certificación de Crédito Presupuestario Nº 1220 hasta por la suma de S/ 7 454,627.00 (Siete millones cuatrocientos cincuenta y cuatro mil seiscientos veintisiete y 00/100 Soles), en la Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios, correspondiente a la programación transferencia financiera por el concepto de mecanismo de pago por servicio a las unidades ejecutoras de los Gobiernos Regionales - GORES y Direcciones de Redes Integradas de Salud - DIRIS, solicitada por la Gerencia de Negocios y Financiamiento - GNF a través del Memorando Nº 1139-2019-SIS/GNF, en mérito a los Convenios, Adendas y Actas de Compromiso suscritos para el ejercicio 2019;

Que, mediante Informe Conjunto Nº 007-2019-SIS/ GNF-SGF/PMRA-GPR con Proveído Nº 949-2019-SIS/ GNF , la GNF concluye "(...) se programa una transferencia financiera a 22 Unidades Ejecutoras de los Gobiernos Regionales y las Direcciones de Redes Integradas de Salud de Lima metropolitana, con el objetivo de cumplir con los términos establecidos en los Convenios y Adendas; por el concepto de Mecanismo de Pago Por Servicios, por el importe que asciende a S/ 7,454,627.00, a fin de garantizar el financiamiento de las prestaciones que brindan las IPRESS de los GORES y DIRIS, a los asegurados al SIS, siendo viable realizar la presente Transferencia Financiera";

Que, mediante Informe Nº 620-2019-SIS/OGAJ/DE
con Proveído Nº 639-2019-SIS/OGAJ, la Oficina General de Asesoría Jurídica, sobre la base de lo opinado por la GNF y la OGPPDO, considera que resulta jurídicamente viable emitir la Resolución Jefatural que apruebe la Transferencia Financiera a favor de las unidades ejecutoras que se detallan en el Informe Conjunto Nº 007-2019-SIS/GNF-SGF/PMRA-GPR con Proveído Nº 949-2019-SIS/GNF, para el financiamiento de las prestaciones de salud a los asegurados del SIS;

Con el visto del Gerente de la Gerencia de Negocios y Financiamiento, de la Directora General de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Organizacional, del Director General (e) de la Oficina General de Asesoría Jurídica y de la Secretaria General;
y, De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el año fiscal y en el Reglamento de Organización y Funciones del Seguro Integral de Salud, aprobado por Decreto Supremo Nº 011-2014-SA, modificado por Decreto Supremo Nº 002-2016-SA.

SE RESUELVE:



Artículo 1.- Aprobar la Transferencia Financiera de la Unidad Ejecutora 001 Seguro Integral de Salud - SIS hasta por la suma de S/ 7 454,627.00 (SIETE
MILLONES CUATROCIENTOS CINCUENTA Y CUATRO
MIL SEISCIENTOS VEINTISIETE Y 00/100 SOLES), con cargo a la Fuente de Financiamiento 00: Recursos Ordinarios a favor de las unidades ejecutoras del sector salud para el financiamiento de las prestaciones de salud a los asegurados SIS, descritos en el Anexo Nº 1 "Transferencia Financiera - Recursos Ordinarios diciembre 2019" que forma parte integrante de la presente Resolución.

Artículo 2.- Precisar que los recursos a que se refiere el artículo 1 de la presente Resolución no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son autorizados.

Artículo 3.- Encargar a la Gerencia de Negocios y Financiamiento la publicación del reporte que detalle la transferencia descrita en Anexo Nº 1 de la presente Resolución a través del Portal Institucional del Seguro Integral de Salud - SIS, http://www.sis.gob.pe/ ipresspublicas/transferencias.html.

Artículo 4.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano, así como en el Portal Institucional del Seguro Integral de Salud.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

DORIS MARCELA LITUMA AGUIRRE
Jefa del Seguro Integral de Salud

NORMA LEGAL:

  • Titulo: RJ 194-2019/SIS Aprueban Transferencia Financiera a favor de las unidades ejecutoras del sector salud para el financiamiento de las prestaciones de salud a los asegurados SIS
  • Tipo de norma : RESOLUCIÓN JEFATURAL
  • Numero : 194-2019/SIS
  • Emitida por : Seguro Integral de Salud - Organismos Ejecutores
  • Fecha de emision : 2019-12-05
  • Fecha de aplicacion : 2019-12-06

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