1/05/2020

Actualizan Constitución Grupo Trabajo Gestión RM 0003-2020-MINAGRI Agricultura y Riego

Poder Ejecutivo, Agricultura y Riego Actualizan constitución del Grupo de Trabajo para la Gestión del Riesgo de Desastres del Ministerio de Agricultura y Riego GTGRD-MINAGRI RM 0003-2020-MINAGRI Lima, 3 de enero de 2020 VISTOS: El Memorando Nº 1850-2019-MINAGRI-SG/OGPP , de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, sobre actualización de la constitución del Grupo de Trabajo para la Gestión del Riesgo de Desastres del Ministerio de Agricultura y Riego
Poder Ejecutivo, Agricultura y Riego
Actualizan constitución del Grupo de Trabajo para la Gestión del Riesgo de Desastres del Ministerio de Agricultura y Riego GTGRD-MINAGRI
RM 0003-2020-MINAGRI
Lima, 3 de enero de 2020
VISTOS:

El Memorando Nº 1850-2019-MINAGRI-SG/OGPP , de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, sobre actualización de la constitución del Grupo de Trabajo para la Gestión del Riesgo de Desastres del Ministerio de Agricultura y Riego - GTGRD-MINAGRI y el Informe Legal Nº 1265-2019-MINAGRI-SG/OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,

CONSIDERANDO:



Que, por Ley Nº 29664, se crea el Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres - SINAGERD, como sistema interinstitucional, sinérgico, descentralizado, transversal y participativo, con la finalidad de identificar y reducir los riesgos asociados a peligros o minimizar sus efectos, así como evitar la generación de nuevos riesgos, y preparación y atención ante situaciones de desastre mediante el establecimiento de principios, lineamientos de política, componentes, procesos e instrumentos de la Gestión del Riesgo de Desastres;

Que, el Reglamento de la Ley Nº 29664, que crea el Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres, aprobado por Decreto Supremo Nº 048-2011-PCM, establece que "13.4 Los Titulares de las entidades y sectores del Gobierno Nacional, constituyen y presiden los Grupos de Trabajo de la Gestión del Riesgo de Desastres, como espacios internos de articulación para la formulación de normas y planes, evaluación y organización de los procesos de Gestión del Riesgo de Desastres en el ámbito de su competencia. Estos grupos coordinarán y articularán la gestión prospectiva, correctiva y reactiva en el marco del SINAGERD. Los grupos de trabajo estarán integrados por los responsables de los órganos y unidades orgánicas competentes";


Que, el numeral 1 de las Disposiciones Generales de la Directiva Nº 001-2012-PCM-SINAGERD "Lineamientos para la Constitución y Funcionamiento de los Grupos de Trabajo de la Gestión del Riesgo de Desastres en los Tres Niveles de Gobierno", aprobada por Resolución Ministerial Nº 276-2012-PCM, dispone que los titulares de las entidades públicas de nivel nacional, gobiernos regionales y gobiernos locales constituyen los GTGRD mediante la expedición de la resolución o norma equivalente, según corresponda y es presidido por la máxima autoridad ejecutiva de la entidad, función indelegable, e integrado por el Ministro, quien lo preside, los Viceministros, Secretario General, Directores Nacionales o Generales o sus equivalentes, el Jefe de la Oficina General de Planificación y Presupuesto, el Jefe de la Oficina de Seguridad y Defensa Nacional y por el Jefe de la Oficina General de Administración;


Que, bajo este marco normativo, por Resolución Ministerial Nº 0126-2012-AG, se constituyó el Grupo de Trabajo para la Gestión del Riesgo de Desastres del Ministerio de Agricultura y Riego - GTGRD-MINAGRI, con la conformación que en ella se señala; posteriormente fue modificada por sucesivas Resoluciones Ministeriales, la última de las cuales es la Resolución Ministerial Nº 0144-2017-MINAGRI;

Que, por Informe Nº 0194-2019-MINAGRI-SG/OGPP-ODOM, remitido con el Memorando Nº 1850-2019-MINAGRI-SG/OGPP, la Oficina de Desarrollo Organizacional y Modernización de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, señala que con el propósito de efectuar el seguimiento al cumplimiento de los compromisos y acuerdos del GTGRD-MINAGRI y garantizar el cumplimiento de la normativa vigente en la implementación de acciones en materia de gestión del riesgo de desastres por parte de las instancias competentes, propone que la Secretaría General asuma la Secretaría Técnica del referido Grupo de Trabajo;
y, considera necesario incorporar en el GTGRD-MINAGRI a la Dirección General de Ganadería y a la Dirección General de Saneamiento de la Propiedad Agraria y Catastro Rural, quienes no estaban comprendidas en la Resolución Ministerial Nº 126-2012-AG y modificatorias;

Que, en tal sentido, resulta necesario actualizar la constitución del Grupo de Trabajo para la Gestión del Riesgo de Desastres del Ministerio de Agricultura y Riego - GTGRD-MINAGRI, acorde a la estructura orgánica vigente del MINAGRI;

Con el visado de la Secretaría General, de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, de la Dirección General de Articulación Intergubernamental y de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 997, modificado por la Ley Nº 30048, que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Agricultura y Riego; la Ley Nº 29664, Ley que crea el Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres - SINAGERD; el Reglamento de la Ley Nº 29664, aprobado por Decreto Supremo Nº 048-2011-PCM; y, el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Agricultura y Riego, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2014-MINAGRI, y sus modificatorias;

SE RESUELVE:



Artículo 1.- Actualización de la constitución del
GTGRD-MINAGRI
Actualizar la constitución del Grupo de Trabajo para la Gestión del Riesgo de Desastres del Ministerio de Agricultura y Riego - GTGRD-MINAGRI, el cual está integrado de la siguiente manera:
a) Ministro/a de Agricultura y Riego, quien lo preside.
b) Viceministro/a de Desarrollo e Infraestructura Agraria y Riego.
c) Viceministro/a de Políticas Agrarias.
d) Secretario/a General.
e) Director/a General de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto.
f) Director/a General de la Oficina General de Administración.
g) Director/a General de la Dirección General de Políticas Agrarias.
h) Director/a General de la Dirección General de Seguimiento y Evaluación de Políticas.
i) Director/a General de la Dirección General de Articulación Intergubernamental.
j) Director/a General de la Dirección General Agrícola.
k) Director/a General de la Dirección General de Asuntos Ambientales Agrarios.
l) Director/a General de la Dirección General de Infraestructura Agraria y Riego.
m) Director/a General de la Dirección General de Ganadería.
n) Director/a General de la Dirección General de Saneamiento de la Propiedad Agraria y Catastro Rural.
o) Jefe/a de la Autoridad Nacional del Agua - ANA
p) Jefe/a del Servicio Nacional de Sanidad Agraria -
SENASA.
q) Jefe/a del Instituto Nacional de Innovación Agraria - INIA.
r) Director/a Ejecutivo/a del Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre - SERFOR.
s) Presidente/a Ejecutivo/a de Sierra y Selva Exportadora - SSE.
t) Director/a Ejecutivo/a del Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural - AGRO RURAL.
u) Director/a Ejecutivo/a del Programa Subsectorial de Irrigaciones - PSI.
v) Jefe/a del Programa de Compensaciones para la Competitividad - AGROIDEAS.

Artículo 2.- Funciones El Grupo de Trabajo constituido en el artículo precedente, asume las funciones establecidas en la Ley Nº 29664, Ley de creación del Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 048-2011-PCM y la Directiva Nº 001-2012-PCM-SINAGERD, "Lineamientos para la Constitución y Funcionamiento de los Grupos de Trabajo de la Gestión del Riesgo de Desastres en los tres niveles de Gobierno", aprobada por Resolución Ministerial
Nº 276-2012-PCM.

Artículo 3.- Secretaría Técnica Designar a la Secretaría General del MINAGRI como Secretaría Técnica del GTGRD-MINAGRI, que establece los mecanismos necesarios para el funcionamiento del
GTGRD-MINAGRI.

Artículo 4.- Implementación y Administración del
COE-MINAGRI
La Dirección de Gestión del Riesgo y del Diálogo - DIGERID de la Dirección General de Articulación Intergubernamental - DGAI, en adición a sus funciones, es la unidad orgánica responsable de la implementación y administración del Centro de Operaciones de Emergencia del Ministerio de Agricultura y Riego - COE-MINAGRI, debiendo observar para estos efectos las disposiciones establecidas según la normatividad vigente, debiendo reportar periódicamente los avances al GTGRD-MINAGRI.

Artículo 5.- Requerimiento de Información Para el cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 4 de la presente Resolución Ministerial, la DIGERID de la DGAI, podrá solicitar a los órganos, unidades orgánicas, programas y proyectos especiales del Ministerio de Agricultura y Riego, así como los Organismos Públicos adscritos, la información que requiera el GTGRD-MINAGRI.

Artículo 6.- Derogación Derogar las Resoluciones Ministeriales Nº 0126-2012-AG, Nº 0369-2013-MINAGRI, Nº 0543-2014-MINAGRI, Nº 0314-2016-MINAGRI y Nº 0144-2017-MINAGRI.

Artículo 7.- Comunicación Remitir copia de la presente Resolución a la Presidencia del Consejo de Ministros - PCM, al Centro de Estimación, Prevención y Reducción del Riesgo de Desastres - CENEPRED, al Instituto Nacional de Defensa Civil - INDECI, para las acciones de coordinación en lo que corresponda como integrantes del SINAGERD;
así como a los miembros del Grupo de Trabajo para la Gestión del Riesgo de Desastres del GTGRD-MINAGRI.

Artículo 8.- Publicación Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Portal Institucional del Ministerio de Agricultura y Riego (www.gob.pe/minagri), en la misma fecha de su publicación en el diario oficial El Peruano.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

JORGE LUIS MONTENEGRO CHAVESTA
Ministro de Agricultura y Riego

NORMA LEGAL:

  • Titulo: RM 0003-2020-MINAGRI Actualizan constitución del Grupo de Trabajo para la Gestión del Riesgo de Desastres del Ministerio de Agricultura y Riego GTGRD-MINAGRI
  • Tipo de norma : RESOLUCIÓN MINISTERIAL
  • Numero : 0003-2020-MINAGRI
  • Emitida por : Agricultura y Riego - Poder Ejecutivo
  • Fecha de emision : 2020-01-05
  • Fecha de aplicacion : 2020-01-06

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