1/17/2020

Modelo Definitivo Cédula Sufragio Elecciones RJ 000013-2020-JN/ONPE Oficina Nacional de Procesos

Poder Judicial, Oficina Nacional de Procesos Electorales Aprueban el modelo definitivo de la Cédula de Sufragio para las Elecciones Municipales Complementarias 2020 RJ 000013-2020-JN/ONPE Lima, 15 de enero del 2020 VISTOS: el Oficio Nº 00083-2020-SG/JNE, de la Secretaria del Jurado Nacional de Elecciones; el Informe Nº 000002-2020-GGE/ONPE, de la Gerencia de Gestión Electoral, el Informe Nº 000138-2020-SGOE-GGE/ONPE, de la Sub Gerencia de Operaciones Electorales
Poder Judicial, Oficina Nacional de Procesos Electorales
Aprueban el modelo definitivo de la Cédula de Sufragio para las Elecciones Municipales Complementarias 2020
RJ 000013-2020-JN/ONPE
Lima, 15 de enero del 2020
VISTOS: el Oficio Nº 00083-2020-SG/JNE, de la Secretaria del Jurado Nacional de Elecciones; el Informe Nº 000002-2020-GGE/ONPE, de la Gerencia de Gestión Electoral, el Informe Nº 000138-2020-SGOE-GGE/ONPE, de la Sub Gerencia de Operaciones Electorales de la Gerencia de Gestión Electoral; el Informe Nº 000013-2020-GG/ONPE, de la Gerencia General; así como, el Informe Nº 000022-2020-GAJ/ONPE, de la Gerencia de Asesoría Jurídica; y,

CONSIDERANDO:



Por Decreto Supremo Nº 171-2019-PCM, el Presidente de la República convocó a Elecciones Municipales Complementarias 2020, a llevarse a cabo el domingo 29 de marzo de 2020, para la elección del alcalde y regidores en el distrito de Chipao, provincia de Lucanas, departamento de Ayacucho;

Según el artículo 37 de la Ley Nº 26859, Ley Orgánica de Elecciones (LOE), señala que la Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE), tiene a su cargo la organización y ejecución de los procesos electorales y consultas populares. Ejerce sus atribuciones y funciones con sujeción a la Constitución Política, la presente Ley y su Ley Orgánica, Ley Nº 26487 (LOONPE);


El artículo 159 de la LOE, dispone que corresponde a la ONPE determinar las características de la cédula de sufragio, su impresión y distribución, así como decidir acerca de las indicaciones ilustrativas necesarias para facilitar el voto del elector. Asimismo, el artículo 165 de la mencionada ley dispone que el diseño y procedimiento para la ubicación de las candidaturas o símbolos se efectúa mediante sorteo público, en presencia de los personeros y de notario público;

En cumplimiento de los dispositivos mencionados, por Resoluciones Jefaturales Nos 000266-2019-JN/ ONPE y 000267-2019-JN/ONPE se aprobó el diseño de la Cédula de Sufragio con su especificación técnica y las Instrucciones para el Sorteo de Ubicación de las Organizaciones Políticas en la Cédula de Sufragio de las Elecciones Municipales Complementarias 2020;

respectivamente. Ambos pronunciamientos fueron presentados en Acto Público del 12 de diciembre de 2019;

Conforme al Acta Notarial elaborada en el referido acto público, la representante de la Dirección Nacional de Fiscalización y Procesos Electorales del Jurado Nacional de Elecciones señaló que debe considerarse que una organización política ha presentado su solicitud de inscripción de lista de candidatos, por lo que no correspondería realizar sorteo de ubicación; asimismo, se precisó que tampoco se han inscrito alianzas en este proceso electoral. Esto es de verificarse, a su vez, en la plataforma electoral del Jurado Nacional de Elecciones, donde se advierte una sola inscripción de lista de candidatos;

Así las cosas, en la medida de que solo una organización política se ha inscrito para participar en las Elecciones Municipales Complementarias 2020, lo cual, como ha dejado constancia el Jurado Nacional de Elecciones, no ameritaría la realización de un sorteo de ubicación de las organizaciones políticas en la Cédula de Sufragio;

Por su parte, los artículos 167 y 168 de la LOE
establecen que los personeros acreditados pueden presentar impugnaciones respecto al diseño de la cédula ante el Jurado Nacional de Elecciones. Estas deben ser presentadas por escrito dentro de los tres (3) días después de efectuada la publicación a que se refiere el artículo 165 antes mencionado. Resueltas las impugnaciones o reclamaciones formuladas, o vencido el término sin que se hubiese interpuesto ninguna, la ONPE publica y divulga el modelo definitivo y el procedimiento que debe seguirse;

Al respecto, la Secretaría General del Jurado Nacional de Elecciones por Oficio Nº 00083-2020-SG/JNE, de fecha 08 de enero de 2020, hace de conocimiento de la ONPE que —luego de conocer los informes del Jurado Electoral Especial de Huamanga, de sus oficinas desconcentradas y de su mesa de partes de Servicios al Ciudadano—, no se han presentado impugnaciones contra el diseño de la cédula de sufragio aprobado mediante Resolución Nº 000266-2019-JN/ONPE;

Dicho esto, a través del Informe Nº 000002-2020-GGE/ONPE, la Gerencia de Gestión Electoral hace de conocimiento de la Gerencia General el modelo definitivo y especificación técnica de la Cédula de Sufragio respecto del presente proceso electoral, recomendando su aprobación y publicación correspondiente;

Asimismo, la Gerencia General mediante el Informe Nº 000013-2020-GG/ONPE eleva a la Jefatura Nacional la propuesta remitida por la Gerencia de Gestión Electoral para la emisión de la respectiva Resolución Jefatural;

De conformidad con lo dispuesto en los literales b), g) y h) del artículo 5 de la LOONPE; así como en los literales o) y s) del artículo 11 del Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones de la ONPE, aprobado mediante Resolución Jefatural Nº 246-2019-JN/ONPE;

Con los visados de la Secretaría General, de la Gerencia General y de las Gerencias de Gestión Electoral y de Asesoría Jurídica;

SE RESUELVE:



Artículo Primero.- Aprobar el modelo definitivo de la Cédula de Sufragio para las Elecciones Municipales Complementarias 2020, cuyo formato aparece en el Anexo Nº 2 (anverso y reverso) y sus especificaciones técnicas en el Anexo Nº 1, los cuales forman parte integrante de la presente resolución.

Artículo Segundo.- Carece de objeto realizar el Sorteo de Ubicación de las Organizaciones Políticas en la Cédula de Sufragio, al solo haberse inscrito una organización política para las Elecciones Municipales Complementarias 2020.

Artículo Tercero.- Poner en conocimiento del Jurado Nacional de Elecciones, del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, y de la organización política participante, el contenido de la presente resolución.

Artículo Cuarto.- Publicar el contenido de la presente Resolución Jefatural y sus anexos en el diario oficial El Peruano y en el Portal Institucional de la Oficina Nacional de Procesos Electorales, www. onpe.gob.pe.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

MANUEL FRANCISCO COX GANOZA
Jefe (i)
ANEXO Nº 1
ESPECIFICACIONES TÉCNICAS DEL MODELO
DEFINITIVO DE LA CÉDULA DE SUFRAGIO
PARA LAS ELECCIONES MUNICIPALES
COMPLEMENTARIAS 2020
1. MEDIDAS:

1.1 La cédula de sufragio tendrá la siguiente medida 16.00 cm. de largo x 21.00 cm. de ancho, en formato horizontal.

2. ANVERSO:

2.1 Encabezado: presenta un código de barras impreso en color negro en la esquina superior derecha, y debajo de este, centrado en dos líneas, el texto: "ELECCIONES
MUNICIPALES COMPLEMENTARIAS 2020", en letras de color negro. El escudo nacional va impreso en el extremo izquierdo y el isotipo de la ONPE en el extremo derecho, ambos de color negro.

2.2 Subtítulo: se muestra un recuadro en fondo de color negro, donde se consigna el nombre del distrito al que pertenece, en letras de color blanco.

2.3 Instrucciones al elector: se muestra un recuadro en fondo de color gris, con el texto centrado en dos líneas: "MARQUE CON UNA CRUZ O UN ASPA 
DENTRO DEL RECUADRO DEL SIMBOLO DE SU
PREFERENCIA", en letras de color negro.

2.4 Cuerpo de la cédula: se considera un diseño de cédula que contempla la participación de 01 organización política. El recuadro consta de un borde de color negro y el fondo con trama de color celeste con las siglas: "JNE
ONPE RENIEC", caladas con letras de color blanco en forma diagonal. Este recuadro presenta 2 secciones claramente diferenciadas:

2.4.1 Nombre de la Organización Política, en letras de color negro, al lado izquierdo.

2.4.2 Símbolo de la Organización Política al lado derecho impreso a todo color, dentro de un recuadro de borde negro en fondo de color blanco.

2.5 Pie de página: se muestra un recuadro en fondo de color gris, donde se indica el nombre del departamento en letras de color blanco ubicado al lado derecho. Debajo de este fondo, presenta un código de barras impreso en color negro en la esquina inferior izquierda.

3. REVERSO:

3.1 Fondo de color gris, con las siglas: "JNE ONPE
RENIEC" caladas con letras de color blanco en forma diagonal, y repetidas de manera uniforme sobre el área del fondo.

3.2 El encabezado muestra en dos líneas el siguiente texto: "ELECCIONES MUNICIPALES
COMPLEMENTARIAS 2020". En un segundo bloque:
"ORGANISMOS ELECTORALES", "JNE - ONPE - RENIEC", uno debajo del otro en letras de color negro.

Inmediatamente después se muestra el Escudo Nacional, impreso en color negro.

3.3 Se ha consignado el título: "CEDULA DE
SUFRAGIO", centrado debajo del Escudo Nacional, donde se precisan en dos líneas las siguientes indicaciones para los miembros de mesa: "FIRMA
OBLIGATORIA DEL PRESIDENTE DE LA MESA
Y OPCIONAL LA DE LOS PERSONEROS QUE
SE ENCUENTREN PRESENTES EN EL ACTO DE
INSTALACION", en letras de color negro.

3.4 A continuación se encuentra el espacio destinado a la firma del presidente de mesa, debajo se ubica el área asignada para la firma del personero de la Organización Política, en letras de color negro.

El diseño de cédula publicado mide 21.00 cm. de ancho x 16.00 cm. de largo, es de formato horizontal a todo color en el anverso y 01 color en el reverso.

ANEXO Nº 2 (ANVERSO)
ANEXO Nº 2 (REVERSO)

NORMA LEGAL:

  • Titulo: RJ 000013-2020-JN/ONPE Aprueban el modelo definitivo de la Cédula de Sufragio para las Elecciones Municipales Complementarias 2020
  • Tipo de norma : RESOLUCIÓN JEFATURAL
  • Numero : 000013-2020-JN/ONPE
  • Emitida por : Oficina Nacional de Procesos Electorales - Poder Judicial
  • Fecha de emision : 2020-01-17
  • Fecha de aplicacion : 2020-01-18

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