1/12/2020

Plan Operativo Institucional – Poi 2019 RM 004-2020-MINCETUR Comercio Exterior y Turismo

Poder Ejecutivo, Comercio Exterior y Turismo Modifican el Plan Operativo Institucional - POI 2019 del Ministerio, correspondiente a la Unidad Ejecutora Plan COPESCO NACIONAL RM 004-2020-MINCETUR Lima, 10 de enero de 2020 Visto, el Informe Nº 900-2019-MINCETUR/SG/OGPPD de la Oficina General de Planificación, Presupuesto y Desarrollo del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo; CONSIDERANDO: Que, conforme al numeral 13.3 del artículo 13 del Decreto
Poder Ejecutivo, Comercio Exterior y Turismo
Modifican el Plan Operativo Institucional - POI 2019 del Ministerio, correspondiente a la Unidad Ejecutora Plan COPESCO NACIONAL
RM 004-2020-MINCETUR
Lima, 10 de enero de 2020
Visto, el Informe Nº 900-2019-MINCETUR/SG/OGPPD de la Oficina General de Planificación, Presupuesto y Desarrollo del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo;

CONSIDERANDO:



Que, conforme al numeral 13.3 del artículo 13 del Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público, el Presupuesto del Sector Público tiene como finalidad el logro de resultados a favor de la población y del entorno y se articula con los instrumentos del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico - SINAPLAN;

Que, mediante Ley Nº 30879, se aprueba la Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019 y por Resolución Ministerial Nº 501-2018-MINCETUR se aprobó el Presupuesto Institucional de Apertura de Gastos, correspondiente al Año Fiscal 2019 del Pliego 035: Ministerio de Comercio Exterior y Turismo por el monto de S/ 325 442
887,00; correspondiendo a la Unidad Ejecutora 004: Plan COPESCO Nacional, el monto de S/ 76 070 549,00;

Que, asimismo, mediante la Resolución Ministerial Nº 024-2019-MINCETUR, se aprobó el Plan Operativo Institucional 2019 del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, en lo correspondiente a la Unidad Ejecutora 004:


Plan COPESCO Nacional, el que contempla la asignación presupuestal para el año 2019 y en su artículo 2 establece que el mismo podrá ser modificado y/o reformulado durante su proceso de ejecución física y presupuestal, previa evaluación e informe de la Oficina General de Planificación, Presupuesto y Desarrollo, de conformidad con la normatividad vigente;

Que, a través de la Resolución de Presidencia de Consejo Directivo Nº 033-2017/CEPLAN/PCD, modificada por las Resoluciones de Presidencia de Consejo Directivo Nos 053-2018/CEPLAN/PCD y 00016-2019/ CEPLAN/PCD se aprobó la "Guía para el Planeamiento Institucional", la cual tiene por objeto establecer las pautas para el planeamiento institucional que comprende la política y los planes que permiten la elaboración o modificación del Plan Estratégico Institucional (PEI) y el Plan Operativo Institucional (POI), en el marco del Ciclo de Planeamiento Estratégico para la mejora continua;


Que, de acuerdo a lo establecido en el numeral 6.3 de la referida "Guía para el Planeamiento Institucional" el POI puede ser modificado cuando se presentan cambios en la programación de metas físicas de las Actividades Operativas e Inversiones, que estén relacionados al mejoramiento continuo de los procesos y/o su priorización y cuando se produce la incorporación de nuevas Actividades Operativas e Inversiones;

Que, en ese sentido, la Oficina General de Planificación, Presupuesto y Desarrollo, a través del documento de visto señala que durante la ejecución de los proyectos de inversión 2019 a cargo de Plan COPESCO Nacional, se han registrado variaciones a la programación física y financiera de las inversiones, por lo que es necesario modificar el Plan Operativo Institucional - POI 2019 del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo correspondiente a la UE 004: Plan COPESCO Nacional aprobado por la Resolución Ministerial Nº 024-2019-MINCETUR;

Que, asimismo, a través del documento de visto se señala que la Dirección General de Coordinación y Planeamiento Estratégico del Centro Nacional de Planeamiento Estratégico - CEPLAN ha emitido opinión
favorable sobre la modificación del referido Plan Operativo Institucional;

Que, el literal 7.3.4 de la Directiva Nº 004-2017-MINCETUR "Directiva para la Formulación, evaluación y Modificación del POI MINCETUR", dispone que la modificación deberá ser aprobada por Resolución Ministerial;

De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público; Ley Nº 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019; Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2002-MINCETUR y normas modificatorias; y, la Resolución de Presidencia de Consejo Directivo Nº 033-2017-CEPLAN/PCD y modificatorias, que aprueba la "Guía para el Planeamiento Institucional";

SE RESUELVE:



Artículo 1.- Modificar, con eficacia anticipada al 31 de diciembre de 2019, el Plan Operativo Institucional -
POI 2019 del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo - MINCETUR, correspondiente a la Unidad Ejecutora 004: Plan COPESCO Nacional, aprobado mediante la Resolución Ministerial Nº 024-2019-MINCETUR, el mismo que en Anexo forma parte integrante de la presente Resolución.

Artículo 2.- Publíquese el Plan Operativo Institucional - POI 2019 Modificado del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo - MINCETUR correspondiente a la Unidad Ejecutora 004: Plan COPESCO Nacional en su Portal Institucional (www.gob.pe/mincetur).

Regístrese, comuníquese y publíquese.

EDGAR M. VASQUEZ VELA
Ministro de Comercio Exterior y Turismo

NORMA LEGAL:

  • Titulo: RM 004-2020-MINCETUR Modifican el Plan Operativo Institucional - POI 2019 del Ministerio, correspondiente a la Unidad Ejecutora Plan COPESCO NACIONAL
  • Tipo de norma : RESOLUCIÓN MINISTERIAL
  • Numero : 004-2020-MINCETUR
  • Emitida por : Comercio Exterior y Turismo - Poder Ejecutivo
  • Fecha de emision : 2020-01-12
  • Fecha de aplicacion : 2020-01-13

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