2/07/2020

Como Empresa Calificada Efectos Lo Establecido RM 028-2020-VIVIENDA Vivienda Construccion y

Poder Ejecutivo, Vivienda Construccion y Saneamiento Aprueban como empresa calificada, para efectos de lo establecido en el Decreto Legislativo Nº 973, a la empresa INVERSIONES ACRI S.A.C., por el desarrollo del proyecto denominado "Edificio Alto Surco", y aprueban Lista de Servicios y Contratos de Construcción y el Cronograma de Ejecución de Inversión RM 028-2020-VIVIENDA Lima, 5 de febrero del 2020 VISTOS: Los Oficios Nºs 1248 y 1304-2019/ PROINVERSIÓN/DSI de
Poder Ejecutivo, Vivienda Construccion y Saneamiento
Aprueban como empresa calificada, para efectos de lo establecido en el Decreto Legislativo Nº 973, a la empresa INVERSIONES ACRI S.A.C., por el desarrollo del proyecto denominado "Edificio Alto Surco", y aprueban Lista de Servicios y Contratos de Construcción y el Cronograma de Ejecución de Inversión
RM 028-2020-VIVIENDA
Lima, 5 de febrero del 2020
VISTOS: Los Oficios Nºs 1248 y 1304-2019/ PROINVERSIÓN/DSI de la Agencia de Promoción de la Inversión Privada - PROINVERSIÓN; el Oficio Nº 146-2020-EF/13.01 del Ministerio de Economía y Finanzas - MEF; los Informes Técnicos Legales Nºs 07
y 08-2020-VIVIENDA-VMCS/DGPPCS-DEPPCS de la Dirección de Ejecución de Programas y Proyectos en Construcción y Saneamiento; el Informe Nº 19-2020-VIVIENDA/VMCS-DGPPCS y el Memorándum Nº 080-2020-VIVIENDA/VMCS-DGPPCS de la Dirección General de Programas y Proyectos en Construcción y Saneamiento - DGPPCS; y,

CONSIDERANDO:



Que, el Decreto Legislativo Nº 973, Decreto Legislativo que establece el Régimen Especial de Recuperación Anticipada del Impuesto General a las Ventas, modificado por los Decretos Legislativos Nºs 1259 y 1423 (en adelante, el Decreto Legislativo Nº 973), dispone el Régimen Especial de Recuperación Anticipada del Impuesto General a las Ventas - IGV (en adelante, el Régimen Especial), consistente en la devolución del IGV

que gravó las importaciones y/o adquisiciones locales de bienes de capital nuevos, bienes intermedios nuevos, servicios y contratos de construcción, realizadas en la etapa preproductiva, a ser empleados por los beneficiarios del Régimen Especial directamente en la ejecución del compromiso de inversión del proyecto y que se destinen a la realización de operaciones gravadas con IGV o a exportaciones;

Que, asimismo, el Decreto Legislativo Nº 973 señala que pueden acogerse al Régimen Especial, las personas naturales o jurídicas que realicen inversiones en cualquier sector de la actividad económica que genere renta de tercera categoría, debiendo cumplir los siguientes requisitos: a) la realización de un proyecto en cualquier sector de la actividad económica que genere renta de tercera categoría; y, b) que el proyecto requiera de una etapa preproductiva igual o mayor a dos años, contado a partir de la fecha del inicio del cronograma de inversiones;

mediante Resolución Ministerial del sector competente se aprobará a las personas naturales o jurídicas que califiquen para el goce del Régimen Especial, así como los bienes, servicios y contratos de construcción que otorgarán la Recuperación Anticipada del IGV, para cada proyecto;

Que, el Reglamento del Decreto Legislativo Nº 973, aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2007-EF y sus modificatorias (en adelante, el Reglamento), señala que la relación de bienes de capital, bienes intermedios, servicios y contratos de construcción se establece para cada proyecto y debe aprobarse en la Resolución Ministerial a que se refiere dicho Decreto Legislativo;

Que, con fecha 6 de diciembre de 2019, la empresa INVERSIONES ACRI S.A.C. presenta ante PROINVERSIÓN una solicitud de acogimiento al Régimen Especial para el proyecto denominado "Edificio Alto Surco" adjuntando la Lista de Servicios y de Contratos de Construcción y, el Cronograma de Ejecución de Inversión, conforme a lo establecido en el numeral 2.1 del artículo 2 del Decreto Legislativo Nº 973 y los numerales 4.1 y 4.2 del artículo 4 del Reglamento;

Que, a través del Oficio Nº 1304-2019/PROINVERSIÓN/ DSI, recibido el 31 de diciembre de 2019, la Dirección de Servicios al Inversionista de PROINVERSIÓN
manifiesta que la solicitud de acceso al Régimen Especial presentada por la empresa INVERSIONES ACRI S.A.C.
para el proyecto denominado "Edificio Alto Surco", ha sido considerada como admisible y procedente, siendo el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento - MVCS, el Sector competente para evaluar y emitir opinión sobre la mencionada solicitud, debiendo expedir la Resolución correspondiente, de acuerdo a los numerales 4.5 y 4.6 del artículo 4 del Reglamento;

Que, el citado Oficio adjunta el Informe Técnico Legal Nº 20-2019/DSI, en el que se verifica el cumplimiento de los requisitos previstos en el numeral 4.2 del Reglamento;
el Informe Técnico Nº 224-2019-DSI y el Informe Legal Nº 207-2019-DSI, los cuales señalan que resulta procedente la solicitud de acogimiento al Régimen Especial, al cumplir con los requisitos establecidos en el numeral 3.2 del artículo 3 del Decreto Legislativo Nº 973;
dicho pronunciamiento comprende además, la Lista de Servicios y Contratos de Construcción y el Cronograma de Ejecución de Inversión;

Que, mediante Oficio Nº 146-2020-EF/13.01, recibido el 16 de enero de 2020, el MEF en atención al Oficio Nº 1248-2019/PROINVERSIÓN/DSI de la Dirección de
Servicios al Inversionista de PROINVERSIÓN, remite eI Informe Nº 0003-2020-EF/61.03, en el marco de lo establecido en el literal b) del numeral 4.4 del artículo 4 del Reglamento, señalando que la Lista de Servicios y de Contratos de Construcción, coincide y se encuentra comprendida dentro de los códigos contenidos en el Anexo 2 del Reglamento y que son susceptibles de acogimiento al Régimen Especial por parte de INVERSIONES ACRI
S.A.C. para el desarrollo del proyecto denominado "Edificio Alto Surco";

Que, con Informe Nº 19-2020-VIVIENDA/VMCS-DGPPCS del 29 de enero de 2019 y el Memorándum Nº 080-2020-VIVIENDA/VMCS-DGPPCS del 3 de febrero de 2020, sustentados en los Informes Técnicos Legales Nºs 07 y 08-2020-VIVIENDA-VMCS/ DGPPCS-DEPPCS, respectivamente, la DGPPCS concluye que la solicitud de acogimiento al Régimen Especial presentada por INVERSIONES ACRI S.A.C. para el desarrollo del proyecto "Edificio Alto Surco", cumple con los requisitos señalados en el numeral 3.2 del artículo 3 del Decreto Legislativo Nº 973; precisando que los servicios y contratos de construcción identificados en el Anexo I del Informe Nº 0003-2020-EF/61.03, emitido por el MEF, son necesarios para la ejecución del proyecto en mención y se encuentran vinculados al mismo; en tanto que, el Cronograma de Ejecución de Inversión presentado por la mencionada empresa constituirá un anexo de la presente Resolución;

De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 30156, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento; su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 010-2014-VIVIENDA, modificado por Decreto Supremo Nº 006-2015-VIVIENDA; el Decreto Legislativo Nº 973, Decreto Legislativo que establece el Régimen Especial de Recuperación Anticipada del Impuesto General a las Ventas y modificatorias; y, su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2007-EF y sus modificatorias;

SE RESUELVE:



Artículo 1.- Aprobación de la empresa calificada y de las listas Aprobar como empresa calificada, para efectos de lo establecido en el artículo 3 del Decreto Legislativo Nº 973, Decreto Legislativo que establece el Régimen Especial de Recuperación Anticipada del Impuesto General a las Ventas, a la empresa INVERSIONES ACRI S.A.C., por el desarrollo del proyecto denominado "Edificio Alto Surco";
así como, aprobar la Lista de Servicios y Contratos de Construcción (Anexo I) y el Cronograma de Ejecución de Inversión (Anexo II), que forman parte integrante de la presente Resolución.

Artículo 2.- Monto del compromiso de inversión Establecer que el monto del compromiso de inversión a cargo de INVERSIONES ACRI S.A.C., por el desarrollo del proyecto denominado "Edificio Alto Surco", asciende a la suma de US$ 35 488 299 (Treinta y Cinco Millones Cuatrocientos Ochenta y Ocho Mil Doscientos Noventa y Nueve y 00/100 Dólares de los Estados Unidos de América) sin Impuesto General a las Ventas - IGV.

Artículo 3.- Plazo de ejecución del compromiso de inversión Establecer como plazo de ejecución del compromiso de inversión, dos (02) años, cinco (05) meses y veinticinco (25)
días, contados a partir del 6 de diciembre de 2019, fecha de presentación de la solicitud de acogimiento al Régimen Especial de Recuperación Anticipada del Impuesto General a las Ventas, hasta el 31 de mayo de 2022.

Artículo 4.- Periodo de muestras, pruebas o ensayos Establecer que el periodo de muestras, pruebas o ensayos, denominado "Marcha Blanca", se desarrollará desde el 1 de abril al 31 de mayo de 2022.

Artículo 5.- Cobertura del Régimen Especial El Régimen Especial de Recuperación Anticipada del Impuesto General a las Ventas a que se refiere el numeral 2.1 del artículo 2 del Decreto Legislativo Nº 973 y normas reglamentarias aplicables, consiste en la devolución del IGV
que gravó las importaciones y/o adquisiciones locales de bienes de capital nuevos, bienes intermedios nuevos, así como los servicios y contratos de construcción, realizadas en la etapa preproductiva, que se señalan en el Anexo I de la presente Resolución Ministerial, y siempre que se utilicen directamente en la ejecución del compromiso de inversión del proyecto denominado "Edificio Alto Surco".

Para determinar el beneficio antes indicado, se considerarán las adquisiciones de servicios y contratos de construcción que se hubieran efectuado a partir del 6 de diciembre de 2019 y hasta la percepción de los ingresos por las operaciones productivas, de conformidad con el Decreto Legislativo Nº 973 y su Reglamento.

Artículo 6.- Publicación y difusión Encargar a la Oficina General de Estadística e Informática la publicación de la presente Resolución Ministerial y de sus Anexos en el Portal Institucional (www. gob.pe/vivienda), el mismo día de su publicación en el diario oficial El Peruano.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

RODOLFO YAÑEZ WENDORFF
Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento
REQUISITO PARA PUBLICACIÓN DE
NORMAS LEGALES Y SENTENCIAS
Se comunica a las entidades que conforman el Poder Legislativo, Poder Ejecutivo, Poder Judicial, Organismos constitucionales autónomos, Organismos Públicos, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, que para efectos de la publicación de sus disposiciones en general (normas legales, reglamentos jurídicos o administrativos, resoluciones administrativas, actos de administración, actos administrativos, etc) con o sin anexos, que contengan más de una página, se adjuntará un CD o USB en formato Word con su contenido o éste podrá ser remitido al correo electrónico normaslegales@editoraperu.com.pe.

GERENCIA DE PUBLICACIONES OFICIALES
ANEXO I
LISTA DE SERVICIOS Y CONTRATOS DE CONSTRUCCIÓN
I. SERVICIOS
Nº CIIU Descripción 6499
Otras actividades de servicios financieros, excepto las de seguros y fondos de pensiones, n.c.p.

1 Servicios financieros 6910 Actividades jurídicas 2 Servicios de asesoría legal 7110
Actividades de arquitectura e ingeniería y actividades conexas de consultoría técnica 3 Servicios de arquitectura e ingeniería para el proyecto 8211 Actividades combinadas de servicios administrativos de oficina 4 Servicios de tareas administrativas del proyecto
II. CONTRATOS DE CONSTRUCCIÓN
Nº CIIU Descripción 4100 Construcción de edificios 1 Contrato de Construcción EPC de Construcción Completa de Obra Civil
ANEXO II - A
CRONOGRAMA DE EJECUCIÓN DE INVERSIÓN
EMPRESA: INVERSIONES ACRI SAC
PROYECTO: EDIFICIO ALTO SURCO
MONEDA: DÓLARES AMERICANOS
PARTIDAS
2019 2020
PRE
CONSTRUCCION
CONSTRUCCIÓN
Diciem-bre Enero Febrero Marzo Abril Mayo Junio Julio Agosto Setiembre Octubre Noviem-bre Diciem-bre Mes 1 Mes 2 Mes 3 Mes 4 Mes 5 Mes 6 Mes 7 Mes 8 Mes 9 Mes 10 Mes 11 Mes 12 Mes 13
LISTA DE SERVICIOS US$
CIIU DESCRIPCIÓN
6499 Otras actividades de servicios financieros, excepto las de seguros y fondos de pensiones, n.c.p.

Servicios financieros 50,982 1,758 1,758 1,758 1,758 1,758 1,758 1,758 1,758 1,758 1,758 1,758 1,758
6910 Actividades Jurídicas Servicio de Asesoría Legal 131,253 8,661 - - - - 5,108 5,108 5,108 5,108 5,108 5,108 5,108 5,108
7110 Actividades de Arquitectura e Ingeniería y Actividades de Consultoría Técnica Servicio de Desarrollo de Proyecto 544,636 265,318 146,659 132,659
Servicios de Desarrollo de Obras Complemntarias 190,000
Servicios de Supervisión Técnica de Obra Civil y Gerenciamiento de Proyecto 243,000 9,000 9,000 9,000 9,000 9,000 9,000 9,000 9,000 9,000 9,000 9,000 9,000
8211 Actividades combinadas de servicios administrativos de oficina Servicio de Administración 2,067,179 de Proyecto 47,643 71,170 50,046 50,048 50,048 74,926 74,926 74,926 74,926 74,926 74,926 74,926 74,926
CONTRATOS DE CONSTRUCCIÓN
CIIU DESCRIPCIÓN
4100 Construcción de Edificios Contrato de Construcción EPC de Construcción Completa de Obra Civil 32,261,249 483,919 596,833 725,878 854,923 1,000,099 1,145,274 1,290,450 1,435,626 1,564,671 1,661,454 1,758,238 1,806,630
MARCHA BLANCA (*)
Ensayos y Análisis Técnicos
INVERSIÓN TOTAL US$
INVERSION TOTAL (SIN INCLUIR
IGV)
35,488,299 321,622 712,506 790,296 786,684 915,729 1,090,891 1,236,066 1,381,242 1,526,418 1,655,463 1,752,246 1,849,030 1,897,422
NOTA:

Fecha de Inicio: 06/12/19 (*) Fecha de Marcha Blanca: Inicia desde 01.04.2022 hasta 31.05.2022
ANEXO II - B
CRONOGRAMA DE EJECUCIÓN DE INVERSIÓN
EMPRESA: INVERSIONES ACRI SAC
PROYECTO: EDIFICIO ALTO SURCO
MONEDA: DÓLARES AMERICANOS
PARTIDAS
2021 2022
CONSTRUCCION MARCHA BLANCA
Enero Febrero Marzo Abril Mayo Junio Julio Agosto Setiembre Octubre Noviembre Diciembre Enero Febrero Marzo 01 de Abril 31 de Mayo Mes 14 Mes 15 Mes 16 Mes 17 Mes 18 Mes 19 Mes 20 Mes 21 Mes 22 Mes 23 Mes 24 Mes 25 Mes 26 Mes 27 Mes 28 Mes 29 Mes 30
LISTA DE SERVICIOS US$
CIIU DESCRIPCIÓN
6499
Otras actividades de servicios financieros, excepto las de seguros y fondos de pensiones, n.c.p.

Servicios financieros 50,982 1,758 1,758 1,758 1,758 1,758 1,758 1,758 1,758 1,758 1,758 1,758 1,758 1,758 1,758 1,758 1,758 1,758
6910 Actividades Jurídicas Servicio de Asesoría Legal 131,253 5,108 5,108 5,108 5,108 5,108 5,108 5,108 5,108 5,108 5,108 5,108 5,108 5,108 5,108 5,108 5,108
7110
Actividades de Arquitectura e Ingeniería y Actividades de Consultoría Técnica Servicio de Desarrollo de Proyecto 544,636
Servicios de Desarrollo de Obras Complemntarias 190,000 25,000 25,000 25,000 25,000 25,000 25,000 25,000 15,000
Servicios de Supervisión Técnica de Obra Civil y Gerenciamiento de Proyecto 243,000 9,000 9,000 9,000 9,000 9,000 9,000 9,000 9,000 9,000 9,000 9,000 9,000 9,000 9,000 9,000
8211 Actividades combinadas de servicios administrativos de oficina Servicio de Administración de Proyecto 2,067,179 74,926 74,926 74,926 74,926 74,926 74,926 74,926 74,926 74,926 74,926 74,926 74,926 74,926 74,926 74,926 74,926
CONTRATOS DE CONSTRUCCIÓN
CIIU DESCRIPCIÓN
4100 Construcción de Edificios Contrato de Construcción EPC de Construcción Completa de Obra Civil 32,261,249 1,838,891 1,838,891 1,774,369 1,758,238 1,661,454 1,548,540 1,419,495 1,290,450 1,145,274 1,000,099 854,923 725,878 596,833 483,919
MARCHA BLANCA (*)
Ensayos y Análisis Técnicos
INVERSIÓN TOTAL US$
INVERSION TOTAL (SIN INCLUIR IGV) 35,488,299
1,929,683
1,929,683 1,865,161 1,874,030 1,777,246 1,664,332
1,535,287
1,406,242
1,261,066 1,115,891 960,715 816,670 687,625 574,711 90,792 81,792 1,758
NOTA:

Fecha de Inicio: 06/12/19 (*) Fecha de Marcha Blanca: Inicia desde 01.04.2022 hasta 31.05.2022

NORMA LEGAL:

  • Titulo: RM 028-2020-VIVIENDA Aprueban como empresa calificada, para efectos de lo establecido en el Decreto Legislativo Nº 973, a la empresa INVERSIONES ACRI S.A.C., por el desarrollo del proyecto denominado "Edificio Alto Surco", y aprueban Lista de Servicios y Contratos de Construcción y el Cronograma de Ejecución de Inversión
  • Tipo de norma : RESOLUCIÓN MINISTERIAL
  • Numero : 028-2020-VIVIENDA
  • Emitida por : Vivienda Construccion y Saneamiento - Poder Ejecutivo
  • Fecha de emision : 2020-02-07
  • Fecha de aplicacion : 2020-02-08

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