2/24/2020

Oficializan Acuerdo Otorga Acreditación Programa RP Transportes y Comunicaciones

Organismos Tecnicos Especializados, Transportes y Comunicaciones Oficializan acuerdo que otorga acreditación al programa de estudios de "Educación y Gestión del Aprendizaje con Especialidad en Niñez" de la Universidad Peruana de Ciencias Aplicadas - UPC RP 0000036-2020-SINEACE/CDAH-P San Isidro, 21 de febrero de 2020 VISTO: El Informe Nº 0000136-2019-SINEACE/P-DEA-ESU, de la Dirección de Evaluación y Acreditación de Educación Superior Universitaria del Sineace
Organismos Tecnicos Especializados, Transportes y Comunicaciones
Oficializan acuerdo que otorga acreditación al programa de estudios de "Educación y Gestión del Aprendizaje con Especialidad en Niñez" de la Universidad Peruana de Ciencias Aplicadas - UPC
RP 0000036-2020-SINEACE/CDAH-P
San Isidro, 21 de febrero de 2020
VISTO:

El Informe Nº 0000136-2019-SINEACE/P-DEA-ESU, de la Dirección de Evaluación y Acreditación de Educación Superior Universitaria del Sineace con sus acompañados, emitido a través del Sistema de Gestión Documental; y,

CONSIDERANDO:



Que, el artículo 5 de la Ley Nº 28740, Ley del Sineace, establece como finalidad del Sistema Nacional de Evaluación, Acreditación y Certificación de la Calidad Educativa, garantizar a la sociedad que las instituciones educativas públicas y privadas ofrezcan un servicio de calidad, con el propósito de optimizar los factores que incidan en los aprendizajes y en el desarrollo de las destrezas y competencias necesarias para alcanzar mejores niveles de calificación profesional y desempeño laboral;

Que, el artículo 11 de la Ley antes mencionada, precisa que la acreditación es el reconocimiento público y temporal de la institución educativa, área, programa o carrera profesional que voluntariamente ha participado en un proceso de evaluación de su gestión pedagógica, institucional y administrativa;


Que, mediante la Décima Segunda Disposición Complementaria Transitoria de la Ley Nº 30220, Ley Universitaria, se declara en reorganización el Sistema Nacional de Evaluación, Acreditación y Certificación de la Calidad Educativa - Sineace, habiéndose constituido mediante Resolución Ministerial Nº396-2014-MINEDU, del 28 de agosto 2014, el Consejo Directivo Ad Hoc, con el objetivo de ejecutar las funciones necesarias para la continuidad del sistema y los procesos en desarrollo, hasta la aprobación de la reorganización del Sineace;

Que, los sub numerales 5.4.5, 5.4.6 y 5.4.7 del numeral 5.4 de la Directiva Nº 002-2018-SINEACE/P
"Directiva que regula el proceso de acreditación de instituciones educativas y programas", aprobada con
Resolución de Presidencia de Consejo Directivo Ad Hoc Nº172-2018-SINEACE/CDAH-P, de fecha 16 de octubre 2018, que regula el Procedimiento de Evaluación Externa y Acreditación, establece aspectos a ser tomados en cuenta por las instituciones educativas con programas de estudio acreditados, tales como las visitas de seguimiento que efectuará el Sineace; así como, la presentación de informes anuales por parte de la entidad educativa dando cuenta de las acciones implementadas relacionadas con la mejora continua y los cambios que afecten las condiciones con las que se obtuvo la acreditación;


Que, la Directiva Nº 005-2017-SINEACE/P, "Directiva que Regula el Uso del Imagotipo Institucional y Referencias a la Acreditación y Certificación de la Calidad Educativa", aprobada con Resolución de Presidencia del Consejo Directivo Ad Hoc Nº 507-2017-SINEACE/ CDAH-P del 29 de diciembre 2017 regula, entre otros, el uso del imagotipo institucional, menciones del Sineace en material de difusión; así como, referencias a la acreditación y certificación de la calidad educativa, disposiciones a ser tomadas en cuenta por las instituciones educativas con programas acreditados;

Que, el numeral 6.2 del artículo 6 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado con Decreto Supremo Nº004-2019-JUS, establece que un acto administrativo "puede motivarse mediante la declaración de conformidad con los fundamentos y conclusiones de anteriores dictámenes, decisiones o informes obrantes en el expediente, a condición que se les identifique de modo certero, y que por esta situación constituyan parte integrante del respectivo acto. (...)";

Que, con Expediente Nº 0004326-2018, la Universidad Peruana de Ciencias Aplicadas - UPC, solicita el inicio de proceso de evaluación externa del Programa de Estudios de "Educación y Gestión del Aprendizaje con Especialidad en Niñez", con la finalidad de alcanzar la acreditación del mismo;

Que, mediante informe de visto, la Dirección de Evaluación y Acreditación de Educación Superior Universitaria, eleva a Presidencia del Consejo Directivo Ad Hoc, los antecedentes del citado Programa de Estudios, recomendando "otorgar la acreditación del programa de estudio de Educación y Gestión del Aprendizaje con Especialidad en Niñez por un periodo de dos (02) años"; toda vez que treinta y tres (33)
estándares alcanzaron el nivel de logrado plenamente y un (01) estándar el nivel de logrado;

Que, con Informe Nº 000222-2019-SINEACE/P-ST-OAJ, la Oficina de Asesoría Jurídica señala que considerando la recomendación de la Dirección de Evaluación y Acreditación de Educación Superior Universitaria, y en aplicación de lo establecido en la citada Directiva, corresponde otorgar la acreditación solicitada por un periodo de dos (02) años al Programa de Estudios de "Educación y Gestión del Aprendizaje con Especialidad en Niñez" de la Universidad Peruana de Ciencias Aplicadas - UPC;

Que, en sesión del 15 de enero, continuada el 29 de enero 2020, el Consejo Directivo Ad Hoc, según Acuerdo Nº013-2020-CDAH, otorga la acreditación al Programa de Estudios de "Educación y Gestión del Aprendizaje con Especialidad en Niñez" de la Universidad Peruana de Ciencias Aplicadas - UPC, con una vigencia de dos (02)
años;

Con el visto bueno de Secretaría Técnica, Dirección de Evaluación y Acreditación de Educación Superior Universitaria, Oficina de Asesoría Jurídica, de conformidad con la Ley Nº 28740, Ley del Sistema Nacional de Evaluación, Acreditación y Certificación de la Calidad Educativa - Sineace; su Reglamento, aprobado con Decreto Supremo Nº 018-2007-ED; Ley Nº 30220, Ley Universitaria; Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado con Decreto Supremo Nº 04-2019-JUS; Resolución Ministerial Nº 396-2014-MINEDU y modificatorias; y Resolución Ministerial Nº 331-2017-MINEDU.

SE RESUELVE:



Artículo 1.- Oficializar el Acuerdo Nº 013-2020-CDAH de la sesión de fecha 15 de enero, continuada el 29 de enero del Consejo Directivo Ad Hoc, mediante el cual se otorga la acreditación con vigencia de dos (02)
años contados a partir de la publicación en el Diario Oficial El Peruano, al programa de estudios de "Educación y Gestión del Aprendizaje con Especialidad en Niñez" de la Universidad Peruana de Ciencias Aplicadas - UPC.

Artículo 2.- Precisar que durante el periodo de vigencia de la acreditación del programa de estudios, la Dirección de Evaluación y Acreditación de Educación Superior Universitaria, realizará al menos una visita anual de seguimiento a las acciones implementadas, relacionadas con la institucionalización de la mejora continua. Asimismo, el programa de estudios acreditado, deberán remitir un informe anual al Sineace, dando cuenta de las acciones implementadas relacionadas con la mejora continua.

Artículo 3.- Disponer que toda difusión con mención del Sineace y/o temas relacionados con las acreditaciones reconocidas, deberán realizarse tomando en cuenta lo regulado en la Directiva Nº005-2017-SINEACE/P
"Directiva que Regula el Uso del Imagotipo Institucional y Referencias a la Acreditación y Certificación de la Calidad Educativa", aprobada con Resolución de Presidencia del Consejo Directivo Ad Hoc Nº 507-2017-SINEACE/
CDAH-P.

Artículo 4.- Disponer la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial El Peruano, así como en el portal web institucional (www.sineace.gob.pe).

Regístrese, comuníquese y publíquese.

CAROLINA BARRIOS VALDIVIA
Presidenta del Consejo Directivo Ad Hoc Sineace

NORMA LEGAL:

  • Titulo: RP 0000036-2020-SINEACE/CDAH-P Oficializan acuerdo que otorga acreditación al programa de estudios de "Educación y Gestión del Aprendizaje con Especialidad en Niñez" de la Universidad Peruana de Ciencias Aplicadas - UPC
  • Tipo de norma : RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA
  • Numero : 0000036-2020-SINEACE/CDAH-P
  • Emitida por : Transportes y Comunicaciones - Organismos Tecnicos Especializados
  • Fecha de emision : 2020-02-23
  • Fecha de aplicacion : 2020-02-24

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