2/08/2020

Transferencia Partidas Presupuesto Sector Público DS 026-2020-EF Economia y Finanzas

Poder Ejecutivo, Economia y Finanzas Autorizan transferencia de partidas en el Presupuesto del Sector Público para el año fiscal a favor del Gobierno Regional del departamento de San Martín y diversos Gobiernos Locales DS 026-2020-EF EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante el artículo 4 de la Ley Nº 30458, Ley que regula diversas medidas para financiar la ejecución de proyectos de inversión pública en apoyo de Gobiernos Regionales y Locales,
Poder Ejecutivo, Economia y Finanzas
Autorizan transferencia de partidas en el Presupuesto del Sector Público para el año fiscal a favor del Gobierno Regional del departamento de San Martín y diversos Gobiernos Locales
DS 026-2020-EF
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

CONSIDERANDO:



Que, mediante el artículo 4 de la Ley Nº 30458, Ley que regula diversas medidas para financiar la ejecución de proyectos de inversión pública en apoyo de Gobiernos Regionales y Locales, los Juegos Panamericanos y Parapanamericanos y la ocurrencia de desastres naturales, se crea el Fondo para intervenciones ante la ocurrencia de desastres naturales (FONDES), destinado a financiar proyectos de inversión pública para la mitigación, capacidad de respuesta, rehabilitación y reconstrucción ante la ocurrencia de fenómenos naturales; asimismo, se establece que la priorización de los proyectos de inversión pública a ser financiados con los recursos del mencionado Fondo, es efectuada por una comisión multisectorial;

Que, el literal a) del numeral 49.1 del artículo 49 del Decreto de Urgencia Nº 014-2019, Decreto de Urgencia que aprueba el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020, dispone la asignación hasta por la suma de
S/ 214 043 613,00 (DOSCIENTOS CATORCE MILLONES
CUARENTA Y TRES MIL SEISCIENTOS TRECE Y

00/100 SOLES) por la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios y S/ 100 000 000,00 (CIEN MILLONES Y
00/100 SOLES) por la fuente de financiamiento Recursos por Operaciones Oficiales de Crédito, en el pliego Instituto Nacional de Defensa Civil (INDECI), para el financiamiento de actividades e inversiones para la mitigación, capacidad de respuesta, rehabilitación, y reconstrucción ante la ocurrencia de fenómenos naturales y antrópicos, priorizados por la Comisión Multisectorial del FONDES;
precisándose en el numeral 49.2 del citado artículo, que los recursos se transfieren mediante Decreto Supremo refrendado por la Ministra de Economía y Finanzas y el Ministro de Defensa, a solicitud del Instituto Nacional de Defensa Civil (INDECI);

Que, el Instituto Nacional de Defensa Civil, mediante los Oficios Nºs 0174, 0311 y 0373-2020-INDECI/4.0, remite un proyecto de Decreto Supremo que autoriza una Transferencia de Partidas a favor del Gobierno Regional del Departamento de San Martín y de veinticinco (25)

Gobiernos Locales para financiar las intervenciones priorizadas en las Actas Nºs 15 y 16 de la Comisión Multisectorial del FONDES, las cuales corresponden a setenta y cinco (75) Inversiones de Optimización, de Ampliación Marginal, de Reposición y de Rehabilitación (IOARR) y veinticinco (25) Actividades de Emergencia;

Que, la Dirección General de Programación Multianual de Inversiones del Ministerio de Economía y Finanzas, mediante los Memorandos Nºs 016 y 030-2020-EF/63.04, emite opinión técnica acerca de setenta y cinco (75)
Inversiones de Optimización, de Ampliación Marginal, de Reposición y de Rehabilitación (IOARR);

Que, en consecuencia, resulta necesario autorizar una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020, hasta por la suma de S/ 37 084 491,00 (TREINTA Y SIETE MILLONES OCHENTA
Y CUATRO MIL CUATROCIENTOS NOVENTA Y UNO Y
00/100 SOLES), del pliego Instituto Nacional de Defensa Civil a favor del Gobierno Regional del Departamento de San Martín y de veinticinco (25) Gobiernos Locales, con cargo a los recursos del Fondo para intervenciones ante la ocurrencia de desastres naturales (FONDES), en las fuentes de financiamiento Recursos Ordinarios y Recursos por Operaciones Oficiales de Crédito, para financiar las intervenciones priorizadas en las Actas Nºs 15 y 16 de la Comisión Multisectorial del FONDES, señalados en los considerandos precedentes;

De conformidad con lo establecido en el literal a) del numeral 49.1 y el numeral 49.2 del artículo 49 del Decreto de Urgencia Nº 014-2019, Decreto de Urgencia que aprueba el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020;

DECRETA:



Artículo 1.- Objeto 1.1 Autorízase una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020, hasta por la suma de S/ 37 084 491,00 (TREINTA
Y SIETE MILLONES OCHENTA Y CUATRO MIL
CUATROCIENTOS NOVENTA Y UNO Y 00/100 SOLES), del pliego Instituto Nacional de Defensa Civil a favor del Gobierno Regional del Departamento de San Martín y de veinticinco (25) Gobiernos Locales, para financiar las intervenciones priorizadas en las Actas Nºs 15 y 16 de la Comisión Multisectorial del Fondo para intervenciones ante la ocurrencia de desastres naturales (FONDES), de acuerdo al siguiente detalle:

DE LA: En Soles SECCIÓN PRIMERA : Gobierno Central PLIEGO 006 : Instituto Nacional de Defensa Civil UNIDAD EJECUTORA 001 : INDECI - Instituto Nacional de Defensa Civil PROGRAMA PRESUPUESTAL 0068 : Reducción de vulnerabilidad y atención de emergencias por desastres PRODUCTO 3000001 : Acciones comunes
ACTIVIDAD 5006144 : Atención de actividades de emergencia FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios
GASTO CORRIENTE
2.4 Donaciones y Transferencias 5 931 693,00
FUENTE DE FINANCIAMIENTO 3 : Recursos por Operaciones Oficiales de Crédito
GASTO DE CAPITAL
2.4 Donaciones y Transferencias 31 152 798,00
------------------- TOTAL EGRESOS 37 084 491,00
===========
A LA: En Soles SECCIÓN SEGUNDA : Instancias Descentralizadas PLIEGO 459 : Gobierno Regional del Departamento de San Martín FUENTE DE FINANCIAMIENTO 3 : Recursos por Operaciones Oficiales de Crédito
GASTO DE CAPITAL
2.6 Adquisición de Activos no Financieros 4 249 550,00
--------------------- Sub Total Gobierno Regional 4 249 550,00
---------------------SECCIÓN SEGUNDA : Instancias Descentralizadas PLIEGOS : Gobiernos Locales FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios
GASTO CORRIENTE
2.3 Bienes y Servicios 5 931 693,00
FUENTE DE FINANCIAMIENTO 3 : Recursos por Operaciones Oficiales de Crédito
GASTO DE CAPITAL
2.6 Adquisición de Activos no Financieros 26 903 248,00
--------------------- Sub Total Gobiernos Locales 32 834 941,00
--------------------- TOTAL EGRESOS 37 084 491,00
===========
1.2 El detalle de los recursos asociados a la Transferencia de Partidas, a que hace referencia el numeral 1.1, se encuentran en el Anexo Nº 1: "Transferencia de Partidas a favor del Gobierno Regional del Departamento de San Martín", el Anexo Nº 2: "Transferencia de Partidas a favor de Gobiernos Locales - Inversiones de Optimización, de Ampliación Marginal, de Reposición y de Rehabilitación (IOARR)" y el Anexo Nº 3: "Transferencia de Partidas a favor de Gobiernos Locales - Actividades de Emergencia", que forman parte integrante de la presente norma, los cuales se publican en el portal institucional del Ministerio de Economía y Finanzas (www.gob.pe/mef), en la misma fecha de publicación del presente Decreto Supremo en el Diario Oficial El Peruano.

Artículo 2.- Procedimiento para la Aprobación Institucional 2.1 El Titular de los pliegos habilitador y habilitados en la Transferencia de Partidas autorizada en el artículo 1, aprueba mediante Resolución, la desagregación de los recursos autorizados en el numeral 1.1 del artículo 1, a nivel programático, dentro de los cinco (05) días calendario de la vigencia del presente dispositivo legal.

Copia de la Resolución se remite dentro de los cinco (05)
días calendario de aprobada a los organismos señalados en el numeral 31.4 del artículo 31 del Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público.

2.2 La desagregación de los ingresos que correspondan a la Transferencia de Partidas de los recursos distintos a la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios, se presenta en el Anexo Nº 4: "Ingresos", que forma parte de la presente norma, a nivel de Tipo de Transacción, Genérica, Subgenérica y Específica; y, se presenta junto con la Resolución a la que se hace referencia en el numeral precedente. Dicho Anexo se publica en el portal institucional del Ministerio de Economía y Finanzas (www.gob.pe/mef), en la misma fecha de publicación del presente Decreto Supremo en el Diario Oficial El Peruano.

2.3 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en los pliegos involucrados, solicita a la Dirección General de Presupuesto Público las codificaciones que se requieran como consecuencia de la incorporación de nuevas Partidas de Ingresos, Finalidades y Unidades de Medida.

2.4 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en los pliegos involucrados instruye a las Unidades Ejecutoras para que elaboren las correspondientes "Notas para Modificación Presupuestaria" que se requieran, como consecuencia de lo dispuesto en el presente Decreto Supremo.

Artículo 3.- Limitación al uso de los recursos Los recursos de la Transferencia de Partidas a que hace referencia el numeral 1.1 del artículo 1 de la presente norma no pueden ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos.

Artículo 4.- Procedimiento para la asignación financiera Las unidades ejecutoras de los pliegos habilitados en el numeral 1.1 del artículo 1 del presente Decreto Supremo, deben elaborar y proporcionar la información necesaria según el procedimiento establecido en el artículo 4 de la Resolución Directoral Nº 060-2019-EF/52.03, o norma que la sustituya, para fines de la autorización de la correspondiente asignación financiera.

Artículo 5.- Refrendo El presente Decreto Supremo es refrendado por el Ministro de Defensa y por la Ministra de Economía y Finanzas.

Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los siete días del mes de febrero del año dos mil veinte.

MARTÍN ALBERTO VIZCARRA CORNEJO
Presidente de la República
MARÍA ANTONIETA ALVA LUPERDI
Ministra de Economía y Finanzas
WALTER MARTOS RUIZ
Ministro de Defensa

NORMA LEGAL:

  • Titulo: DS 026-2020-EF Autorizan transferencia de partidas en el Presupuesto del Sector Público para el año fiscal a favor del Gobierno Regional del departamento de San Martín y diversos Gobiernos Locales
  • Tipo de norma : DECRETO SUPREMO
  • Numero : 026-2020-EF
  • Emitida por : Economia y Finanzas - Poder Ejecutivo
  • Fecha de emision : 2020-02-08
  • Fecha de aplicacion : 2020-02-09

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