3/11/2020

Transferencia Financiera Favor Fondo Mivivienda RM 067-2020-VIVIENDA Vivienda Construccion y

Poder Ejecutivo, Vivienda Construccion y Saneamiento Autorizan Transferencia Financiera a favor del Fondo MIVIVIENDA S.A., destinada a la ejecución del Bono Familiar Habitacional, en sus modalidades de aplicación: Construcción en Sitio Propio y Adquisición de Vivienda Nueva RM 067-2020-VIVIENDA Lima, 9 de marzo del 2020 CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 30156, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento - MVCS, establece
Poder Ejecutivo, Vivienda Construccion y Saneamiento
Autorizan Transferencia Financiera a favor del Fondo MIVIVIENDA S.A., destinada a la ejecución del Bono Familiar Habitacional, en sus modalidades de aplicación: Construcción en Sitio Propio y Adquisición de Vivienda Nueva
RM 067-2020-VIVIENDA
Lima, 9 de marzo del 2020

CONSIDERANDO:



Que, la Ley Nº 30156, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento - MVCS, establece que el MVCS tiene por finalidad normar y promover el ordenamiento, mejoramiento, protección e integración de los centros poblados, urbanos y rurales, como sistema sostenible en el territorio nacional;
asimismo, señala que tiene competencia en materia de vivienda, construcción, saneamiento, urbanismo y desarrollo urbano, bienes estatales y propiedad urbana;
ejerciendo competencias compartidas con los gobiernos regionales y locales en dichas materias;

Que, mediante la Resolución Ministerial Nº 416-2019-VIVIENDA, se aprueba el Presupuesto Institucional de Apertura de Gastos correspondiente al Año Fiscal del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, por la suma de S/ 3 437 059 383,00 (TRES MIL CUATROCIENTOS
TREINTA Y SIETE MILLONES CINCUENTA Y NUEVE
MIL TRESCIENTOS OCHENTA Y TRES Y 00/100

SOLES), por toda Fuente de Financiamiento, en el marco del Decreto de Urgencia Nº 014-2019, Decreto de Urgencia que aprueba el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020;

Que, el literal d), párrafo 17.1 del artículo 17 del Decreto de Urgencia Nº 014-2019, autoriza de manera excepcional en el presente año fiscal la realización de Transferencias Financieras, entre otros, del MVCS para el Fondo MIVIVIENDA S.A. - FMV; las mismas que según el numeral 17.2 de dicho artículo se realizan mediante Resolución del Titular del Pliego que serán publicadas en el diario oficial; disponiendo en el párrafo 17.3 que la entidad pública que transfiere, con excepción del acápite v del literal ñ) del numeral 17.1 del citado artículo, es responsable del monitoreo, seguimiento y cumplimiento de los fines y metas para los cuales transfirieron los recursos; indicando que los recursos públicos, bajo responsabilidad, deben ser destinados solo a los fines para los cuales se autorizó su transferencia;


Que, de acuerdo al párrafo 3.1 del artículo 3 del Decreto Legislativo Nº 1226, Decreto Legislativo que modifica la Ley Nº 27829, Ley que crea el Bono Familiar Habitacional y que dicta medidas complementarias para el acceso a la vivienda de la población vulnerable; se autoriza al MVCS a realizar de manera anticipada, con cargo a su presupuesto institucional, la transferencia al FMV de los recursos para financiar, entre otros, el Bono Familiar Habitacional - BFH;

Que, mediante Memorándum Nº 393-2020-VIVIENDA/ VMVU-DGPPVU, el Director General de la Dirección General de Programas y Proyectos en Vivienda y Urbanismo comunica la suscripción del Convenio Nº 120-2020-VIVIENDA para la ejecución del BFH, por lo que propone gestionar el dispositivo legal que autorice una Transferencia Financiera hasta por la suma de S/ 484
350 000,00 (CUATROCIENTOS OCHENTA Y CUATRO
MILLONES TRESCIENTOS CINCUENTA MIL Y 00/100
SOLES), a favor del FMV, destinado al otorgamiento del BFH, en sus modalidades de aplicación: Construcción en Sitio Propio (10,000 BFH); y, Adquisición de Vivienda Nueva (7,267 BFH); en el marco de lo establecido en el literal d) párrafo 17.1 del artículo 17 del Decreto de Urgencia Nº 014-2019;

Que, con Memorándum Nº 509-2020-VIVIENDA/ OGPP, el Director General de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto hace suyo el Informe
Nº 113-2020-VIVIENDA/OGPP-OP de la Oficina de Presupuesto, en el cual se emite opinión favorable en materia presupuestaria, y se propone el proyecto de Resolución Ministerial que autoriza una Transferencia Financiera del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, Unidad Ejecutora 001:

Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento - Administración General, Programa Presupuestal 0146: Acceso de las Familias a Vivienda y Entorno Urbano Adecuado, Genérica del Gasto 4: Donaciones y Transferencias, hasta por la suma de S/ 484 350 000,00 (CUATROCIENTOS OCHENTA Y CUATRO MILLONES
TRESCIENTOS CINCUENTA MIL Y 00/100 SOLES), en la Fuente de Financiamiento 1: Recursos Ordinarios, a favor del FMV, destinada a la ejecución del BFH, en sus modalidades de aplicación: Construcción en Sitio Propio (10,000 BFH); y, Adquisición de Vivienda Nueva (7,267 BFH), para lo cual se ha suscrito el Convenio Nº 120-2020-VIVIENDA; precisando que se cuenta con la disponibilidad presupuestal respectiva;

Que, en ese sentido, de acuerdo a lo establecido en el literal d) del párrafo 17.1 del artículo 17 del Decreto de Urgencia Nº 014-2019, resulta necesario aprobar la Transferencia Financiera del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, Unidad Ejecutora 001: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento - Administración General, hasta por la suma de S/ 484
350 000,00 (CUATROCIENTOS OCHENTA Y CUATRO
MILLONES TRESCIENTOS CINCUENTA MIL Y 00/100
SOLES), en la Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios, a favor del FMV, destinada al financiamiento del BFH, conforme a lo señalado en los considerandos precedentes;

De conformidad con lo establecido en el Decreto de Urgencia Nº 014-2019, Decreto de Urgencia que aprueba el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020; el Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público; el Decreto Legislativo Nº 1226, Decreto Legislativo que modifica la Ley Nº 27829, Ley que crea el Bono Familiar Habitacional y que dicta medidas complementarias para el acceso a la vivienda de la población vulnerable; y, el Convenio Nº 120-2020-VIVIENDA;

SE RESUELVE:



Artículo 1.- Transferencia Financiera a favor del Fondo MIVIVIENDA S.A.

Autorizar la Transferencia Financiera del Pliego 037:

Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, Unidad Ejecutora 001: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento - Administración General, hasta por la suma de S/ 484 350 000,00 (CUATROCIENTOS OCHENTA Y
CUATRO MILLONES TRESCIENTOS CINCUENTA MIL
Y 00/100 SOLES), en la Fuente de Financiamiento 1:

Recursos Ordinarios, a favor del Fondo MIVIVIENDA S.A., destinada a la ejecución del Bono Familiar Habitacional, en sus modalidades de aplicación: Construcción en Sitio Propio (10,000 BFH); y, Adquisición de Vivienda Nueva (7,267 BFH), para lo cual se ha suscrito el Convenio
Nº 120-2020-VIVIENDA.

Artículo 2.- Financiamiento La transferencia financiera autorizada en el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial se atenderá con cargo al presupuesto aprobado en el presente Año Fiscal del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, Unidad Ejecutora 001: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento - Administración General, Programa Presupuestal 0146: Acceso de las Familias a Vivienda y Entorno Urbano Adecuado, Producto 3000830: Familias Acceden a Viviendas en Condiciones Adecuadas, Actividad 5006085: Selección Asignación y Supervisión del Bono Familiar Habitacional, Fuente de Financiamiento 1: Recursos Ordinarios, Genérica del Gasto 4: Donaciones y Transferencias.

Artículo 3.- Limitación al uso de los recursos Los recursos de la Transferencia Financiera autorizada por el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial, bajo responsabilidad, no podrán ser destinados a fines distintos para los cuales son transferidos, conforme a lo dispuesto por el párrafo 17.3 del artículo 17 del Decreto de Urgencia Nº 014-2019, Decreto de Urgencia que aprueba el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020; y, el Convenio Nº 120-2020-VIVIENDA.

Artículo 4.- Monitoreo, seguimiento y cumplimiento La Dirección General de Programas y Proyectos en Vivienda y Urbanismo, es responsable del monitoreo, seguimiento y cumplimiento de los fines, metas físicas y financieras para lo cual se realiza la Transferencia Financiera autorizada en el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial, en el marco de lo dispuesto por el párrafo 17.3 del artículo 17 del Decreto de Urgencia Nº 014-2019, Decreto de Urgencia que aprueba el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020.

Artículo 5.- Información El Fondo MIVIVIENDA S.A. informará mensualmente a la Dirección General de Programas y Proyectos en Vivienda y Urbanismo, con copia informativa a la Oficina General de Administración y a la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, los avances físicos y financieros de la ejecución del Bono Familiar Habitacional, conforme a lo señalado en el Convenio Nº 120-2020-VIVIENDA.

Artículo 6.- Publicación y Difusión Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial en el diario oficial "El Peruano" y su difusión en el Portal Institucional (www.gob.pe/vivienda).

Regístrese, comuníquese y publíquese.

RODOLFO YAÑEZ WENDORFF
Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento

NORMA LEGAL:

  • Titulo: RM 067-2020-VIVIENDA Autorizan Transferencia Financiera a favor del Fondo MIVIVIENDA S.A., destinada a la ejecución del Bono Familiar Habitacional, en sus modalidades de aplicación: Construcción en Sitio Propio y Adquisición de Vivienda Nueva
  • Tipo de norma : RESOLUCION MINISTERIAL
  • Numero : 067-2020-VIVIENDA
  • Emitida por : Vivienda Construccion y Saneamiento - Poder Ejecutivo
  • Fecha de emision : 2020-03-10
  • Fecha de aplicacion : 2020-03-11

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