6/20/2020

Acuerdo Cooperación Entre Gobierno República DS 016-2020-RE Relaciones Exteriores

Poder Ejecutivo, Relaciones Exteriores Ratifican el "Acuerdo de Cooperación entre el Gobierno de la República del Perú y el Gobierno de la República Italiana en materia de Prevención, Control y Represión del Abuso y del T ráfico Ilícito de Estupefacientes y de Sustancias Psicotrópicas" DS 016-2020-RE EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que el "Acuerdo de Cooperación entre el Gobierno de la República del Perú y el Gobierno de la República Italiana en materia
Poder Ejecutivo, Relaciones Exteriores
Ratifican el "Acuerdo de Cooperación entre el Gobierno de la República del Perú y el Gobierno de la República Italiana en materia de Prevención, Control y Represión del Abuso y del T ráfico Ilícito de Estupefacientes y de Sustancias Psicotrópicas"
DS 016-2020-RE
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

CONSIDERANDO:



Que el "Acuerdo de Cooperación entre el Gobierno de la República del Perú y el Gobierno de la República Italiana en materia de Prevención, Control y Represión del Abuso y del Tráfico Ilícito de Estupefacientes y de Sustancias Psicotrópicas" fue suscrito el 25 de octubre de 1991 en la ciudad de Roma, República Italiana.

Que, es conveniente a los intereses del Perú la ratificación del citado instrumento jurídico internacional;

De conformidad con lo dispuesto por los artículos 57º
y 118º inciso 11 de la Constitución Política del Perú y el artículo 2 de la Ley Nº 26647, que facultan al Presidente de la República para celebrar y ratificar tratados o adherir a estos sin el requisito de la aprobación previa del Congreso;

DECRETA:



Artículo 1º.- Ratifícase el "Acuerdo de Cooperación entre el Gobierno de la República del Perú y el Gobierno de la República Italiana en materia de Prevención, Control y Represión del Abuso y del Tráfico Ilícito de Estupefacientes y de Sustancias Psicotrópicas", suscrito el 25 de octubre de 1991, en la ciudad de Roma, República Italiana;


Artículo 2º.- De conformidad con los artículos 4 y 6 de la Ley Nº 26647, el Ministerio de Relaciones Exteriores procederá a publicar en el diario oficial "El Peruano" el texto íntegro del referido tratado, así como su fecha de entrada en vigencia.

Artículo 3º.- El presente Decreto Supremo es refrendado por el Ministro de Relaciones Exteriores.

Artículo 4º.- Dése cuenta al Congreso de la República.

Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los diecisiete días del mes de junio del año dos mil veinte.

MARTÍN ALBERTO VIZCARRA CORNEJO
Presidente de la República
GUSTAVO MEZA-CUADRA V.

Ministro de Relaciones Exteriores

NORMA LEGAL:

  • Titulo: DS 016-2020-RE Ratifican el "Acuerdo de Cooperación entre el Gobierno de la República del Perú y el Gobierno de la República Italiana en materia de Prevención, Control y Represión del Abuso y del T ráfico Ilícito de Estupefacientes y de Sustancias Psicotrópicas"
  • Tipo de norma : DECRETO SUPREMO
  • Numero : 016-2020-RE
  • Emitida por : Relaciones Exteriores - Poder Ejecutivo
  • Fecha de emision : 2020-06-19
  • Fecha de aplicacion : 2020-06-20

Advertencia

Este es un portal de ayuda a quienes desean leer las nuevas normas legales del Perú. Si encuentra algun texto que no deberia estar en este portal, escriba un mensaje a elperulegal@gmail.com para que sea retirado.

Propósito:

El propósito de "El Peru Legal" es mostrar las normas legales que proporcionan las entidades del Estado del Perú para buscar información relativa a decretos, leyes, resoluciones, directivas.