Inicio
Últimas normas legales
Fiscalías Despachos Plazas Fiscales Distrito RJFS 024-2020-MP-FN-JFS Ministerio Publico
6/27/2020
Fiscalías Despachos Plazas Fiscales Distrito RJFS 024-2020-MP-FN-JFS Ministerio Publico
Organismos Tecnicos Especializados, Ministerio Publico Crean fiscalías, despachos y plazas fiscales en el Distrito Fiscal de Lima, con motivo de la Implementación del Código Procesal Penal, correspondiente al Primer Tramo RJFS 024-2020-MP-FN-JFS Lima, 24 de junio de VISTOS y CONSIDERANDO: Los informes Nros. 007 y 008-2020-MP-FN-OTI-CPP/ ST de fechas 09 y 10 de marzo de 2020, respectivamente, cursados por la Secretaría Técnica del Equipo Técnico de Implementación del
Crean fiscalías, despachos y plazas fiscales en el Distrito Fiscal de Lima, con motivo de la Implementación del Código Procesal Penal, correspondiente al Primer Tramo
RJFS 024-2020-MP-FN-JFS
Lima, 24 de junio de VISTOS y CONSIDERANDO:
Los informes Nros. 007 y 008-2020-MP-FN-OTI-CPP/ ST de fechas 09 y 10 de marzo de 2020, respectivamente, cursados por la Secretaría Técnica del Equipo Técnico de Implementación del Nuevo Código Procesal Penal; y, el oficio Nº 000491-2020-MP-FN-GG-OGPLAP de fecha 10 de marzo de 2020, remitido por la Oficina General de Planificación y Presupuesto.
En virtud de lo establecido por el Decreto Supremo Nº 012-2019-JUS de fecha 28 de junio de 2019, que modificó el Calendario Oficial de Aplicación Progresiva del Código Procesal Penal en el Distrito Fiscal de Lima, el mencionado código entrará en vigencia el 01 julio de 2020; por tal motivo, se hace necesario crear y fortalecer fiscalías y despachos fiscales, en el referido Distrito Fiscal.
El Distrito Fiscal de Lima contiene dieciséis (16)
distritos geográficos, conformado por: Lima Cercado, Barranco, Breña, Jesús María, La Victoria, Lince, Magdalena del Mar, Pueblo Libre, Mirafl ores, Rímac, San Borja, San Isidro, San Luis, San Miguel, Santiago de Surco y Surquillo, con una extensión territorial de 148
TAMBIEN PUEDES VER: Determinan Inicio Actividades Plan Integral RM 134-2020-PCM PCM
Km2, albergando una población de 1 960 089 habitantes.
Las actuales Fiscalías Provinciales Penales del Distrito Fiscal de Lima en el año 2019, han registrado un total de 92 892 delitos, de los cuales se advierte que los de mayor incidencia son: Contra la Vida, el Cuerpo y la Salud en un 9.2%, Hurto con 7.7%, Estafa con 4.9%, Conducción en Estado de Ebriedad o Drogadicción con 4.2%, Robo Agravado con 4.0% y otros que registran menor incidencia (70%).
La Secretaría Técnica del Equipo Técnico de Implementación del Nuevo Código Procesal Penal informa que la Dirección General de Presupuesto Público del Ministerio de Economía y Finanzas (MEF), mediante oficio circular Nº 007-2019-EF/50.03 autorizó el presupuesto para el Primer Tramo de la Implementación del Código Procesal Penal en el Distrito Fiscal de Lima, con la suma de S/ 58 353 701 (Cincuenta y ocho millones trescientos cincuenta y tres mil setecientos uno y 00/100 soles), cuya desagregación a nivel de Genérica de Gasto es la siguiente: 2.1 Personal y Obligaciones Sociales en S/ 11
MAS NORMAS LEGALES: Reglamento Operativo Programa Garantía Gobierno RM 178-2020-EF/15 Economia y Finanzas
011 297 (Once millones once mil doscientos noventa y siete y 00/100 soles); 2.3 Bienes y Servicios en S/ 37 092
775 (Treinta y siete millones noventa y dos mil setecientos setenta y cinco y 00/100 soles); 2.6 Adquisición de Activos no Financieros en S/ 10 249 629 (Diez millones doscientos cuarenta y nueve mil seiscientos veintinueve y 00/100 soles).
Ante el pedido de la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Lima, basado en priorizar la adquisición de unidades móviles (autos y motos lineales), racionalizando los servicios de difusión y capacitación, y efectuada la consulta a la Gerencia de la Oficina General de Planificación y Presupuesto, sobre la procedencia de la modificación presupuestal, la Secretaría Técnica del Equipo Técnico de Implementación del Nuevo Código Procesal Penal procedió a efectuar la redistribución del presupuesto inicialmente desagregado, lo que no altera el presupuesto inicial aprobado por el Ministerio de Economía y Finanzas, conforme al siguiente detalle: 2.1 Personal y Obligaciones Sociales en S/ 11 011
297 (Once millones once mil doscientos noventa y siete y 00/100); 2.3 Bienes y Servicios en S/ 35 119 922 (Treinta y cinco millones ciento diecinueve mil novecientos veintidós y 00/100); y, 2.6 Adquisición de Activos no Financieros en S/ 12 222 482 (Doce millones doscientos veintidós mil cuatrocientos ochenta y dos y 00/100). Precisándose que la desagregación modificada a nivel específico (cuyo detalle se encuentra en los anexos que forman parte de la presente resolución), ha conllevado a una mejor redistribución del gasto en ciertas Partidas Específicas de la Genérica 3.6 Bienes y Servicios.
Asimismo, la Secretaría Técnica en mención plantea para el Distrito Fiscal de Lima, el Diseño de Organización de la "Fiscalía Corporativa Penal", entendida ésta como la unidad orgánica fiscal conformada por la articulación sistemática jerarquizada de una fiscalía superior penal, despachos provinciales penales y órganos de apoyo administrativo a la función fiscal, basada en esencia en el trabajo en equipo y en una estructura fl exible capaz de adaptarse en el tiempo presente y futuro a las exigencias de la realidad. Agrega, que este nuevo modelo de organización fiscal, se consolida en torno a la función de liderazgo que ejercerá el Fiscal Superior Penal Gestor, quien tendrá a su cargo la coordinación y articulación de la fiscalía corporativa penal, efectuando la planificación, organización, supervisión, seguimiento y monitoreo del trabajo fiscal, para el logro de mejores resultados; donde, además, el citado fiscal superior gestor, asumirá competencia funcional y territorial en segunda instancia. Estas Fiscalías Corporativas Penales serán denominadas con el nombre de los distritos geográficos con los que se componen, según las jurisdicciones distritales correspondientes, de tal forma que el justiciable y público concurrente pueda ubicarse y acceder con facilidad a los servicios de justicia que brinda el Ministerio Público.
En virtud de lo señalado y teniendo en cuenta los recursos asignados por el Ministerio de Economía y Finanzas, la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Lima y su equipo de fiscales, en consenso con los integrantes de la Secretaría Técnica del Equipo Técnico de Implementación del Nuevo Código Procesal Penal, luego de un análisis técnico y bajo los alcances del presupuesto otorgado para este tramo, consideraron conveniente validar la propuesta de Diseño de Organización Fiscal, Dimensionamiento y Desagregación Presupuestal correspondiente al Primer Tramo para la Implementación del Nuevo Código Procesal Penal en el Distrito Fiscal de Lima.
En ese contexto, la Junta de Fiscales Supremos mediante Sesión Extraordinaria de fecha 11 de marzo de 2020, acordó por unanimidad, con la dispensa de la lectura y aprobación del acta, adoptar el Acuerdo Nº 5693 que aprueba el Diseño de Organización Fiscal, Dimensionamiento y Desagregación Presupuestal correspondiente al Primer Tramo para la Implementación del Código Procesal Penal en el Distrito Fiscal de Lima, que contiene la creación de una (01) Fiscalía Superior Penal, veinte (20) Despachos Provinciales Penales, un (01)
Equipo de Apoyo Fiscal para las Fiscalías Especializadas en Violencia contra la Mujer y los Integrantes del Grupo Familiar de Lima y doscientos treinta y nueve (239) plazas fiscales que comprenden fiscal superior, fiscales adjuntos superiores, fiscales provinciales y fiscales adjuntos provinciales, para la implementación del Código Procesal Penal en el Distrito Fiscal de Lima-Primer Tramo, en función al presupuesto autorizado por el Ministerio de Economía y Finanzas.
En consecuencia, estando a la estructura del Diseño de Organización Fiscal propuesto por la Secretaría Técnica del Equipo Técnico de Implementación del Nuevo Código Procesal Penal, en uso de las atribuciones conferidas por el Decreto Legislativo Nº 052 - Ley Orgánica del Ministerio Público; y, en cumplimiento del Acuerdo Nº 5693 adoptado por la Junta de Fiscales Supremos.
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- Crear en el Distrito Fiscal de Lima, con motivo de la Implementación del Código Procesal Penal, correspondiente al Primer Tramo, las fiscalías, despachos y plazas fiscales que a continuación se detallan, conforme a los documentos indicados en la presente resolución.
- Fiscalía Superior Penal de la Segunda Fiscalía Corporativa Penal de La Victoria-San Luis Una (01) plaza de Fiscal Superior Dos (02) plazas de Fiscales Adjuntos Superiores - 5º Despacho Provincial Penal de la Primera Fiscalía Corporativa Penal de Magdalena del Mar-San Miguel-Pueblo Libre Una (01) plaza de Fiscal Provincial Cuatro (04) plazas de Fiscales Adjuntos Provinciales - 3º, 4º y 5º Despachos Provinciales Penales de la Primera Fiscalía Corporativa Penal de San Isidro-Lince Una (01) plaza de Fiscal Provincial para cada Despacho Provincial Penal Cuatro (04) plazas de Fiscales Adjuntos Provinciales para cada Despacho Provincial Penal - 1º, 2º, 3º y 4º Despachos Provinciales Penales de la Primera Fiscalía Corporativa Penal de Santiago de Surco-Barranco Una (01) plaza de Fiscal Provincial para cada Despacho Provincial Penal Cuatro (04) plazas de Fiscales Adjuntos Provinciales para cada Despacho Provincial Penal - 1º, 2º, 3º y 4º Despachos Provinciales Penales de la Segunda Fiscalía Corporativa Penal de Santiago de Surco-Barranco Una (01) plaza de Fiscal Provincial para cada Despacho Provincial Penal Cuatro (04) plazas de Fiscales Adjuntos Provinciales para cada Despacho Provincial Penal
- 1º, 2º, 3º y 4º Despachos Provinciales Penales de la Tercera Fiscalía Corporativa Penal de Santiago de Surco-Barranco Una (01) plaza de Fiscal Provincial para cada Despacho Provincial Penal Cuatro (04) plazas de Fiscales Adjuntos Provinciales para cada Despacho Provincial Penal - 3º, 4º y 5º Despachos Provinciales Penales de la Primera Fiscalía Corporativa Penal de Mirafl ores-Surquillo-San Borja Una (01) plaza de Fiscal Provincial para cada Despacho Provincial Penal Cuatro (04) plazas de Fiscales Adjuntos Provinciales para cada Despacho Provincial Penal - 3º Despacho Provincial Penal de la Segunda Fiscalía Corporativa Penal de Mirafl ores-Surquillo-San Borja Una (01) plaza de Fiscal Provincial Cuatro (04) plazas de Fiscales Adjuntos Provinciales - Equipo de Apoyo Fiscal para las Fiscalías Especializadas en Violencia contra la Mujer y los Integrantes del Grupo Familiar de Lima.
Siete (07) plazas de Fiscales Adjuntos Provinciales Artículo Segundo.- Crear ciento veintinueve (129) plazas de fiscales adjuntos provinciales para el fortalecimiento de fiscalías y despachos, conforme a los anexos que forman parte de los documentos indicados en la presente resolución.
Artículo Tercero.- Facultar a la señora Fiscal de la Nación la distribución, redistribución y/o conversión de fiscalías, despachos y plazas fiscales que se mencionan en la presente resolución, de acuerdo a las necesidades y requerimientos del servicio.
Artículo Cuarto.- Facultar a la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Lima, para que disponga las medidas destinadas al cumplimiento de la presente resolución.
Artículo Quinto.- Disponer que la Gerencia General del Ministerio Público adopte las acciones pertinentes para el cumplimiento de la presente resolución.
Artículo Sexto.- Hacer de conocimiento la presente Resolución al Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, Junta Nacional de Justicia, Presidencia del Poder Judicial y de la Corte Suprema de Justicia de la República, Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Lima, Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Lima, Gerencia General, Oficina General de Potencial Humano, Secretaría Técnica del Equipo Técnico de Implementación del Nuevo Código Procesal Penal y Oficina de Registro y Evaluación de Fiscales.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
ZORAIDA AVALOS RIVERA
Fiscal de la Nación Presidenta de la Junta de Fiscales Supremos
NORMA LEGAL:
- Titulo: RJFS 024-2020-MP-FN-JFS Crean fiscalías, despachos y plazas fiscales en el Distrito Fiscal de Lima, con motivo de la Implementación del Código Procesal Penal, correspondiente al Primer Tramo
- Tipo de norma : RESOLUCIÓN DE JUNTA DE FISCALES SUPREMOS
- Numero : 024-2020-MP-FN-JFS
- Emitida por : Ministerio Publico - Organismos Tecnicos Especializados
- Fecha de emision : 2020-06-26
- Fecha de aplicacion : 2020-06-27
Compartir
Recomendado
Legislacion por entidad
Poder Ejecutivo
Organos Autonomos
Organismos Tecnicos Especializados
Transportes y Comunicaciones
Jurado Nacional de Elecciones
Economia y Finanzas
Poder Judicial
Energia y Minas
Salud
Defensa
Relaciones Exteriores
Educacion
Gobiernos Regionales
Organismos Ejecutores
Superintendencia de Banca Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones
Advertencia
Este es un portal de ayuda a quienes desean leer las nuevas normas legales del Perú.
Si encuentra algun texto que no deberia estar en este portal, escriba un mensaje a elperulegal@gmail.com para que sea retirado.
Propósito:
El propósito de "El Peru Legal" es mostrar las normas legales que proporcionan las entidades del Estado del Perú para buscar información relativa a decretos, leyes, resoluciones, directivas.
Propósito:
El propósito de "El Peru Legal" es mostrar las normas legales que proporcionan las entidades del Estado del Perú para buscar información relativa a decretos, leyes, resoluciones, directivas.
Boletin de Normas legales
Leyes más importantes
Archivo legal
- febrero 2025 (63)
- enero 2025 (85)
- diciembre 2024 (89)
- noviembre 2024 (69)
- octubre 2024 (93)
- septiembre 2024 (66)
- agosto 2024 (88)
- julio 2024 (73)
- junio 2024 (21)
- diciembre 2023 (88)
- noviembre 2023 (208)
- octubre 2023 (225)
- septiembre 2023 (228)
- agosto 2023 (65)
- julio 2023 (106)
- junio 2023 (99)
- mayo 2023 (106)
- abril 2023 (122)
- marzo 2023 (144)
- febrero 2023 (133)
- enero 2023 (111)
- diciembre 2022 (108)
- noviembre 2022 (29)
- octubre 2022 (108)
- septiembre 2022 (141)
- agosto 2022 (139)
- julio 2022 (63)
- junio 2022 (40)
- mayo 2022 (113)
- abril 2022 (87)
- marzo 2022 (103)
- febrero 2022 (110)
- enero 2022 (90)
- diciembre 2021 (146)
- noviembre 2021 (58)
- octubre 2021 (95)
- septiembre 2021 (108)
- agosto 2021 (216)
- julio 2021 (188)
- junio 2021 (59)
- enero 2021 (31)
- diciembre 2020 (211)
- noviembre 2020 (395)
- octubre 2020 (519)
- septiembre 2020 (353)
- agosto 2020 (389)
- julio 2020 (410)
- junio 2020 (398)
- mayo 2020 (336)
- abril 2020 (43)
- marzo 2020 (105)
- febrero 2020 (341)
- enero 2020 (406)
- diciembre 2019 (519)
- noviembre 2019 (438)
- octubre 2019 (331)
- septiembre 2019 (315)
- agosto 2019 (377)
- julio 2019 (379)
- junio 2019 (371)
- mayo 2019 (317)
- abril 2019 (347)
- marzo 2019 (492)
- febrero 2019 (474)
- enero 2019 (483)
- diciembre 2018 (485)
- noviembre 2018 (490)
- octubre 2018 (465)
- septiembre 2018 (486)
- agosto 2018 (498)
- julio 2018 (323)
- junio 2018 (416)
- mayo 2018 (513)
- abril 2018 (365)
- marzo 2018 (524)
- febrero 2018 (404)
- enero 2018 (444)
- diciembre 2017 (540)
- noviembre 2017 (452)
- octubre 2017 (396)
- septiembre 2017 (418)
- agosto 2017 (447)
- julio 2017 (471)
- junio 2017 (463)
- mayo 2017 (456)
- abril 2017 (401)
- marzo 2017 (532)
- febrero 2017 (462)
- enero 2017 (435)
- diciembre 2016 (492)
- noviembre 2016 (435)
- octubre 2016 (388)
- septiembre 2016 (1)
- agosto 2016 (233)
- julio 2016 (271)
- junio 2016 (340)
- mayo 2016 (470)
- abril 2016 (357)
- marzo 2016 (371)
- febrero 2016 (296)
- enero 2016 (399)
- diciembre 2015 (386)
- noviembre 2015 (67)
- octubre 2015 (252)
- septiembre 2015 (429)
- agosto 2015 (415)
- julio 2015 (461)
- junio 2015 (543)
- mayo 2015 (486)
- abril 2015 (357)
- marzo 2015 (429)
- febrero 2015 (426)
- enero 2015 (503)
- diciembre 2014 (540)
- noviembre 2014 (625)
- octubre 2014 (644)
- septiembre 2014 (616)
- agosto 2014 (687)
- julio 2014 (542)
- junio 2014 (431)
- mayo 2014 (376)
- abril 2014 (316)
- marzo 2014 (507)
- febrero 2014 (426)
- enero 2014 (608)
- diciembre 2013 (841)
- noviembre 2013 (660)
- octubre 2013 (734)
- septiembre 2013 (636)
- agosto 2013 (591)
- julio 2013 (707)
- junio 2013 (687)
- mayo 2013 (941)
- abril 2013 (871)
- marzo 2013 (940)
- febrero 2013 (891)
- enero 2013 (692)