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Cambio Denominación Programa Estudios Terapia RCD 056-2020-SUNEDU/CD Superintendencia Nacional de

Organismos Tecnicos Especializados, Superintendencia Nacional de Salud Aprueban el cambio de denominación del programa de estudios de Terapia Física y Rehabilitación, por el de Tecnología Médica, Especialidad de Terapia Física y Rehabilitación, así como de la denominación del título profesional que otorga, solicitado por la Universidad Privada del Norte S.A.C. RCD 056-2020-SUNEDU/CD Lima, 24 de junio de 2020 VISTOS: El Oficio Nº 100-2019-UPN-SG del 30 de mayo
Organismos Tecnicos Especializados, Superintendencia Nacional de Salud
Aprueban el cambio de denominación del programa de estudios de Terapia Física y Rehabilitación, por el de Tecnología Médica, Especialidad de Terapia Física y Rehabilitación, así como de la denominación del título profesional que otorga, solicitado por la Universidad Privada del Norte S.A.C.
RCD 056-2020-SUNEDU/CD
Lima, 24 de junio de 2020
VISTOS:

El Oficio Nº 100-2019-UPN-SG del 30 de mayo de 2019 con Registro de Trámite Documentario Nº 23550-2019-SUNEDU-TD presentado por la Universidad Privada del Norte S.A.C.

1 (en adelante, la Universidad)
y el Informe Técnico de Modificación de Licencia Nº 001-2020-SUNEDU-DILIC-02-12 del 20 de febrero de de la Dirección de Licenciamiento (en adelante, la Dilic).

CONSIDERANDO:



De acuerdo con el artículo 13 de la Ley Nº 30220, Ley Universitaria (en adelante, la Ley Universitaria), la Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria (en adelante, Sunedu) es responsable del licenciamiento para el servicio educativo superior universitario, entendiéndose al licenciamiento como el procedimiento administrativo que tiene como objetivo verificar el cumplimiento de las Condiciones Básicas de Calidad (en adelante, CBC) para ofrecer el servicio educativo superior universitario y autorizar su funcionamiento.


El numeral 15.1 del artículo 15 de la Ley Universitaria, establece que la Sunedu es la autoridad 1
Inscrita en la Partida Registral Nº 13233523 DEL Registro de Personas Jurídicas de Lima de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos-SUNARP.
competente para aprobar o denegar las solicitudes de licenciamiento de universidades, filiales, facultades, escuelas y programas de estudio conducentes a grado académico.

El literal d) del artículo 31.1 de la Resolución del Consejo Directivo Nº 008-2017-SUNEDU-CD, modificada, entre otras normas, por la Resolución del Consejo Directivo Nº 096-2019-SUNEDU/CD, establece como uno de los supuestos de modificación de licencia institucional, el cambio de denominación del programa o de la mención y/o la creación de una mención de un programa que consta en la licencia institucional, no obstante, si la pretensión no implica, a su vez, cambios en la malla curricular, en los objetivos del programa y en el perfil de egresado, solo se debe comunicar a la Sunedu sobre el cambio o creación respectivo 2

.

El 30 de mayo de 2019
3
, la Universidad solicitó el cambio de denominación del título profesional del programa originalmente denominado "Terapia Física y Rehabilitación", abarcando las modalidades presencial y semipresencial, a fin de que se encuentre adecuado a lo dispuesto por la Ley Nº 28456, Ley del Trabajo del Profesional de la Salud Tecnólogo Médico y su reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 012-2008-SA.

La Universidad presentó la Resolución Rectoral Nº119-2019-UPN-SAC del 22 de mayo de 2019, mediante la cual dispuso el cambio de denominación del título profesional de Licenciado en Terapia Física y Rehabilitación por el de Licenciado en Tecnología Médica, Especialidad de Terapia Física y Rehabilitación.

El 5 de febrero de 2020, la Universidad precisó que: (i) su solicitud incluye el cambio de denominación del programa de Terapia Física y Rehabilitación por la de Tecnología Médica, Especialidad de Terapia Física y Rehabilitación, para lo cual adjuntó la Resolución Rectoral Nº005-2020-UPN-SAC del 13 de enero de 2020; y, (ii) el referido programa no cuenta con egresados y que la primera promoción egresará para el periodo 2021-1.

Lo solicitado por la Universidad, significa un cambio respecto de lo señalado en el numeral 36 de la tabla denominada Distribución de los Programas Existentes por Local del Anexo Nº 2 de la Resolución del Consejo Directivo Nº 062-2017-SUNEDU/CD del 9 de noviembre de 2017, mediante la cual se le otorgó la licencia institucional. Se hace presente que la solicitud de la Universidad no incluye el cambio de denominación del grado académico ni de ningún otro aspecto distinto a la denominación del programa y del título que otorga, por lo que su solicitud se refiere a lo siguiente:

DENOMINACIÓN APROBADA
EN LA RESOLUCIÓN
Nº 062-2017-SUNEDU/CD
DENOMINACIÓN
MODIFICADA
Programa Terapia Física y Rehabilitación Tecnología Médica, Especialidad de Terapia Física y Rehabilitación Título que otorga Licenciado en Terapia Física y Rehabilitación Licenciado en Tecnología Médica, Especialidad de Tera-pia Física y Rehabilitación Mediante el Informe Técnico de Modificación de Licencia Nº 001-2020-SUNEDU-DILIC-02-12 del 20 de febrero de 2020, la Dilic informó sobre la pertinencia de aprobar el cambio de denominación del programa de estudios de Terapia Física y Rehabilitación, por el de Tecnología Médica, Especialidad de Terapia Física y Rehabilitación, así como la denominación del título profesional que otorga, en los términos solicitados por la Universidad y considerando lo dispuesto por la Ley Nº 28456, Ley del Trabajo del Profesional de la Salud Tecnólogo Médico y su reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 012-2008-SA.

En tal sentido, conforme al numeral 6.2 del artículo 6 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS, se considera que el Informe Técnico de Modificación de Licencia Nº 001-2020-SUNEDU-02-12, en tanto motiva y fundamenta la presente resolución, forma parte integrante de esta.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 13, en el numeral 15.1 del artículo 15 y en el numeral 19.3 del artículo 19 de la Ley Nº 30220, Ley Universitaria; el literal c) del artículo 8 del Reglamento de Organización y Funciones de la Sunedu, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 012-2014-MINEDU y su modificatoria aprobada mediante Decreto Supremo Nº 006-2018-MINEDU; el Texto Único Ordenado de la Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS; los artículos del 26 al 31 del Reglamento del Procedimiento de Licenciamiento Institucional, aprobado mediante la Resolución del Consejo Directivo Nº 008-2017-SUNEDU/CD, modificado por la Resolución del Consejo Directivo Nº 096-2019-SUNEDU/CD; y, a lo acordado en la sesión del Consejo Directivo Nº 011-2020.

SE RESUELVE:



Primero.- APROBAR el cambio de denominación del programa de estudios de Terapia Física y Rehabilitación, por el de Tecnología Médica, Especialidad de Terapia Física y Rehabilitación, así como de la denominación del título profesional que otorga, solicitado por la Universidad Privada del Norte S.A.C., conforme se detalla a continuación:

UNIVERSIDAD PRIVADA DEL NORTE S.A.C.

DENOMINACIÓN APROBADA EN LA RESOLUCIÓN
Nº 062-2017-SUNEDU/CD
DENOMINACIÓN MODIFICADA
Anexo Nº 2 Anexo Nº 2

DENOMINACIÓN DEL
PROGRAMA
GRADO ACADÉMICO
QUE OTORGA
DENOMINACIÓN DEL
TÍTULO QUE OTORGA

DENOMINACIÓN DEL
PROGRAMA
GRADO ACADÉMICO
QUE OTORGA
DENOMINACIÓN DEL
TÍTULO QUE OTORGA
36
TERAPIA FÍSICA Y
REHABILITACIÓN
BACHILLER EN TERAPIA
FÍSICA Y
REHABILITACIÓN
LICENCIADO EN
TERAPIA
FÍSICA Y
REHABILITACIÓN
36
TECNOLOGÍA MÉDICA,
ESPECIALIDAD DE
TERAPIA FÍSICA Y
REHABILITACIÓN
BACHILLER EN
TERAPIA FÍSICA Y
REHABILITACIÓN
LICENCIADO EN
TECNOLOGÍA MÉDICA,
ESPECIALIDAD DE
TERAPIA FÍSICA Y
REHABILITACIÓN
Segundo.- REMITIR a la Dirección de Documentación e Información Universitaria y Registro de Grados y Títulos copia de la presente resolución y del Informe Técnico de Modificación de Licencia Nº 001-2020-SUNEDU-DILIC-02-12 para los fines correspondientes.

Tercero.- PRECISAR que la presente resolución no agota la vía administrativa, salvo que sea consentida, pudiendo ser impugnada ante el Consejo Directivo mediante la interposición del recurso de reconsideración, dentro del plazo de quince (15)
días hábiles contados a partir del día siguiente de su notificación.

Cuarto.- NOTIFICAR la presente resolución y el Informe Técnico de Modificación de Licencia Nº 001-2020-SUNEDU-DILIC-02-12 del 20 de febrero de a la Universidad Privada del Norte S.A.C., encargando a la 2
Resolución del Consejo Directivo Nº 096-2019-SUNEDU/CD
Artículo 31.- Supuestos de modificación de licencia institucional:

31.1 Los administrados que cuenten con licencia institucional, pueden solicitar a la Sunedu la modificación en los siguientes escenarios: (...)
d) Cambio de denominación y/o creación de mención:

Si se pretende cambiar la denominación del programa o de la mención y/o crear una mención de un programa que consta en la licencia institucional.

Si la pretensión implica, a su vez, cambios en la malla curricular, en los objetivos del programa y en el perfil de egresado, simultáneamente; son aplicables los requisitos: 1, 2, 3, 4, 5, 6, 7, 8 y 10 establecidos en el numeral 30.1 del artículo 30 del presente Reglamento.

Si la pretensión no implica la modificación de todos los elementos antes citados en simultáneo, solo se debe comunicar a la Sunedu sobre el cambio o creación respectivo, sin perjuicio de las acciones de verificación posterior correspondientes.

3
RTD Nº 23551-2019-SUNEDU-TD.

Unidad de Atención al Ciudadano y Trámite Documentario a realizar el trámite correspondiente.

Quinto.- DISPONER la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial "El Peruano" y ENCARGAR a la Oficina de Comunicaciones la publicación de la presente resolución y del Informe Técnico de Modificación de Licencia Nº 001-2020-SUNEDU-DILIC-02-12 en el Portal institucional de la Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria-Sunedu (www.sunedu.gob.pe).

Regístrese, comuníquese y publíquese.

OSWALDO DELFIN ZEGARRA ROJAS
Presidente (e) del Consejo Directivo de la Sunedu

NORMA LEGAL:

  • Titulo: RCD 056-2020-SUNEDU/CD Aprueban el cambio de denominación del programa de estudios de Terapia Física y Rehabilitación, por el de Tecnología Médica, Especialidad de Terapia Física y Rehabilitación, así como de la denominación del título profesional que otorga, solicitado por la Universidad Privada del Norte S.A.C.
  • Tipo de norma : RESOLUCIÓN DEL CONSEJO DIRECTIVO
  • Numero : 056-2020-SUNEDU/CD
  • Emitida por : Superintendencia Nacional de Salud - Organismos Tecnicos Especializados
  • Fecha de emision : 2020-06-26
  • Fecha de aplicacion : 2020-06-27

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