Inicio
Últimas normas legales
Directiva 009 2020 cg/ Gcsd recepción Evaluación RC 206-2020-CG Organismos Autonomos
7/16/2020
Directiva 009 2020 cg/ Gcsd recepción Evaluación RC 206-2020-CG Organismos Autonomos
Poder Judicial, Organismos Autonomos Aprueban la Directiva Nº 009-2020-CG/ GCSD "Recepción, Evaluación y Atención de Denuncias" RC 206-2020-CG Lima, 14 de julio de 2020 VISTOS: La Hoja Informativa Nº 000006-2020-CG/GCSD de la Gerencia de Control Social y Denuncias; y, la Hoja Informativa Nº 000202-2020-CG/GJN, de la Gerencia Jurídico Normativa de la Contraloría General de la República; CONSIDERANDO: Que, conforme a lo previsto en
Aprueban la Directiva Nº 009-2020-CG/ GCSD "Recepción, Evaluación y Atención de Denuncias"
RC 206-2020-CG
Lima, 14 de julio de 2020
VISTOS:
La Hoja Informativa Nº 000006-2020-CG/GCSD de la Gerencia de Control Social y Denuncias; y, la Hoja Informativa Nº 000202-2020-CG/GJN, de la Gerencia Jurídico Normativa de la Contraloría General de la República;
CONSIDERANDO:
Que, conforme a lo previsto en el artículo 82 de la Constitución Política del Perú, la Contraloría General de la República es una entidad descentralizada de Derecho Público que goza de autonomía conforme a su ley orgánica; asimismo, es el órgano superior del Sistema Nacional de Control, que tiene como atribución supervisar la legalidad de la ejecución del Presupuesto del Estado, de las operaciones de la deuda pública y de los actos de las instituciones sujetas a control;
Que, el literal n) del artículo 22 de la Ley Nº 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República establece que la Contraloría General de la República tiene por atribución recibir y atender denuncias de los ciudadanos, relacionadas con las funciones de la administración pública, otorgándoles el trámite correspondiente sea en el ámbito interno, o derivándola ante la autoridad competente; estando la identidad de los denunciantes y el contenido de la denuncia protegidos por el principio de reserva;
TAMBIEN PUEDES VER: Directiva 002 2019 cg/ Norm servicio Control RC 200-2020-CG Organismos Autonomos
Que, el literal q) del artículo 9 de la Ley Nº 27785
señala que la participación ciudadana es el principio de control gubernamental que permite la contribución de la ciudadanía en el ejercicio del control gubernamental;
Que, el artículo 4 de la Ley Nº 29542, Ley de protección al denunciante en el ámbito administrativo y de colaboración eficaz en el ámbito penal, establece que la Contraloría General de la República es la autoridad competente que recibe y evalúa las denuncias presentadas, dando trámite a las que se encuentren dentro de su ámbito de competencia y derivando aquellas cuyo trámite corresponda ser efectuado por otras instancias administrativas que, por disposición legal expresa, tenga competencia sobre la matera objeto de la denuncia;
MAS NORMAS LEGALES: Nombran Gobernadora Común Ante Fondo RS 067-2020-RE Relaciones Exteriores
Que, mediante Resolución de Contraloría Nº 268-2015-CG se aprobó la Directiva Nº 011-2015-CG/GPROD
"Servicio de Atención de Denuncias", cuyo objetivo es regular el servicio relacionado de atención de denuncias por parte de la Contraloría General de la República y los Órganos de Control Institucional;
Que, mediante Resolución de Contraloría Nº 452-2018-CG se aprobó el "Plan Estratégico Institucional Modificado de la Contraloría General de la República 2019-2024", el cual está principalmente orientado a que los órganos que integran el Sistema Nacional de Control brinden servicios de control gubernamental más eficaces y oportunos para el logro de su misión, generando mecanismos de prevención, detección, investigación y sanción, con el fin de reducir los actos de corrupción, las inconductas funcionales, coadyuvar a la eficacia y eficiencia de la gestión pública y promover la participación ciudadana en el control social;
Que, mediante Resolución de Contraloría Nº 085-2019-CG se aprueba el "Plan de Modernización de la Contraloría General de la República", cuyo objetivo es instaurar el proceso de modernización institucional a partir
de la implementación de un enfoque orientado a la mejora y optimización de los procesos misionales, vale decir, los correspondientes a los servicios de control y servicios relacionados, para luego ir desplegándolos de manera sistemática hacia los demás procesos de la institución (estratégicos y de apoyo);
Que, con el propósito de optimizar e implementar un nuevo proceso de atención de denuncias acorde al modelo de gestión orientado a resultados de la Contraloría General de la República se requiere implementar un nuevo marco normativo;
Que, con Hoja Informativa Nº 000006-2020-CG/GCSD, la Gerencia de Control Social y Denuncias sustenta la necesidad de emitir un documento normativo que recoja el nuevo modelo de atención de demanda imprevisible de control, a fin de promover la participación ciudadana en el control social y el fortalecimiento de la gestión del Sistema Nacional de Control mediante la recepción, evaluación y atención de las denuncias recibidas y/o autogeneradas sobre presuntos hechos irregulares ocurridos en las entidades sujetas a control;
advertidos por los mecanismos de participación ciudadana y la revisión de información de fuentes internas y externas;
Que, conforme a lo opinado por la Gerencia Jurídico Normativa, mediante Hoja Informativa Nº 000202-2020-CG/GJN, y de acuerdo a lo expuesto en la Hoja Informativa Nº 000163-2020-CG/NORM, de la Subgerencia de Normatividad en Control Gubernamental, se considera viable jurídicamente la emisión del acto resolutivo que apruebe la Directiva "Recepción, Evaluación y Atención de Denuncias" propuesta por la Subgerencia de Atención de Denuncias y la Gerencia de Control Social y Denuncias;
De conformidad con la normativa antes señalada, y en uso de las facultades conferidas en el artículo 32 de la Ley Nº 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, y modificatorias;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Aprobar la Directiva Nº 009-2020-CG/ GCSD "Recepción, Evaluación y Atención de Denuncias", que en anexo forma parte integrante de la presente Resolución.
Artículo 2.- Disponer que las definiciones previstas en la directiva aprobada por la presente Resolución sean aplicables en el desarrollo del servicio de Acción de Oficio Posterior regulado por la Directiva Nº 002-2020-CG/ NORM, aprobada por Resolución de Contraloría Nº 089-2020-CG, así como, a los demás servicios de control y servicios relacionados en lo que les corresponda.
Artículo 3.- Dejar sin efecto Resolución de Contraloría Nº 268-2015-CG que aprobó la Directiva Nº 011-2015-CG/GPROD "Servicio de Atención de Denuncias", los lineamientos emitidos al amparo de dicha Directiva, así como todas aquellas disposiciones que se oponga a la presente Resolución.
Artículo 4.- Publicar la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano, y ésta a su vez con su anexo en el Portal del Estado Peruano (www.gob.pe), en el Portal Web Institucional (www.contraloria.gob.pe) y en la Intranet de la Contraloría General de la República.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
NELSON SHACK YALTA
Contralor General de la República
NORMA LEGAL:
- Titulo: RC 206-2020-CG Aprueban la Directiva Nº 009-2020-CG/ GCSD "Recepción, Evaluación y Atención de Denuncias"
- Tipo de norma : RESOLUCIÓN DE CONTRALORÍA
- Numero : 206-2020-CG
- Emitida por : Organismos Autonomos - Poder Judicial
- Fecha de emision : 2020-07-15
- Fecha de aplicacion : 2020-07-16
Compartir
Recomendado
Legislacion por entidad
Poder Ejecutivo
Organos Autonomos
Organismos Tecnicos Especializados
Transportes y Comunicaciones
Jurado Nacional de Elecciones
Economia y Finanzas
Poder Judicial
Energia y Minas
Salud
Defensa
Relaciones Exteriores
Educacion
Gobiernos Regionales
Organismos Ejecutores
Superintendencia de Banca Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones
Advertencia
Este es un portal de ayuda a quienes desean leer las nuevas normas legales del Perú.
Si encuentra algun texto que no deberia estar en este portal, escriba un mensaje a elperulegal@gmail.com para que sea retirado.
Propósito:
El propósito de "El Peru Legal" es mostrar las normas legales que proporcionan las entidades del Estado del Perú para buscar información relativa a decretos, leyes, resoluciones, directivas.
Propósito:
El propósito de "El Peru Legal" es mostrar las normas legales que proporcionan las entidades del Estado del Perú para buscar información relativa a decretos, leyes, resoluciones, directivas.
Boletin de Normas legales
Leyes más importantes
Archivo legal
- marzo 2025 (54)
- febrero 2025 (109)
- enero 2025 (85)
- diciembre 2024 (89)
- noviembre 2024 (69)
- octubre 2024 (93)
- septiembre 2024 (66)
- agosto 2024 (88)
- julio 2024 (73)
- junio 2024 (21)
- diciembre 2023 (88)
- noviembre 2023 (208)
- octubre 2023 (225)
- septiembre 2023 (228)
- agosto 2023 (65)
- julio 2023 (106)
- junio 2023 (99)
- mayo 2023 (106)
- abril 2023 (122)
- marzo 2023 (144)
- febrero 2023 (133)
- enero 2023 (111)
- diciembre 2022 (108)
- noviembre 2022 (29)
- octubre 2022 (108)
- septiembre 2022 (141)
- agosto 2022 (139)
- julio 2022 (63)
- junio 2022 (40)
- mayo 2022 (113)
- abril 2022 (87)
- marzo 2022 (103)
- febrero 2022 (110)
- enero 2022 (90)
- diciembre 2021 (146)
- noviembre 2021 (58)
- octubre 2021 (95)
- septiembre 2021 (108)
- agosto 2021 (216)
- julio 2021 (188)
- junio 2021 (59)
- enero 2021 (31)
- diciembre 2020 (211)
- noviembre 2020 (395)
- octubre 2020 (519)
- septiembre 2020 (353)
- agosto 2020 (389)
- julio 2020 (410)
- junio 2020 (398)
- mayo 2020 (336)
- abril 2020 (43)
- marzo 2020 (105)
- febrero 2020 (341)
- enero 2020 (406)
- diciembre 2019 (519)
- noviembre 2019 (438)
- octubre 2019 (331)
- septiembre 2019 (315)
- agosto 2019 (377)
- julio 2019 (379)
- junio 2019 (371)
- mayo 2019 (317)
- abril 2019 (347)
- marzo 2019 (492)
- febrero 2019 (474)
- enero 2019 (483)
- diciembre 2018 (485)
- noviembre 2018 (490)
- octubre 2018 (465)
- septiembre 2018 (486)
- agosto 2018 (498)
- julio 2018 (323)
- junio 2018 (416)
- mayo 2018 (513)
- abril 2018 (365)
- marzo 2018 (524)
- febrero 2018 (404)
- enero 2018 (444)
- diciembre 2017 (540)
- noviembre 2017 (452)
- octubre 2017 (396)
- septiembre 2017 (418)
- agosto 2017 (447)
- julio 2017 (471)
- junio 2017 (463)
- mayo 2017 (456)
- abril 2017 (401)
- marzo 2017 (532)
- febrero 2017 (462)
- enero 2017 (435)
- diciembre 2016 (492)
- noviembre 2016 (435)
- octubre 2016 (388)
- septiembre 2016 (1)
- agosto 2016 (233)
- julio 2016 (271)
- junio 2016 (340)
- mayo 2016 (470)
- abril 2016 (357)
- marzo 2016 (371)
- febrero 2016 (296)
- enero 2016 (399)
- diciembre 2015 (386)
- noviembre 2015 (67)
- octubre 2015 (252)
- septiembre 2015 (429)
- agosto 2015 (415)
- julio 2015 (461)
- junio 2015 (543)
- mayo 2015 (486)
- abril 2015 (357)
- marzo 2015 (429)
- febrero 2015 (426)
- enero 2015 (503)
- diciembre 2014 (540)
- noviembre 2014 (625)
- octubre 2014 (644)
- septiembre 2014 (616)
- agosto 2014 (687)
- julio 2014 (542)
- junio 2014 (431)
- mayo 2014 (376)
- abril 2014 (316)
- marzo 2014 (507)
- febrero 2014 (426)
- enero 2014 (608)
- diciembre 2013 (841)
- noviembre 2013 (660)
- octubre 2013 (734)
- septiembre 2013 (636)
- agosto 2013 (591)
- julio 2013 (707)
- junio 2013 (687)
- mayo 2013 (941)
- abril 2013 (871)
- marzo 2013 (940)
- febrero 2013 (891)
- enero 2013 (692)