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Transferencia Financiera Destinada Contratación RE Instituto Nacional de Defensa de la Competencia
7/25/2020
Transferencia Financiera Destinada Contratación RE Instituto Nacional de Defensa de la Competencia
Organismos Tecnicos Especializados, Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Proteccion de la Propiedad Intelectual Aprueban transferencia financiera destinada a la contratación de la sociedad auditora externa que realizará la auditoría correspondiente al ejercicio 2019 RE 00079-2020-PRE/INDECOPI San Borja, 22 de julio de 2020 VISTOS: Los Informes Nº 000020-2020/GPG-INDECOPI y Nº 000022-2020/GPG-INDECOPI de la Gerencia de Planeamiento y
Aprueban transferencia financiera destinada a la contratación de la sociedad auditora externa que realizará la auditoría correspondiente al ejercicio 2019
RE 00079-2020-PRE/INDECOPI
San Borja, 22 de julio de 2020
VISTOS:
Los Informes Nº 000020-2020/GPG-INDECOPI y Nº 000022-2020/GPG-INDECOPI de la Gerencia de Planeamiento y Gestión Institucional, los Memorándums Nº 000696--SGF/INDECOPI y Nº 000770-2020-SGF/INDECOPI de la Sub Gerencia de Finanzas y Contabilidad, el Memorándum Nº 000194-2020-GAF/ INDECOPI de la Gerencia de Administración y Finanzas, el Informe Nº 000414-2020-GEL/INDECOPI de la Gerencia Legal; y;
CONSIDERANDO:
Que, mediante el artículo 20 de la Ley Nº 27785 - Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, modificado por el artículo 3 de la Ley Nº 30742, Ley de Fortalecimiento de la Contraloría General de la República, se establece que las sociedades de auditoría son contratadas por la Contraloría General de la República;
Que, el citado artículo señala además que las entidades del Gobierno Nacional, los gobiernos regionales y gobiernos locales quedan autorizadas para realizar transferencias financieras con cargo a su presupuesto institucional a favor de la Contraloría General de la República para cubrir los gastos que se deriven de la contratación de las sociedades de auditoría, previa solicitud de la Contraloría General de la República;
TAMBIEN PUEDES VER: Transferencias Financieras Favor Entidades RP 068-2020-CONCYTEC-P Consejo Nacional de Ciencia
Que, asimismo, de acuerdo con el artículo citado, las transferencias financieras se aprueban mediante resolución del titular del pliego, previo informe favorable de la oficina de presupuesto o la que haga sus veces en la Entidad;
Que, mediante Resolución de Contraloría Nº 369-2019-CG, la Contraloría General de la República aprobó el tarifario que establece el monto por retribución económica, el impuesto general a las ventas y el derecho de designación y supervisión de sociedades de auditoria, que las entidades del Gobierno Nacional, los gobiernos regionales y gobiernos locales, entre ellas el Indecopi, deben transferir a la Contraloría General de la República;
MAS NORMAS LEGALES: Las Publicaciones Oficiales Sólo En Modo Virtual RM 174-2020-PCM PCM
Que, mediante Resolución de la Presidencia del Consejo Directivo Nº 179-2019-INDECOPI/COD, se autorizó la Transferencia Financiera del Pliego 0183:
Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual, hasta por la suma de S/ 65 041,42 (Sesenta y cinco mil cuarenta y uno con 42/100 soles), a favor de la Contraloría General de la República, correspondiente al 50% de la retribución económica por el importe de S/ 54 048.50 (Cincuenta y cuatro mil cuarenta y ocho con 50/100 Soles) y el 6% del importe total según tarifario por derecho de designación o supervisión, ascendente a S/ 10 992.92 (Diez mil novecientos noventa y dos con 92/100 Soles), para el financiamiento de contratación de la sociedad auditora externa que realizaría la auditoría correspondiente al ejercicio 2019;
Que el numeral 7.2 de la Directiva Nº 009-2018-CG/ NORM, "Gestión de Sociedades de Auditoría", cuya versión actualizada fue aprobada con Resolución de Contraloría Nº 509-2018-CG, establece que el proceso de designación de sociedades de auditoría se inicia después que las Entidades efectúen las transferencias financieras a la Contraloría General de la República conforme al Tarifario aprobado por Resolución de Contraloría;
Que, mediante el Informe Nº 000020-2020-GPG/ INDECOPI, precisado mediante Informe Nº 000022-2020-GPG/INDECOPI, la Gerencia de Planeamiento y Gestión Institucional otorga opinión favorable para efectuar la transferencia financiera a la Contraloría General de la República, para la contratación de la Sociedad de Auditoría que se encargará de realizar las labores de control posterior de la Entidad, correspondiente al ejercicio 2019, otorgando a su vez el Certificado de Crédito Presupuestario Nº 460-por el importe total de S/ 108 097,00; de los cuales señala que se debe transferir el monto de S/ 54 048.50 (Cincuenta y cuatro mil cuarenta y ocho con 50/100 soles) equivalente al 50% de la retribución económica restante, para el financiamiento de la contratación de la Sociedad Auditora para el Ejercicio Fiscal 2019.
Que, a través del Informe Nº 000414-2020-GEL/ INDECOPI, la Gerencia Legal manifiesta que se verifica el requisito de la conformidad presupuestal para autorizar la transferencia financiera con cargo al presupuesto institucional, a favor de la Contraloría General de la República para el financiamiento del 50% restante de la Sociedad de Auditoría que se encargará de realizar las labores de control posterior externo del Indecopi;
Que, asimismo, la Gerencia Legal manifiesta en el citado informe, que en virtud del artículo 20 de la Ley Nº 27785 - Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República y los artículos 6 y 7 del Reglamento de Organización y Funciones del Indecopi, la Presidenta del Consejo Directivo (e), en su calidad de Titular del Pliego, se encuentra facultada para aprobar las transferencias financieras a favor de la Contraloría General de la República;
Con los vistos de la Gerencia General, Gerencia de Administración y Finanzas, Gerencia de Planeamiento y Gestión Institucional, Gerencia Legal y la Sub Gerencia de Finanzas y Contabilidad;
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 20 de la Ley Nº 27785 - Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, modificado por el artículo 3 de la Ley Nº 30742, Ley de Fortalecimiento de la Contraloría General de la República, y el Reglamento de Organización y Funciones del Indecopi, aprobado por Decreto Supremo Nº 009-2009-PCM y sus modificatorias;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Transferencia Financiera a favor de la Contraloría General de la República Aprobar la Transferencia Financiera, con cargo al Presupuesto Institucional 2020, del Pliego 0183: Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual-Indecopi, Unidad Ejecutora 0163: Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual-Indecopi hasta por la suma de S/ 54,048.50 (Cincuenta y cuatro mil y cuarenta y ocho con 50/100 soles) en la fuente de financiamiento Recursos Directamente Recaudados, a favor del Pliego 019: Contraloría General, Unidad Ejecutora 001: Contraloría General, destinado a la contratación de la sociedad auditora externa que realizaría la auditoría correspondiente al ejercicio 2019.
Artículo 2.- Financiamiento La transferencia financiera autorizada en el artículo 1 de la presente resolución se atenderá con cargo al presupuesto aprobado en el presente Año Fiscal del Pliego 0183: Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual-Indecopi, Unidad Ejecutora 0163: Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual-Indecopi, Categoría Presupuestal 9001:
Acciones Centrales, Actividad 5000006: Acciones de Control y Auditoría, Genérica de Gasto 2.4 Donaciones y Transferencias, Sub Genérica del gasto: 2.4.1
Donaciones y Transferencias Corrientes, Específica del Gasto 2.4.13.11 A Otras Unidades del Gobierno Nacional, Fuente de Financiamiento: Recursos Directamente Recaudados.
Artículo 3.- Limitación al uso de los recursos Los recursos de la transferencia financiera autorizada por el artículo 1 de la presente resolución no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos.
Artículo 4.- Publicación Disponer que la presente resolución se publique en el Portal Institucional del Indecopi y en el Diario Oficial El Peruano.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
HANIA PÉREZ DE CUÉLLAR LUBIENSKA
Presidenta del Consejo Directivo (e)
NORMA LEGAL:
- Titulo: RE 00079-2020-PRE/INDECOPI Aprueban transferencia financiera destinada a la contratación de la sociedad auditora externa que realizará la auditoría correspondiente al ejercicio 2019
- Tipo de norma : RESOLUCION
- Numero : 00079-2020-PRE/INDECOPI
- Emitida por : Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Proteccion de la Propiedad Intelectual - Organismos Tecnicos Especializados
- Fecha de emision : 2020-07-24
- Fecha de aplicacion : 2020-07-25
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