10/29/2020
Directiva 001 2020 pcm/sdot disposiciones RV 003-2020-PCM/DVGT PCM
Poder Ejecutivo, Presidencia del Consejo de Ministros Aprueban la Directiva Nº 001-2020-PCM/SDOT "Disposiciones para el desarrollo de los procesos de delimitación interdepartamental e intradepartamental mediante el empleo de herramientas digitales durante la emergencia sanitaria producida por el COVID-19" RV 003-2020-PCM/DVGT Lima, 12 de octubre de 2020 VISTOS: Los Informes Nº 000011-2020-PCM-SDOT y Nº 000013-2020-PCM-SDOT de la Secretaría de Demarcación
Aprueban la Directiva Nº 001-2020-PCM/SDOT "Disposiciones para el desarrollo de los procesos de delimitación interdepartamental e intradepartamental mediante el empleo de herramientas digitales durante la emergencia sanitaria producida por el COVID-19"
RV 003-2020-PCM/DVGT
Lima, 12 de octubre de 2020
VISTOS:
Los Informes Nº 000011-2020-PCM-SDOT y Nº 000013-2020-PCM-SDOT de la Secretaría de Demarcación y Organización Territorial;
CONSIDERANDO:
Que, la Ley Nº 27795, Ley de Demarcación y Organización Territorial, en adelante la Ley, tiene por finalidad establecer definiciones básicas, criterios técnicos y los procedimientos para el tratamiento de demarcación territorial que es competencia exclusiva del Poder Ejecutivo, así como lograr el saneamiento de límites y la organización racional del territorio;
Que, los numerales 2.1 y 2.5 del artículo 2 de la Ley, establecen que la demarcación territorial es un proceso técnico-geográfico mediante el cual se organiza el territorio a partir de la definición y delimitación de las circunscripciones político-administrativas a nivel nacional;
Que, el numeral 5.1 del artículo 5 de la Ley, dispone que la Presidencia del Consejo de Ministros, a través de la Secretaría de Demarcación y Organización Territorial, ejerce la rectoría del Sistema Nacional de Demarcación Territorial y tiene competencia para normar el tratamiento de las acciones de demarcación territorial, así como para conducir los procesos de delimitación interdepartamental;
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Que, asimismo, el numeral 5.2 del artículo 5 de la Ley, dispone que los gobiernos regionales son competentes para conducir los procesos de delimitación intradepartamental;
Que, el Reglamento de la Ley, aprobado por Decreto Supremo Nº 019-2003-PCM, y sus modificatorias, prevé que en el proceso de delimitación interdepartamental e intradepartamental se realicen reuniones y toma de acuerdos, los cuales requieren de la presencia física de quienes intervienen en dichos procesos;
Que, mediante Decreto Supremo Nº 008-2020-SA, se declara en Emergencia Sanitaria a nivel nacional, por el plazo de noventa (90) días calendario y se dictan medidas de prevención y control del COVID-19; dicho plazo ha sido prorrogado con los Decretos Supremos Nº 020-2020-SA y
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Nº 027-2020-SA;
Que, mediante Decreto Supremo Nº 044-2020-PCM ampliado temporalmente mediante los Decretos Supremos Nº 051-2020-PCM, Nº 064-2020-PCM, Nº 075-2020-PCM, Nº 083-2020-PCM, Nº 094-2020-PCM, Nº 116-2020-PCM Nº 135-2020-PCM, Nº 146-2020-PCM y Nº156-2020-PCM; y precisado o modificado por los Decretos Supremos Nº 045-2020- PCM, Nº 046-2020-PCM, Nº 051-2020-PCM, Nº 053- 2020-PCM, Nº 057-2020-PCM, Nº 058-2020-PCM, Nº 061-2020-PCM,
Nº 063-2020-PCM, Nº 064-2020-PCM, Nº 068-2020-PCM, Nº 072-2020-PCM, Nº 083-2020- PCM, Nº 094-2020-PCM, Nº 116-2020-PCM, Nº 129- 2020-PCM, Nº 135-2020-PCM, Nº 139-2020-PCM, Nº 146-2020-PCM, Nº 151-2020-PCM, Nº 156-2020-PCM y Nº162-2020-PCM, se declaró el Estado de Emergencia Nacional y se dispuso el aislamiento social obligatorio (cuarentena), por las graves circunstancias que afectan la vida de la Nación a consecuencia del brote del COVID-19; disponiéndose asimismo una serie de medidas para el ejercicio del derecho a la libertad de tránsito durante la vigencia del Estado de Emergencia Nacional, así como para reforzar el Sistema de Salud en todo el territorio nacional, entre otras medidas necesarias para proteger eficientemente la vida y la salud de la población, reduciendo la posibilidad del incremento del número de afectados por COVID-19;
Que, el numeral 5.8 de los "Lineamientos para la atención a la ciudadanía y el funcionamiento de las entidades del Poder Ejecutivo, durante la vigencia de la declaratoria de emergencia sanitaria producida por el COVID-19, en el marco del Decreto Supremo Nº044-2020-SA", aprobados por Resolución Ministerial Nº103-2020-PCM, dispone que en caso de existir la necesidad de realizar reuniones de trabajo o coordinación entre entidades de la Administración Pública, con gremios o representantes de la sociedad civil, debe preferirse realizarlas de manera virtual mediante el uso de tecnologías de la información;
Que, en el marco de la declaratoria de Emergencia Sanitaria por el COVID-19, y las funciones de la Secretaría de Demarcación y Organización Territorial, mediante los Informes de Visto, la citada Secretaría sustenta la necesidad de aprobar una directiva que establezca las disposiciones para el desarrollo de reuniones virtuales, en reemplazo de las reuniones presenciales, y adopción de acuerdos en los procesos de delimitación interdepartamental e intradepartamental, mediante el empleo de herramientas digitales, evitando así poner en riesgo la salud de las personas que participan en dichos procesos;
De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 27795, Ley de Demarcación y Organización Territorial, y sus modificatorias; su reglamento aprobado por el Decreto Supremo Nº 019-2003-PCM y sus modificatorias;
y, el Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros, aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 022-2017-PCM;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Aprobación de Directiva Aprobar la Directiva Nº 001-2020-PCM/SDOT
"Disposiciones para el desarrollo de los procesos de delimitación interdepartamental e intradepartamental mediante el empleo de herramientas digitales durante la emergencia sanitaria producida por el COVID-19", que como anexo forma parte de la presente resolución.
Artículo 2.- Publicación Disponer la publicación del anexo referido en el artículo precedente en la Plataforma GOB.PE (www.gob.pe) y en el Portal Institucional de la Presidencia del Consejo de Ministros (www.gob.pe/pcm), en la misma fecha de publicación de la presente resolución en el Diario Oficial El Peruano.
Artículo 3.- Vigencia La directiva aprobada mediante el artículo 1 de la presente resolución tiene vigencia en tanto se mantenga la Emergencia Sanitaria a nivel nacional declarada mediante Decreto Supremo Nº 008-2020-SA y sus prórrogas.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
PAULO CÉSAR VILCA ARPASI
Viceministro de Gobernanza Territorial
NORMA LEGAL:
- Titulo: RV 003-2020-PCM/DVGT Aprueban la Directiva Nº 001-2020-PCM/SDOT "Disposiciones para el desarrollo de los procesos de delimitación interdepartamental e intradepartamental mediante el empleo de herramientas digitales durante la emergencia sanitaria producida por el COVID-19"
- Tipo de norma : RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL
- Numero : 003-2020-PCM/DVGT
- Emitida por : Presidencia del Consejo de Ministros - Poder Ejecutivo
- Fecha de emision : 2020-10-28
- Fecha de aplicacion : 2020-10-29
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