10/29/2020

Oficializan Aprobación Plan Estratégico RPE 071-2020-IMARPE/PE Produce

Poder Ejecutivo, Produce Oficializan la aprobación del Plan Estratégico Institucional (PEI) 2020-2023 del Instituto del Mar del Perú - IMARPE RPE 071-2020-IMARPE/PE Callao, 10 de agosto de 2020 VISTOS: El Oficio Nº D000324-2020-CEPLAN-DNCP de fecha 13 de julio de 2020, de la Dirección Nacional de Planeamiento Estratégico - CEPLAN; el Memorándum Nº 201-2020-IMARPE/OGPP de fecha 27 de julio de 2020, de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto; el
Poder Ejecutivo, Produce
Oficializan la aprobación del Plan Estratégico Institucional (PEI) 2020-2023 del Instituto del Mar del Perú - IMARPE
RPE 071-2020-IMARPE/PE
Callao, 10 de agosto de 2020
VISTOS:

El Oficio Nº D000324-2020-CEPLAN-DNCP de fecha 13 de julio de 2020, de la Dirección Nacional de Planeamiento Estratégico - CEPLAN; el Memorándum Nº 201-2020-IMARPE/OGPP de fecha 27 de julio de 2020, de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto; el Informe Nº 178-2020-IMARPE/OGAJ de fecha 31 de julio de 2020, de la Oficina General de Asesoría Jurídica, y el Acuerdo Nº 011-2020-CD/O adoptado por el Consejo Directivo en su Cuarta Sesión Ordinaria, celebrada el 4 de agosto de 2020;

CONSIDERANDO:



Que, con fecha 23 de enero de 2020, se publicó en el Diario Oficial "El Peruano" el Decreto de Urgencia Nº 015-- Decreto de Urgencia que modifica el Decreto Legislativo nº 95 - Ley del Instituto del Mar del Perú - Imarpe, para la mejora y el fortalecimiento del rol y la gestión institucional, estableciéndose, una nueva estructura orgánica para la entidad, en la que el/ la Presidente/a Ejecutivo/a, preside el Consejo Directivo;

Que, el Decreto de Urgencia, antes indicado establece en su Segunda Disposición Complementaria, referida a la aprobación del nuevo Reglamento de Organización y Funciones y los documentos de gestión del Imarpe, que en un plazo que no exceda de treinta (30) días hábiles, contado desde del día siguiente de la publicación del Decreto de Urgencia Nº 015-y en tanto no se aprueben los documentos de gestión, se aplican las disposiciones contenidas en los que se encuentran actualmente vigentes, en lo que resulten aplicables;


Que, la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, señala en su artículo 34 que todo organismo público debe de contar con un Plan Estratégico Institucional -PEI;

Que, la Guía para el Planeamiento Institucional aprobado mediante Resolución de Consejo Directivo Nº053-2018-CEPLAN/PCD y su modificación, aprobado por Resolución de Presidencia de Consejo Directivo Nº 00016-2019/CEPLAN/PCD, señala en el numeral 4.1 que el PEI es un Instrumento de gestión que define la estrategia del Pliego para lograr sus objetivos, en un periodo mínimo de tres años, a través de iniciativas para producir una mejora en el bienestar de la población a la cual sirve. Estos objetivos se deben refl ejar en resultados;


Que, la Directiva Nº 001-2017-CEPLAN "Directiva para la actualización del Plan Estratégico de Desarrollo Nacional" establece los lineamientos para la actualización del Plan Estratégico de Desarrollo Nacional-PEDN" en el marco del ciclo de planeamiento estratégico para la mejora continua;

Que, al respecto, mediante Resolución de Dirección Ejecutiva Científica Nº 150-2019-IMARPE/DEC de fecha 19 de julio de 2019, se aprueba el Plan Estratégico Institucional (PEI) 2020-2022, que contiene los objetivos y acciones estratégicas a desarrollar para el periodo de 3
años, el cual fue elaborado en base a los lineamientos de la Directiva para la Actualización del Plan Estratégico de Desarrollo Nacional Nº 001-2017-CEPLAN y la Guía para Planeamiento Institucional, aprobada con Resolución de Presidencia de Consejo Directivo Nº 033-2017-CEPLN/PCD
y modificatorias, alineado con los objetivos estratégicos formulados en el Plan Estratégico de Desarrollo Nacional Perú al 2021 (Plan Bicentenario) y el Plan Estratégico Sectorial Multianual PESEM 2017 - 2021 del Sector Producción (aprobado por RM Nº 354-2017-PRODUCE);

Que, con Oficio Múltiple Nº D0040-2019-CEPLAN-DNCP de fecha 24 de diciembre de 2019, el CEPLAN
indica ampliar la temporalidad de los planes institucionales en base a programar y actualizar los Objetivos y acciones estratégicas hasta el 2023 como mínimo, con la finalidad de dar cobertura al POI Multianual 2021-2123 como mínimo;

Que, además, con Oficio Nº D000324-2020-CEPLAN-DNCP de fecha 13 de julio de 2020, la Dirección Nacional de Planeamiento Estratégico - CEPLAN remiten a la Presidencia Ejecutiva el Informe Técnico Nº D000169-2020-CEPLAN-DNCPPEI de verificación y validación de la ampliación del Plan Estratégico Institucional - 2023 del Instituto del Mar del Perú - IMARPE, el cual concluye que la propuesta del PEI 2020-2023, guarda consistencia y coherencia con los lineamientos del PESEM y la Guía para el Planeamiento Institucional y sus modificatorias;

Que, en ese sentido, a través del Memorándum Nº 201-2020-IMARPE/OGPP de fecha 27 de julio de 2020, la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto remite la versión final del Plan Estratégico Institucional (PEI) 2020-2023 del Pliego IMARPE, para la elaboración del dispositivo legal correspondiente y aprobación del Presidente Ejecutivo;

Que, la Oficina General de Asesoría Jurídica mediante Informe Nº 178-2020-IMARPE/OGAJ de fecha 31 de julio de 2020, señala que resulta jurídicamente viable aprobar el Plan Estratégico Institucional (PEI) 2020-2023 del Imarpe en cumplimiento de los lineamientos establecidos en la Directiva para la Actualización del Plan Estratégico de Desarrollo Nacional Nº 001-2017-CEPLAN y la Guía para
Planeamiento Institucional, aprobada con Resolución de Presidencia de Consejo Directivo Nº 033-2017-CEPLN/ PCD y modificatorias;

Que, el inciso d) del artículo 9 del Reglamento de Organización y Funciones del Imarpe aprobado por Resolución Ministerial Nº 345-2012-PRODUCE, señala que la función del Consejo Directivo es aprobar, entre otros, el Plan Estratégico Institucional;

Que, conforme a lo indicado en el párrafo precedente, el Consejo Directivo del Imarpe en su Cuarta Sesión Ordinaria celebrada con fecha 4 de agosto de 2020, mediante Acuerdo Nº 011-2020-CD/O, ha aprobado el Plan Estratégico Institucional (PEI) 2020-2023 del Instituto del Mar del Perú - Imarpe;

Que, en el contexto antes mencionado, resulta necesario asegurar la continuidad de las actividades propias de la entidad y para ello disponer la oficialización del Plan Estratégico Institucional (PEI) 2020-2023 antes señalado, correspondiéndole a la Presidencia Ejecutiva expedir la presente Resolución;

Con el visado de la Gerencia General y de las Oficinas Generales de Planeamiento y Presupuesto y de Asesoría Jurídica;

SE RESUELVE:



Artículo 1.- Oficializar la aprobación del Plan Estratégico Institucional (PEI) 2020-2023 del Instituto del Mar del Perú - Imarpe, documento que como Anexo Forma parte integrante de la presente Resolución.

Artículo 2.- Este instrumento de Gestión, podrá ser modificado y/o reformulado durante el proceso de ejecución a propuesta de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto.

Artículo 3.- Encargar a la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto el seguimiento y evaluación del Plan Estratégico Institucional (PEI) 2020-2023 del Instituto del Mar del Perú - Imarpe, de conformidad con lo dispuesto en la Guía para el Planeamiento Institucional.

Artículo 4.- Disponer la publicación de la presente Resolución y su Anexo que forma parte integrante de la misma, en el Diario Oficial "El Peruano", en el portal web de la entidad: http://www.imarpe.gob.pe y en el portal del Estado Peruano (www.peru.gob.pe).

Regístrese, Comuníquese y Publíquese.

JAVIER GAVIOLA TEJADA
Presidente Ejecutivo Instituto del Mar del Perú

NORMA LEGAL:

  • Titulo: RPE 071-2020-IMARPE/PE Oficializan la aprobación del Plan Estratégico Institucional (PEI) 2020-2023 del Instituto del Mar del Perú - IMARPE
  • Tipo de norma : RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA EJECUTIVA
  • Numero : 071-2020-IMARPE/PE
  • Emitida por : Produce - Poder Ejecutivo
  • Fecha de emision : 2020-10-28
  • Fecha de aplicacion : 2020-10-29

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