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Transferencia Financiera Favor Banco Nación RM 471-2020-MINEDU Educacion
11/26/2020
Transferencia Financiera Favor Banco Nación RM 471-2020-MINEDU Educacion
Poder Ejecutivo, Educacion Autorizan Transferencia Financiera a favor del Banco de la Nación, en cumplimiento de lo establecido en el convenio denominado "Convenio de Cooperación Interinstitucional que celebra el Ministerio de Educación y el Banco de la Nación" y su Adenda Nº 002 RM 471-2020-MINEDU Lima, 20 de noviembre de 2020 VISTOS, el Expediente Nº MPT2020-EXT-0101497, el Oficio Nº 00924-2020-MINEDU/VMGP-DIGEDD de la Dirección General de Desarrollo Docente,
Autorizan Transferencia Financiera a favor del Banco de la Nación, en cumplimiento de lo establecido en el convenio denominado "Convenio de Cooperación Interinstitucional que celebra el Ministerio de Educación y el Banco de la Nación" y su Adenda Nº 002
RM 471-2020-MINEDU
Lima, 20 de noviembre de 2020
VISTOS, el Expediente Nº MPT2020-EXT-0101497, el Oficio Nº 00924-2020-MINEDU/VMGP-DIGEDD de la Dirección General de Desarrollo Docente, los Informes Nº 00621-2020-MINEDU/VMGP-DIGEDD-DIED y Nº 00662-2020-MINEDU/VMGP-DIGEDD-DIED de la Dirección de Evaluación Docente de la Dirección General de Desarrollo Docente, el Memorándum Nº 01851-2020-MINEDU/SPE-OTIC e Informe Técnico Nº 00704-2020-MINEDU/SPE-OTIC-UIT de la Oficina de Tecnologías de la Información y Comunicación de la Secretaría de Planificación Estratégica, el Informe Nº 01483-2020-MINEDU/SPE-OPEP-UPP de la Unidad de Planificación y Presupuesto de la Oficina de Planificación Estratégica y Presupuesto de la Secretaría de Planificación Estratégica, el Informe Nº 01223-2020-MINEDU/SG-OGAJ y Oficio Nº 00445-2020-MINEDU/SG-OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica, y;
CONSIDERANDO:
Que, en el marco de lo dispuesto por el Decreto de Urgencia Nº 014-2019, Decreto de Urgencia que aprueba el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020, mediante Resolución Ministerial Nº 640-2019-MINEDU
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se aprobó el Presupuesto Institucional de Apertura de Gastos correspondiente al Año Fiscal del Pliego 010: Ministerio de Educación, por la suma de S/ 10 251
570 206,00 (DIEZ MIL DOSCIENTOS CINCUENTA Y UN
MILLONES QUINIENTOS SETENTA MIL DOSCIENTOS
SEIS Y 00/100 SOLES) por toda Fuente de Financiamiento;
Que, el artículo 76 del Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional del Presupuesto Público, establece que son transferencias financieras los traspasos de ingresos públicos sin contraprestación, a favor de Pliegos o de Entidades que no constituyen pliego presupuestario; asimismo, señala que las transferencias financieras que se pueden efectuar durante la ejecución se autorizan y regulan en las Leyes Anuales de Presupuesto del Sector Público;
MAS NORMAS LEGALES: Crédito Suplementario Presupuesto Sector Público DS 350-2020-EF Economia y Finanzas
Que, el literal r) del numeral 17.1 del artículo 17 del Decreto de Urgencia Nº 014-2019, autoriza, en el presente Año Fiscal, la realización, de manera excepcional, de las transferencias financieras que realice el Ministerio de Educación, a favor de las entidades públicas con las cuales suscriban convenios de colaboración interinstitucional, en el marco de lo establecido en el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS, para los procesos de formación, capacitación e innovación en materia educativa, para la asistencia técnica y la evaluación de expedientes técnicos de inversiones vinculadas a materia educativa, así como para el saneamiento físico legal de las instituciones educativas a nivel nacional; asimismo, el numeral 17.2 del citado artículo establece que la transferencia financiera autorizada en el numeral 17.1 se realiza mediante resolución del titular del pliego, la misma que se publica en el diario oficial El Peruano, requiriéndose para tal efecto el informe previo favorable de la oficina de presupuesto o la que haga sus veces en la entidad;
Que, el artículo 20 de la Directiva Nº 011-2019-EF/50.01 "Directiva para la Ejecución Presupuestaria", aprobada con Resolución Directoral Nº 036-2019-EF/50.01, establece el procedimiento a seguir para la ejecución de una transferencia financiera;
Que, con fecha 23 de febrero de 2018, el Ministerio de Educación, en adelante el MINEDU y el Banco de la Nación, en adelante el BANCO, suscribieron el Convenio Nº 001-2018/MINEDU, denominado "Convenio de Cooperación Interinstitucional que celebra el Ministerio de Educación y el Banco de la Nación", en adelante el Convenio, con el objeto que las partes realicen acciones de mutua colaboración, a fin que el BANCO coadyuve en la confirmación de la inscripción de los profesores participantes en los concursos o evaluaciones que desarrolle el MINEDU en el marco de la Ley Nº 29944, Ley de Reforma Magisterial, según corresponda, a nivel nacional; asimismo, con fechas 24 de mayo de 2019 y 21 de febrero de 2020, las partes suscriben las Adendas Nº 001 y Nº 002 al Convenio, respectivamente, mediante las cuales el MINEDU y el BANCO acordaron modificar las Cláusulas Segunda y Sexta del Convenio;
Que, conforme a la Cláusula Primera de la Adenda Nº 002 al Convenio, la misma que se suscribió en el marco de lo dispuesto en el literal r) del numeral 17.1 del artículo 17 del Decreto de Urgencia Nº 014-2019, incorporándose en la Cláusula Segunda como Base Normativa, al Decreto de Urgencia Nº 014-2019, Decreto de Urgencia que aprueba el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020, y al Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo Nº 014-2019-JUS; asimismo, en virtud de la misma, las partes renovaron el plazo de vigencia del Convenio por un periodo de dos (02) años contados a partir del 23 de febrero de 2020;
Que, la Cláusula Sexta del Convenio, modificada por la Adenda Nº 002, establece que en el marco del Convenio sin fines de lucro, el MINEDU a solicitud del BANCO transferirá la suma que corresponde a los gastos administrativos efectivamente realizados por el BANCO por la cantidad de inscripciones realizadas de un concurso o una evaluación hasta por la suma de S/ 1 025
948,05 (UN MILLÓN VEINTICINCO MIL NOVECIENTOS
CUARENTA Y OCHO Y 05/100 SOLES), considerando por cada inscripción confirmada, el monto unitario de S/ 2,95 (DOS Y 95/100 SOLES), incluyendo impuestos;
asimismo, dispone que cada transferencia se realizará luego de culminada la etapa de inscripción de un concurso o evaluación;
Que, mediante Carta Nº 172-2020-BN/3243, el BANCO informa que se registraron diecinueve mil ciento sesenta y seis (19,166) inscripciones de los participantes del Concurso Público de Ingreso a la Carrera Pública Magisterial en Instituciones Educativas Públicas de Educación Básica 2020; por lo cual solicita la transferencia de la suma total de S/ 56 539,70 (CINCUENTA Y SEIS MIL QUINIENTOS TREINTA Y
NUEVE Y 70/100 SOLES);
Que, mediante Oficio Nº 00924-2020-MINEDU/VMGP-DIGEDD, la Dirección General de Desarrollo Docente del Ministerio de Educación, tomando en consideración los Informes Nº 00621-2020-MINEDU/VMGP-DIGEDD-DIED
y Nº 00662-2020-MINEDU/VMGP-DIGEDD-DIED de la Dirección de Evaluación Docente, y lo señalado por la Unidad de Infraestructura Tecnológica de la Oficina de Tecnologías de la Información y Comunicación mediante Informe Técnico Nº 00704-2020-MINEDU/SPE-OTIC-UIT, sustenta y solicita gestionar una Transferencia Financiera a favor del BANCO, en el marco de lo establecido en el Convenio, modificado por la Adenda Nº 002, y al amparo del literal r) del numeral 17.1 del artículo 17 del Decreto de Urgencia Nº 014-2019;
Que, con Informe Nº 01483-2020-MINEDU/SPE-OPEP-UPP , la Unidad de Planificación y Presupuesto de la Oficina de Planificación y Presupuesto de la Secretaría de Planificación Estratégica considera que es técnicamente factible, desde el punto de vista presupuestal, efectuar una Trasferencia Financiera a favor del BANCO, hasta por la suma de S/ 56 539,70 (CINCUENTA Y SEIS MIL
QUINIENTOS TREINTA Y NUEVE Y 70/100 SOLES), en el marco del Convenio y su Adenda Nº 002, por cuanto se cuentan con los recursos en el Presupuesto Institucional
del Pliego 010: Ministerio de Educación, en la Unidad Ejecutora 026: Programa Educación Básica para Todos, por la Fuente de Financiamiento 1: Recursos Ordinarios;
Que, por lo expuesto, resulta necesario autorizar una Transferencia Financiera por el monto señalado en el considerando precedente, en el marco del Convenio y su Adenda Nº 002 a favor del BANCO;
De conformidad con lo previsto en el Decreto de Urgencia Nº 014-2019, Decreto de Urgencia que aprueba el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020; el Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional del Presupuesto Público, el Decreto Ley Nº 25762, Ley Orgánica del Ministerio de Educación, modificado por la Ley Nº 26510; el Decreto Supremo Nº 001-2015-MINEDU, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación;
y la Resolución Directoral Nº 036-2020-EF/50.01, que aprueba la Directiva Nº 011-2019-EF/50.01, Directiva para la Ejecución Presupuestaria;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Autorizar una Transferencia Financiera del Pliego 010: Ministerio de Educación, Unidad Ejecutora 026: Programa Educación Básica para Todos, hasta por la suma de S/ 56 539,70 (CINCUENTA Y SEIS MIL
QUINIENTOS TREINTA Y NUEVE Y 70/100 SOLES), por la Fuente de Financiamiento 1: Recursos Ordinarios, a favor del Banco de la Nación, en cumplimiento de lo establecido en la Cláusula Sexta del Convenio Nº 001-2018-MINEDU
denominado "Convenio de Cooperación Interinstitucional que celebra el Ministerio de Educación y el Banco de la Nación" y su Adenda Nº 002.
Artículo 2.- Los recursos de la Transferencia Financiera referida en el artículo precedente, no podrán ser destinados a fines distintos para los cuales son transferidos, bajo responsabilidad.
Artículo 3.- El Ministerio de Educación a través de la Dirección General de Desarrollo Docente, es responsable del monitoreo, seguimiento y cumplimiento de los fines y metas para los cuales se transfirieron los recursos.
Artículo 4.- Copia de la presente Resolución se remite a la Oficina General de Administración, para que efectúe las acciones correspondientes.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
RICARDO DAVID CUENCA PAREJA
Ministro de Educación
NORMA LEGAL:
- Titulo: RM 471-2020-MINEDU Autorizan Transferencia Financiera a favor del Banco de la Nación, en cumplimiento de lo establecido en el convenio denominado "Convenio de Cooperación Interinstitucional que celebra el Ministerio de Educación y el Banco de la Nación" y su Adenda Nº 002
- Tipo de norma : RESOLUCIÓN MINISTERIAL
- Numero : 471-2020-MINEDU
- Emitida por : Educacion - Poder Ejecutivo
- Fecha de emision : 2020-11-25
- Fecha de aplicacion : 2020-11-26
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