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Plan Operativo Institucional Modificado Versión 05 RJ Oficina Nacional de Procesos Electorales
12/06/2020
Plan Operativo Institucional Modificado Versión 05 RJ Oficina Nacional de Procesos Electorales
Organismos Tecnicos Especializados, Oficina Nacional de Procesos Electorales Aprueban el Plan Operativo Institucional Modificado, Versión 05 RJ 000441-2020-JN/ONPE Lima, 4 de Diciembre del 2020 VISTOS: El Informe Nº 000180-2020-GG/ONPE de la Gerencia General, el Informe Nº 000206-2020-GPP/ ONPE, de…
Aprueban el Plan Operativo Institucional Modificado, Versión 05
RJ 000441-2020-JN/ONPE
Lima, 4 de Diciembre del 2020
VISTOS: El Informe Nº 000180-2020-GG/ONPE de la Gerencia General, el Informe Nº 000206-2020-GPP/ ONPE, de la Gerencia Planeamiento y Presupuesto;
el Informe Nº 001274-2020-SGPL-GPP/ONPE, de la Sub Gerencia de Planeamiento de la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto; así como, el Informe Nº 000636-2020-GAJ/ONPE, de la Gerencia de Asesoría Jurídica; y,
CONSIDERANDO:
El Artículo 1º del Decreto Supremo Nº 034-82-PCM, estableció que los organismos de la Administración Pública de nivel central formularán, aplicarán, evaluarán y actualizarán políticas de gestión institucional y planes operativos institucionales para orientar su gestión administrativa;
Asimismo, a través del Decreto Supremo Nº 029-2018-PCM, se aprobó el "Reglamento que regula las Políticas Nacionales", el cual regula la vinculación entre las políticas nacionales y los planes estratégicos, incluyendo los planes institucionales, en cuyo marco se emitió el Decreto Supremo Nº 056-2018-PCM, que aprobó la Política General de Gobierno al 2021, la cual establece los ejes y lineamientos prioritarios de gestión gubernamental al año 2021;
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El numeral 7.3 del Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público, señalar que el Titular de la Entidad es responsable de determinar las prioridades de gastos de la Entidad en el marco de sus objetivos estratégicos institucionales que conforman su Plan Estratégico Institucional (PEI), y sujetándose a la normatividad vigente;
De la misma forma, el numeral 13.3 del artículo 13º del mencionado Decreto Legislativo, entre otros, señala que el Presupuesto del Sector Público tiene como finalidad el logro de resultados a favor de la población y del entorno, así como mejorar la equidad en observancia a la sostenibilidad y responsabilidad fiscal conforme a la normatividad vigente, y se articula con los instrumentos del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico-
SINAPLAN;
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En ese marco normativo, a través de la Resolución Jefatural Nº 000108-2019-JN/ONPE, se aprobó el Plan Estratégico Institucional 2018-2022 de la Oficina Nacional de Procesos Electorales, que se encuentra articulado a la Política General de Gobierno;
Asimismo, el Plan Operativo Institucional (POI) de la Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE)
fue elaborado en base a la programación de recursos para el cumplimiento de las metas propuestas por las dependencias de la institución y según el presupuesto autorizado por el Ministerio de Economía y Finanzas;
asimismo, el citado instrumento de gestión sirve como guía a los distintos órganos para la ejecución de sus actividades y según el presupuesto programado;
En aplicación de lo precitado, a través de las Resoluciones Jefaturales Nº 000286-2019-JN/ONPE, Nº 000050-2020-JN/ONPE, Nº 000153-2020-JN/ONPE y Nº 000175-2020-JN/ONPE, se formalizó la aprobación del Plan Operativo Institucional 2020, de la ONPE, en sus versiones 01, 02, 03 y 04, respectivamente; en el marco de lo dispuesto en la "Guía para el Planeamiento Institucional´, aprobada por Resolución de Presidencia de Consejo Directivo Nº 033-2017-CEPLAN-PCD y sus modificaciones; así como, en la Directiva "Formulación, Reprogramación, Monitoreo y Evaluación de los Planes Institucionales de la Oficina Nacional de Procesos Electorales" Código: DI01-GPP/PLAN, Versión 03, aprobada con Resolución Jefatural Nº 000419-2020-JN/
ONPE;
La "Guía para el Planeamiento Institucional" citada, establece en el numeral 6.3, la procedencia de la modificación del Plan Operativo Institucional (POI), en las siguientes circunstancias: a) Cambios en la programación de metas físicas de las Actividades Operativas e Inversiones, que estén relacionados al mejoramiento continuo de los procesos y/o su priorización. b) Incorporación de nuevas Actividades Operativas e Inversiones por cambios en el entorno, cumplimiento de nuevas disposiciones normativas dictadas por el Ejecutivo o el Legislativo, entre otros que contribuyan con la implementación y cumplimiento de la estrategia del PEI;
En ese marco normativo, mediante el Informe de vistos, la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto propone, a la Gerencia General, la aprobación del Plan Operativo Institucional Modificado, Versión 05, precisando que la modificación del citado Plan ha sido elaborado considerando la desagregación de los recursos al presupuesto del pliego 032: Oficina Nacional de Procesos Electorales del año fiscal 2020, autorizados por el Decreto Supremo Nº 338-2020-EF
hasta por la suma de S/ 6 814 096,00, para atender el financiamiento de los gastos que demande la realización de las actividades referentes al proceso electoral de Elecciones Internas para elegir a los candidatos y candidatos a las Elecciones Generales del año 2021, tal como se señala en la Resolución Jefatural Nº 00387-2020-JN/ONPE, conllevado a modificar y actualizar las actividades operativas y tareas según lo reportado por los distintos Órganos de la Entidad.
En ese sentido, recomienda, luego de efectuarse la evaluación correspondiente, elevar dicha propuesta a la Jefatura Nacional para su aprobación a través de una Resolución Jefatural, con la finalidad de contar con el marco habilitante para realizar el registro de la evaluación semestral en el aplicativo de CEPLAN;
Por su parte, la Gerencia General, mediante el Informe de vistos, manifiesta su conformidad y, recomienda a la Jefatura Nacional aprobar el citado instrumento de gestión modificado, a través de una Resolución Jefatural;
De conformidad con lo dispuesto en las normas antes citadas y en uso de las facultades conferidas por el Artículo 13º de la Ley Nº 26487, Ley Orgánica de la Oficina Nacional de Procesos Electorales, así como los literales s) y t) del Artículo 11º del Reglamento de Organización y Funciones de la ONPE, aprobado por Resolución Jefatural Nº 000246-2019-JN/ONPE;
Con los visados de la Gerencia General, de la Secretaría General, así como de las Gerencias de Asesoría Jurídica y de Planeamiento y Presupuesto;
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- Aprobar el Plan Operativo Institucional Modificado, Versión 05, consistente con el Presupuesto Institucional de Apertura correspondiente al Año del Pliego 032: Oficina Nacional de Procesos Electorales-ONPE, el mismo que en Anexo forma parte integrante de la presente Resolución.
Artículo Segundo.- Disponer que el cumplimiento del "Plan Operativo Institucional Modificado", Versión 05 será responsabilidad de todos los órganos de la entidad, debiendo formular la evaluación correspondiente en los plazos y forma que establece la normativa vigente.
Artículo Tercero.- Encargar a la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto efectuar el registro del instrumento de gestión aprobado en la presente resolución, en el aplicativo CEPLAN V.01; así como, el seguimiento y evaluación del cumplimiento del mismo.
Artículo Cuarto.- Disponer que la presente Resolución Jefatural se publique en el diario oficial "El Peruano"; asimismo, que dicha resolución y el Plan Operativo Institucional que aprueba se publiquen en el Portal Institucional de la Oficina Nacional de Procesos Electorales (www.onpe.gob.pe), el mismo día de su publicación en el diario oficial.
Regístrese y comuníquese.
PIERO ALESSANDRO CORVETTO SALINAS
Jefe
NORMA LEGAL:
- Titulo: RJ 000441-2020-JN/ONPE Aprueban el Plan Operativo Institucional Modificado, Versión 05
- Tipo de norma : RESOLUCIÓN JEFATURAL
- Numero : 000441-2020-JN/ONPE
- Emitida por : Oficina Nacional de Procesos Electorales - Organismos Tecnicos Especializados
- Fecha de emision : 2020-12-05
- Fecha de aplicacion : 2020-12-06
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