8/05/2021

10 Normas Legales Miércoles 4 Agosto 2021 El RPGE 68-2021-PGE/PG Superintendencia Nacional de

Organismos Tecnicos Especializados, Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administracion Tributaria 10 NORMAS LEGALES Miércoles 4 de agosto de 2021 El Peruano / PROCURADURIA GENERAL DEL ESTADO Aprueban la conformación de la "Comisión Especial para la formulación del Plan de Implementación de la Procuraduría General del Estado" y de Equipo Técnico RPGE 68-2021-PGE/PG Lima, 2 de agosto del 2021 VISTOS: El Informe Nº 81-2021-JUS/PGE-OPPM de la Oficina de Planeamiento,
Organismos Tecnicos Especializados, Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administracion Tributaria
10 NORMAS LEGALES Miércoles 4 de agosto de 2021 El Peruano / PROCURADURIA GENERAL DEL ESTADO Aprueban la conformación de la "Comisión Especial para la formulación del Plan de Implementación de la Procuraduría General del Estado" y de Equipo Técnico
RPGE 68-2021-PGE/PG
Lima, 2 de agosto del 2021
VISTOS:

El Informe Nº 81-2021-JUS/PGE-OPPM de la Oficina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización de la Procuraduría General del Estado y el Informe Nº 112-2021-JUS/PGE-OAJ de la Oficina de Asesoría Jurídica de la Procuraduría General del Estado;

CONSIDERANDO:



Que mediante el Decreto Legislativo Nº 1326 se reestructura el Sistema Administrativo de Defensa Jurídica del Estado y se crea la Procuraduría General del Estado, como organismo público técnico especializado adscrito al Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, con personería jurídica de derecho público interno y autonomía funcional, técnica, económica y administrativa para el ejercicio de sus funciones; asimismo, es el ente rector del Sistema y constituye Pliego Presupuestal;

Que el artículo 4 del citado decreto legislativo establece que el Sistema Administrativo de Defensa Jurídica del Estado es el conjunto de principios, normas, procedimientos, técnicas e instrumentos mediante los cuales el/la Procurador/a General del Estado, los/as procuradores/as públicos/as y demás funcionarios/as o servidores/as ejercen la defensa jurídica del Estado; y la Séptima Disposición Complementaria Final de la mencionada norma señala que la implementación de la Procuraduría General del Estado así como el proceso de transferencia de plazas, personal, recursos presupuestarios, bienes y acervo documentario de las procuradurías públicas a la Procuraduría General del Estado, se encuentra sujeto al Plan de Implementación de la Procuraduría General del Estado, aprobado por resolución ministerial del/a Ministro/a de Justicia y Derechos Humanos, con opinión previa del Ministerio de Economía y Finanzas en cuanto se refiere a los aspectos presupuestales del referido proceso de transferencia;


Que el Decreto Supremo Nº 018-2019-JUS aprueba el Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1326, con la finalidad de optimizar el Sistema Administrativo de Defensa Jurídica del Estado, garantizando el desarrollo efectivo de las actividades desplegadas por los operadores en beneficio de los intereses del Estado; y su Décimo Tercera Disposición Complementaria Final refiere que el Plan de Implementación comprende la incorporación y transferencia de las procuradurías públicas de todos los niveles de gobierno a la Procuraduría General del Estado.

Las procuradurías públicas especializadas, que forman parte de la estructura orgánica de la Procuraduría General del Estado, se encuentran en primer orden.

Que el literal c) del artículo 24 del Reglamento de Organización y Funciones de la Procuraduría General del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 009-2020-JUS, señala que es función de la Oficina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, ejecutar y supervisar la formulación y evaluación de los planes y programas institucionales;

Que con Informe Nº 81-2021-JUS/PGE-OPPM, la Oficina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización de la Procuraduría General del Estado, concluye lo siguiente:
• Corresponde a su oficina impulsar los asuntos relacionados a la formulación del "Plan de Implementación de la Procuraduría General del Estado" conforme a lo establecido en el "Plan Inicial de Actuación" y el "Plan Operativo Institucional (POI) Anual 2021, Modificado versión 1", bajo el marco de las disposiciones del Decreto Legislativo Nº 1326 y su reglamento.
• Para la formulación del Plan de Implementación resulta necesaria la conformación de una "Comisión Especial", la misma que debería estar conformada por: a) El/la Procurador/a General del Estado, quien la preside; b) El/la Gerente/a General, quien ejerce la Coordinación General; c) El/la Director/a de la Dirección Técnico Normativa; d) El/la Director/a de la Dirección de Información y Registro; e) El/la Director/a de la Dirección de Aplicación Jurídico Procesal; f) El/la Director/a de la Dirección de Valoración y Pericias; g) El/la Director/a del Centro de Formación y Capacitación; h) El/la Director/a de la Oficina de Control Funcional; i) El/la Jefe/a de la Oficina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización; j) El/la Jefe/a de la Oficina de Administración.
• También se requiere la conformación de un Equipo Técnico, que aborde específicamente el proceso de formulación del Plan de Implementación, teniendo en cuenta lo establecido por la norma, además de aspectos multidisciplinarios; el cual estaría conformado por: a) El/la representante de la Dirección de Información y Registro; b)
El/la representante de la Dirección Técnico Normativa; c)
El/la representante de la Oficina de Administración; d) El/la representante de la Oficina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, quien asume la Coordinación del Equipo Técnico.
• Debe otorgarse un plazo de ciento veinte (120) días calendarios posteriores a la emisión de la resolución que conforma la "Comisión Especial", para la formulación del Plan de Implementación, pudiendo ampliarse el mismo por única vez.

Que, mediante Informe Nº 112-2021-JUS/PGE-OAJ, la Oficina de Asesoría Jurídica de la Procuraduría General del Estado opina en forma favorable a la aprobación de: a) la conformación de una Comisión Especial para la formulación del "Plan de Implementación de la Procuraduría General del Estado" conforme a lo establecido en el Plan Inicial de Actuación y el Plan Operativo Institucional (POI) Anual 2021, modificado versión 1; y b) la conformación de un Equipo Técnico, que aborde el proceso de formulación del Plan de Implementación de la Procuraduría General del Estado, tomando en cuenta en ambos casos, la conformación sugerida por la Oficina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, la misma que debe ser considerada como acto de administración interna de la entidad, al estar destinada a organizar o hacer funcionar sus propias actividades o servicios, conforme a la definición contenida en el artículo 1 del T exto Único Ordenado de la Ley Nº 27444;

Que en atención a los informes y consideraciones expuestas y con el visado de la Oficina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, la Oficina de Asesoría Jurídica y la Gerencia General, resulta necesario emitir el acto resolutivo correspondiente;

De conformidad con lo establecido en el Decreto Legislativo Nº 1326, que reestructura el Sistema Administrativo de Defensa Jurídica del Estado y crea la Procuraduría General del Estado; su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 018-2019-JUS; y el Decreto Supremo Nº 009-2020-JUS que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones de la Procuraduría General del Estado;

SE RESUELVE:



Artículo 1.- APROBAR la conformación de la "Comisión Especial para la formulación del Plan de Implementación de la Procuraduría General del Estado", que constituye un acto de administración interna. La citada comisión entrará en funciones al día siguiente de la publicación de la presente resolución, es de carácter temporal y se encuentra integrada por:
• El/la Procurador/a General del Estado, quien la preside.
• El/la Gerente/a General, quien ejerce la Coordinación General.
• El/la Director/a de la Dirección Técnico Normativa.
• El/la Director/a de la Dirección de Información y Registro.
• El/la Director/a de la Dirección de Aplicación Jurídico Procesal.
• El/la Director/a de la Dirección de Valoración y Pericias.
• El/la Director/a del Centro de Formación y Capacitación.
• El/la Director/a de la Oficina de Control Funcional.
• El/la Jefe/a de la Oficina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización.
• El/la Jefe/a de la Oficina de Administración.

La Comisión Especial cumple las siguientes funciones:
• Determina el plan de trabajo para la formulación del Plan de Implementación.
• Verifica en sesiones periódicas los avances del Equipo Técnico.
• Valida el proyecto del Plan de Implementación para su posterior presentación ante el Consejo Directivo de la Procuraduría General del Estado.
• Coordina con las instancias competentes las opiniones previas correspondientes para la aprobación final del Plan de Implementación con posterioridad a la presentación al Consejo Directivo de la Procuraduría General del Estado.

Artículo 2.- APROBAR la conformación del Equipo Técnico con la finalidad de asistir a la Comisión Especial en el proceso de formulación del "Plan de Implementación de la Procuraduría General del Estado", que constituye un acto de administración interna. El mencionado Equipo Técnico entrará en funciones al día siguiente de la publicación de la presente resolución y se encuentra integrado por:
• El/la representante de la Dirección de Información y Registro.
• El/la representante de la Dirección Técnico Normativa.
• El/la representante de la Oficina de Administración.
• El/la representante de la Oficina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, quien asume la Coordinación del Equipo Técnico.

El Equipo Técnico tiene las siguientes funciones:
• Dirige el desarrollo de las acciones, así como la definición de productos, responsables, plazos y el fl ujo de la información, a través de un plan de trabajo.
• Conduce los procesos a su cargo y coordina internamente con sus áreas respectivas.
• Sistematiza los avances y los presenta periódicamente a la Comisión Especial, incorporando recomendaciones.
• Define la línea metodológica para la formulación del Plan de Implementación.
• Desarrolla los aspectos referidos a la gestión de información del Sistema Administrativo de Defensa Jurídica del Estado.
• Analiza y verifica que su propuesta se encuentre debidamente enmarcada dentro de las disposiciones del Decreto Legislativo Nº 1326 y su reglamento.

El Equipo Técnico podrá convocar a sus sesiones y/o al desarrollo de sus actividades, a los representantes de los órganos y unidades orgánicas la Procuraduría General del Estado, y/o a representantes de otras entidades en caso sea necesario para el proceso de formulación del Plan de Implementación.

Artículo 3.- La Coordinación General de la Comisión Especial La Coordinación General de la Comisión Especial se encuentra a cargo de la Gerencia General, quién dirige las acciones de coordinación y monitoreo sobre los integrantes de la Comisión Especial, para lo cual cuenta con el apoyo y asistencia de la Secretaría Técnica Funcional y la Secretaría Técnica Operativa.

Artículo 4.- La Secretaría Técnica Funcional de la Comisión Especial La Secretaría Técnica Funcional de la Comisión Especial está a cargo del/la Director/a de la Dirección de Información y Registro, quién brinda asistencia técnica funcional a la referida Comisión para el adecuado cumplimiento de sus funciones.

Artículo 5.- La Secretaría Técnica Operativa de la Comisión Especial La Secretaría Técnica Operativa de la Comisión Especial está a cargo del/la Jefe/a de la Oficina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, quién brinda asistencia técnica operativa a la citada Comisión para el adecuado cumplimiento de sus funciones.

Artículo 6.- Plazo para la formulación del Plan de Implementación El Presidente de la Comisión Especial o su representante, presentará ante el Consejo Directivo la versión final del "Plan de Implementación de la Procuraduría General del Estado", dentro de los ciento veinte (120) días calendarios posteriores a la emisión de la presente resolución. La Comisión Especial, previo acuerdo de sus integrantes y por única vez, puede disponer la ampliación del plazo para la formulación del Plan de Implementación.

Artículo 7.- COMUNICAR la presente resolución a todos los órganos y unidades orgánicas de la Procuraduría General del Estado para su conocimiento y fines correspondientes.

Artículo 8.- DISPONER la publicación de la presente resolución en el diario oficial "El Peruano" y en el portal institucional de la Procuraduría General del Estado (https://pge.minjus.gob.pe).

Regístrese, comuníquese y publíquese.

DANIEL SORIA LUJÁN
Procurador General del Estado

NORMA LEGAL:

  • Titulo: RPGE 68-2021-PGE/PG 10 NORMAS LEGALES Miércoles 4 de agosto de 2021 El Peruano / PROCURADURIA GENERAL DEL ESTADO Aprueban la conformación de la "Comisión Especial para la formulación del Plan de Implementación de la Procuraduría General del Estado" y de Equipo Técnico
  • Tipo de norma : RESOLUCIÓN DEL PROCURADOR GENERAL DEL ESTADO
  • Numero : 68-2021-PGE/PG
  • Emitida por : Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administracion Tributaria - Organismos Tecnicos Especializados
  • Fecha de emision : 2021-08-04
  • Fecha de aplicacion : 2021-08-05

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