Inicio
Últimas normas legales
Actualización Zonificación Provisional Coto Caza RP 165-2021-SERNANP SERNANP
8/09/2021
Actualización Zonificación Provisional Coto Caza RP 165-2021-SERNANP SERNANP
Organismos Tecnicos Especializados, Servicio Nacional de Areas Naturales Protegidas por el Estado Aprueban la actualización de la zonificación provisional del Coto de Caza Sunchubamba aprobada por R.J. Nº 188-2005-INRENA RP 165-2021-SERNANP Lima, 6 de agosto de 2021 VISTOS: El Informe Técnico Nº 011-2021-SERNANP-DGANP-CCS-J(e)/SLVM del 31 de julio de 2021 de la Jefatura del Coto de Caza Sunchubamba, el Informe Nº 564-2021-SERNANP-DDE de fecha 03 de
Aprueban la actualización de la zonificación provisional del Coto de Caza Sunchubamba aprobada por R.J. Nº 188-2005-INRENA
RP 165-2021-SERNANP
Lima, 6 de agosto de 2021
VISTOS:
El Informe Técnico Nº 011-2021-SERNANP-DGANP-CCS-J(e)/SLVM del 31 de julio de 2021 de la Jefatura del Coto de Caza Sunchubamba, el Informe Nº 564-2021-SERNANP-DDE de fecha 03 de agosto de 2021 de la Dirección de Desarrollo Estratégico y el Informe Nº 201-2021-SERNANP-OAJ de fecha 06 de agosto de 2021 de la Oficina de Asesoría Jurídica del Servicio Nacional de Áreas Naturales Protegidas por el Estado-SERNANP; y,
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 68º de la Constitución Política del Perú establece que es obligación del Estado promover la conservación de la diversidad biológica y de las Áreas Naturales Protegidas;
Que, a través del numeral 2 de la Segunda Disposición Complementaria Final del Decreto Legislativo Nº 1013, Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente, se crea el Servicio Nacional de Áreas Naturales Protegidas por el Estado - SERNANP , el mismo que se constituye en el ente rector del Sistema Nacional de Áreas Naturales Protegidas por el Estado - SINANPE, y en su autoridad técnico-normativa;
Que, de conformidad con el artículo 1º de la Ley Nº 26834, Ley de Áreas Naturales Protegidas, estas son los espacios continentales y/o marinos del territorio nacional, expresamente reconocidos y declarados como tales, incluyendo sus categorías y zonificaciones, para conservar la diversidad biológica y demás valores asociados de interés cultural, paisajístico y científico, así como por su contribución al desarrollo sostenible del país;
Que, de conformidad con lo previsto en el artículo 23º de la precitada Ley, independientemente de la categoría asignada, cada área deberá ser zonificada de acuerdo a sus requerimientos y objetivos, para lo cual establece hasta siete (7) zonas posibles, en virtud a la finalidad que éstas cumplen;
Que, mediante Resolución Ministerial Nº 00462-77-AG de fecha 22 de abril de 1977, se establece el Coto de Caza Sunchubamba, sobre tierras de propiedad privada de la SAIS José Mariátegui, Ldtda Nº 16, con una superficie total de cincuentainueve mil setecientos treinticinco hectáreas (59,735 ha.), que comprenden los predios de Huacrarucro, Sunchubamba, Salagual, Campodén y Culquimarca situados en los Distritos de San Juan y Cospán de la Provincia y Departamento de Cajamarca;
Que, el artículo 60º del Reglamento de la Ley de Áreas Naturales Protegidas, aprobado por Decreto Supremo Nº 038-2001-AG, establece que la zonificación es una herramienta de planificación que responde a las características y objetivos de manejo de las Áreas Naturales Protegidas, contenidas en el respectivo Plan Maestro; y, a falta de éste, el SERNANP , en aplicación del principio precautorio puede establecerla provisionalmente, como medida necesaria para responder a necesidades de protección y uso público compatible con su naturaleza, previo expediente técnico justificatorio;
Que, en línea con lo expuesto y en aplicación del principio precautorio, mediante Resolución Jefatural Nº188-2005-INRENA de fecha 10 de agosto de 2005, se aprobó la zonificación provisional del Coto de Caza Sunchubamba, en tanto se apruebe su respectivo plan maestro;
Que, mediante los documentos de vistos, la Jefatura del Coto de Caza Sunchumbamba y la Dirección de Desarrollo Estratégico, en base al análisis y a la verificación en campo realizadas, determinan que la zonificación provisional aprobada del Coto de Caza Sunchubamba debe ser actualizada para así poder realizar una adecuada gestión del ANP en el marco de los objetivos de su creación en cumplimiento de lo dispuesto en la Ley de ANP y su Reglamento;
Que, además, conforme lo precisa la Dirección de Desarrollo Estratégico en el documento de vistos, la propuesta de actualización de la zonificación provisional alcanzada por la jefa del ANP cumple con los requisitos mínimos establecidos en la Resolución Presidencial Nº 049-2014- SERNANP; además de haber sido evaluado utilizando el formato aprobado con Resolución Directoral Nº 019-2014-SERNANP-DDE
y cuenta con la conformidad técnica en cuanto a los requisitos establecidos en la Resolución Presidencial Nº197-2013-SERNANP, directiva que regula la gestión de la información geográfica del SERNANP, por lo cual recomendó su aprobación;
Con las visaciones de la Dirección de Desarrollo Estratégico, de la Dirección de Gestión de las Áreas Naturales Protegidas, de la Oficina de Asesoría Jurídica, y de la Gerencia General, y;
De conformidad con las atribuciones conferidas en el literal m) del artículo 11º del Reglamento de Organización y Funciones del SERNANP, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 006-2008-MINAM.
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Aprobar la actualización de la zonificación provisional del Coto de Caza Sunchubamba aprobada por Resolución Jefatural Nº 188-2005-INRENA, cuyo texto consta en el Anexo 1, el cual forma parte integrante de la presente Resolución.
Artículo 2º.- Publicar la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano, así como en el portal institucional del SERNANP: www.gob.pe/sernanp., en el cual, además, deberá publicarse el Anexo 1.
Regístrese, comuníquese y publíquese,
PEDRO GAMBOA MOQUILLAZA
Jefe
NORMA LEGAL:
- Titulo: RP 165-2021-SERNANP Aprueban la actualización de la zonificación provisional del Coto de Caza Sunchubamba aprobada por R.J. Nº 188-2005-INRENA
- Tipo de norma : RESOLUCIÓN PRESIDENCIAL
- Numero : 165-2021-SERNANP
- Emitida por : Servicio Nacional de Areas Naturales Protegidas por el Estado - Organismos Tecnicos Especializados
- Fecha de emision : 2021-08-08
- Fecha de aplicacion : 2021-08-09
Compartir
Recomendado
Legislacion por entidad
Poder Ejecutivo
Organos Autonomos
Organismos Tecnicos Especializados
Transportes y Comunicaciones
Jurado Nacional de Elecciones
Economia y Finanzas
Poder Judicial
Energia y Minas
Salud
Defensa
Relaciones Exteriores
Educacion
Gobiernos Regionales
Organismos Ejecutores
Superintendencia de Banca Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones
Advertencia
Este es un portal de ayuda a quienes desean leer las nuevas normas legales del Perú.
Si encuentra algun texto que no deberia estar en este portal, escriba un mensaje a elperulegal@gmail.com para que sea retirado.
Propósito:
El propósito de "El Peru Legal" es mostrar las normas legales que proporcionan las entidades del Estado del Perú para buscar información relativa a decretos, leyes, resoluciones, directivas.
Propósito:
El propósito de "El Peru Legal" es mostrar las normas legales que proporcionan las entidades del Estado del Perú para buscar información relativa a decretos, leyes, resoluciones, directivas.
Boletin de Normas legales
Leyes más importantes
Archivo legal
- marzo 2025 (54)
- febrero 2025 (109)
- enero 2025 (85)
- diciembre 2024 (89)
- noviembre 2024 (69)
- octubre 2024 (93)
- septiembre 2024 (66)
- agosto 2024 (88)
- julio 2024 (73)
- junio 2024 (21)
- diciembre 2023 (88)
- noviembre 2023 (208)
- octubre 2023 (225)
- septiembre 2023 (228)
- agosto 2023 (65)
- julio 2023 (106)
- junio 2023 (99)
- mayo 2023 (106)
- abril 2023 (122)
- marzo 2023 (144)
- febrero 2023 (133)
- enero 2023 (111)
- diciembre 2022 (108)
- noviembre 2022 (29)
- octubre 2022 (108)
- septiembre 2022 (141)
- agosto 2022 (139)
- julio 2022 (63)
- junio 2022 (40)
- mayo 2022 (113)
- abril 2022 (87)
- marzo 2022 (103)
- febrero 2022 (110)
- enero 2022 (90)
- diciembre 2021 (146)
- noviembre 2021 (58)
- octubre 2021 (95)
- septiembre 2021 (108)
- agosto 2021 (216)
- julio 2021 (188)
- junio 2021 (59)
- enero 2021 (31)
- diciembre 2020 (211)
- noviembre 2020 (395)
- octubre 2020 (519)
- septiembre 2020 (353)
- agosto 2020 (389)
- julio 2020 (410)
- junio 2020 (398)
- mayo 2020 (336)
- abril 2020 (43)
- marzo 2020 (105)
- febrero 2020 (341)
- enero 2020 (406)
- diciembre 2019 (519)
- noviembre 2019 (438)
- octubre 2019 (331)
- septiembre 2019 (315)
- agosto 2019 (377)
- julio 2019 (379)
- junio 2019 (371)
- mayo 2019 (317)
- abril 2019 (347)
- marzo 2019 (492)
- febrero 2019 (474)
- enero 2019 (483)
- diciembre 2018 (485)
- noviembre 2018 (490)
- octubre 2018 (465)
- septiembre 2018 (486)
- agosto 2018 (498)
- julio 2018 (323)
- junio 2018 (416)
- mayo 2018 (513)
- abril 2018 (365)
- marzo 2018 (524)
- febrero 2018 (404)
- enero 2018 (444)
- diciembre 2017 (540)
- noviembre 2017 (452)
- octubre 2017 (396)
- septiembre 2017 (418)
- agosto 2017 (447)
- julio 2017 (471)
- junio 2017 (463)
- mayo 2017 (456)
- abril 2017 (401)
- marzo 2017 (532)
- febrero 2017 (462)
- enero 2017 (435)
- diciembre 2016 (492)
- noviembre 2016 (435)
- octubre 2016 (388)
- septiembre 2016 (1)
- agosto 2016 (233)
- julio 2016 (271)
- junio 2016 (340)
- mayo 2016 (470)
- abril 2016 (357)
- marzo 2016 (371)
- febrero 2016 (296)
- enero 2016 (399)
- diciembre 2015 (386)
- noviembre 2015 (67)
- octubre 2015 (252)
- septiembre 2015 (429)
- agosto 2015 (415)
- julio 2015 (461)
- junio 2015 (543)
- mayo 2015 (486)
- abril 2015 (357)
- marzo 2015 (429)
- febrero 2015 (426)
- enero 2015 (503)
- diciembre 2014 (540)
- noviembre 2014 (625)
- octubre 2014 (644)
- septiembre 2014 (616)
- agosto 2014 (687)
- julio 2014 (542)
- junio 2014 (431)
- mayo 2014 (376)
- abril 2014 (316)
- marzo 2014 (507)
- febrero 2014 (426)
- enero 2014 (608)
- diciembre 2013 (841)
- noviembre 2013 (660)
- octubre 2013 (734)
- septiembre 2013 (636)
- agosto 2013 (591)
- julio 2013 (707)
- junio 2013 (687)
- mayo 2013 (941)
- abril 2013 (871)
- marzo 2013 (940)
- febrero 2013 (891)
- enero 2013 (692)