8/16/2021

Equipo Respuestas Ante Incidentes Seguridad RE Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y

Organismos Tecnicos Especializados, Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Proteccion de la Propiedad Intelectual Conforman el Equipo de Respuestas ante Incidentes de Seguridad Digital del INDECOPI RE 000019-2021-PRE/INDECOPI San Borja, 5 de agosto de 2021 VISTOS: El Informe Nº 000285-2021-GTI/INDECOPI, el Memorándum Nº 219-2021-OAJ/INDECOPI; el Memorándum Nº 277-2021-OTI/INDECOPI y el Memorándum Nº 476-2021-GEG/INDECOPI; y, CONSIDERANDO: Que,
Organismos Tecnicos Especializados, Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Proteccion de la Propiedad Intelectual
Conforman el Equipo de Respuestas ante Incidentes de Seguridad Digital del INDECOPI
RE 000019-2021-PRE/INDECOPI
San Borja, 5 de agosto de 2021
VISTOS:

El Informe Nº 000285-2021-GTI/INDECOPI, el Memorándum Nº 219-2021-OAJ/INDECOPI; el Memorándum Nº 277-2021-OTI/INDECOPI y el Memorándum Nº 476-2021-GEG/INDECOPI; y,

CONSIDERANDO:



Que, el numeral 9.3 del artículo 9º del Decreto de Urgencia Nº 007-2020, Decreto de Urgencia que aprueba el Marco de Confianza Digital y dispone medidas para su fortalecimiento, establece que las entidades de la Administración Pública deben implementar, entre otros, un Equipo de Respuestas ante Incidentes de Seguridad Digital cuando corresponda;

Que, el numeral 104.1 del artículo 104º del Decreto Supremo Nº 029-2021-PCM, Decreto Supremo que aprueba el Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1412, determina que un Equipo de Respuestas ante Incidentes de Seguridad Digital es aquel equipo responsable de la gestión de incidentes de seguridad digital que afectan los activos de una entidad pública o una red de confianza. Su implementación y conformación se realiza en base a las disposiciones que determine la Secretaría de Gobierno Digital de la Presidencia del Consejo de Ministros;


Que, el numeral 104.2 del dispositivo legal precitado determina que las entidades de la Administración Pública conforman un Equipo de Respuestas ante Incidentes de Seguridad Digital de carácter institucional. Dichos Equipos forman parte de los órganos o unidades orgánicas de Tecnologías de la Información de la entidad o de la unidad de organización especializada en seguridad de la información o similar prevista en su estructura orgánica o funcional. Asimismo, su conformación es comunicada a la Secretaría de Gobierno Digital mediante los mecanismos dispuestos para tal fin;

14 NORMAS LEGALES Domingo 15 de agosto de 2021
El Peruano / Que, el inciso a) del artículo 79º del Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Indecopi, aprobado por Resolución Nº 000063-2021-PRE/INDECOPI, establece que son funciones de la Oficina de Tecnologías de la Información planear, organizar, dirigir, ejecutar y controlar e implementar las políticas, normas, lineamientos y procedimientos que orienten el desarrollo del gobierno digital en el ámbito institucional;

Que, mediante el Informe Nº 000285-2021-GTI/ INDECOPI, la Gerencia de Tecnologías de la Información ha señalado que, a la fecha, no se encuentra evidencia sobre la implementación del Equipo de Respuestas ante Incidentes de Seguridad Digital;

Que, mediante el Memorándum Nº 00219-2021-OAJ/INDECOPI, la Oficina de Asesoría Jurídica emitió opinión legal señalando que corresponde conformar el Equipo de Respuestas ante Incidentes de Seguridad Digital y designar al jefe de la Oficina de Tecnologías de la Información como funcionario responsable, siendo la presidenta ejecutiva la facultada para emitir el acto resolutivo correspondiente de designación;

Que, los incisos f) y h) del numeral 7.3 del artículo 7º de la Ley de Organización y Funciones del INDECOPI, aprobada por el Decreto Legislativo Nº 1033 y sus modificatorias, disponen que es función del presidente del Consejo Directivo la supervisión de la marcha institucional y otras que se le encomiende;

Que, los incisos a) e i) del artículo 11º del Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Indecopi, aprobado por Resolución Nº 000063-2021-PRE/INDECOPI, disponen que es función de la presidenta ejecutiva supervisar la marcha institucional y otras que se deriven de normas sectoriales;

Que, en virtud de lo expuesto, corresponde a la presidenta ejecutiva conformar el Equipo de Respuestas ante Incidentes de Seguridad Digital y designar al/la jefe (a) de la Oficina de Tecnologías de la Información como funcionario responsable;

Con el visto bueno del jefe de la Oficina de Asesoría Jurídica, de la Oficina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización y de la Gerencia General;

De conformidad con lo dispuesto en el numeral 9.3 del artículo 9º del Decreto de Urgencia Nº 007-2020, los incisos f) y h) del numeral 7.3 del artículo 7º de la Ley de Organización y Funciones del Indecopi, aprobada por el Decreto Legislativo Nº 1033; y los incisos a) e i) del artículo 11º del Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Indecopi, aprobado por Resolución Nº 000063-2021-PRE/INDECOPI;

SE RESUELVE:



Artículo 1.- Conformar el Equipo de Respuestas ante Incidentes de Seguridad Digital del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual, el mismo que estará integrado por los siguientes miembros:
• El/La jefe(a) de la Oficina de Tecnologías de la Información.
• El/La jefe (a) de la Unidad de Proyectos, Desarrollo y Calidad de Sistemas.
• El/La jefe (a) de la Unidad de Operaciones y Soporte de Tecnologías de la Información.
• El/La Oficial de Seguridad de la Información y Datos Personales.
• El/La responsable Técnico/a designado por el/la jefe/a la Oficina de Tecnología de la Información.

Artículo 2.- Designar al/la jefe (a) de la Oficina de Tecnologías de la Información como funcionario responsable del Equipo de Respuestas ante Incidentes de Seguridad Digital.

Artículo 3.- Notificar la presente Resolución a la Secretaría de Gobierno Digital (SEGDI) de la Presidencia del Consejo de Ministros, así como a los servidores señalados en el artículo 1º de la presente resolución.

Artículo 4.- Disponer la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial El Peruano, así como en el Portal de Transparencia Estándar y en el Portal Institucional del Indecopi (www.indecopi.gob.pe).

Regístrese, comuníquese y publíquese.

HANIA PÉREZ DE CUELLAR LUBIENSKA
Presidenta Ejecutiva

NORMA LEGAL:

  • Titulo: RE 000019-2021-PRE/INDECOPI Conforman el Equipo de Respuestas ante Incidentes de Seguridad Digital del INDECOPI
  • Tipo de norma : RESOLUCIÓN
  • Numero : 000019-2021-PRE/INDECOPI
  • Emitida por : Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Proteccion de la Propiedad Intelectual - Organismos Tecnicos Especializados
  • Fecha de emision : 2021-08-15
  • Fecha de aplicacion : 2021-08-16

Advertencia

Este es un portal de ayuda a quienes desean leer las nuevas normas legales del Perú. Si encuentra algun texto que no deberia estar en este portal, escriba un mensaje a elperulegal@gmail.com para que sea retirado.

Propósito:

El propósito de "El Peru Legal" es mostrar las normas legales que proporcionan las entidades del Estado del Perú para buscar información relativa a decretos, leyes, resoluciones, directivas.