8/21/2021

Organigrama Superintendencia Mercado Valores RS 082-2021-SMV/02 SMV

Organismos Tecnicos Especializados, Superintendencia del Mercado de Valores Modifican el Organigrama de la Superintendencia del Mercado de Valores y aprueban el Cuadro de Equivalencias y Siglas de la SMV RS 082-2021-SMV/02 Lima, 19 de agosto de 2021 EL SUPERINTENDENTE DEL MERCADO DE VALORES VISTOS: El Expediente Nº 2019014386, el Informe Nº 789-2021-SMV/06, presentado por la Oficina de Asesoría Jurídica, el Informe Nº 807-2021-SMV/07, presentado
Organismos Tecnicos Especializados, Superintendencia del Mercado de Valores
Modifican el Organigrama de la Superintendencia del Mercado de Valores y aprueban el Cuadro de Equivalencias y Siglas de la SMV
RS 082-2021-SMV/02
Lima, 19 de agosto de 2021
EL SUPERINTENDENTE DEL MERCADO DE
VALORES
VISTOS:

El Expediente Nº 2019014386, el Informe Nº 789-2021-SMV/06, presentado por la Oficina de Asesoría Jurídica, el Informe Nº 807-2021-SMV/07, presentado por la Oficina de Planeamiento y Presupuesto y el Memorándum Conjunto Nº 2773-2021-SMV/06/07 de la Oficina de Asesoría Jurídica y Oficina de Planeamiento, Gestión e Integridad;

CONSIDERANDO:



Que, la Ley Nº 27658, Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado, declara al Estado peruano en proceso de modernización con la finalidad de mejorar la gestión pública y construir un Estado democrático, descentralizado, al servicio del ciudadano y transparente en su gestión;

Que, mediante Decreto Supremo Nº 216-2011-EF se aprobó el Reglamento de Organización y Funciones de la Superintendencia del Mercado de Valores - SMV (en adelante, ROF SMV);

Que, al amparo del numeral 22 del artículo 3 del Texto Único Concordado de la Ley Orgánica de la Superintendencia del Mercado de Valores - SMV, aprobado por Decreto Ley Nº 26126 (en adelante, Ley Orgánica), mediante Resolución de Superintendente Nº 080-2021-SMV/02 se aprobó la modificación del ROF

SMV, teniendo en cuenta los cambios introducidos por las normas a que hace referencia la citada Resolución de Superintendente;

Que, la modificación del ROF SMV implicó a su vez la modificación de la estructura orgánica de la SMV, incluyendo cambios en los nombres de diversas unidades y órganos de la SMV;

Que, en el marco de las normas antes expuestas, resulta necesario modificar el Organigrama de la SMV
y emitir las disposiciones necesarias para la adecuada implementación del nuevo texto del ROF SMV, garantizando la continuidad de las operaciones de la SMV; y, Estando a lo dispuesto por los numerales 21 y 22 del artículo 3º de la Ley Orgánica, y por los numerales 15 y 16 del artículo 12º del ROF SMV, aprobado por Decreto Supremo Nº 216-2011-EF;

RESUELVE:



Artículo 1º.- Modificar el Organigrama de la Superintendencia del Mercado de Valores - SMV, en los términos que se señalan en el Anexo Nº 1, que forma parte de la presente resolución.

Artículo 2º.- Aprobar el Cuadro de Equivalencias y Siglas de la SMV que como Anexo Nº 2 forma parte de la presente resolución.

Artículo 3º- Disponer que toda referencia a los órganos y unidades orgánicas de la SMV conforme a su denominación previa a la Resolución de Superintendente Nº 080-2021-SMV/02, contenida en las normas de alcance general, normativa interna de la SMV, actos administrativos y, en general, en cualquier documento, deberá entenderse hecha respecto a los órganos y unidades orgánicas contemplados en el texto vigente del Reglamento de Organización y Funciones de la Superintendencia del Mercado de Valores, conforme al Cuadro de Equivalencias y Siglas de la SMV que se aprueba con la presente resolución. En el caso de referencias a la Secretaría General, deberá entenderse que se hace referencia a la Oficina de Secretaría de Directorio y Relaciones Institucionales.

Esta disposición no resulta aplicable en caso de funciones que hayan sido reasignadas o eliminadas conforme a la Resolución de Superintendente Nº 080-2021-SMV/02 u otra normativa aplicable.

Artículo 4º.- La presente resolución será publicada en el Diario Oficial El Peruano, en la Plataforma Digital Única para Orientación al Ciudadano (www.gob.pe) y en el Portal del Mercado de Valores de la Superintendencia del Mercado de Valores (www.smv.gob.pe). El Anexo Nº 1 será publicado en la Plataforma Digital Única para 32 NORMAS LEGALES Viernes 20 de agosto de 2021
El Peruano / Orientación al Ciudadano (www.gob.pe) y en el Portal del Mercado de Valores de la Superintendencia del Mercado de Valores (www.smv.gob.pe).

Artículo 5º.- La presente resolución entrará en vigencia el mismo día de su publicación en el Diario Oficial El Peruano.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

JOSÉ MANUEL PESCHIERA REBAGLIATI
Superintendente del Mercado de Valores

NORMA LEGAL:

  • Titulo: RS 082-2021-SMV/02 Modifican el Organigrama de la Superintendencia del Mercado de Valores y aprueban el Cuadro de Equivalencias y Siglas de la SMV
  • Tipo de norma : RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENTE
  • Numero : 082-2021-SMV/02
  • Emitida por : Superintendencia del Mercado de Valores - Organismos Tecnicos Especializados
  • Fecha de emision : 2021-08-20
  • Fecha de aplicacion : 2021-08-21

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