8/30/2021
Tarifario Servicios Tecnológicos Centro RE 076-2021-ITP/DE Produce
Poder Ejecutivo, Produce Modifican el "Tarifario de Servicios Tecnológicos del Centro de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica Agroindustrial Oxapampa - CITEagroindustrial Oxapampa" INSTITUTO TECNOLÓGICO DE LA PRODUCCIÓN RE 076-2021-ITP/DE Lima, 27 de agosto de 2021 VISTOS: El Memorando Nº 2132-2021-ITP/OA de fecha 12 de abril de 2021 y el Memorando Nº 2399-2021-ITP/OA de fecha 22 de abril de 2021, emitidos por la Oficina de Administración;
Modifican el "Tarifario de Servicios Tecnológicos del Centro de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica Agroindustrial Oxapampa - CITEagroindustrial Oxapampa" INSTITUTO TECNOLÓGICO DE LA PRODUCCIÓN
RE 076-2021-ITP/DE
Lima, 27 de agosto de 2021
VISTOS:
El Memorando Nº 2132-2021-ITP/OA de fecha 12 de abril de 2021 y el Memorando Nº 2399-2021-ITP/OA de fecha 22 de abril de 2021, emitidos por la Oficina de Administración; el Memorando Nº 0353-2021-ITP/OGRRHH de fecha 27 de abril de 2021 emitido por la Oficina de Gestión de Recursos Humanos; el Memorando Nº 0091-2021-ITP/DEDFO de fecha 08 de junio de 2021 y el Memorando Nº 0156-2021-ITP/ DEDFO del 24 de agosto de 2021 emitidos por la Dirección de Estrategia y Desarrollo y Fortalecimiento de los CITE; el Memorando Nº 1714-2021-ITP/OPPM de fecha 12 de mayo de 2021, el Memorando Nº 2117-2021-ITP/OPPM de fecha 09 de junio de 2021, el Memorando Nº 2148-2021-ITP/OPPM de fecha 11 de junio de 2021, el Memorando Nº 3121-2021-ITP/ OPPM de fecha 23 de agosto de 2021 y Memorando Nº 3134-2021-ITP/OPPM de fecha 24 de agosto de 2021
emitidos por la Oficina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización; y el Informe Nº 257-2021-ITP/OAJ de fecha 26 de agosto de 2021, emitido por la Oficina de Asesoría Jurídica; y,
CONSIDERANDO:
Que, de acuerdo con el artículo 2, los literales c) y d) del artículo 16 y el artículo 17 del Decreto Legislativo Nº 92, modificado por el Decreto Legislativo Nº 1451, el Instituto Tecnológico de la Producción (ITP) promueve el consumo de recursos hidrobiológicos, productos agroindustriales y otros productos industriales de competencia del sector producción; y, cuando fuera necesario, la comercialización y distribución de los mismos, contando entre sus recursos directamente recaudados los que se generen de estas actividades;
Que, el numeral 44.2 del artículo 44 y el artículo 45 del Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Tecnológico de la Producción (ITP), aprobado por el Decreto Supremo Nº 005-2016-PRODUCE, dispone que los ingresos propios provenientes del desarrollo de las actividades que realiza el ITP, así como de los Centros de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica (CITE), constituyen tasas o tarifas, según correspondan, las cuales
6 NORMAS LEGALES Domingo 29 de agosto de 2021
El Peruano / serán determinadas en cada caso, en el marco de la legislación vigente;
Que, de conformidad con el artículo 5 del Decreto Legislativo Nº 1228, Decreto Legislativo de Centros de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica -
CITE y el artículo 41 del Reglamento de Organización y Funciones del ITP , los CITE públicos del Sector Producción son órganos desconcentrados del ITP encargados de contribuir a la mejora de la productividad y competitividad de las empresas y los sectores productivos a través de las actividades de capacitación y asistencia técnica, asesoría especializada para la adopción de nuevas tecnologías;
transferencia tecnológica, investigación, desarrollo e innovación productiva y servicios tecnológicos, difusión de información; interrelación de actoras/es estratégicos y generación de sinergias, bajo un enfoque de demanda;
Que, de acuerdo con el artículo 8 del Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1228, aprobado por el Decreto Supremo Nº 004-2016-PRODUCE, los CITE públicos realizan sus intervenciones a través de servicios de (i)
Transferencia Tecnológica, (ii) Capacitación en temas de producción, gestión, comercialización, tecnología, proveedores, mercados, tendencias, entre otros; (iii)
Investigación, desarrollo e innovación; y, (iv) Difusión de información;
Que, el numeral 43.4 del artículo 43 del Texto Único Ordenado de la Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo n.º 004-2019-JUS, dispone que para aquellos servicios que no sean prestados en exclusividad, las entidades, a través de Resolución del Titular, establecen la denominación, la descripción clara y taxativa de los requisitos y sus respectivos costos, los cuales deben ser debidamente difundidos para que sean de público conocimiento;
Que, el Decreto Supremo Nº 088-2001-PCM, norma que establece disposiciones aplicables a las Entidades del Sector Público para desarrollar actividades de comercialización de bienes y servicios y efectuar los cobros correspondientes, señala en su artículo 2, que el Titular de la Entidad mediante Resolución establecerá la descripción clara y precisa de los bienes y/o servicios que son objeto de comercialización por parte de la Entidad, las condiciones y limitaciones para su comercialización si las hubiere, el monto del precio expresado en porcentaje de la UIT y su forma de pago;
Que, de acuerdo con lo establecido en el numeral 45.3 del artículo 45 del Decreto de Urgencia Nº 013-2020, Decreto de Urgencia que Promueve el Financiamiento de la MIPYME, Emprendimientos y Startups, el financiamiento de los servicios que brinda el ITP , en el marco de lo establecido en el Decreto Legislativo Nº 1228 y sus normas reglamentarias y complementarias, se realiza a través de recursos ordinarios y tarifas; estas últimas son fijadas de acuerdo con la metodología que apruebe el ITP, la cual podrá establecer esquemas promocionales, según criterios objetivos, a fin de aumentar su acceso, cobertura y efectividad; teniendo en cuenta además, que las tarifas y su metodología deben ser concordantes con el rol subsidiario del Estado y aprobadas por Resolución del Director Ejecutivo del ITP;
Que, con Resolución de Dirección Ejecutiva Nº 0042-2021-ITP/DE del 02 de junio de 2021, se aprobó el "Marco conceptual para la programación, ejecución y control de servicios que brinda el ITP" y la Directiva Nº 01-2021-ITP/ DE denominada "Metodología para la determinación de tarifas basada en costos del Instituto Tecnológico de la Producción - ITP";
Que, mediante Resolución Ministerial Nº 049-2016-PRODUCE, publicado el 06 de febrero 2016, se creó el "Centro de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica Agroindustrial Oxapampa -
CITEagroindustrial Oxapampa", de naturaleza pública, en el ámbito del Instituto Tecnológico de la Producción (ITP), con las funciones establecidas en el Decreto Legislativo Nº 1228, Decreto Legislativo de Centros de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica - CITE;
Que, con Resolución Ejecutiva Nº 212-2016-ITP/ DE, publicada el 09 de noviembre de 2016, se aprobó el "Tarifario de Servicios Tecnológicos del Centro de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica Agroindustrial Oxapampa - CITEagroindustrial Oxapampa", el cual está conformado por un (01) servicio tecnológico;
Que, mediante Resolución Ejecutiva Nº 31-2019-ITP/ DE, publicada el 04 de febrero de 2019, se modificó la Resolución Ejecutiva Nº 212-2016-ITP/DE, incluyendo doce (12) servicios tecnológicos;
Que, con Resolución Ejecutiva Nº 145-2020-ITP/ DE, publicada el 17 de diciembre de 2020, se modificó la Resolución Ejecutiva n.º 212-2016-ITP/DE, actualizándose el servicio denominado "Buenas Prácticas de Manufactura y Gestión en la Industria de Frutas" e incluyendo once (11)
servicios de Investigación, Desarrollo e Innovación (I+D+i);
Que, mediante Informe Técnico Nº 0006-2021-ITP/ CITEagroindustrial Oxapampa de fecha 08 de marzo de 2021, el Centro de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica Agroindustrial - CITEagroindustrial Oxapampa, remitió a la Oficina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, para aprobación, la propuesta de modificación del Tarifario de Servicios Tecnológicos del referido CITE, a fin de incorporar dos (2)
servicios tecnológicos;
Que, mediante Memorando Nº 2132-2021-ITP/OA de fecha 12 de abril de 2021, sustentado en el Informe Nº 132-2021-ITP/OA-CONT de la misma fecha, la Oficina de Administración comunicó a la Oficina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización estar conforme con el cálculo del costo de depreciación de los equipos que intervienen en la prestación del servicio;
Que, mediante Memorando Nº 2399-2021-ITP/OA de fecha 22 de abril de 2021, sustentado en el Informe Nº 425-2021-ITP-OA-ABAST de la misma fecha, la Oficina de Administración comunicó a la Oficina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización haber verificado los costos respecto de los materiales fungibles y el costo de los materiales no fungibles, los mismos que fueron validados y que corresponden a las compras realizadas por el ITP;
Que, mediante Memorando Nº 0353-2021-ITP/ OGRRHH de fecha 27 de abril de 2021, la Oficina de Gestión de Recursos Humanos informó a la Oficina de Administración que ha valido la información presentada sobre "Costo de Mano de Obra por minuto" del personal CAS del CITEagroindustrial Oxapampa; siendo remitido dicho documento a la Oficina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización mediante el Memorando Nº 2537-2021-ITP/OA de fecha 27 de abril de 2021;
Que, con Memorando Nº 0091-2021-ITP/DEDFO del 08 de junio de 2021, sustentado en el Informe Nº 0005-2021-ITP/PPA-DEDFO de la misma fecha, y el Memorando Nº 0156-2021-ITP/DEDFO del 24 de agosto de 2021, la Dirección de Estrategia y Desarrollo y Fortalecimiento de los CITE remitió a la Oficina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización su opinión referida a la propuesta de modificación del tarifario de servicios tecnológicos del CITEagroindustrial Oxapampa;
Que, mediante Memorando Nº 1714-2021-ITP/OPPM de fecha 12 de mayo de 2021, sustentado en el Informe Nº 006-2021-ITP/Modernización del 06 de mayo de 2021
y Memorando Nº 2117-2021-ITP/OPPM de fecha 09 de junio de 2021, sustentado en el Informe Técnico Nº 016-2021-ITP/Modernización de fecha 08 de junio de 2021, el Memorando Nº 2148- 2021-ITP/OPPM de fecha 11 de junio de 2021, Memorando Nº 3121-2021-ITP/OPPM del 23 de agosto de 2021, sustentado en el Informe Nº 0057-2021-ITP/Modernización de la misma fecha y Memorando Nº 3134-2021-ITP/OPPM del 24 de agosto de 2021, sustentado en el Informe n.º
0058-2021-ITP/Modernización de la misma fecha, la Oficina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización emitió opinión favorable referente a la aprobación de la propuesta de modificación del tarifario de servicios tecnológicos del CITEagroindustrial Oxapampa a fin de incorporar dos (2) servicios tecnológicos;
Que, mediante Informe Nº 257-2021-ITP/OAJ de fecha 26 de agosto de 2021, la Oficina de Asesoría Jurídica opinó que corresponde aprobar la modificación del Tarifario de Servicios Tecnológicos del CITEagroindustrial Oxapampa, a fin de incorporar dos (2) servicios tecnológicos;
Con los vistos de la Secretaría General, de la Oficina
de Asesoría Jurídica, de la Oficina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, y de la Dirección de Estrategia y Desarrollo y Fortalecimiento de los CITE, en lo que corresponde a sus competencias;
De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 92, modificado por el Decreto Legislativo Nº 1451 que crea el Instituto Tecnológico de la Producción (ITP); el Decreto Legislativo Nº 1228, Decreto Legislativo de Centros de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica -
CITE; Decreto de Urgencia Nº 013-2020, que promueve el financiamiento de la MIPYME, Emprendimientos y Startups;
el Decreto Supremo Nº 004-2016- PRODUCE, que aprueba el Reglamento del Decreto Legislativo de Centros de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica - CITE;
Decreto Supremo n.º 005-2016-PRODUCE, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Instituto T ecnológico de la Producción (ITP);
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Modificar el "Tarifario de Servicios Tecnológicos del Centro de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica Agroindustrial Oxapampa -
CITEagroindustrial Oxapampa", aprobado por Resolución Ejecutiva Nº 212-2016-ITP/DE, modificado por la Resolución Ejecutiva Nº 31-2019-ITP/DE y Resolución Ejecutiva Nº 145-2020-ITP/DE, a fin de incorporar dos (2) servicios tecnológicos, conforme al Anexo adjunto que forma parte integrante de la presente Resolución, en atención a los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución.
Artículo 2.- Disponer que la Oficina de Tecnologías de la Información publique la presente Resolución y su Anexo en el Portal Institucional del Instituto Tecnológico de la Producción (https://www.gob.pe/itp), en la misma fecha de publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
SERGIO RODRIGUEZ SORIA
Director Ejecutivo
NORMA LEGAL:
- Titulo: RE 076-2021-ITP/DE Modifican el "Tarifario de Servicios Tecnológicos del Centro de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica Agroindustrial Oxapampa - CITEagroindustrial Oxapampa" INSTITUTO TECNOLÓGICO DE LA PRODUCCIÓN
- Tipo de norma : RESOLUCIÓN EJECUTIVA
- Numero : 076-2021-ITP/DE
- Emitida por : Produce - Poder Ejecutivo
- Fecha de emision : 2021-08-29
- Fecha de aplicacion : 2021-08-30
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