8/26/2021

Transferencia Partidas Favor Gobierno Regional DS 212-2021-EF Economia y Finanzas

Poder Ejecutivo, Economia y Finanzas Autorizan Transferencia de Partidas a favor del Gobierno Regional del departamento de Loreto en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2021 DS 212-2021-EF EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, el numeral 34.1 del artículo 34 de la Ley Nº 31084, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2021, autoriza al Ministerio de Salud (MINSA) para efectuar modificaciones presupuestarias en el
Poder Ejecutivo, Economia y Finanzas
Autorizan Transferencia de Partidas a favor del Gobierno Regional del departamento de Loreto en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2021
DS 212-2021-EF
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

CONSIDERANDO:



Que, el numeral 34.1 del artículo 34 de la Ley Nº 31084, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2021, autoriza al Ministerio de Salud (MINSA) para efectuar modificaciones presupuestarias en el nivel institucional, hasta por la suma de S/ 336 387
284,00 (TRESCIENTOS TREINTA Y SEIS MILLONES
TRESCIENTOS OCHENTA Y SIETE MIL DOSCIENTOS
OCHENTA Y CUATRO Y 00/100 SOLES), con cargo a los recursos de su presupuesto institucional y sin demandar recursos adicionales al Tesoro Público, a favor de los Gobiernos Regionales, para financiar durante el Año Fiscal 2021, la operación y mantenimiento de nuevos establecimientos de salud que entraron en funcionamiento a partir del segundo semestre del año 2020; cuya programación de turnos y citas debe implementarse a través de un aplicativo informático dispuesto para ello;

Que, asimismo, el citado numeral dispone que dichas modificaciones presupuestarias se aprueban mediante decreto supremo refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas y por el Ministro de Salud, a propuesta de este último; previa validación por parte del MINSA del Plan de Implementación Multianual del nuevo establecimiento de salud, aprobado por el organismo público o Gobierno Regional, según corresponda; asimismo dispone que a los Gobiernos Regionales que se les hayan transferido recursos en el marco del numeral señalado, emiten un informe técnico sobre el cumplimiento y avance físico y financiero de la ejecución de dichos recursos, en el marco de su Plan de Implementación Multianual y alineado a la gradualidad de entrada en operación de los servicios, el cual se remite al

MINSA y se publica en los portales institucionales de dichas entidades hasta el 24 de febrero de 2022;

Que, mediante el Oficio Nº 3645-2021-SG/MINSA, el MINSA solicita una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2021, a favor del pliego Gobierno Regional del Departamento de Loreto, para financiar la operación y mantenimiento del Hospital Santa Gema de Yurimaguas; adjuntando el Informe Nº 775-2021-OP-OGPPM/MINSA emitido por la Oficina de Presupuesto de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización del citado Ministerio; asimismo, mediante el Oficio Nº 1459-2021-OGPPM-OP/MINSA de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, se adjunta el Informe Nº 804-2021-OP-OGPPM/MINSA, de la Oficina de Presupuesto de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización del citado Ministerio, conteniendo los respectivos sustentos; así como el Informe Nº 006-2021-RTP-DGOS/MINSA de la Dirección General de Operaciones en Salud, mediante el cual se señala la fecha de entrada en funcionamiento del Hospital Santa Gema de Yurimaguas y valida su Plan de Implementación Multianual - PIM 2021-2023, aprobado por el Gobierno Regional de Loreto, mediante Resolución Gerencial General Regional Nº 219-2021-GRL-GGR;

Que, a través del Memorando Nº 1265-2021-EF/53.04, la Dirección General de Gestión Fiscal de los Recursos Humanos del Ministerio de Economía y Finanzas remite el costo estimado para el financiamiento del contrato del personal bajo el régimen del Decreto Legislativo Nº 1057, Decreto Legislativo que regula el Régimen Especial de Contratación Administrativa de Servicios, para el período agosto a diciembre del 2021, como parte de la operación y mantenimiento del Hospital Santa Gema de Yurimaguas del Gobierno Regional del Departamento de Loreto, solicitado por el MINSA;

Que, en consecuencia, corresponde autorizar una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2021, hasta por la suma de
S/ 9 858 028,00 (NUEVE MILLONES OCHOCIENTOS
CINCUENTA Y OCHO MIL VEINTIOCHO Y 00/100
SOLES), del MINSA a favor del Gobierno Regional del Departamento de Loreto, para los fines señalados en los considerandos precedentes;

De conformidad con lo establecido en el numeral 34.1 del artículo 34 de la Ley Nº 31084, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2021;

DECRETA:



Artículo 1. Objeto Autorízase una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2021, hasta por la suma de S/ 9 858 028,00 (NUEVE
MILLONES OCHOCIENTOS CINCUENTA Y OCHO MIL
VEINTIOCHO Y 00/100 SOLES), a favor del Gobierno Regional del Departamento de Loreto, para financiar la operación y mantenimiento del Hospital Santa Gema de Yurimaguas, de acuerdo al siguiente detalle:

DE LA: En Soles SECCIÓN PRIMERA : Gobierno Central PLIEGO 011 : Ministerio de Salud UNIDAD EJECUTORA 001 : Administración Central - MINSA
CATEGORÍA PRESUPUESTARIA 9002 : Asignaciones presupuestarias que no resultan en productos ACTIVIDAD 5005467 : Mantenimiento para equipamiento e infraestructura hospitalaria FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios
GASTO CORRIENTE
2.4 Donaciones y Transferencias 9 858 028,00
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TOTAL EGRESOS 9 858 028,00
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A LA: En Soles SECCIÓN SEGUNDA : Instancias Descentralizadas PLIEGO 453 : Gobierno Regional del Departamento de Loreto UNIDAD EJECUTORA 405 : Hospital Santa Gema de Yurimaguas CATEGORÍA PRESUPUESTARIA 9002 : Asignaciones presupuestarias que no resultan en productos ACTIVIDAD 5005467 : Mantenimiento para equipamiento e infraestructura hospitalaria FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios
GASTO CORRIENTE
2.3 Bienes y Servicios 9 820 028,00
GASTO DE CAPITAL
2.6 Adquisición de Activos No Financieros 38 000,00
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TOTAL EGRESOS 9 858 028,00
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Artículo 2. Procedimiento para la aprobación institucional 2.1 El Titular del pliego habilitador y habilitado en la Transferencia de Partidas aprueban, mediante Resolución, la desagregación de los recursos autorizados en el artículo 1 del presente Decreto Supremo, a nivel programático, dentro de los cinco (05) días calendario de la vigencia del presente dispositivo legal. Copia de la Resolución se remite dentro de los cinco (05) días calendario de aprobada a los organismos señalados en el numeral 31.4 del artículo 31 del Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público.

2.2 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en el pliego involucrado, solicita a la Dirección General de Presupuesto Público las codificaciones que se requieran como consecuencia de la incorporación de nuevas Partidas de Ingresos, Finalidades y Unidades de Medida.

2.3 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en el pliego involucrado instruye a la Unidad Ejecutora para que elaboren las correspondientes "Notas para Modificación Presupuestaria" que se requieran, como consecuencia de lo dispuesto en la presente norma.

Artículo 3. Limitación al uso de los recursos Los recursos de la Transferencia de Partidas a que hace referencia el artículo 1 del presente Decreto Supremo no pueden ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos.

Artículo 4. Monitoreo y seguimiento 4.1 El Gobierno Regional del Departamento de Loreto elabora un informe técnico sobre el cumplimiento y avance físico y financiero de la ejecución de los recursos transferidos a que hace referencia el artículo 1 del presente Decreto Supremo, en el marco de su Plan de Implementación Multianual y alineado a la gradualidad de entrada en operación de los servicios. Este informe se remite al Ministerio de Salud y se publica en los portales institucionales de dicho Ministerio y del Gobierno Regional del Departamento de Loreto, hasta el 24 de febrero de 2022, de conformidad con lo establecido en el numeral 34.1 del artículo 34 de la Ley Nº 31084, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2021.

4.2 El Ministerio de Salud es responsable del monitoreo, seguimiento y verificación del cumplimiento de los fines y metas para los cuales son transferidos los recursos, lo que incluye el monitoreo financiero de dichos recursos, debiendo elaborar y publicar en su portal institucional (www.gob.pe/minsa) un informe sobre las citadas acciones.

Artículo 5. Sobre la implementación de la programación de turnos y citas 5.1 Dispóngase que la implementación de la programación de turnos y citas del Hospital Santa Gema de Yurimaguas del Gobierno Regional del Departamento de Loreto, se mide a través del indicador al que se hace referencia en el Anexo 1 "Ficha Técnica del Indicador". La información es registrada en el aplicativo informático que el Ministerio de Salud dispone y que es utilizada para el monitoreo del logro del citado indicador.

16 NORMAS LEGALES Miércoles 25 de agosto de 2021
El Peruano / 5.2 El establecimiento de salud al que se hace referencia en el presente artículo debe cumplir las metas mensuales de implementación a las que se hace referencia en el Anexo 2 "Meta mensual de implementación de turnos y citas durante el Año Fiscal 2021".

5.3 Los Anexos 1 y 2 antes mencionados forman parte integrante del presente Decreto Supremo y se publican en los portales institucionales del Ministerio de Economía y Finanzas (www.gob.pe/mef) y del Ministerio de Salud (www.gob.pe/minsa), en la misma fecha de publicación de la presente norma en el Diario Oficial El Peruano.

Artículo 6. Refrendo El presente Decreto Supremo es refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas y por el Ministro de Salud.

Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veinticuatro días del mes de agosto del año dos mil veintiuno.

JOSÉ PEDRO CASTILLO TERRONES
Presidente de la República
PEDRO FRANCKE BALLVÉ
Ministro de Economía y Finanzas
HERNANDO CEVALLOS FLORES
Ministro de Salud

NORMA LEGAL:

  • Titulo: DS 212-2021-EF Autorizan Transferencia de Partidas a favor del Gobierno Regional del departamento de Loreto en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2021
  • Tipo de norma : DECRETO SUPREMO
  • Numero : 212-2021-EF
  • Emitida por : Economia y Finanzas - Poder Ejecutivo
  • Fecha de emision : 2021-08-25
  • Fecha de aplicacion : 2021-08-26

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