10/27/2021

Transferencia Partidas Presupuesto Sector Público DS 288-2021-EF Economia y Finanzas

Poder Ejecutivo, Economia y Finanzas Autorizan Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2021 a favor de la Autoridad de Transporte Urbano para Lima y Callao DS 288-2021-EF EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante el Oficio Nº 2032-2021-MTC/04, el Ministerio de Transportes y Comunicaciones solicita una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2021, con cargo a
Poder Ejecutivo, Economia y Finanzas
Autorizan Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2021 a favor de la Autoridad de Transporte Urbano para Lima y Callao
DS 288-2021-EF
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

CONSIDERANDO:



Que, mediante el Oficio Nº 2032-2021-MTC/04, el Ministerio de Transportes y Comunicaciones solicita una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2021, con cargo a los recursos de la Reserva de Contingencia del Ministerio de Economía y Finanzas, a favor de la Autoridad de Transporte Urbano para Lima y Callao (ATU), para el cofinanciamiento del Pago por Kilómetro Tren Recorrido (PKT) correspondiente al III trimestre del Año Fiscal 2021, según lo establecido en el Contrato de Concesión del Proyecto Especial Sistema Eléctrico de Transporte Masivo de Lima y Callao, Línea 1, Villa El Salvador - Av. Grau - San Juan de Lurigancho (Tramos 1 y 2); adjuntando, para dicho efecto, los Informes Nº 0583-2021-MTC/09.03 y Nº D-000084-2021-ATU/GG-OPP, de la Oficina de Presupuesto de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto del citado Ministerio y de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto de la ATU, respectivamente; complementado con el Informe Nº D-000034-2021-ATU/GG-OPP-UP, de la Unidad de Presupuesto de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto de la ATU, adjunto al Oficio Nº D-000036-2021-ATU/GG-OPP, con los sustentos correspondientes;


Que, los artículos 53 y 54 del Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público, establecen que las Leyes de Presupuesto del Sector Público consideran una Reserva de Contingencia que constituye un crédito presupuestario global dentro del presupuesto del Ministerio de Economía y Finanzas, destinada a financiar los gastos que por su naturaleza y coyuntura no pueden ser previstos en los Presupuestos de los Pliegos, disponiendo que las transferencias o habilitaciones que se efectúen con cargo a la Reserva de Contingencia se autorizan mediante Decreto Supremo refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas;

Que, en tal sentido, corresponde autorizar una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2021, con cargo a los recursos de la Reserva de Contingencia del Ministerio de Economía y Finanzas, hasta por la suma de S/ 21 387 316,00 (VEINTIÚN MILLONES TRESCIENTOS OCHENTA
Y SIETE MIL TRESCIENTOS DIECISÉIS Y 00/100
SOLES), a favor de la Autoridad de Transporte Urbano para Lima y Callao (ATU), para los fines señalados en los considerandos precedentes, teniendo en cuenta que los citados recursos por su naturaleza y coyuntura no han sido previstos en el presupuesto institucional de dicho pliego para el presente Año Fiscal;

De conformidad con lo establecido en los artículos 53
y 54 del Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público;

DECRETA:



Artículo 1. Objeto Autorízase una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2021, hasta por la suma de S/ 21 387 316,00 (VEINTIÚN MILLONES
TRESCIENTOS OCHENTA Y SIETE MIL TRESCIENTOS
DIECISÉIS Y 00/100 SOLES), a favor de la Autoridad de Transporte Urbano para Lima y Callao (ATU), para el cofinanciamiento del Pago por Kilómetro Tren Recorrido (PKT) correspondiente al III trimestre del Año Fiscal 2021, según lo establecido en el Contrato de Concesión del Proyecto Especial Sistema Eléctrico de Transporte Masivo de Lima y Callao, Línea 1, Villa El Salvador - Av. Grau - San Juan de Lurigancho (Tramos 1 y 2), con cargo a los recursos de la Reserva de Contingencia del Ministerio de Economía y Finanzas, de acuerdo al siguiente detalle:

DE LA: En Soles SECCIÓN PRIMERA : Gobierno Central PLIEGO 009 : Ministerio de Economía y Finanzas UNIDAD EJECUTORA 001 : Administración General CATEGORÍA PRESUPUESTARIA 9002 : Asignaciones presupuestarias que no resultan en productos ACTIVIDAD 5000415 : Administración del proceso presupuestario del sector público FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios
GASTO CORRIENTE
2.0 Reserva de Contingencia S/ 21 387 316,00
=============
TOTAL EGRESOS S/ 21 387 316,00
=============
A LA: En Soles SECCIÓN PRIMERA : Gobierno Central PLIEGO 203 : Autoridad de Transporte Urbano para Lima y Callao (ATU)
UNIDAD EJECUTORA 001 : Autoridad de Transporte Urbano para Lima y Callao (ATU)
CATEGORÍA PRESUPUESTARIA 9002 : Asignaciones presupuestarias que no resultan en productos PRODUCTO 3000842 : Sistema de Transporte Masivo Operativo y con Mantenimiento ACTIVIDAD 5005735 : Operación y Mantenimiento de las Actividades Ferroviarias Urbanas Concesionadas FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios
GASTO CORRIENTE
2.3 Bienes y Servicios S/ 21 387 316,00
=============
TOTAL EGRESOS S/ 21 387 316,00
=============
Artículo 2. Procedimiento para la aprobación institucional 2.1 El Titular del pliego habilitado en la presente Transferencia de Partidas, aprueba, mediante Resolución, la desagregación de los recursos autorizados en el artículo 1 de la presente norma, a nivel funcional programático, dentro de los cinco (5)
días calendario de la vigencia del presente dispositivo legal. Copia de la Resolución se remite dentro de los cinco (5) días calendario de aprobada a los organismos señalados en el numeral 31.4 del artículo 31 del Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público.

2.2 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en el pliego involucrado, solicita a la Dirección General de Presupuesto Público, las codificaciones que se requieran como consecuencia de la incorporación de nuevas Partidas de Ingresos, Finalidades y Unidades de Medida.

2.3 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en el pliego involucrado instruye a la Unidad Ejecutora para que elabore las correspondientes "Notas para la Modificación Presupuestaria" que se requieran, como consecuencia de lo dispuesto en la presente norma.

Artículo 3. Limitación al uso de los recursos Los recursos de la Transferencia de Partidas a que hace referencia el artículo 1 del presente Decreto Supremo no pueden ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos.

Artículo 4. Refrendo El presente Decreto Supremo es refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas.

Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintiséis días del mes de octubre del año dos mil veintiuno.

JOSÉ PEDRO CASTILLO TERRONES
Presidente de la República
PEDRO FRANCKE BALLVÉ
Ministro de Economía y Finanzas

NORMA LEGAL:

  • Titulo: DS 288-2021-EF Autorizan Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2021 a favor de la Autoridad de Transporte Urbano para Lima y Callao
  • Tipo de norma : DECRETO SUPREMO
  • Numero : 288-2021-EF
  • Emitida por : Economia y Finanzas - Poder Ejecutivo
  • Fecha de emision : 2021-10-26
  • Fecha de aplicacion : 2021-10-27

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