12/05/2021

24 Normas Legales Sábado 4 Diciembre 2021 El RPE 137-2021-DV-PE Comision Nacional para el

Organismos Ejecutores, Comision Nacional para el Desarrollo y Vida Sin Drogas 24 NORMAS LEGALES Sábado 4 de diciembre de 2021 El Peruano / Autorizan Transferencia Financiera a favor de la Contraloría General de la República RPE 137-2021-DV-PE Mirafl ores, 3 de diciembre de 2021 VISTOS: El Informe Nº 000159-2021-DV-OGA de la Oficina General de Administración y el Informe Nº 000222-2021-DV -OPP-UPTO de la Unidad de Presupuesto de la Oficina de Planeamiento
Organismos Ejecutores, Comision Nacional para el Desarrollo y Vida Sin Drogas
24 NORMAS LEGALES Sábado 4 de diciembre de 2021 El Peruano / Autorizan Transferencia Financiera a favor de la Contraloría General de la República
RPE 137-2021-DV-PE
Mirafl ores, 3 de diciembre de 2021
VISTOS:

El Informe Nº 000159-2021-DV-OGA de la Oficina General de Administración y el Informe Nº 000222-2021-DV -OPP-UPTO de la Unidad de Presupuesto de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, y;

CONSIDERANDO:



Que, en el marco de lo dispuesto por la Ley Nº 31084, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2021, mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 000132-2020-DV-PE de fecha 30 de diciembre de 2020, se aprobó el Presupuesto Institucional de Apertura de Gastos correspondiente al Año Fiscal 2021 del Pliego 012: Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas - DEVIDA;

Que, el artículo 20 de la Ley Nº 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, modificado por el artículo 3 de la Ley Nº 30742, Ley de Fortalecimiento de la Contraloría General de la República y del Sistema Nacional de Control, señala que las entidades del Gobierno Nacional, los Gobiernos Regionales y los Gobiernos Locales quedan autorizados para realizar transferencias financieras con cargo a su presupuesto institucional a favor de la Contraloría General de la República para cubrir los gastos que se deriven de la contratación de las Sociedades de Auditoría, previa solicitud de la Contraloría General de la República, bajo exclusiva responsabilidad del titular del pliego así como del Jefe de la Oficina de Administración y del Jefe de la Oficina de Presupuesto o las que hagan sus veces en el pliego. Las transferencias financieras se aprueban mediante resolución del Titular del Pliego en el caso del Gobierno Nacional, o por acuerdo de Concejo Regional o Concejo Municipal en el caso de los Gobiernos Regionales o Gobiernos Locales, respectivamente, requiriéndose en todos los casos el informe previo favorable de la oficina de presupuesto o la que haga sus veces en la entidad.


La resolución del Titular del Pliego se publica en el Diario Oficial El Peruano;

Que, en el marco de lo dispuesto en el artículo 20 de la Ley Nº 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, modificado por la Ley Nº 30742, Ley de Fortalecimiento de la Contraloría General de la República y del Sistema Nacional de Control, mediante Resolución de Contraloría Nº 237-2021-CG de fecha 04 de noviembre de 2021, se aprobó el Tarifario que establece el monto por retribución económica, el impuesto general a las ventas y el derecho de designación y supervisión de las Sociedades de Auditoría, que las entidades del Gobierno Nacional, los Gobiernos Regionales y los Gobiernos Locales deben transferir a la Contraloría General de la República para la contratación y pago a las Sociedades de Auditoría que, previo concurso público de méritos, sean designadas para realizar labores de control posterior externo;

Que, en tal sentido, con el Oficio Nº 000658-2021-CG/GAD recibido el 17 de noviembre de 2021, el Gerente de Administración de la Contraloría General de la República comunica que conforme a lo dispuesto en la Ley Nº 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, la Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas-DEVIDA deberá transferir un importe de S/ 184,269.00 (Ciento ochenta y cuatro mil doscientos sesenta y nueve y 00/100 Soles) incluido el IGV, por cada periodo auditado (periodo 2021 y periodo 2022) y deberá efectuar un depósito en la cuenta Nº 0000282758 en el Banco de la Nación por el monto de S/ 18,740.00 (Dieciocho mil setecientos cuarenta y 00/100 Soles)
correspondiente al 6% por derecho de designación y supervisión por cada periodo auditado (periodo 2021 y periodo 2022);

Que, la Oficina General de Administración mediante Informe Nº 000159-2021-DV-OGA sustenta y solicita la realización de una transferencia financiera a favor de la Contraloría General de la República por la suma de S/ 92,134.50 (Noventa y dos mil ciento treinta y cuatro y 50/100 Soles) que comprende al 50% de la retribución económica, por el periodo auditado 2021, con el fin que se inicie el proceso de convocatoria del concurso público de méritos y posterior contratación de la empresa de Sociedad de Auditoria que se encargará de realizar las labores de control posterior externo a la Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas - DEVIDA;

Que, a través del Informe Nº 000222-2021-DV-OPP-UPTO, la Unidad de Presupuesto de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto emite Informe Previo Favorable y señala que en el Presupuesto Institucional del Pliego 012: Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas -DEVIDA, se cuenta con recursos disponibles para realizar la transferencia financiera a que se refieren los considerandos precedentes; a favor del Pliego 019: Contraloría General de la República por la suma de S/ 92,134.50 (Noventa y dos mil ciento treinta y cuatro y 50/100 Soles), en el marco de lo dispuesto en el artículo 3 de la Ley Nº 30742, Ley de Fortalecimiento de la Contraloría General de la República y del Sistema Nacional de Control, que modifica, entre otros, el artículo 20 de la Ley Nº 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República;

Que, asimismo se ha emitido la Certificación de Crédito Presupuestario Nº 0000000940-21 con fecha 18 de noviembre de 2021;

Que, en atención a las consideraciones expuestas y a lo informado por la Oficina General de Administración y la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, resulta necesario emitir el acto resolutivo correspondiente;

Con los visados de la Gerencia General, de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, de la Oficina General de Administración y de la Oficina de Asesoría Jurídica;

De conformidad con la Ley Nº 31084, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2021;
el Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público y la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, respecto a los artículos que se encuentren vigentes; la Ley Nº 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, modificada por la Ley Nº 30742, Ley de Fortalecimiento de la Contraloría General de la República y del Sistema Nacional de Control; la Directiva Nº 0007-2020-EF/50.01, Directiva para la Ejecución Presupuestaria, aprobada por Resolución Directoral Nº 0034-2020-EF/50.01, de la Dirección General de Presupuesto Público del Ministerio de Economía y Finanzas; y el Decreto Supremo Nº 047-2014-PCM que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones de la Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas - DEVIDA y la Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 000132-2020-DV-PE.

SE RESUELVE:



Artículo 1.- AUTORIZAR la transferencia financiera del Pliego 012: Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas - DEVIDA, por la suma de S/ 92,134.50 (Noventa y dos mil ciento treinta y cuatro y 50/100 Soles) a favor del Pliego 019: Contraloría General de la República, en el marco de lo dispuesto en el artículo 20 de la Ley Nº 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, modificado por 26 NORMAS LEGALES Sábado 4 de diciembre de 2021
El Peruano / el artículo 3 de la Ley Nº 30742, Ley de Fortalecimiento de la Contraloría General de la República y del Sistema Nacional de Control.

Artículo 2.- La transferencia financiera autorizada por la presente Resolución se realizará con cargo al Presupuesto Institucional del Pliego 012: Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas - DEVIDA, en la Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios -RO, Meta 0043, Actividad 01 -OGA -Gestión Operativa de la Oficina General de Administración, específica de gasto 2.4.1.3.1.1 "A Otras Unidades del Gobierno Nacional" por la suma S/ 92,134.50 (Noventa y dos mil ciento treinta y cuatro y 50/100 Soles).

Artículo 3.- Los recursos de la Transferencia Financiera autorizada por el artículo 1 de la presente Resolución no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos.

Artículo 4.- La Oficina General de Administración en el ámbito de su competencia, es responsable del monitoreo, seguimiento y cumplimiento de los fines, metas físicas y financieras para las cuales se realiza la presente Transferencia Financiera.

Artículo 5.- REMITIR COPIA DE LA PRESENTE RESOLUCIÓN
a la Oficina General de Administración, para que efectúe las acciones que correspondan.

Artículo 6.- DISPONER la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano y ENCARGAR
al Responsable del Portal de Transparencia de la Entidad, a fin de que proceda a publicarla en el portal institucional de la Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas - DEVIDA, (www.gob.pe/devida).

Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese.

RICARDO ANTONIO SOBERON GARRIDO
Presidente Ejecutivo

NORMA LEGAL:

  • Titulo: RPE 137-2021-DV-PE 24 NORMAS LEGALES Sábado 4 de diciembre de 2021 El Peruano / Autorizan Transferencia Financiera a favor de la Contraloría General de la República
  • Tipo de norma : RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA EJECUTIVA
  • Numero : 137-2021-DV-PE
  • Emitida por : Comision Nacional para el Desarrollo y Vida Sin Drogas - Organismos Ejecutores
  • Fecha de emision : 2021-12-04
  • Fecha de aplicacion : 2021-12-05

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