Inicio
Últimas normas legales
Medidas Funcionamiento Equipo Especializado DS 363-2021-EF Economia y Finanzas
12/19/2021
Medidas Funcionamiento Equipo Especializado DS 363-2021-EF Economia y Finanzas
Poder Ejecutivo, Economia y Finanzas Modifican medidas para el funcionamiento del Equipo Especializado de Seguimiento de la Inversión del Ministerio de Economía y Finanzas DS 363-2021-EF EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, la Nonagésima Primera Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30114, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014, ordena que el Equipo Especializado de Seguimiento de la Inversión (EESI), implementado
Modifican medidas para el funcionamiento del Equipo Especializado de Seguimiento de la Inversión del Ministerio de Economía y Finanzas
DS 363-2021-EF
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que, la Nonagésima Primera Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30114, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014, ordena que el Equipo Especializado de Seguimiento de la Inversión (EESI), implementado mediante Decreto Supremo Nº 104-2013-EF, asuma competencias para efectuar el diagnóstico preventivo de trabas en la ejecución de la inversión, tanto de proyectos públicos, privados, y público privados, con especial énfasis en los orientados a la provisión de servicios públicos o para la ejecución de infraestructura pública; así también, entre otras medidas, dispone que el referido Equipo depende funcional y administrativamente del órgano del Ministerio de Economía y Finanzas que se establezca mediante decreto supremo;
Que, mediante el artículo 25 de la Ley Nº 30230, Ley que establece medidas tributarias, simplificación de procedimientos y permisos para la promoción y dinamización de la inversión en el país, se faculta al EESI a realizar, en el marco de sus competencias, requerimientos de información a las entidades públicas, para el cumplimiento de sus funciones y de acuerdo a la priorización que establezca su Director;
Que, a través del artículo 38 de la Ley Nº 30327, Ley de Promoción de las Inversiones para el Crecimiento y el Desarrollo Sostenible, se ordena al EESI asumir competencias, entre otras, para efectuar el acompañamiento efectivo y seguimiento proactivo, en todas sus etapas, de los proyectos de inversión, que
aseguren su adjudicación y ejecución conforme a los cronogramas establecidos;
Que, el numeral 9.1 del artículo 9 del Decreto Legislativo Nº 1362, Decreto Legislativo que regula la Promoción de la Inversión Privada mediante Asociaciones Público Privadas y Proyectos en Activos, establece que para los proyectos priorizados, según los criterios que establezca su Reglamento, el Ministerio de Economía y Finanzas, a través del EESI, realiza el acompañamiento, seguimiento, articulación y simplificación en todas las fases de los proyectos de inversión que se desarrollen bajo los mecanismos regulados en dicho Decreto Legislativo, para lo cual, puede convocar a entidades del sector público o privado;
Que, mediante el artículo 3 del Decreto Supremo Nº 019-2019-EF , que dispuso medidas para el funcionamiento del EESI, se determinó, entre otras medidas, que el Equipo dependiera funcionalmente del Despacho Ministerial del Ministerio de Economía y Finanzas;
Que, desde la vigencia del citado Decreto Supremo Nº 019-2019-EF, el funcionamiento del EESI ha permitido impulsar la ejecución de proyectos de inversión de diferentes sectores de la economía mediante, entre otras acciones, la coordinación con diversas entidades de la Administración Pública y, al interior del Ministerio de Economía y Finanzas, con las Direcciones Generales del Despacho Viceministerial de Economía que tienen bajo su competencia el desarrollo y promoción de proyectos de inversión, el impulso de la competitividad y productividad, el monitoreo de las perspectivas de la economía, entre otras funciones propias del referido Despacho Viceministerial;
Que, en ese sentido, a efectos de mejorar la articulación de las actividades del EESI con los objetivos del Despacho Viceministerial de Economía y optimizar de este modo el cumplimiento de la política económica general, se considera pertinente modificar la dependencia funcional y administrativa del referido Equipo al Despacho Viceministerial de Economía;
De conformidad, con lo dispuesto por el numeral 8) del artículo 118 de la Constitución Política del Perú; la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 30114, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014; el Decreto Legislativo Nº 1362, Decreto Legislativo que regula la Promoción de la Inversión Privada mediante Asociaciones Público Privadas y Proyectos en Activos, y su Reglamento aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 240-2018-EF; y, el Texto Integrado Actualizado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Economía y Finanzas, aprobado mediante la Resolución Ministerial Nº 213-2020-EF/41;
DECRETA:
Artículo 1. Modificación del artículo 3 del Decreto Supremo Nº 019-2019-EF
Modifícase el artículo 3 del Decreto Supremo Nº 019-2019-EF, que dispone medidas para el funcionamiento del Equipo Especializado de Seguimiento de la Inversión, en los siguientes términos:
"Artículo 3. Equipo Especializado de Seguimiento de la Inversión El Equipo Especializado de Seguimiento de la Inversión depende funcional y administrativamente del Despacho Viceministerial de Economía del Ministerio de Economía y Finanzas."
Artículo 2. Modificación del artículo 10 del Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1362, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 240-2018-EF
Modifícase el artículo 10 del Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1362 Decreto Legislativo que regula la Promoción de la Inversión Privada mediante Asociaciones Público Privadas y Proyectos en Activos, aprobado por el Decreto Supremo Nº 240-2018-EF, en los siguientes términos:
"Artículo 10. Equipo Especializado de Seguimiento de la Inversión.
El Equipo Especializado de Seguimiento de la Inversión depende funcionalmente y administrativamente del Despacho Viceministerial de Economía del Ministerio de Economía y Finanzas."
Artículo 3. Refrendo El presente Decreto Supremo es refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas.
Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los diecisiete días del mes de diciembre del año dos mil veintiuno.
JOSÉ PEDRO CASTILLO TERRONES
Presidente de la República
PEDRO FRANCKE BALLVÉ
Ministro de Economía y Finanzas
NORMA LEGAL:
- Titulo: DS 363-2021-EF Modifican medidas para el funcionamiento del Equipo Especializado de Seguimiento de la Inversión del Ministerio de Economía y Finanzas
- Tipo de norma : DECRETO SUPREMO
- Numero : 363-2021-EF
- Emitida por : Economia y Finanzas - Poder Ejecutivo
- Fecha de emision : 2021-12-18
- Fecha de aplicacion : 2021-12-19
Compartir
Recomendado
Legislacion por entidad
Poder Ejecutivo
Organos Autonomos
Organismos Tecnicos Especializados
Transportes y Comunicaciones
Jurado Nacional de Elecciones
Economia y Finanzas
Poder Judicial
Energia y Minas
Salud
Defensa
Relaciones Exteriores
Educacion
Gobiernos Regionales
Organismos Ejecutores
Superintendencia de Banca Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones
Advertencia
Este es un portal de ayuda a quienes desean leer las nuevas normas legales del Perú.
Si encuentra algun texto que no deberia estar en este portal, escriba un mensaje a elperulegal@gmail.com para que sea retirado.
Propósito:
El propósito de "El Peru Legal" es mostrar las normas legales que proporcionan las entidades del Estado del Perú para buscar información relativa a decretos, leyes, resoluciones, directivas.
Propósito:
El propósito de "El Peru Legal" es mostrar las normas legales que proporcionan las entidades del Estado del Perú para buscar información relativa a decretos, leyes, resoluciones, directivas.
Boletin de Normas legales
Leyes más importantes
Archivo legal
- octubre 2024 (30)
- septiembre 2024 (66)
- agosto 2024 (88)
- julio 2024 (73)
- junio 2024 (21)
- diciembre 2023 (88)
- noviembre 2023 (208)
- octubre 2023 (225)
- septiembre 2023 (228)
- agosto 2023 (65)
- julio 2023 (106)
- junio 2023 (99)
- mayo 2023 (106)
- abril 2023 (122)
- marzo 2023 (144)
- febrero 2023 (133)
- enero 2023 (111)
- diciembre 2022 (108)
- noviembre 2022 (29)
- octubre 2022 (108)
- septiembre 2022 (141)
- agosto 2022 (139)
- julio 2022 (63)
- junio 2022 (40)
- mayo 2022 (113)
- abril 2022 (87)
- marzo 2022 (103)
- febrero 2022 (110)
- enero 2022 (90)
- diciembre 2021 (146)
- noviembre 2021 (58)
- octubre 2021 (95)
- septiembre 2021 (108)
- agosto 2021 (216)
- julio 2021 (188)
- junio 2021 (59)
- enero 2021 (31)
- diciembre 2020 (211)
- noviembre 2020 (395)
- octubre 2020 (519)
- septiembre 2020 (353)
- agosto 2020 (389)
- julio 2020 (410)
- junio 2020 (398)
- mayo 2020 (336)
- abril 2020 (43)
- marzo 2020 (105)
- febrero 2020 (341)
- enero 2020 (406)
- diciembre 2019 (519)
- noviembre 2019 (438)
- octubre 2019 (331)
- septiembre 2019 (315)
- agosto 2019 (377)
- julio 2019 (379)
- junio 2019 (371)
- mayo 2019 (317)
- abril 2019 (347)
- marzo 2019 (492)
- febrero 2019 (474)
- enero 2019 (483)
- diciembre 2018 (485)
- noviembre 2018 (490)
- octubre 2018 (465)
- septiembre 2018 (486)
- agosto 2018 (498)
- julio 2018 (323)
- junio 2018 (416)
- mayo 2018 (513)
- abril 2018 (365)
- marzo 2018 (524)
- febrero 2018 (404)
- enero 2018 (444)
- diciembre 2017 (540)
- noviembre 2017 (452)
- octubre 2017 (396)
- septiembre 2017 (418)
- agosto 2017 (447)
- julio 2017 (471)
- junio 2017 (463)
- mayo 2017 (456)
- abril 2017 (401)
- marzo 2017 (532)
- febrero 2017 (462)
- enero 2017 (435)
- diciembre 2016 (492)
- noviembre 2016 (435)
- octubre 2016 (388)
- septiembre 2016 (1)
- agosto 2016 (233)
- julio 2016 (271)
- junio 2016 (340)
- mayo 2016 (470)
- abril 2016 (357)
- marzo 2016 (371)
- febrero 2016 (296)
- enero 2016 (399)
- diciembre 2015 (386)
- noviembre 2015 (67)
- octubre 2015 (252)
- septiembre 2015 (429)
- agosto 2015 (415)
- julio 2015 (461)
- junio 2015 (543)
- mayo 2015 (486)
- abril 2015 (357)
- marzo 2015 (429)
- febrero 2015 (426)
- enero 2015 (503)
- diciembre 2014 (540)
- noviembre 2014 (625)
- octubre 2014 (644)
- septiembre 2014 (616)
- agosto 2014 (687)
- julio 2014 (542)
- junio 2014 (431)
- mayo 2014 (376)
- abril 2014 (316)
- marzo 2014 (507)
- febrero 2014 (426)
- enero 2014 (608)
- diciembre 2013 (841)
- noviembre 2013 (660)
- octubre 2013 (734)
- septiembre 2013 (636)
- agosto 2013 (591)
- julio 2013 (707)
- junio 2013 (687)
- mayo 2013 (941)
- abril 2013 (871)
- marzo 2013 (940)
- febrero 2013 (891)
- enero 2013 (692)