12/13/2021

Otorgan Distinción personalidad Meritoria RM 000357-2021-DM/MC Cultura

Poder Ejecutivo, Cultura Otorgan distinción de "Personalidad Meritoria de la Cultura" RM 000357-2021-DM/MC San Borja, 10 de diciembre del 2021 VISTOS; el Memorando Nº 000323-2021-VMI/MC del Despacho Viceministerial de Interculturalidad; el Informe 4 NORMAS LEGALES Domingo 12 de diciembre de 2021 El Peruano / Nº 000106-2021-DGCI/MC y la Hoja de Envío Nº 000144-2021-DGCI/MC de la Dirección General de Ciudadanía Intercultural; el Memorando Nº 001236-2021-DGIA/MC
Poder Ejecutivo, Cultura
Otorgan distinción de "Personalidad Meritoria de la Cultura"
RM 000357-2021-DM/MC
San Borja, 10 de diciembre del 2021
VISTOS; el Memorando Nº 000323-2021-VMI/MC del Despacho Viceministerial de Interculturalidad; el Informe 4 NORMAS LEGALES Domingo 12 de diciembre de 2021
El Peruano / Nº 000106-2021-DGCI/MC y la Hoja de Envío Nº 000144-2021-DGCI/MC de la Dirección General de Ciudadanía Intercultural; el Memorando Nº 001236-2021-DGIA/MC de la Dirección General de Industrias Culturales y Artes; el Informe Nº 001474-2021-OGAJ/MC de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,

CONSIDERANDO:



Que, por la Ley Nº 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura y su modificatoria, se crea el Ministerio de Cultura, como organismo del Poder Ejecutivo con personería jurídica de derecho público, estableciéndose las áreas programáticas de acción sobre las cuales ejerce sus competencias y atribuciones para el logro de los objetivos y metas del Estado;

Que, conforme a lo dispuesto en el numeral 3.17 del artículo 3 del Reglamento de Organización y Funciones - ROF del Ministerio de Cultura, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2013-MC, el Ministerio de Cultura tiene entre sus funciones el otorgar reconocimientos al mérito a los creadores, artistas, personas y organizaciones que aporten al desarrollo cultural del país;


Que, el artículo 77 del ROF, dispone que la Dirección General de Industrias Culturales y Artes es el órgano de línea que tiene a su cargo formular, coordinar, ejecutar y supervisar las políticas, estrategias y acciones orientadas a estimular la creación artística y fomentar la actividad artística en los más diversos campos, así como promover la productividad y competitividad de las industrias que están directamente vinculadas con la creación artística, la producción audiovisual, editorial, fonográfica y de los nuevos medios, así como la distribución de bienes y servicios culturales y que están usualmente protegidas por el derecho de autor;

Que, asimismo, conforme al numeral 78.14 del artículo 78 del ROF, la Dirección General de Industrias Culturales y Artes tiene como función emitir opinión técnica y recomendación para el otorgamiento de reconocimientos al mérito a los creadores, artistas, personas y organizaciones que aporten al desarrollo cultural del país;

Que, el artículo 82 del ROF, establece que la Dirección de Artes es la unidad orgánica encargada de diseñar, promover e implementar políticas estrategia y acciones orientadas a estimular la actividad creativa en los más diversos campos de las artes escénicas, musicales, plásticas, visuales, artes aplicadas y multidisciplinarias;
así mismo, desarrollar acciones que permitan ampliar el acceso de la ciudadanía al ejercicio de sus derechos culturales respecto a la formación, creación, producción, circulación, difusión y disfrute de las expresiones artísticas de sus identidades y diversidad; además, de acuerdo a su numeral 82.15 de la norma citada, le corresponde emitir opinión técnica para el otorgamiento de reconocimientos a personas naturales y jurídicas, cuya labor y trayectoria en el campo de las artes constituyan un aporte al desarrollo cultural del país;

Que, además, el artículo 84 del ROF señala que la Dirección General de Ciudadanía Intercultural es el órgano de línea encargado del diseño y la ejecución de políticas integrales de interculturalidad, de defensa, protección y promoción de los derechos de los pueblos indígenas y población afroperuana, promoviendo la pluralidad étnica y cultural, construyendo una ciudadanía intercultural y combatiendo la discriminación étnico-racial;

Que, de otro lado el artículo 89 de ROF refiere que la Dirección de Políticas para Población Afroperuana es la unidad orgánica encargada de diseñar e implementar las políticas, planes, programas de protección, promoción de derechos y desarrollo de la población afroperuana, garantizando su desarrollo con identidad, en un marco de igualdad de derechos;

Que, el acápite 5.1.3 del numeral 5.1 del artículo V de la Directiva Nº 002-2016-MC, "Directiva para el Otorgamiento de Reconocimientos del Ministerio de Cultura", aprobada por Resolución Ministerial Nº 107-2016-MC, establece que Personalidad Meritoria de la Cultura es el reconocimiento que otorga el Ministerio de Cultura a personas naturales o jurídicas, públicas o privadas, inscritas o no en los registros públicos, así como a organizaciones tradicionales, que han realizado un aporte significativo al desarrollo cultural del país.

Reconocimiento que se formalizará mediante Resolución Ministerial a ser publicada en el diario oficial "El Peruano", conforme a lo establecido por el acápite 6.1.4 de la citada directiva;

Que, mediante los expedientes Nº 0104625-2021 y Nº 0104622-2021, la ciudadana Raquel Aracelly Mansilla Mansilla, representante del Movimiento Negro Tomasita de Alcalá, organización afroperuana del distrito de Ingenio, provincia de Nazca, departamento de Ica; solicitó al Ministerio de Cultura se otorgue el reconocimiento "Personalidad Meritoria de la Cultura" al señor Florencio Ferreyra Guillén por su destacada trayectoria como docente e impulsador de la cultura afroperuana;

Que, a través del Informe Nº 000106-2021-DGCI/MC la Dirección General de Ciudadanía Intercultural, en mérito a lo señalado por la Dirección de Políticas para Población Afroperuana en su Informe Nº 000067-2021-DAF-SCB/ MC remite la propuesta de reconocimiento del señor Florencio Ferreyra Guillén, como Personalidad Meritoria de la Cultura, por su trabajo como docente e impulsador de la cultura afroperuana;

Que, mediante el Memorando Nº 001236-2021-DGIA/ MC, la Dirección General de Industrias Culturales y Artes, con sustento en el Informe Nº 001352-2021-DIA/MC de la Dirección de Artes, concluye que el señor Florencio Ferreyra Guillén ha promovido con su ejemplo y desde su labor como docente, infl uyendo positivamente en la afirmación de las expresiones y derechos culturales del pueblo afroperuano; y de esta manera ha contribuido al desarrollo social de la comunidad afrodescendiente de Ingenio, en la que motivó a sus estudiantes a perseverar en los estudios a pesar de la brecha educativa existente;
asimismo, su aporte ha sido significativo para el desarrollo de su comunidad mediante la visibilización y revalorización de los saberes y cultura afroperuana, donde gracias a su esmerada labor docente y persistencia, representa un ejemplo significativo para la valoración de la identidad, el desarrollo de las manifestaciones artísticas, las costumbres y la cultura comunitaria del pueblo afroperuano;

Que, conforme a lo descrito, el señor Florencio Ferreyra Guillén merece ser distinguido por su contribución al desarrollo de la juventud afroperuana, trabajo consciente e inspirador como educador, activista, campesino, difusor de la cultura y gastronomía afroperuana;

Que, en tal sentido, resulta necesario emitir el acto resolutivo que otorgue el reconocimiento como "Personalidad Meritoria de la Cultura" al señor Florencio Ferreyra Guillén;

Con las visaciones del Despacho Viceministerial de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales, del Despacho Viceministerial de Interculturalidad, de la Dirección General de Industrias Culturales y Artes, de la Dirección General de Ciudadanía Intercultural y, de la Oficina General de Asesoría Jurídica;

De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura y su modificatoria;
el Decreto Supremo Nº 005-2013-MC, Decreto Supremo que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Cultura; y la Directiva Nº 002-2016/MC, "Directiva para el Otorgamiento de Reconocimientos del Ministerio de Cultura", aprobada por Resolución Ministerial Nº 107-2016-MC;

SE RESUELVE:



Artículo 1.- Otorgar la distinción de "Personalidad Meritoria de la Cultura" al señor FLORENCIO FERREYRA
GUILLEN en reconocimiento a su contribución al desarrollo de la juventud afroperuana, trabajo consciente e inspirador como educador, activista, campesino, difusor de la cultura y gastronomía afroperuana.

Artículo 2.- Remitir copia de la presente resolución a la Oficina de Comunicación e Imagen Institucional, para los fines pertinentes.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

ANDREA GISELA ORTIZ PEREA
Ministra de Cultura

NORMA LEGAL:

  • Titulo: RM 000357-2021-DM/MC Otorgan distinción de "Personalidad Meritoria de la Cultura"
  • Tipo de norma : RESOLUCIÓN MINISTERIAL
  • Numero : 000357-2021-DM/MC
  • Emitida por : Cultura - Poder Ejecutivo
  • Fecha de emision : 2021-12-12
  • Fecha de aplicacion : 2021-12-13

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