12/12/2021

Procedimiento Otorgamiento Monitoreo Seguimiento RM 217-2021-MINCETUR Comercio Exterior y Turismo

Poder Ejecutivo, Comercio Exterior y Turismo Aprueban el "Procedimiento de Otorgamiento, Monitoreo, Seguimiento y Rendición de Cuentas de los recursos otorgados a los Ganadores Beneficiarios del Concurso Público de la Estrategia para Reactivar y Promover la Actividad Artesanal "SOMOS ARTESANÍA - 2021-II" y dictan diversas disposiciones RM 217-2021-MINCETUR Lima, 10 de diciembre de 2021 Visto, el Informe Nº 0135-2021-MINCETUR/VMT/DGA/ DCITAT-CCT, el Informe Nº 0062-2021-MINCETUR/VMT/
Poder Ejecutivo, Comercio Exterior y Turismo
Aprueban el "Procedimiento de Otorgamiento, Monitoreo, Seguimiento y Rendición de Cuentas de los recursos otorgados a los Ganadores Beneficiarios del Concurso Público de la Estrategia para Reactivar y Promover la Actividad Artesanal "SOMOS ARTESANÍA - 2021-II" y dictan diversas disposiciones
RM 217-2021-MINCETUR
Lima, 10 de diciembre de 2021
Visto, el Informe Nº 0135-2021-MINCETUR/VMT/DGA/ DCITAT-CCT, el Informe Nº 0062-2021-MINCETUR/VMT/ DGA/DCITAT-EVM y el Informe Nº 0064-2021-MINCETUR/ VMT/DGA/DCITAT-EVM de la Dirección de Centros de Innovación Tecnológica de Artesanía y Turismo de la Dirección General de Artesanía del Viceministerio de Turismo; el Informe Nº 0080-2021-MINCETUR/SG/OGPPD/ OR y el Memorándum Nº 171-2021-MINCETUR/SG/ OGPPD/OPP de la Oficina de Racionalización y la Oficina de Planificación y Presupuesto, respectivamente, de la Oficina General de Planificación, Presupuesto y Desarrollo (OGPPD) y el Informe Nº 0059-2021-MINCETUR/SG/AJ-MIC de la Oficina General de Asesoría Jurídica;

CONSIDERANDO:



Que, el artículo 2 de la Ley Nº 27790, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo -
MINCETUR, establece que el referido Ministerio, en materia de turismo, promueve, orienta y regula la actividad turística, con el fin de impulsar su desarrollo sostenible, incluyendo la promoción, orientación y regulación de la artesanía;


Que, el artículo 3 del Reglamento de Organizaciones y Funciones - ROF del MINCETUR, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 005-2002-PCM y sus modificatorias, establece que el MINCETUR promueve, orienta y regula la actividad turística, con el fin de impulsar su desarrollo sostenible, incluyendo la promoción, orientación y regulación de la artesanía;

Que, el artículo 5 de la Ley Nº 29408, Ley General de Turismo, establece que el MINCETUR como organismo rector, tiene entre sus funciones, el promover los planes y estrategias nacionales de promoción del turismo interno y receptivo, competencia que se ejerce a través de la aprobación de las políticas, planes y estrategias en materia de turismo, como es el presente caso;

Que, mediante el Decreto Legislativo Nº 1475, Decreto Legislativo que dispone la Reactivación y Promoción de la Actividad Artesanal a cargo del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, en el marco de la emergencia sanitaria por el COVID - 19, se dispuso establecer medidas que permitan la reactivación y promoción económica de la actividad artesanal a cargo del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo;

Que, mediante Decreto de Urgencia Nº 095-2021, Decreto de Urgencia que aprueba medidas extraordinarias, en materia económica y financiera, aplicables por el Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, con la finalidad de financiar las acciones para reactivar y promover la actividad artesanal, como consecuencia de la declaración del Estado de Emergencia Nacional por el COVID-19, se autoriza al Ministerio de Comercio Exterior y Turismo a otorgar subvenciones concursables a favor de unidades económicas artesanales, que realicen actividades de producción y articulación comercial de productos artesanales, en el marco de la implementación de la "Estrategia para Reactivar y Promover la Actividad Artesanal "SOMOS ARTESANÍA - 2021-II".

Que, en el marco del numeral 3.2 del artículo 3 del citado Decreto de Urgencia, a través de la Resolución Ministerial Nº 184-2021-MINCETUR se aprueba la "Estrategia para Reactivar y Promover la Actividad Artesanal "SOMOS ARTESANÍA - 2021-II", que tiene por objeto establecer las condiciones para el otorgamiento de subvenciones concursables a favor de las unidades económicas artesanales, integradas por personas naturales con negocio y personas jurídicas beneficiarias de la citada Estrategia;

Que, asimismo, el numeral 3.3 del artículo 3 del citado Decreto de Urgencia dispone que el Ministerio de Comercio Exterior y Turismo es responsable del monitoreo, seguimiento y cumplimiento de los fines y metas para los cuales fueron entregados los recursos públicos, para lo cual mediante resolución del titular, se establecen los mecanismos para la rendición de cuentas de los recursos otorgados mediante subvenciones a las unidades económicas artesanales, así como para la evaluación de los resultados alcanzados y los beneficios generados por el otorgamiento de las subvenciones autorizadas en el marco de la norma antes mencionada;

Que, mediante los documentos del Visto, el Viceministerio de Turismo sustenta la aprobación del "Procedimiento de Otorgamiento, Monitoreo, Seguimiento y Rendición de Cuentas de los recursos otorgados a los Ganadores Beneficiarios del Concurso Público de la Estrategia para Reactivar y Promover la Actividad Artesanal "SOMOS ARTESANÍA - 2021-II" con la finalidad que el MINCETUR cumpla con lo previsto en el numeral 3.3 del artículo 3 del Decreto de Urgencia Nº 095-2021;

Que, en el marco de lo dispuesto en el Decreto de Urgencia Nº 095-2021, resulta necesario aprobar el "Procedimiento de Otorgamiento, Monitoreo, Seguimiento y Rendición de Cuentas de los recursos otorgados a los Ganadores Beneficiarios del Concurso Público de la Estrategia para Reactivar y Promover la Actividad Artesanal "SOMOS ARTESANÍA - 2021-II";

De conformidad con la Ley Nº 27790, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo y sus modificatorias; la Ley Nº 29408, Ley General de Turismo y su modificatoria; el Decreto Legislativo Nº 1475, Decreto Legislativo que dispone la Reactivación y Promoción de la Actividad Artesanal a cargo del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, en el marco de la emergencia sanitaria por el COVID-19; el Decreto de Urgencia Nº 095-2021, Decreto de Urgencia que aprueba medidas extraordinarias, en materia económica y financiera, aplicables por el Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, con la finalidad de financiar las acciones para reactivar y promover la Actividad Artesanal, como consecuencia de la Declaración del Estado de Emergencia Nacional por el COVID-19; el Decreto Supremo Nº 008-2010-MINCETUR, Decreto Supremo que aprueba el Reglamento de la Ley del Artesano y del Desarrollo de la Actividad Artesanal y sus modificatorias; la Resolución Ministerial Nº 184-2021-MINCETUR que aprueba la "Estrategia para Reactivar y Promover la Actividad Artesanal "SOMOS ARTESANÍA - 2021-II" y el Decreto Supremo Nº 005-2002-MINCETUR, Decreto Supremo que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo y sus modificatorias;

SE RESUELVE:



Artículo 1.- Aprobar el "Procedimiento de Otorgamiento, Monitoreo, Seguimiento y Rendición de Cuentas de los recursos otorgados a los Ganadores Beneficiarios del Concurso Público de la Estrategia para Reactivar y Promover la Actividad Artesanal "SOMOS
ARTESANÍA - 2021-II", que como Anexo forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial.

Artículo 2.- Encargar a la Dirección de Centros de Innovación Tecnológica de Artesanía y Turismo (DCITAT) de la Dirección General de Artesanía (DGA) del Viceministerio de Turismo, la difusión, implementación y supervisión del cumplimiento del Procedimiento aprobado mediante la presente Resolución Ministerial.

Artículo 3.- Dejar sin efecto lo dispuesto en el literal b) del numeral 7.3, el literal c) del numeral 7.6 y el numeral 7.7.3 de la "Estrategia para Reactivar y Promover la Actividad Artesanal "SOMOS ARTESANÍA
- 2021-II", aprobada mediante Resolución Ministerial Nº 184-2021-MINCETUR.

Artículo 4.- Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial y del "Procedimiento de Otorgamiento, Monitoreo, Seguimiento y Rendición de Cuentas de los recursos otorgados a los Ganadores Beneficiarios del Concurso Público de la Estrategia para Reactivar y Promover la Actividad Artesanal "SOMOS
ARTESANÍA - 2021-II", que se aprueba en el artículo 1, en los portales institucionales de la Presidencia del Consejo de Ministros (www.gob.pe/pcm) y del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo (www.gob.pe/mincetur), así como en la Plataforma Digital Única para Orientación al Ciudadano (www.gob.pe) y en la Plataforma del Sistema Único de Trámites (sut.pcm.gob.pe), el mismo día de la publicación de la presente norma en el diario oficial "El Peruano".

Regístrese, comuníquese y publíquese.

ROBERTO SÁNCHEZ PALOMINO
Ministro de Comercio Exterior y Turismo

NORMA LEGAL:

  • Titulo: RM 217-2021-MINCETUR Aprueban el "Procedimiento de Otorgamiento, Monitoreo, Seguimiento y Rendición de Cuentas de los recursos otorgados a los Ganadores Beneficiarios del Concurso Público de la Estrategia para Reactivar y Promover la Actividad Artesanal "SOMOS ARTESANÍA - 2021-II" y dictan diversas disposiciones
  • Tipo de norma : RESOLUCIÓN MINISTERIAL
  • Numero : 217-2021-MINCETUR
  • Emitida por : Comercio Exterior y Turismo - Poder Ejecutivo
  • Fecha de emision : 2021-12-11
  • Fecha de aplicacion : 2021-12-12

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