12/29/2021

Ratifica Addendum 1 Convenio Financiación DS 080-2021-RE Relaciones Exteriores

Poder Ejecutivo, Relaciones Exteriores Decreto Supremo que ratifica el Addendum Nº 1 al Convenio de Financiación DCI-LA/2017/038-902 PERU - "Apoyo a la lucha contra el Tráfico Ilícito de Drogas y el Crimen Organizado" DS 080-2021-RE EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que el Addendum Nº 1 al Convenio de Financiación DCI-LA/2017/038-902 PERU - "Apoyo a la lucha contra el Tráfico Ilícito de Drogas y el Crimen Organizado" fue suscrito por la Unión
Poder Ejecutivo, Relaciones Exteriores
Decreto Supremo que ratifica el Addendum Nº 1 al Convenio de Financiación DCI-LA/2017/038-902 PERU - "Apoyo a la lucha contra el Tráfico Ilícito de Drogas y el Crimen Organizado"
DS 080-2021-RE
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

CONSIDERANDO:



Que el Addendum Nº 1 al Convenio de Financiación DCI-LA/2017/038-902 PERU - "Apoyo a la lucha contra el Tráfico Ilícito de Drogas y el Crimen Organizado" fue suscrito por la Unión Europea el 9 de julio de 2021 y por la República del Perú el 27 de julio de 2021;

Que es conveniente a los intereses del Perú la ratificación interna del citado instrumento jurídico internacional;

Estando al Informe (DGT) Nº 35-2021; y, de conformidad con lo dispuesto por los artículos 57º y 118º numeral 11 de la Constitución Política del Perú y el segundo párrafo del artículo 2º de la Ley Nº 26647, que facultan al Presidente de la República a celebrar y ratificar tratados o adherir a éstos sin el requisito de la aprobación previa del Congreso;

DECRETA:



Artículo 1º.- Ratifícase el Addendum Nº 1 al Convenio de Financiación DCI-LA/2017/038-902 PERU - "Apoyo a la lucha contra el Tráfico Ilícito de Drogas y el Crimen Organizado", suscrito por la Unión Europea el 9 de julio de 2021 y por la República del Perú el 27 de julio de 2021.


Artículo 2º.- El Ministerio de Relaciones Exteriores procederá a publicar en el diario oficial "El Peruano," de conformidad con los artículos 4º y 6º de la Ley Nº 26647, el texto íntegro del referida enmienda y la fecha de su entrada en vigor.

Artículo 3º.- Dése cuenta al Congreso de la República.

Artículo 4º.- El presente Decreto Supremo es refrendado por el Ministro de Estado en el Despacho de Relaciones Exteriores.

Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintiocho días del mes de diciembre del año dos mil veintiuno.

JOSÉ PEDRO CASTILLO TERRONES
Presidente de la República
OSCAR MAÚRTUA DE ROMAÑA
Ministro de Relaciones Exteriores

NORMA LEGAL:

  • Titulo: DS 080-2021-RE que ratifica el Addendum Nº 1 al Convenio de Financiación DCI-LA/2017/038-902 PERU - "Apoyo a la lucha contra el Tráfico Ilícito de Drogas y el Crimen Organizado"
  • Tipo de norma : DECRETO SUPREMO
  • Numero : 080-2021-RE
  • Emitida por : Relaciones Exteriores - Poder Ejecutivo
  • Fecha de emision : 2021-12-28
  • Fecha de aplicacion : 2021-12-29

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