1/01/2022

Artículo 8 0274 2021 midagri Plazo Vigencia Grupo RM Cultura

Poder Ejecutivo, Cultura Modifican el artículo 8 de la Resolución Ministerial Nº 0274-2021-MIDAGRI, sobre plazo de vigencia de Grupo de Trabajo Sectorial RM 0383-2021-MIDAGRI Lima, 30 de diciembre de 2021 VISTOS; el Oficio Nº 556-2021-MIDAGRI-DVPSDA/ DGPA-DIPNA del Director General de la Dirección General de Políticas Agrarias; el Memorando Nº 892-2021-MIDAGRI-DVPSDA del Viceministro de Políticas y Supervisión del Desarrollo Agrario; y, el Memorando Nº
Poder Ejecutivo, Cultura
Modifican el artículo 8 de la Resolución Ministerial Nº 0274-2021-MIDAGRI, sobre plazo de vigencia de Grupo de Trabajo Sectorial
RM 0383-2021-MIDAGRI
Lima, 30 de diciembre de 2021
VISTOS; el Oficio Nº 556-2021-MIDAGRI-DVPSDA/ DGPA-DIPNA del Director General de la Dirección General de Políticas Agrarias; el Memorando Nº 892-2021-MIDAGRI-DVPSDA del Viceministro de Políticas y Supervisión del Desarrollo Agrario; y, el Memorando Nº 1883-2021-MIDAGRI-SG/OGPP, del Director General de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto;

CONSIDERANDO:



Que, mediante Resolución Ministerial Nº 0274-2021-MIDAGRI, y modificatoria, se crea el Grupo de Trabajo Sectorial, de naturaleza temporal, dependiente del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego, denominado "Grupo de Trabajo Sectorial para el desarrollo del sector agrario y de riego en el marco de la II Reforma Agraria", en adelante el Grupo de Trabajo;

Que, con Oficio Nº 556-2021-MIDAGRI-DVPSDA/ DGPA-DIPNA, el Director General de la Dirección General de Políticas Agrarias, en su calidad de Secretaría Técnica del Grupo de Trabajo, con el sustento del Informe Nº 0498-2021-MIDAGRI-DVPSDA/DGPA-DIPNA, de la Dirección de Políticas y Normatividad Agraria, remite al Despacho Viceministerial de Políticas y Supervisión del Desarrollo Agrario, el proyecto de Resolución Ministerial que amplía la vigencia del Grupo de Trabajo hasta el 28 de febrero de 2022, lo que permitirá procesar y sistematizar la información que se recabe en los talleres regionales y cumbres agrarias programadas;


Que, por Memorando Nº 1883-2021-MIDAGRI-SG/OGPP, el Director General de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, hace suyo el Memorando Nº 0140-2021-MIDAGRI-SG/OGPP-OM de la Oficina de Modernización, emitiendo opinión favorable respecto a la ampliación de la vigencia del Grupo de Trabajo solicitada;

Que, mediante Informe Nº 1930-2021-MIDAGRI-SG/ OGAJ, la Directora General de la Oficina General de Asesoría Jurídica, opina que corresponde que mediante Resolución Ministerial se modifique el artículo 8 de la Resolución Ministerial Nº 0274-2021-MIDAGRI, con la finalidad de ampliar la vigencia del "Grupo de Trabajo Sectorial para el desarrollo del sector agrario y de riego en el marco de la II
Reforma Agraria", hasta el 28 de febrero de 2022;

Con la visación del Viceministro de Políticas y Supervisión del Desarrollo Agrario, del Viceministro de Desarrollo de Agricultura Familiar e Infraestructura Agraria y Riego, del Director General de la Dirección General de Políticas Agrarias; del Director General de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto;
y, de la Directora General de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 31075, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego; y, el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego, aprobado por Resolución Ministerial Nº 0080-2021-MIDAGRI;

SE RESUELVE:



Artículo 1.- Modificar el artículo 8 de la Resolución Ministerial Nº 0274-2021-MIDAGRI, el cual queda redactado de la siguiente manera:
"Artículo 8.- Vigencia El plazo de vigencia del Grupo de Trabajo Sectorial es hasta el 28 de febrero de 2022.

Al culminar el plazo señalado en el párrafo precedente, el Grupo de trabajo Sectorial presenta al Ministro de Desarrollo Agrario y Riego el Informe Final conteniendo el Plan de Acción objeto del Grupo de trabajo Sectorial".

Artículo 2.- Publicación La presente Resolución Ministerial es publicada en la sede digital del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego (www.gob.pe/midagri), el mismo día de su publicación en el diario oficial El Peruano.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

VÍCTOR RAÚL MAITA FRISANCHO
Ministro de Desarrollo Agrario y Riego

NORMA LEGAL:

  • Titulo: RM 0383-2021-MIDAGRI Modifican el artículo 8 de la Nº 0274-2021-MIDAGRI, sobre plazo de vigencia de Grupo de Trabajo Sectorial
  • Tipo de norma : RESOLUCIÓN MINISTERIAL
  • Numero : 0383-2021-MIDAGRI
  • Emitida por : Cultura - Poder Ejecutivo
  • Fecha de emision : 2021-12-31
  • Fecha de aplicacion : 2022-01-01

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