1/18/2022

Vacantes Cargos Auxiliar Agregaduría Ser RS 004-2022-DE Defensa

Poder Ejecutivo, Defensa Aprueban las vacantes y cargos de Auxiliar de Agregaduría a ser desempeñados por Personal Técnico de las Fuerzas Armadas en las Agregadurías del Exterior y en las Agregadurías de Defensa a las Misiones Diplomáticas del Perú en el exterior RS 004-2022-DE Lima, 17 de enero de 2022 VISTOS: El Oficio Nº 000011-2022-MINDEF/VPD-DIGRIN y el Informe Técnico Nº 00003-2022-MINDEF/VPD-DIGRIN de la Dirección General de Relaciones Internacionales
Poder Ejecutivo, Defensa
Aprueban las vacantes y cargos de Auxiliar de Agregaduría a ser desempeñados por Personal Técnico de las Fuerzas Armadas en las Agregadurías del Exterior y en las Agregadurías de Defensa a las Misiones Diplomáticas del Perú en el exterior
RS 004-2022-DE
Lima, 17 de enero de 2022
VISTOS:

El Oficio Nº 000011-2022-MINDEF/VPD-DIGRIN y el Informe Técnico Nº 00003-2022-MINDEF/VPD-DIGRIN de la Dirección General de Relaciones Internacionales del Viceministerio de Políticas para la Defensa; y, el Informe Legal Nº 00031-2022-MINDEF/SG-OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica.

CONSIDERANDO:



Que, el artículo 5 del Reglamento del Personal Militar de las Fuerzas Armadas nombrado en Agregadurías del Exterior, aprobado por Resolución Ministerial Nº 0977-2019-DE/SG y modificatorias, en adelante el Reglamento, establece que el personal militar nombrado ante las Agregadurías en el exterior, asume un cargo de interés institucional y nacional, brindando un servicio de naturaleza pública, relacionado a los aspectos de defensa y seguridad internacional, de acuerdo a lo estipulado en la Convención de Viena sobre Relaciones Diplomáticas y demás normas internacionales que resulten aplicables;

Que, el literal c) del artículo 6 del acotado Reglamento señala que, dentro de los cargos a ocupar por el personal militar, se encuentra el de Auxiliar de la Agregaduría, el cual es desempeñado desde el grado de Técnico de Primera hasta Técnico Superior;


Que, el literal a) del artículo 14 del citado Reglamento, señala que el proceso de selección se inicia con la publicación de la Resolución Suprema, refrendada por la/el Ministra/o de Defensa, que aprueba el número de vacantes y los cargos a desempeñar por el personal militar en las Agregadurías del exterior, para el año siguiente, para lo cual las Instituciones Armadas previamente deberán remitir los mencionados cargos al Ministerio de Defensa;

Que, asimismo, el artículo 15 del Reglamento, dispone el nombramiento del Personal Militar para las Agregadurías en el exterior por un periodo máximo de dos años, vía resolución ministerial;

Que, a través del Oficio Nº 3347 W-c.3, de la Secretaría de la Comandancia General del Ejército del Perú, del Oficio Nº 6404/42 de la Secretaría de la Comandancia General de la Marina de Guerra del Perú y del Oficio NC-35-SGFA-DAPO-Nº 0755, de la Secretaría de la Comandancia General de la Fuerza Aérea del Perú, las Instituciones Armadas remiten al Ministerio de Defensa sus respectivas propuestas de vacantes y cargos a desempeñar por el personal militar en Agregadurías del Exterior; a partir del año 2023 y por un periodo máximo de dos (2) años;

Que, con el Oficio Nº 000011-2022-MINDEF/ VPD-DIGRIN, la Dirección General de Relaciones Internacionales del Viceministerio de Políticas para la Defensa, en atención al Informe Técnico Nº 003-2022-MINDEF/VPD-DIGRIN, y a las propuestas remitidas por las Comandancias Generales de las Instituciones Armadas, remite la propuesta consolidada de vacantes y cargos de Agregadurías a ser desempeñados por Personal Técnico de las Fuerzas Armadas en las Agregadurías de Defensa a las Misiones Diplomáticas del Perú en el exterior;

Que, mediante el Informe Legal Nº 00031-2022-MINDEF/SG-OGAJ, la Oficina General de Asesoría Jurídica considera legalmente viable aprobar, por medio de resolución suprema, las vacantes y cargos de Auxiliar de Agregaduría a ser desempeñados por Personal Técnico de las Fuerzas Armadas en las Agregadurías de Defensa a las Misiones Diplomáticas del Perú en el exterior, conforme al marco normativo sobre la materia;

Estando a lo propuesto, de conformidad con lo dispuesto en el inciso 8 del artículo 118 de la Constitución Política del Perú; y, en concordancia con la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; el Decreto Legislativo Nº 1134, que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa;
el Decreto Legislativo Nº 1144, Decreto Legislativo que regula la Situación Militar de los Supervisores, Técnicos y Suboficiales u Oficiales de Mar de las Fuerzas Armadas; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa, aprobado con Decreto Supremo Nº 006-2016-DE; y, la Resolución Ministerial Nº 0977-2019-DE/SG y modificatorias, que aprueba el Reglamento del Personal Militar de las Fuerzas Armadas nombrado en Agregadurías del Exterior.

SE RESUELVE:



Artículo 1.- Aprobar las vacantes y cargos de Auxiliar de Agregaduría a ser desempeñados por Personal Técnico de las Fuerzas Armadas en las Agregadurías del Exterior, a partir del 1 de marzo de 2023, por un período máximo de dos (2) años, de acuerdo con el siguiente detalle:

MARINA DE GUERRA DEL PERU
1. (01) Auxiliar a la Agregaduría Naval a la Embajada del Perú en la República Federal de Alemania, concurrente en la República de Polonia.

2. (01) Auxiliar a la Agregaduría Naval a la Embajada del Perú en la República de Chile.

3. (01) Auxiliar a la Agregaduría Naval a la Embajada del Perú en la República del Ecuador.

4. (01) Auxiliar a la Agregaduría Naval a la Embajada del Perú en la República Italiana.

4 NORMAS LEGALES Lunes 17 de enero de 2022
El Peruano /
FUERZA AÉREA DEL PERU
5. (01) Auxiliar a la Agregaduría Aérea a la Embajada del Perú en la República de Chile.

6. (01) Auxiliar a la Agregaduría Aérea a la Embajada del Perú en la República del Ecuador.

Artículo 2.- Aprobar las vacantes y cargos de Auxiliar de Agregaduría a ser desempeñados por Personal Técnico de las Fuerzas Armadas, a partir del 1 de julio de 2023, por un período máximo de dos (2)
años, en las Agregadurías de Defensa a las Misiones Diplomáticas del Perú en el exterior, de acuerdo al siguiente detalle:

EJÉRCITO DEL PERU
1. (01) Auxiliar a la Agregaduría Militar a la Embajada del Perú en la República Federal de Alemania.

2. (01) Auxiliar a la Agregaduría Militar a la Embajada del Perú en la República de Chile.

3. (01) Auxiliar a la Agregaduría Militar a la Embajada del Perú en la República del Ecuador.

4. (01) Auxiliar a la Agregaduría Militar a la Embajada del Perú en el Reino de España.

5. (01) Auxiliar a la Agregaduría Militar a la Embajada del Perú en los Estados Unidos de América.

6. (01) Auxiliar a la Agregaduría Militar a la Embajada del Perú en el Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte.

Artículo 3.- Aprobar las vacantes y cargos de Auxiliar de Agregaduría a ser desempeñados por Personal Técnico de las Fuerzas Armadas, a partir del 1 de agosto de 2023, por un período máximo de dos (2)
años, en las Agregadurías de Defensa a las Misiones Diplomáticas del Perú en el exterior, de acuerdo al siguiente detalle:

MARINA DE GUERRA DEL PERU
1. (01) Auxiliar a la Agregaduría de Defensa y Naval a la Embajada del Perú en la Mancomunidad de Australia y concurrente en Nueva Zelanda, Indonesia y la República de Singapur.

2. (01) Auxiliar a la Agregaduría Naval a la Embajada del Perú en la República de Corea del Sur.

3. (01) Auxiliar a la Agregaduría Naval a la Embajada del Perú en el Reino de España.

4. (01) Auxiliar a la Agregaduría Naval a la Embajada del Perú en los Estados Unidos Mexicanos.

Artículo 4.- El gasto que origine el cumplimiento de la presente Resolución Suprema se efectúa con cargo a las partidas presupuestarias de la Institución Armada respectiva, en los ejercicios fiscales correspondientes, de conformidad con la normativa vigente.

Artículo 5.- Disponer que por Resolución Ministerial y por necesidad de servicio, el Ministro de Defensa puede modificar la fecha de inicio y/o término de los cargos señalados en los artículos 1, 2 y 3 de la presente Resolución Suprema.

Artículo 6.- La presente Resolución Suprema es refrendada por el Ministro de Defensa.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

JOSÉ PEDRO CASTILLO TERRONES
Presidente de la República
JUAN MANUEL CARRASCO MILLONES
Ministro de Defensa

NORMA LEGAL:

  • Titulo: RS 004-2022-DE Aprueban las vacantes y cargos de Auxiliar de Agregaduría a ser desempeñados por Personal Técnico de las Fuerzas Armadas en las Agregadurías del Exterior y en las Agregadurías de Defensa a las Misiones Diplomáticas del Perú en el exterior
  • Tipo de norma : RESOLUCIÓN SUPREMA
  • Numero : 004-2022-DE
  • Emitida por : Defensa - Poder Ejecutivo
  • Fecha de emision : 2022-01-17
  • Fecha de aplicacion : 2022-01-18

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