4/23/2022

12 Normas Legales Viernes 22 Abril 2022 El RJ 0113-2022-ANA Defensa

Poder Ejecutivo, Defensa 12 NORMAS LEGALES Viernes 22 de abril de 2022 El Peruano / DESARROLLO AGRARIO Y RIEGO Acreditan a representantes de los miembros que conforman el Consejo de Recursos Hídricos de Cuenca Interregional Mala-Omas-Cañete-Topará RJ 0113-2022-ANA San Isidro, 18 de abril de 2022 VISTO: El Oficio Nº 002-2022-GRL-GRDE emitido por el Gobierno Regional de Lima, los Informes Técnicos Nº 0002 y 0007-2022-ANA-DPDRH/WAPD emitidos por la Dirección de Planificación
Poder Ejecutivo, Defensa
12 NORMAS LEGALES Viernes 22 de abril de 2022 El Peruano / DESARROLLO AGRARIO Y RIEGO Acreditan a representantes de los miembros que conforman el Consejo de Recursos Hídricos de Cuenca Interregional Mala-Omas-Cañete-Topará
RJ 0113-2022-ANA
San Isidro, 18 de abril de 2022
VISTO: El Oficio Nº 002-2022-GRL-GRDE emitido por el Gobierno Regional de Lima, los Informes Técnicos Nº 0002 y 0007-2022-ANA-DPDRH/WAPD emitidos por la Dirección de Planificación y Desarrollo de los Recursos Hídricos, y el Informe Legal Nº 0325-2022-ANA-OAJ
emitido por la Oficina de Asesoría Jurídica; y,

CONSIDERANDO:



Que, de acuerdo al artículo 24º de la Ley Nº 29338, Ley de Recursos Hídricos, los Consejos de Cuenca son órganos de naturaleza permanente integrantes de la Autoridad Nacional del Agua, creados mediante decreto supremo, a iniciativa de los gobiernos regionales, siendo clasificadas en Consejos de Cuenca Regional, cuando el ámbito de la cuenca se localiza íntegramente dentro de un (1) solo gobierno regional, y Consejos de Cuenca Interregional, cuando dentro del ámbito de la cuenca, existen dos (2) o más gobiernos regionales;

Que, el numeral 6 del artículo 26º del Reglamento de la Ley Nº 29338 Ley de Recursos Hídricos, aprobado por Decreto Supremo Nº 001-2010-AG, y modificatorias, señala que el cargo de integrante del Consejo de Recursos Hídricos de Cuenca es honorario, su designación es por un periodo de dos (2) años y en cada sesión tienen derecho a voz y voto;


Que, a través del artículo 31º del Reglamento de la Ley Nº 29338 Ley de Recursos Hídricos, aprobado por Decreto Supremo Nº 001-2010-AG y sus modificatorias, en concordancia con el artículo 50º del Reglamento de Organización y Funciones de la Autoridad Nacional del Agua, aprobado por Decreto Supremo Nº 018-2017-MINAGRI se establecen las funciones de los Consejos de Recursos Hídricos de Cuenca (CRHC), en la gestión integrada y multisectorial conforme a los lineamientos de la Autoridad Nacional del Agua;

Que, mediante Decreto Supremo Nº 020-2021-MIDAGRI se creó el Consejo de Recursos Hídricos de Cuenca Interregional Mala-Omas-Cañete-Topará, como órgano desconcentrado de naturaleza permanente de la Autoridad Nacional del Agua, con el objeto de participar en la planificación, coordinación y concertación del aprovechamiento sostenible de los recursos hídricos de su ámbito, estableciendo que la presidencia del Consejo se ejerce de manera permanente por el Gobierno Regional de Lima, quien solicita la acreditación de representación de los miembros integrantes señalados en el artículo 3º de dicha norma, para la ceremonia de instalación del referido Consejo, conducida por la Autoridad Administrativa del Agua Cañete Fortaleza, previa emisión de la Resolución Jefatural que acredite a sus presentantes;

Que, a través del Oficio de Vistos, el Gobierno Regional de Lima adjunta la documentación que acredita a los representantes de los miembros que integran el Consejo de Recursos Hídricos de Cuenca Interregional Mala-Omas-Cañete-Topará, a fin de que se emita la Resolución Jefatural de acreditación correspondiente, acto administrativo que se constituye en requisito indispensable para que se instale el Consejo de Recursos Hídricos de Cuenca Interregional Mala-Omas-Cañete-Topará;

Que, en ese sentido, la Dirección de Planificación y Desarrollo de los Recursos Hídricos, a través de los Informes Técnicos de Vistos, recomienda la emisión de la Resolución Jefatural que acredite a los representantes de los miembros que integran el Consejo de Recursos Hídricos de Cuenca Interregional Mala-Omas-Cañete-Topará;

Que, la Oficina de Asesoría Jurídica, mediante el informe legal de Vistos, estima legalmente viable emitir el acto administrativo que atienda lo solicitado, en el marco de lo establecido en los artículos 3º y 4º del Decreto Supremo Nº 020-2021-MIDAGRI;

Con el visado de la Dirección de Planificación y Desarrollo de los Recursos Hídricos, de la Oficina de Asesoría Jurídica y de la Gerencia General; y de conformidad con lo dispuesto en el Reglamento de Organización y Funciones de la Autoridad Nacional del Agua, aprobado por Decreto Supremo Nº 018-2017-MINAGRI y el Decreto Supremo Nº 020-2021-MIDAGRI que crea el Consejo de Recursos Hidricos de Cuenca Interregional Mala Omas Cañete Topará;

SE RESUELVE:



Artículo 1º.- Acreditación de Representantes Acreditar a los representantes de los miembros que conforman el Consejo de Recursos Hídricos de Cuenca Interregional Mala-Omas-Cañete-Topará, conforme al siguiente detalle:

Estamentos que componen al Consejo (Art. 3 del D.S. Nº 020-2021-MIDAGRI)
Gobierno Regional de Lima Gobierno Regional de Ica Gobierno Regional Gerente Regional de Desarrollo Económico.

Presidente Gerente Regional de Recursos Naturales y Gestión del Medio Ambiente Autoridad Nacional del Agua Director de Autoridad Administrativa del Agua Cañete Fortaleza Gobiernos Locales Alcalde de la Municipalidad Distrital de Tomas Alcalde de la Municipalidad Distrital de Chavín Usuarios de Agua de Uso Agrario Gerente de la Junta de Usuarios del sector Hidráulico Cañete Presidente de la Comisión de Usuarios del Sub Sector Hidráulico Quebrada Topará Usuarios de Agua de Uso No Agrario Sub Gerente de Gestión Social de Compañía Eléctrica El Platanal S.A. -
CELEPSA
Jefe Corporativo de Asuntos Legales Mineros de Nexa Resources Perú S.A.A.

Usuarios de Agua con fines poblacionales Presidente de la Junta Administrativa (JASS)
Santa María Presidente de la Junta Administrativa (JASS)
Buenavista-Pauna-Topará Colegios Profesionales Presidente del Comité Local Cañete-Yauyos del Colegio de Ingenieros del Perú - CD
Lima Universidades Docente principal de la Facultad de Ciencias Agrarias de la Universidad Nacional de Cañete Comunidades Campesinas Presidente de la Comunidad Campesina Tomas Presidente de la Comunidad Campesina de Chavín Artículo 2º.- Notificación Notificar la presente Resolución a los miembros del Consejo de Recursos Hídricos de Cuenca Interregional Mala-Omas-Cañete-Topará señalados en el artículo precedente, así como a la Dirección de Planificación y Desarrollo de los Recursos Hídricos de la Autoridad Nacional del Agua.

Artículo 3º.- Publicación Disponer la publicación de la presente resolución en el portal electrónico institucional de la entidad: www.gob. pe/ana el mismo día de su publicación en el Diario Oficial El Peruano.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

ALFONSO PABLO HUERTA FERNANDEZ
Jefe Autoridad Nacional del Agua

NORMA LEGAL:

  • Titulo: RJ 0113-2022-ANA 12 NORMAS LEGALES Viernes 22 de abril de 2022 El Peruano / DESARROLLO AGRARIO Y RIEGO Acreditan a representantes de los miembros que conforman el Consejo de Recursos Hídricos de Cuenca Interregional Mala-Omas-Cañete-Topará
  • Tipo de norma : RESOLUCIÓN JEFATURAL
  • Numero : 0113-2022-ANA
  • Emitida por : Defensa - Poder Ejecutivo
  • Fecha de emision : 2022-04-22
  • Fecha de aplicacion : 2022-04-23

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