5/07/2022

Plan Multisectorial Ante Heladas Friaje DS 047-2022-PCM PCM

Poder Ejecutivo, Presidencia del Consejo de Ministros Decreto Supremo que aprueba el "Plan Multisectorial ante Heladas y Friaje 2022-2024" DS 047-2022-PCM EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, según lo dispuesto en el literal a) del artículo 9 y el literal d) del artículo 10 de la Ley Nº 29664, Ley que crea el Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres (SINAGERD), la Presidencia del Consejo de Ministros asume la función de ente rector del
Poder Ejecutivo, Presidencia del Consejo de Ministros
Decreto Supremo que aprueba el "Plan Multisectorial ante Heladas y Friaje 2022-2024"
DS 047-2022-PCM
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

CONSIDERANDO:



Que, según lo dispuesto en el literal a) del artículo 9 y el literal d) del artículo 10 de la Ley Nº 29664, Ley que crea el Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres (SINAGERD), la Presidencia del Consejo de Ministros asume la función de ente rector del Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres, y tiene como atribución integrar los esfuerzos públicos, privados y comunitarios para garantizar un manejo oportuno y eficiente de todos los recursos humanos, técnicos, administrativos y económicos que sean indispensables para los procesos;

Que, mediante el Decreto Supremo Nº 015-2019-PCM, se aprueba el "Plan Multisectorial ante Heladas y Friaje 2019-2021", para la articulación multisectorial de intervenciones del Gobierno Nacional en los centros poblados y distritos focalizados ante heladas y friaje;
siendo actualizado al año 2020 mediante el Decreto Supremo Nº 104-2020-PCM;

Que, la Política Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres al 2050, aprobada por el Decreto Supremo Nº 038-2021-PCM, establece como Objetivo Prioritario 3 (OP3), mejorar la implementación articulada de la gestión del riesgo de desastres en el territorio;


Que, el artículo 9 del Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros, aprobado por la Resolución Ministerial Nº 156-2021-PCM, dispone que el Despacho Viceministerial de Gobernanza Territorial es el órgano de Alta Dirección a cargo de el/la Viceministro/a de Gobernanza Territorial, quien es la autoridad inmediata a el/la Presidente/a del Consejo de Ministros responsable de la materia de gestión del riesgo de desastres, entre otras;

Que, mediante la Resolución de Secretaría General Nº 027-2019-PCM/SG, se conforma la Unidad Funcional de Ordenamiento Territorial y Gestión del Riesgo de Desastres del Despacho Viceministerial de Gobernanza Territorial de la Presidencia del Consejo de Ministros, la cual tiene entre sus funciones elaborar y proponer normas, planes, lineamientos, protocolos y demás disposiciones e instrumentos en materia de ordenamiento territorial y gestión del riesgo de desastres; así como realizar el seguimiento a la implementación y funcionamiento del
Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres, en el marco del ejercicio de la rectoría;

Que, conforme a lo indicado en el Informe Nº D000003-2022-PCM-UF-OTGRD-CAP y el Informe Nº D000004-2022-PCM-UF-OTGRD-CAP de la Unidad Funcional de Ordenamiento T erritorial y Gestión del Riesgo de Desastres, en determinadas épocas del año, varios departamentos de las zonas altoandinas y de la selva de nuestro país, sufren efectos negativos y daños a la vida, salud, actividad agrícola y ganadera e infraestructura, producidos por la ocurrencia de bajas temperaturas (heladas y friaje), lo cual ocasiona que la población que habita en dichas zonas se encuentre en situación de alta vulnerabilidad, sea por su condición social (pobreza y pobreza extrema), por su grupo etario (niños, niñas, adultos mayores, etc.) y sobre todo por su ubicación territorial;

Que, en ese sentido, a fin de dar continuidad a las intervenciones priorizadas en el "Plan Multisectorial ante Heladas y Friaje 2019-2021", el Despacho Viceministerial de Gobernanza Territorial de la Presidencia del Consejo de Ministros, a través de la Unidad Funcional de Ordenamiento Territorial y Gestión del Riesgo de Desastres, con la participación de las entidades públicas involucradas, propone la aprobación del "Plan Multisectorial ante Heladas y Friaje 2022-2024", que considera como ámbito para la ejecución de las intervenciones a un total de 9,580 centros poblados, ubicados en 553 distritos del país, de los cuales 6,787 centros poblados en 436 distritos, de 96 provincias se encuentran expuestos a Heladas; y, 2,793 centros poblados en 117 distritos, de 36 provincias, a friaje;

Que, las entidades públicas involucradas en la ejecución del "Plan Multisectorial ante Heladas y Friaje 2022-2024", programan recursos en sus respectivos presupuestos institucionales, para implementar las intervenciones a su cargo;

Que, en atención a lo expuesto, resulta necesario aprobar el "Plan Multisectorial ante Heladas y Friaje 2022-2024";

De conformidad con la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 31365, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2022; la Ley Nº 29664, Ley que crea el Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres (SINAGERD), y su Reglamento aprobado por el Decreto Supremo Nº 048-2011-PCM; la Política Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres al 2050, aprobada por el Decreto Supremo Nº 038-2021-PCM;
y, el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros, aprobado por la Resolución Ministerial Nº156-2021-PCM;

DECRETA:



Artículo 1.- Aprobación del Plan Multisectorial ante Heladas y Friaje 2022-2024.

Apruébese el "Plan Multisectorial ante Heladas y Friaje 2022-2024", para la articulación multisectorial de intervenciones del Gobierno Nacional en los centros poblados y distritos focalizados ante heladas y friaje, el mismo que, como Anexo, forma parte integrante del presente Decreto Supremo.

Artículo 2.- Ejecución y cumplimiento Dispóngase que los Ministerios y los Organismos Públicos, en el ámbito de sus competencias, ejecuten las medidas necesarias para la implementación del "Plan Multisectorial ante Heladas y Friaje 2022-2024", y velen por su cumplimiento.

Artículo 3.- Financiamiento La implementación de las medidas y acciones efectuadas en el marco de lo dispuesto en el presente Decreto Supremo, se financia con cargo a la disponibilidad presupuestal de los pliegos involucrados, conforme a sus presupuestos institucionales, y sin demandar recursos adicionales al Tesoro Público.

Artículo 4.- Seguimiento Encárguese al Despacho Viceministerial de Gobernanza Territorial de la Presidencia del Consejo de Ministros, a través de la Unidad Funcional de Ordenamiento Territorial y Gestión del Riesgo de Desastres, el seguimiento al cumplimiento del "Plan Multisectorial ante Heladas y Friaje 2022-2024".

Artículo 5.- Informe al Consejo de Ministros El Despacho Viceministerial de Gobernanza Territorial de la Presidencia del Consejo de Ministros informa semestralmente al Consejo de Ministros sobre los avances en el cumplimiento del "Plan Multisectorial ante Heladas y Friaje 2022-2024".

Artículo 6.- Publicación Publíquese el presente Decreto Supremo y su Anexo, en la Plataforma Digital Única del Estado Peruano para Orientación al Ciudadano (www.gob.pe) y en las sedes digitales de la Presidencia del Consejo de Ministros (www.gob.pe/pcm), y de los Ministerios cuyos titulares lo refrendan, el mismo día de su publicación en el Diario Oficial El Peruano.

Artículo 7.- Refrendo El presente Decreto Supremo es refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros, el Ministro de Salud, la Ministra de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, el Ministro de Desarrollo Agrario y Riego, el Ministro de Educación, el Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento, el Ministro de Transportes y Comunicaciones, el Ministro de Energía y Minas, el Ministro del Interior, el Ministro de Defensa, el Ministro del Ambiente y la Ministra de Desarrollo e Inclusión Social.

NORMA LEGAL:

  • Titulo: DS 047-2022-PCM que aprueba el "Plan Multisectorial ante Heladas y Friaje 2022-2024"
  • Tipo de norma : DECRETO SUPREMO
  • Numero : 047-2022-PCM
  • Emitida por : Presidencia del Consejo de Ministros - Poder Ejecutivo
  • Fecha de emision : 2022-05-06
  • Fecha de aplicacion : 2022-05-07

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