5/01/2022

Transferencia Partidas Favor Diversas DS 084-2022-EF Economia y Finanzas

Poder Ejecutivo, Economia y Finanzas Autorizan Transferencia de Partidas a favor de diversas Universidades Públicas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2022 DS 084-2022-EF EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, el numeral 58.1 del artículo 58 de la Ley Nº 31365, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2022, autoriza al Ministerio de Educación, durante el Año Fiscal 2022, con cargo a los recursos de su presupuesto
Poder Ejecutivo, Economia y Finanzas
Autorizan Transferencia de Partidas a favor de diversas Universidades Públicas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2022
DS 084-2022-EF
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

CONSIDERANDO:



Que, el numeral 58.1 del artículo 58 de la Ley Nº 31365, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2022, autoriza al Ministerio de Educación, durante el Año Fiscal 2022, con cargo a los recursos de su presupuesto institucional y sin demandar recursos adicionales al Tesoro Público, para efectuar modificaciones presupuestarias en el nivel institucional a favor de diversas universidades públicas que cuenten con licencia institucional, hasta por el monto de S/ 64 573
637,00 (SESENTA Y CUATRO MILLONES QUINIENTOS
SETENTA Y TRES MIL SEISCIENTOS TREINTA Y SIETE
Y 00/100 SOLES), para financiar inversiones y actividades académicas relacionadas al fomento e incremento de la oferta en el nivel académico de pregrado; de acuerdo a las disposiciones que para tal efecto apruebe el Ministerio de Educación mediante resolución del Viceministerio de Gestión Pedagógica, dentro de los sesenta (60) días calendario siguientes a la publicación de la mencionada Ley;

Que, asimismo, el numeral 58.2 del artículo 58 de la Ley Nº 31365, establece que las modificaciones presupuestarias en el nivel institucional autorizadas por numeral 58.1 del citado artículo, se aprueban mediante Decreto Supremo refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas y el Ministro de Educación, a propuesta de este último, el cual se publica hasta el 30 de abril de 2022;


Que, mediante Resolución Viceministerial Nº 014-2022-MINEDU de fecha 28 de enero de 2022, se aprueba el documento normativo denominado "Disposiciones que regulan el financiamiento del fomento e incremento de la oferta académica de pregrado en universidades públicas para la reducción de brechas en el acceso equitativo y la continuidad de estudios";

Que, mediante el Oficio Nº 00225-2022-MINEDU/DM, el Ministerio de Educación solicita una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2022, con cargo a los recursos de su presupuesto institucional, a favor de diversas Universidades Públicas, para financiar inversiones y actividades académicas relacionadas al fomento e incremento de la oferta en el nivel académico de pregrado, de conformidad con el artículo 58 de la Ley Nº 31365, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2022 y de acuerdo a las disposiciones establecidas en el documento normativo denominado "Disposiciones que regulan el financiamiento del fomento e incremento de la oferta académica de pregrado en universidades públicas para la reducción de brechas en el acceso equitativo y la continuidad de estudios"; aprobado con Resolución Viceministerial Nº 014-2022-MINEDU y modificatoria; adjuntando, para dicho efecto, el Informe Nº 00563-2022-MINEDU/SPE-OPEP-UPP de la Unidad de Planificación y Presupuesto de la Oficina de Planificación Estratégica y Presupuesto de la Secretaría de Planificación Estratégica del citado Ministerio, con los respectivos sustentos; así como el Oficio Nº 00285-2022-MINEDU/SPE-OPEP de la citada Oficina, que adjunta el Informe Nº 00637-2022-MINEDU/ SPE-OPEP-UPP, con información complementaria;

Que, mediante Memorando Nº 0922-2022-EF/53.04 la Dirección General de Gestión Fiscal de los Recursos Humanos del Ministerio de Economía y Finanzas, en estricta sujeción a la información remitida por el MINEDU, señala que el costo estimado para financiar 487 personal docente contratado por el periodo de siete (07) meses asciende a la suma de
S/ 7 300 416,00 (SIETE MILLONES TRESCIENTOS
MIL CUATROCIENTOS DIECISÉIS Y 00/100 SOLES), concerniente al fomento e incremento de la oferta en el nivel académico de pregrado de las Universidades Públicas, de conformidad con lo establecido en el artículo 58 de la Ley Nº 31365;

Que, asimismo, mediante Memorando Nº 0143-2022-EF/63.04, que adjunta el Informe Nº 0130-2022-EF/63.04, la Dirección General de Programación Multianual de Inversiones del Ministerio de Economía y Finanzas señala que las inversiones cumplen con las disposiciones establecidas por el Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones respecto a los criterios de vigencia, no duplicación, ni fraccionamiento;
asimismo, se encuentran en la fase de Ejecución;

Que, en consecuencia, corresponde autorizar una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2022, hasta por la suma de S/ 62 589 395,00 (SESENTA Y DOS MILLONES
QUINIENTOS OCHENTA Y NUEVE MIL TRESCIENTOS
NOVENTA Y CINCO Y 00/100 SOLES), a favor de diversas Universidades Públicas, para financiar lo señalado en los considerandos precedentes;

De conformidad con lo establecido en el artículo 58 de la Ley Nº 31365, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2022;

DECRETA:



Artículo 1. Objeto 1.1 Autorízase una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2022, hasta por la suma de S/ 62 589 395,00 (SESENTA Y
DOS MILLONES QUINIENTOS OCHENTA Y NUEVE MIL
TRESCIENTOS NOVENTA Y CINCO Y 00/100 SOLES), a favor de diversas Universidades Públicas, para financiar inversiones y actividades académicas relacionadas al fomento e incremento de la oferta en el nivel académico de pregrado, de conformidad con el artículo 58 de la Ley Nº 31365, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2022, con cargo a los recursos del presupuesto institucional del Ministerio de Educación, de acuerdo al siguiente detalle:

4 NORMAS LEGALES Sábado 30 de abril de 2022
El Peruano / DE LA: En Soles SECCIÓN PRIMERA : Gobierno Central PLIEGO 010 : Ministerio de Educación UNIDAD EJECUTORA 026 : Programa Educación Básica para Todos CATEGORÍA PRESUPUESTARIA 9002 : Asignaciones Presupuestarias que No Resultan en Productos ACTIVIDAD 5001254 : Transferencia de recursos para la ejecución de actividades FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios
GASTO CORRIENTE
2.4 Donaciones y Transferencias 31 993 086,00
GASTO DE CAPITAL
2.4 Donaciones y Transferencias 30 596 309,00
============
TOTAL EGRESOS 62 589 395,00
============
A LA: En Soles SECCIÓN PRIMERA : Gobierno Central PLIEGOS : Universidades Públicas PROGRAMA PRESUPUESTAL 0066 : Formación Universitaria de Pregrado FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios
GASTO CORRIENTE
2.1 Personal y Obligaciones Sociales 7 300 416,00
2.3 Bienes y Servicios 23 826 304,00
GASTO DE CAPITAL
2.6 Adquisición de Activos no financieros 30 596 309,00
CATEGORIA PRESUPUESTARIA 9002 : Asignaciones Presupuestarias que no Resultan en Productos ACTIVIDAD 5001276 : Unidades de Enseñanza y Producción FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios
GASTO CORRIENTE
2.3 Bienes y Servicios 866 366,00
===========
TOTAL EGRESOS 62 589 395,00
===========
1.2 Los pliegos habilitados en el numeral 1.1 del presente artículo y los montos de los recursos autorizados en la Transferencia de Partidas por pliego, se detallan en el Anexo Nº 1 "Transferencia de recursos para financiar el mecanismo denominado Disposiciones que regulan el financiamiento del fomento e incremento de la oferta académica de pregrado en universidades públicas para la reducción de brechas en el acceso equitativo y la continuidad de estudios" y en el Anexo Nº 2 "Transferencia de recursos para financiar el mecanismo denominado Disposiciones que regulan el financiamiento del fomento e incremento de la oferta académica de pregrado en universidades públicas para la reducción de brechas en el acceso equitativo y la continuidad de estudios - Inversiones"; que forman parte integrante del presente Decreto Supremo, los cuales se publican en las sedes digitales del Ministerio de Economía y Finanzas (www. gob.pe/mef) y del Ministerio de Educación (www.gob.pe/ minedu), en la misma fecha de publicación de la presente norma en el Diario Oficial El Peruano.

Artículo 2. Procedimiento para la Aprobación Institucional 2.1 El Titular del Pliego habilitador y de los Pliegos habilitados en la presente Transferencia de Partidas, aprueban mediante Resolución, la desagregación de los recursos autorizados en el numeral 1.1 del artículo 1 del presente Decreto Supremo, a nivel programático, dentro de los cinco (05) días calendario de la vigencia del presente dispositivo legal. Copia de la Resolución se remite dentro de los cinco (05) días calendario de aprobada a los organismos señalados en el numeral 31.4 del artículo 31 del Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público.

2.2 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en los Pliegos involucrados, solicita a la Dirección General de Presupuesto Público las codificaciones que se requieran como consecuencia de la incorporación de nuevas Partidas de Ingresos, Finalidades y Unidades de Medida.

2.3 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces de los Pliegos involucrados, instruye a las Unidades Ejecutoras para que elaboren las correspondientes "Notas para la Modificación Presupuestaria" que se requieran como consecuencia de lo dispuesto en la presente norma.

Artículo 3. Limitación al uso de los recursos Los recursos de la Transferencia de Partidas a que hace referencia el numeral 1.1 del artículo 1 del presente Decreto Supremo no pueden ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos.

Artículo 4. Refrendo El presente Decreto Supremo es refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas y por el Ministro de Educación.

Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los treinta días del mes de abril del año dos mil veintidós.

JOSÉ PEDRO CASTILLO TERRONES
Presidente de la República
OSCAR GRAHAM YAMAHUCHI
Ministro de Economía y Finanzas
ROSENDO LEONCIO SERNA ROMÁN
Ministro de Educación

NORMA LEGAL:

  • Titulo: DS 084-2022-EF Autorizan Transferencia de Partidas a favor de diversas Universidades Públicas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2022
  • Tipo de norma : DECRETO SUPREMO
  • Numero : 084-2022-EF
  • Emitida por : Economia y Finanzas - Poder Ejecutivo
  • Fecha de emision : 2022-04-30
  • Fecha de aplicacion : 2022-05-01

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