7/22/2022

Resolución Directoral Nacional 735/inc Mediante RV Cultura

Poder Ejecutivo, Cultura Modifican la Resolución Directoral Nacional Nº 735/INC, mediante la cual se declara Patrimonio Cultural de la Nación a los conocimientos, técnicas y prácticas asociadas a la interpretación del clarín y la caja cajamarquinos RV 000144-2022-VMPCIC/MC San Borja, 1 de julio de 2022 VISTOS; los Memorandos Nº 000668-2022-DGPC/ MC y Nº 000735-2022-DGPC/MC de la Dirección General de Patrimonio Cultural; el Informe Nº 000400-2022-DPI/MC
Poder Ejecutivo, Cultura
Modifican la Resolución Directoral Nacional Nº 735/INC, mediante la cual se declara Patrimonio Cultural de la Nación a los conocimientos, técnicas y prácticas asociadas a la interpretación del clarín y la caja cajamarquinos
RV 000144-2022-VMPCIC/MC
San Borja, 1 de julio de 2022
VISTOS; los Memorandos Nº 000668-2022-DGPC/ MC y Nº 000735-2022-DGPC/MC de la Dirección General de Patrimonio Cultural; el Informe Nº 000400-2022-DPI/MC de la Dirección de Patrimonio Inmaterial; el Informe Nº 000024-2022-DDC CAJ/MC de la Dirección Desconcentrada de Cultura de Cajamarca; la Hoja de Elevación Nº 000352-2022-OGAJ/MC de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,

CONSIDERANDO:



Que, a través de la Resolución Directoral Nacional Nº 735/INC de fecha 12 de junio de 2008, se declara Patrimonio Cultural de la Nación al clarín como instrumento musical cajamarquino que constituye un elemento significativo en la construcción de la identidad cajamarquina, contribuyendo, a su vez, con la identidad nacional;

Que, con carta de fecha 23 de mayo de 2022, el señor Netito Tucto Limay, quien manifiesta actuar en calidad de Presidente de la Confederación de Cajeros y Clarineros Cajamarca - Perú, solicita la rectificación de la Resolución Directoral Nacional Nº 735-INC, para lo cual, adjunta el acta de fecha 15 de mayo de 2022, en la que se hace referencia que la rectificación tiene sustento en el hecho que el clarín, la caja y la fl auta constituyen una unidad sonora indisoluble (la caja incluye a la fl auta pues es una sola persona quien ejecuta ambos instrumentos simultáneamente);

Que, mediante el Informe Nº 000024-2022-DDC CAJ/MC, la Dirección Desconcentrada de Cultura de Cajamarca, traslada el Informe Nº 000002-2022-SDDPCICI DDC CAJ-JLP/MC y el documento denominado Clarín, Caja y Flauta Cajamarquinos como unidad sonora indisoluble, concordando con lo señalado en el considerando anterior, toda vez, según indica, aquello permitirá una mayor valoración de este símbolo de identidad cajamarquino;

Que, mediante el Memorando Nº 000668-2022-DGPC/MC, la Dirección General de Patrimonio Cultural remite el Informe Nº 000400-2022-DPI/MC, emitido por la Dirección de Patrimonio Inmaterial, en el cual considera pertinente atender la solicitud citada, de tal manera que la denominación de la manifestación cultural contemplada en la parte resolutiva de la Resolución Directoral Nacional Nº 735/INC refl eje mejor la totalidad de sus elementos constitutivos, y contribuya a los esfuerzos de salvaguardia que la comunidad de portadores de la expresión viene conduciendo en torno de la misma;

Que, en dicho sentido, la Dirección de Patrimonio Inmaterial, en relación al uso del clarín, la caja y la fl auta como parte de una práctica musical de carácter colectivo que se sitúa en contextos festivo rituales, tanto rurales como urbanos, y que configura una dinámica performativa a dúo que es reconocida por las comunidades de portadores, resalta los siguientes argumentos expuestos en el documento que se acompañó con el Informe Nº 000002-2022-SDDPCICI DDC CAJ-JLP/MC:
"El clarín cajamarquino, acompañado por la caja (o tambor) y la fl auta (o quena) conforman un elemento representativo de la cultura de Cajamarca y es muestra de la identidad, iconografía e historia de esta ciudad.

El clarín fue declarado como Patrimonio Cultural de la Nación en el año 2008 (Resolución Directoral 735-INC-12-06-2008), pero al ser un conjunto musical compuesto por tres instrumentos tocados por dos personas (una toca el clarín y la otra la caja y fl auta), debe entenderse como una unidad sonora.

Estos tres importantes instrumentos tradicionales y distintivos de Cajamarca se complementan y forman parte de una de las postales típicas del folklore local.

Su ejecución está presente tanto en las festividades y celebraciones religiosas, comunitarias, como en los trascendentales momentos de trabajo comunal. El clarinero y el cajero (que debemos entender como la persona que toca la caja y la fl auta) desarrollan un vínculo y una relación muy estrecha con su instrumento y una manera de vivir y representar la música en el núcleo familiar y comunal. (...)
En ese marco, los tres elementos: clarín, caja y fl auta, deben entenderse como un conjunto, que forman una unidad melódica pero, al mismo tiempo, una unidad simbólica de una manifestación y saber cultural ancestral cajamarquino.

Según el Sr. Segundo Malimba Chugnas, maestro portador; el clarín, la caja y la fl auta conforman lo que tradicionalmente se denomina como "el dúo": el bajo y el alto. De la misma forma, de acuerdo al oído de los músicos, se van construyendo las melodías, las cuales, según sea el caso, son de tristeza o alegría. Las personas, al compás del dúo cantan, bailan, lloran.

El clarín y la caja, a través de su fabricación y ejecución actual, nos permiten vislumbrar valiosos conocimientos
y técnicas que fueron transmitidas y enriquecidas por generaciones y que son resguardadas en la memoria colectiva de sus comunidades portadoras.

La práctica musical del clarín cajamarquino, en conjunción con la caja, evidencia procesos de creación y recreación en contextos tradicionales y contemporáneos.

Por una parte, a través de distintos repertorios musicales que acompañan desde faenas agrícolas y celebraciones asociadas al ganado, hasta fiestas religiosas y patronales.

Por otra parte, su práctica en el acompañamiento de danzas tradicionales, ferias y concursos, evidencian su versatilidad e ingreso a contextos actuales y urbanos.

De este modo, se presenta como un elemento dinámico que fortalece la identidad regional, constituyendo parte sustancial de la memoria sonora que tienen las comunidades a través de dichas actividades."
Que, la Dirección de Patrimonio Inmaterial, señala, además, que puede apreciarse un mayor énfasis en la interpretación simultánea de múltiples instrumentos musicales, en tanto representativa de dinámicas performativas colectivas, antes que en el uso individual de instrumentos musicales específicos. En dicho sentido, menciona que la ejecución simultánea de un instrumento de percusión y uno de viento por un mismo intérprete es una práctica recurrente en el ámbito andino, como se observa en el caso de los denominados cajeros en Huánuco, pitureros en Huancavelica, y roncadoras o chirocos en Áncash;

Que, el órgano técnico, agrega también que, no obstante, la ejecución combinada de tres instrumentos diferentes por parte de dos ejecutantes configura una dinámica performativa distintiva que, además del caso de la cajita cutervina, tiene en el dúo compuesto por el clarinero y el cajero cajamarquinos una instancia adicional reconocida por sus portadores como una práctica musical de carácter colectivo y no disociable. Por tanto, resulta pertinente poner en evidencia este aspecto inherente a la ejecución colectiva del clarín, la caja y la fl auta;

Que, de los argumentos expuestos en el Informe Nº 000400-2022-DPI/MC, como aquellos aportados en el Informe Nº 000002-2022-SDDPCICI DDC CAJ-JLP/MC, se sustenta la modificación de la Resolución Directoral Nacional Nº 735/INC a fin que refl eje mejor la totalidad de sus elementos constitutivos, y contribuya a los esfuerzos de salvaguardia que la comunidad de portadores de la expresión viene conduciendo en torno de la misma, tal como lo ha precisado la Dirección de Patrimonio Inmaterial;

Que, estando a lo señalado, se advierte la existencia de argumentos de sustento no para rectificar la Resolución Directoral Nacional Nº 735/INC, sino para modificar aquella a fin que la denominación de la manifestación cultural refl eje la totalidad de sus elementos constitutivos como se indica en el Informe Nº 000400-2022-DPI/MC;

Que, en efecto, de la lectura de la parte considerativa de la Resolución Directoral Nacional Nº 735/INC, se advierte en su análisis referencias a la caja, cuando se señala, por ejemplo, que el clarinero suele aparecer acompañado de un cajero o ejecutante de caja o tambor, combinación usual en Cajamarca, que constituye una de las imágenes típicas del folklore cajamarquino, de lo cual se colige que en la evaluación inicial de la declaración como Patrimonio Cultural de la Nación, se consideró este elemento, resaltando su relación con la manifestación cultural, lo que aunado a los argumentos contenidos en el Informe Nº 000400-2022-DPI/MC y en el Informe Nº 000002-2022-SDDPCICI DDC CAJ-JLP/MC, sustentan la modificación de la Resolución Directoral Nacional Nº 735/
INC;

Que, conforme a lo indicado en el párrafo anterior, los argumentos que se exponen en la presente resolución deben ser considerados como sustento que refuerza la declaración contenida en la Resolución Directoral Nacional Nº 735/INC, dado que analizan el carácter de la relación descrita entre los instrumentos que constituyen parte del folklore cajamarquino;

Que, por último, se debe precisar, por el carácter eminentemente técnico del sustento de la presente resolución, que los informes citados constituyen parte integrante de aquella, conforme a lo dispuesto en el artículo 6 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS;

Con las visaciones de la Dirección General de Patrimonio Cultural, de la Dirección de Patrimonio Inmaterial, de la Dirección Desconcentrada de Cultura de Cajamarca y, de la Oficina General de Asesoría Jurídica;

De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura y modificatoria; y el Decreto Supremo Nº 005-2013-MC, Decreto Supremo que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Cultura;

SE RESUELVE:



Artículo 1.- Modificar el artículo único de la Resolución Directoral Nacional Nº 735/INC de fecha 12 de junio de 2008, el cual queda redactado de la siguiente manera:
"Artículo Único.- Declarar Patrimonio Cultural de la Nación a los Conocimientos, técnicas y prácticas asociadas a la interpretación del clarín y la caja cajamarquinos, por configurar una compleja dinámica performativa que conjuga la ejecución simultánea de tres instrumentos musicales (clarín, caja y fl auta) por parte de dos intérpretes, clarinero y cajero, acompañando desde faenas agrícolas y rituales asociados al ganado hasta contextos de carácter festivo religioso en ámbitos rurales y urbanos, constituyendo en ese sentido un elemento fundamental para la identidad musical del pueblo cajamarquino y de la Nación en su conjunto."
Artículo 2.- Disponer que los argumentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución refuerzan aquellos contenidos en la Resolución Directoral Nacional Nº 735/INC.

Artículo 3.- Notificar la presente resolución a la Confederación de Cajeros y Clarineros Cajamarca - Perú y a la Dirección Desconcentrada de Cultura de Cajamarca, para los fines consiguientes.

Artículo 4.- Disponer la publicación de la presente resolución en el diario oficial "El Peruano", así como su difusión en la sede digital del Ministerio de Cultura (www. gob.pe/cultura) conjuntamente con el Informe Nº 000400-2022-DPI/MC.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

JANIE MARILE GOMEZ GUERRERO
Viceministra de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales

NORMA LEGAL:

  • Titulo: RV 000144-2022-VMPCIC/MC Modifican la Resolución Directoral Nacional Nº 735/INC, mediante la cual se declara Patrimonio Cultural de la Nación a los conocimientos, técnicas y prácticas asociadas a la interpretación del clarín y la caja cajamarquinos
  • Tipo de norma : RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL
  • Numero : 000144-2022-VMPCIC/MC
  • Emitida por : Cultura - Poder Ejecutivo
  • Fecha de emision : 2022-07-06
  • Fecha de aplicacion : 2022-07-07

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