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Transferencias Financieras Con Cargo Presupuesto RM 00257-2022-PRODUCE Produce
7/27/2022
Transferencias Financieras Con Cargo Presupuesto RM 00257-2022-PRODUCE Produce
Poder Ejecutivo, Produce Aprueban transferencias financieras con cargo al presupuesto del Programa Nacional de Innovación para la Competitividad y Productividad, a favor de la Universidad Nacional de Moquegua y la Universidad Nacional Autónoma de Chota RM 00257-2022-PRODUCE Lima, 27 de julio de 2022 VISTO: El Oficio Nº 287-2022-PRODUCE/ PROINNÓVATE.DE y el Informe Nº 080-2022-PRODUCE/ PROINNÓVATE.UPP del Programa Nacional de Desarrollo Tecnológico e Innovación - PROINNOVATE; el Informe Nº 00000190-2022-PRODUCE/OP de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización; el Memorando…
Aprueban transferencias financieras con cargo al presupuesto del Programa Nacional de Innovación para la Competitividad y Productividad, a favor de la Universidad Nacional de Moquegua y la Universidad Nacional Autónoma de Chota
RM 00257-2022-PRODUCE
Lima, 27 de julio de 2022
VISTO: El Oficio Nº 287-2022-PRODUCE/ PROINNÓVATE.DE y el Informe Nº 080-2022-PRODUCE/ PROINNÓVATE.UPP del Programa Nacional de Desarrollo Tecnológico e Innovación - PROINNOVATE; el Informe Nº 00000190-2022-PRODUCE/OP de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización;
el Memorando Nº 00000846-2022-PRODUCE/DVMYPE-I del Despacho Viceministerial de MYPE e Industria; y el Informe Nº 00000874-2022--PRODUCE/OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,
CONSIDERANDO:
publicado en el diario oficial El Peruano el 18 de agosto de 2016, se aprueba la operación de endeudamiento externo a ser acordada entre la República del Perú y el Banco Interamericano de Desarrollo - BID, hasta por la suma de US$ 40 000 000,00 (CUARENTA MILLONES y 00/100 DÓLARES AMERICANOS), destinada a financiar parcialmente el proyecto "Mejoramiento de los Niveles de Innovación Productiva a Nivel Nacional";
Que, con fecha 22 de agosto del 2016, se suscribe el Contrato de Préstamo Nº 3700/OC-PE entre la República del Perú y el Banco Interamericano de Desarrollo - BID, en el cual se establecen los términos para la ejecución del préstamo para el proyecto "Mejoramiento de los Niveles de Innovación Productiva a Nivel Nacional";
Que, el artículo 69 de la Ley Nº 31365, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2022, dispone que con la finalidad de contribuir al incremento de la productividad, a través del impulso al desarrollo productivo y del emprendimiento y la innovación, se autoriza, durante el Año Fiscal 2022, al Ministerio de la Producción, a través del Programa Nacional de Desarrollo Tecnológico e Innovación (PROINNOVATE), entre otros, a efectuar transferencias financieras a favor de entidades públicas del Gobierno Nacional, gobiernos regionales y gobiernos locales; señalando además, que las transferencias financieras antes mencionadas se aprueban mediante resolución del titular del pliego Ministerio de la Producción, previa suscripción de convenio o contrato de recursos no reembolsables, según corresponda, y requiriéndose el informe favorable previo de su oficina de presupuesto o la que haga sus veces, siendo que dicha resolución del titular del pliego se publica en el diario oficial El Peruano.
Que, el numeral 18.1 del artículo 18 de la Directiva Nº 0002-2021-EF-50.01, "Directiva para la Ejecución Presupuestaria", aprobada por Resolución Directoral Nº 0022-2021-EF-50.01, establece que el Pliego autorizado
para ejecutar recursos mediante transferencias financieras en el marco de las disposiciones legales vigentes, debe efectuar el registro, cuando la ejecución corresponda a gastos de capital, en una actividad y en la partida de gasto 2.4.2 Donaciones y Transferencias de Capital;
Que, mediante el Oficio Nº 287-2022-PRODUCE/ PROINNÓVATE.DE, la Dirección Ejecutiva del Programa Nacional de Desarrollo Tecnológico e Innovación -
PROINNOVATE comunica y sustenta la necesidad de autorizar transferencias financieras a favor de dos (2)
entidades públicas: la Universidad Nacional de Moquegua y la Universidad Nacional Autónoma de Chota, con cargo al presupuesto institucional 2022, de la Unidad Ejecutora 004, hasta por la suma total de S/ 649,792.64 (SEISCIENTOS
CUARENTA Y NUEVE MIL SETECIENTOS NOVENTA Y
DOS Y 64/100 SOLES) en la fuente de financiamiento: 3.
Recursos por Operaciones Oficiales de Crédito, destinados a cofinanciar los desembolsos a dos (02) proyectos de Fortalecimiento de Incubadoras y Aceleradoras de Negocios - IAN, en el marco del Contrato de Préstamo Nº 3700/OC-PE "Mejoramiento de los Niveles de Innovación Productiva a Nivel Nacional", respecto de los cuales, el Programa Nacional de Desarrollo Tecnológico e Innovación - PROINNOVATE
suscribió los Convenios de Adjudicación de Recursos No Reembolsables, con la Universidad Nacional de Moquegua y la Universidad Nacional Autónoma de Chota;
Que, mediante el Informe Nº 00000190-2022-PRODUCE/ OP, la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización comunica que ha verificado que el PROINNOVATE cuenta con los recursos en su Presupuesto Institucional Modificado (PIM), en la Actividad 5000444.
"Apoyo a la Investigación y Desarrollo para la Competitividad", partida de gasto 2.4.2 Donaciones y Transferencias de Capital, para financiar la propuesta de Resolución Ministerial que autoriza efectuar las transferencias financieras a favor de dos (02) Entidades Públicas, a la Universidad Nacional de Moquegua por la suma de S/ 249 900,00 (DOSCIENTOS
CUARENTA Y NUEVE MIL NOVECIENTOS Y 00/100
SOLES); y, a la Universidad Nacional Autónoma de Chota, por la suma de S/ 399 892,64 (TRESCIENTOS NOVENTA
Y NUEVE MIL OCHOCIENTOS NOVENTA Y DOS Y
64/100 SOLES), transfiriendo hasta por la suma total de S/ 649 792,64 (SEISCIENTOS CUARENTA Y NUEVE MIL
SETECIENTOS NOVENTA Y DOS Y 64/100 SOLES), destinados a cofinanciar los desembolsos a dos (02)
proyectos de Fortalecimiento de Incubadoras y Aceleradoras de Negocios - IAN, en el marco del Contrato de Préstamo Nº 3700/OC-PE "Mejoramiento de los Niveles de Innovación Productiva a Nivel Nacional", lo dispuesto en el artículo 69 de la Ley Nº 31365, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2022 y lo señalado en el numeral 18.1 del artículo 18 de la Directiva Nº 0002-2021-EF/50.01, "Directiva para la Ejecución Presupuestaria";
Que, en ese contexto, la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización señala que el Programa Nacional de Desarrollo Tecnológico e Innovación - PROINNOVATE cuenta con los convenios debidamente suscritos con la Universidad Nacional de Moquegua y la Universidad Nacional Autónoma de Chota; precisando además que, de la evaluación realizada a los proyectos de Fortalecimiento de Incubadoras y Aceleradoras de Negocios - IAN, se tiene que las dos (2) entidades en mención han cumplido con las obligaciones, cronogramas y metas establecidas en los Convenios suscritos;
Que, mediante el Memorando Nº 00000846-2022-PRODUCE/DVMYPE-I, el Despacho Viceministerial de MYPE e Industria comunica que no encuentra objeción a la citada solicitud de transferencias financieras presentada por el Programa Nacional de Desarrollo Tecnológico e Innovación - PROINNOVATE;
Que, mediante el Informe Nº 00000874-2022-PRODUCE/ OGAJ, la Oficina General de Asesoría Jurídica opina que resulta legalmente viable emitir la Resolución Ministerial que aprueba Transferencias Financieras con cargo a los recursos del Programa Nacional de Desarrollo Tecnológico e Innovación - PROINNOVATE hasta por la suma total de
S/ 649,792.64 (SEISCIENTOS CUARENTA Y NUEVE MIL
SETECIENTOS NOVENTA Y DOS Y 64/100 SOLES), conforme al Anexo Único, propuesta por el Programa Nacional de Desarrollo Tecnológico e Innovación - PROINNOVATE
y la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización del Ministerio de la Producción;
Con el visado del Despacho Viceministerial de MYPE
e Industria, de la Dirección Ejecutiva del Programa Nacional de Desarrollo Tecnológico e Innovación -
PROINNOVATE, de la Secretaría General, de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización y de la Oficina General de Asesoría Jurídica;
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 69 de la Ley Nº 31365, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2022; el Decreto Legislativo Nº 1047 que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción y modificatorias; y su Reglamento de Organización y Funciones aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2017- PRODUCE, y modificatoria;
SE RESUELVE:
Ministerio de la Producción, hasta por la suma total de
S/ 649 792,64 (SEISCIENTOS CUARENTA Y NUEVE MIL
SETECIENTOS NOVENTA Y DOS Y 64/100 SOLES), en la fuente de financiamiento 3. Recursos por Operaciones Oficiales de Crédito, en el marco del Contrato de Préstamo Nº 3700/OC-PE y de lo dispuesto en el artículo 69 de la Ley Nº 31365, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2022, conforme al Anexo Único que forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial.
Artículo 2. Las transferencias financieras autorizadas en el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial y detallada en el Anexo Único, adjunto al presente, se atenderá con cargo al Presupuesto Institucional 2022 de la Unidad Ejecutora 004. Programa Nacional de Innovación para la Competitividad y Productividad del Pliego 038. Ministerio de la Producción, Categoría Presupuestal 9002. Asignaciones Presupuestarias que no resultan en Productos, Actividad 5000444. Apoyo a la Investigación y Desarrollo para la Competitividad, Partida de Gasto 2.4.2 Donaciones y Transferencias de Capital, fuente de financiamiento 3.
Recursos por Operaciones Oficiales de Crédito.
Artículo 3. Los recursos de las transferencias financieras autorizadas por el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos.
Artículo 4. La Unidad Ejecutora Nº 004. Programa Nacional de Innovación para la Competitividad y Productividad del Pliego 038. Ministerio de la Producción es responsable del monitoreo, seguimiento y cumplimiento de los fines y metas físicas y financieras para los cuales se realiza las transferencias financieras aprobada con la presente Resolución Ministerial.
Artículo 5. La Oficina General de Administración o la que haga sus veces, de la Unidad Ejecutora 004.
Programa Nacional de Innovación para la Competitividad y Productividad del Pliego 038. Ministerio de la Producción, efectúa las acciones administrativas que correspondan para el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Resolución Ministerial.
Artículo 6. Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial y su Anexo Único en el Portal Institucional del Ministerio de la Producción (www.gob. pe/produce), el mismo día de su publicación en el diario oficial El Peruano.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
JORGE LUIS PRADO PALOMINO
Ministro de la Producción
NORMA LEGAL:
- Titulo: RM 00257-2022-PRODUCE Aprueban transferencias financieras con cargo al presupuesto del Programa Nacional de Innovación para la Competitividad y Productividad, a favor de la Universidad Nacional de Moquegua y la Universidad Nacional Autónoma de Chota
- Tipo de norma : RESOLUCIÓN MINISTERIAL
- Numero : 00257-2022-PRODUCE
- Emitida por : Produce - Poder Ejecutivo
- Fecha de emision : 2022-07-27
- Fecha de aplicacion : 2022-07-28
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