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Formalización Créditos Suplementarios Segundo DS 192-2022-EF Economia y Finanzas
8/25/2022
Formalización Créditos Suplementarios Segundo DS 192-2022-EF Economia y Finanzas
Poder Ejecutivo, Economia y Finanzas Aprueban la formalización de los Créditos Suplementarios del Segundo Trimestre del Año Fiscal 2022, en el Presupuesto Consolidado de las Empresas y Organismos Públicos de los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales DS 192-2022-EF EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA C…
Aprueban la formalización de los Créditos Suplementarios del Segundo Trimestre del Año Fiscal 2022, en el Presupuesto Consolidado de las Empresas y Organismos Públicos de los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales
DS 192-2022-EF
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
el proyecto de Decreto Supremo que aprueba las modificaciones al Presupuesto Consolidado de las citadas Empresas y Organismos Públicos;
Que, el artículo 5 del Decreto Supremo Nº 357-2021-EF, Decreto Supremo que aprueba el Presupuesto Consolidado de Ingresos y Egresos para el Año Fiscal 2022 de las Empresas y Organismos Públicos de los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, establece, entre otros, que las modificaciones a dicho Presupuesto Consolidado por la mayor captación u obtención de recursos que se perciban durante el período de ejecución presupuestaria del Año Fiscal 2022, se aprueban en períodos trimestrales y mediante Decreto Supremo, de acuerdo con los procedimientos establecidos en la Directiva para la Ejecución Presupuestaria aprobada por la Dirección General de Presupuesto Público;
Que, el numeral 17.2 del artículo 17 de la Directiva Nº 010-2019-EF/50.01, Directiva para la Aprobación del Presupuesto Institucional de Apertura y la Ejecución Presupuestaria de las Empresas No Financieras y Organismos Públicos de los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, aprobada mediante Resolución Directoral Nº 034-2019-EF/50.01, dispone que la Dirección General de Presupuesto Público sobre la base de las Resoluciones o Acuerdos de Directorio que las Empresas y Organismos Públicos emiten para la aprobación de las modificaciones presupuestarias que impliquen Créditos Suplementarios, propone el proyecto de Decreto Supremo que aprueba las modificaciones al Presupuesto Consolidado de las Empresas y Organismos Públicos de los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales; estableciendo en el numeral 17.3 del citado artículo que el mencionado proyecto de Decreto Supremo recoge las Resoluciones o Acuerdos tomando en cuenta la periodicidad trimestral;
Que, en tal sentido, corresponde aprobar la formalización de los Créditos Suplementarios del Segundo Trimestre del Año Fiscal 2022, en el Presupuesto Consolidado de las Empresas y Organismos Públicos de los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales;
De conformidad con lo dispuesto en el numeral 50.5 del artículo 50 del Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público;
y, en el Decreto Supremo Nº 357-2021-EF, Decreto Supremo que aprueba el Presupuesto Consolidado de Ingresos y Egresos para el Año Fiscal 2022 de las Empresas y Organismos Públicos de los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales;
DECRETA:
Y UN MILLONES SETECIENTOS OCHENTA Y SEIS MIL
QUINIENTOS SESENTA Y NUEVE Y 00/100 SOLES), de acuerdo a lo siguiente:
INGRESOS En Soles Fuente de Financiamiento Recursos Directamente Recaudados 53 923 892,00
Donaciones y Transferencias 176 985 096,00
Recursos por Operaciones Oficiales de Crédito 3 877 581,00
Recursos Determinados 7 000 000,00
---------------------TOTAL INGRESOS 241 786 569,00
============
EGRESOS En Soles Gastos Corrientes 28 328 217,00
Gastos de Capital 213 458 352,00
---------------------TOTAL EGRESOS 241 786 569,00
============
Artículo 2. Desagregado del Presupuesto Consolidado El desagregado de los montos aprobados en el artículo 1 del presente Decreto Supremo, a nivel Consolidado de las Empresas y Organismos Públicos de los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, se detalla en los Anexos que forman parte integrante de la presente norma, los cuales se publican en la sede digital del Ministerio de Economía y Finanzas (www.gob.pe/mef), en la misma fecha de publicación del presente Decreto Supremo en el Diario Oficial El Peruano, de acuerdo al detalle siguiente:
Descripción Anexos Distribución del Egreso de las Empresas y de los Organismos Públicos de los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales -
Por Fuente de Financiamiento y Genérica del Gasto - Segundo Trimestre Año Fiscal 2022
Anexo Nº I
Distribución del Ingreso de las Empresas y Organismos Públicos de los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales - Por Fuente de Financiamiento - Segundo Trimestre Año Fiscal 2022
Anexo Nº II
Distribución del Egreso de las Empresas y de los Organismos Públicos de los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales - Por Genérica del Gasto - Recursos Públicos - Segundo Trimestre Año Fiscal 2022
Anexo Nº III
Distribución del Egreso de las Empresas y de los Organismos Públicos de los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales -
Por Genérica del Gasto - Fuente de Financiamiento Recursos Directamente Recaudados - Segundo Trimestre Año Fiscal 2022
Anexo Nº III-1
Distribución del Egreso de las Empresas y de los Organismos Públicos de los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales - Por Genérica del Gasto - Fuente de Financiamiento Donaciones y Transferencias - Segundo Trimestre Año Fiscal 2022
Anexo Nº III-2
Distribución del Egreso de las Empresas y de los Organismos Públicos de los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales -
Por Genérica del Gasto - Fuente de Financiamiento Recursos por Operaciones Oficiales de Crédito - Segundo Trimestre Año Fiscal 2022
Anexo Nº III-3
Distribución del Egreso de las Empresas y de los Organismos Públicos de los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales -
Por Genérica del Gasto - Fuente de Financiamiento Recursos Determinados - Segundo Trimestre Año Fiscal 2022
Anexo Nº III-4
Artículo 3. Efectos de la Formalización La formalización de los Créditos Suplementarios en el Presupuesto Consolidado de las Empresas y Organismos Públicos de los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales para el Segundo Trimestre del Año Fiscal 2022, no convalida los actos administrativos o de administración que se hayan ejecutado, sin sujeción a la normatividad presupuestaria.
Artículo 4. Refrendo El presente Decreto Supremo es refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas.
Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veinticuatro días del mes de agosto del año dos mil veintidós.
JOSÉ PEDRO CASTILLO TERRONES
Presidente de la República
KURT BURNEO FARFÁN
Ministro de Economía y Finanzas
NORMA LEGAL:
- Titulo: DS 192-2022-EF Aprueban la formalización de los Créditos Suplementarios del Segundo Trimestre del Año Fiscal 2022, en el Presupuesto Consolidado de las Empresas y Organismos Públicos de los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales
- Tipo de norma : DECRETO SUPREMO
- Numero : 192-2022-EF
- Emitida por : Economia y Finanzas - Poder Ejecutivo
- Fecha de emision : 2022-08-25
- Fecha de aplicacion : 2022-08-26
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