8/27/2022

Grupo Trabajo Encargado Gestionar Fortalecer RM 127-2022-MIDIS Desarrollo e Inclusion Social

Poder Ejecutivo, Desarrollo e Inclusion Social Crean "Grupo de Trabajo encargado de gestionar y fortalecer acciones de la gestión social y diálogo del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social" RM 127-2022-MIDIS Lima, 25 de agosto de 2022 VISTOS: Los Memorandos Nros. D000297 y D000299-2022-MIDIS-VMPES, emitidos por el Despacho Viceministerial de Políticas y Evaluación Social; el Informe Nº D000066-2022-MIDIS-DGIPAT, emitido por la Dirección General de Implementación de Políticas y Articulación Territorial; el Informe Nº D000102-2022-MIDIS-DGFIS, emitido por la Dirección General de…
Poder Ejecutivo, Desarrollo e Inclusion Social
Crean "Grupo de Trabajo encargado de gestionar y fortalecer acciones de la gestión social y diálogo del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social"
RM 127-2022-MIDIS
Lima, 25 de agosto de 2022
VISTOS:

Los Memorandos Nros. D000297 y D000299-2022-MIDIS-VMPES, emitidos por el Despacho Viceministerial de Políticas y Evaluación Social; el Informe Nº D000066-2022-MIDIS-DGIPAT, emitido por la Dirección General de Implementación de Políticas y Articulación Territorial;
el Informe Nº D000102-2022-MIDIS-DGFIS, emitido por la Dirección General de Focalización e Información Social; los Memorandos Nros. D000241 y D000330-2022-MIDIS-VMPS, emitidos por el Despacho Viceministerial de Prestaciones Sociales; los Informes Nros. D000310 y D000415-2022-MIDIS-DGDAPS, emitidos por la Dirección General de Diseño y Articulación de las Prestaciones Sociales; el Informe Nº D000111-2022-MIDIS-OGPPM, emitido por la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización y los Informes Nros.

D000375, D000410 y D000454-2022-MIDIS-OGAJ, emitido por la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 5 de la Ley Nº 29792, Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, dispone que el Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, tiene la finalidad de mejorar la calidad de vida de la población, promoviendo el ejercicio de derechos, el acceso a oportunidades y el desarrollo de capacidades, en coordinación y articulación con las diversas entidades del sector público, el sector privado y la sociedad civil;

Que, el literal a. del artículo 6 de la referida Ley, establece como una de sus competencias exclusivas, la de formular, planear, dirigir, coordinar, ejecutar, supervisar y evaluar las políticas nacionales y sectoriales en materias de desarrollo e inclusión social, encaminadas a reducir la pobreza, las desigualdades, las vulnerabilidades y los riesgos sociales, en aquellas brechas que no pueden ser cerradas por la política social universal, regular, de competencia sectorial;

Que, mediante Resolución de Secretaría de Gestión Social y Diálogo Nº 008-2021-PCM/SGSD, se aprueba los "Lineamientos y protocolos para la intervención del Poder Ejecutivo, Gobiernos Regionales y Locales, en materia de gestión social y diálogo", que tienen por objeto establecer lineamientos para el fortalecimiento de las acciones de la gestión social y diálogo del Poder Ejecutivo, Gobiernos Regionales y Locales a través del diagnóstico, análisis multisectorial y multinivel, y la intervención oportuna en los confl ictos sociales en el territorio nacional; asimismo, en el artículo 2 de la citada Resolución, se establece que dicha Resolución y su Anexo son de cumplimiento obligatorio por los sectores de Poder Ejecutivo, y los organismos públicos que los conforman, a través de los órganos, unidades orgánicas y/o responsables de la gestión social y/o diálogo de cada entidad;

Que, en el numeral 6.3 de los citados Lineamientos, entre otros, se establece que los sectores del Poder Ejecutivo son competentes para la atención de los confl ictos sociales, según la materia y especialidad, debiendo proceder de conformidad a lo dispuesto en los referidos Lineamientos;

Que, en el numeral 6.4 en lo referido a responsabilidades de Gestión Sectorial, de los citados Lineamientos, se señala que cada sector del Poder Ejecutivo asume la intervención y dirección en la gestión de los confl ictos sociales, de acuerdo a la tipología del confl icto; según sus competencias y por especialidad; de manera oportuna y eficiente; cumpliendo sus responsabilidades, respetando el campo de atribuciones y generando prácticas de coordinación, complementación y articulación intersectorial en la gestión de confl ictos sociales, a fin de evitar la duplicidad y atomización de intervenciones; en ese sentido, establece que los sectores respectivos que lideran la gestión social y diálogo, en cada caso específico, son responsables de las siguientes actividades: i) Coordinar con los otros sectores del Poder Ejecutivo la atención oportuna de los procesos de intervención, diálogo y gestión social de carácter multisectorial y/o que afecten la gobernanza nacional y, ii) Coordinar con los Gobiernos Regionales y Locales la implementación de mecanismos para la
atención oportuna de procesos de prevención, diálogo y gestión social;

Que, conforme a lo señalado en los documentos de vistos, se propone crear un equipo responsable de coordinar y articular las acciones de la gestión social y diálogo del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social a través del diagnóstico, análisis multisectorial y multinivel, y la intervención oportuna en los confl ictos sociales en el territorio nacional;

Que, en tal virtud, corresponde emitir el acto resolutivo que disponga la creación del Grupo de Trabajo materia de la propuesta antes señalada;

Con los visados del Despacho Viceministerial de Políticas y Evaluación Social, el Despacho Viceministerial de Prestaciones Sociales, la Dirección General de Diseño y Articulación de las Prestaciones Sociales; la Dirección General de Implementación de Políticas y Articulación Territorial, la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización; y, de la Oficina General de Asesoría Jurídica;

De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29792, Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social; el Decreto Supremo Nº 054-2018-PCM, que aprueba los Lineamientos de Organización del Estado, y sus modificatorias; y, la Resolución Ministerial Nº 073-2021-MIDIS, que aprueba el Texto Integrado actualizado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Creación de Grupo de Trabajo Créase el Grupo de Trabajo de naturaleza temporal, denominado "Grupo de Trabajo encargado de gestionar y fortalecer acciones de la gestión social y diálogo del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social" (en adelante, el Grupo de Trabajo).

Artículo 2.- Objeto El Grupo de Trabajo tiene por objeto coordinar, articular y fortalecer las acciones de la gestión social y diálogo del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social a través del diagnóstico, análisis multisectorial y multinivel, y la intervención oportuna en los confl ictos sociales en el territorio nacional.

Artículo 3.- Funciones El Grupo de Trabajo tiene las siguientes funciones:
a) Elaborar y aprobar el diagnóstico del confl icto social desde las competencias del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social.
b) Elaborar y aprobar el plan de intervención, eficiente y oportuno, para la gestión del confl icto social desde el Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social.
c) Sugerir, como parte del plan de intervención, alternativas de solución existentes tomando en consideración sus implicancias técnicas, normativas, sociales y políticas desde el Desarrollo e Inclusión Social.
d) Coordinar con los otros sectores del Poder Ejecutivo y la Cooperación Internacional la atención oportuna de los procesos de intervención, diálogo y gestión social de carácter multisectorial y/o que afecten el Desarrollo e Inclusión Social.
e) Coordinar con los Programas Nacionales y Unidades Organizacionales del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social la implementación de mecanismos para la atención oportuna de procesos de prevención, diálogo y gestión social.
f) Coordinar con los Gobiernos Regionales y Locales la implementación de mecanismos para la atención oportuna de procesos de prevención, diálogo y gestión social.

Artículo 4.- Conformación 4.1. El Grupo de Trabajo está integrado de la siguiente manera:
a) El/La Jefe/a de Gabinete de Asesores, quien lo preside.
b) El/La representante del Viceministro/a de Políticas y Evaluación Social.
c) El/La representante del Viceministro/a de Prestaciones Sociales.
d) El/La Director/a General de la Dirección General de Diseño y Articulación de las Prestaciones Sociales.
e) El/La Director/a General de la Dirección General de Implementación de Políticas y Articulación Territorial.

4.2. El Grupo de Trabajo puede incorporar a los responsables de otros órganos de línea, en caso resulte necesario para el desarrollo de sus funciones.

Artículo 5.- Instalación El Grupo de Trabajo se instala dentro en un plazo máximo de cinco (05) días hábiles contados a partir del día siguiente de la publicación de la presente Resolución Ministerial.

Artículo 6.- Secretaría Técnica La Secretaría Técnica será designado por los integrantes del Grupo de Trabajo el día de su instalación.

La Secretaría Técnica convoca a las sesiones del Grupo de Trabajo y es responsable del registro y custodia de las actas o los acuerdos en cada una de ellas, así como de toda documentación que se genere durante su período de vigencia.

Artículo 7.- Período de vigencia El Grupo de Trabajo tiene vigencia por un período de dos (02) años contados a partir del día siguiente de su instalación.

Artículo 8.- Financiamiento El financiamiento del Grupo de Trabajo, se realiza con cargo al presupuesto institucional del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, sin demandar recursos adicionales al Tesoro Público.

Artículo 9.- Publicación Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial en la sede digital del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social (www.gob.pe/midis), el mismo día de su publicación en el Diario Oficial El Peruano.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

DINA ERCILIA BOLUARTE ZEGARRA
Ministra de Desarrollo e Inclusión Social

NORMA LEGAL:

  • Titulo: RM 127-2022-MIDIS Crean "Grupo de Trabajo encargado de gestionar y fortalecer acciones de la gestión social y diálogo del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social"
  • Tipo de norma : RESOLUCIÓN MINISTERIAL
  • Numero : 127-2022-MIDIS
  • Emitida por : Desarrollo e Inclusion Social - Poder Ejecutivo
  • Fecha de emision : 2022-08-27
  • Fecha de aplicacion : 2022-08-28

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