8/13/2022

Transferencia Financiera Empresa Concesionaria de Electricidad de Ucayali S.A.

Poder Ejecutivo, Energia y Minas Autorizan transferencia financiera a favor de la Empresa Concesionaria de Electricidad de Ucayali S.A., para financiar proyectos RM 294-2022-MINEM/DM Lima, 11 de agosto de 2022 VISTOS: Los Memorandos Nº 363-2022-MINEM/ DGER-JAF, Nº 365-2022-MINEM/DGER-JAF y Nº 366-2022-MINEM/DGER-JAF de la Jefatura de Administración y Finanzas de la Dirección General de Electrificación Rural; el Informe Nº 217-2022-MINEM/ DGER-JAL y los Memorando Nº 00573-2022-MINEM/ DGER-JAL y Nº 00578-2022-MINEM/DGER-JAL de la Jefatura de Asesoría Legal de la Dirección General de Electrifica…
Poder Ejecutivo, Energia y Minas
Autorizan transferencia financiera a favor de la Empresa Concesionaria de Electricidad de Ucayali S.A., para financiar proyectos
RM 294-2022-MINEM/DM
Lima, 11 de agosto de 2022
VISTOS: Los Memorandos Nº 363-2022-MINEM/ DGER-JAF, Nº 365-2022-MINEM/DGER-JAF y Nº 366-2022-MINEM/DGER-JAF de la Jefatura de Administración y Finanzas de la Dirección General de Electrificación Rural; el Informe Nº 217-2022-MINEM/ DGER-JAL y los Memorando Nº 00573-2022-MINEM/ DGER-JAL y Nº 00578-2022-MINEM/DGER-JAL de la Jefatura de Asesoría Legal de la Dirección General de Electrificación Rural; el Memorando Nº 00510-2022-MINEM/DGER de la Dirección General de Electrificación Rural; el Informe Nº 113-2022/MINEM-OGPP-OPRE de la Oficina de Presupuesto de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto; el Informe Nº 0752-2022-MINEM/OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,

CONSIDERANDO:

Que, el acápite v) del literal ñ) del numeral 16.1 del artículo 16 de la Ley Nº 31365, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2022, autoriza al Ministerio de Energía y Minas (MINEM) a realizar una transferencia financiera a favor de las empresas concesionarias de distribución eléctrica vinculadas al ámbito del Fondo Nacional de Financiamiento de la Actividad Empresarial del Estado (FONAFE), y de la empresa de Administración de Infraestructura Eléctrica S.A. (ADINELSA), en el marco de lo establecido en la Ley Nº 28749, Ley General de Electrificación Rural, modificado por el Decreto Legislativo Nº 1207 y su Reglamento, hasta por la suma de S/ 100 000 000,00 (Cien millones y 00/100
soles);

Que, la precitada norma señala que la transferencia de los recursos se financia con cargo al presupuesto institucional del Ministerio de Energía y Minas, por la fuente de financiamiento Recursos Directamente Recaudados y Recursos Determinados correspondiente a la Unidad Ejecutora 005 Dirección General de Electrificación Rural (DGER); las transferencias financieras autorizadas se aprueban previa suscripción de convenios, celebrados entre el Ministerio de Energía y Minas y las empresas involucradas, quedando prohibido, bajo responsabilidad, destinar los recursos autorizados a fines distintos para los cuales son transferidos;

Que, el numeral 16.2 del artículo 16 de la Ley Nº 31365, señala que las transferencias financieras autorizadas en el numeral 16.1 se realizan, en el caso de las entidades del Gobierno Nacional, mediante resolución del titular del pliego, requiriéndose el informe previo favorable de la Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en la entidad, para su posterior publicación en el diario oficial "El Peruano";

Que, bajo dicho contexto, el artículo 9 de la Ley Nº 28749, Ley General de Electrificación Rural, señala que los recursos que son empleados para la electrificación rural están destinados exclusivamente a la ejecución de proyectos, obras y subsidios de los Sistemas Eléctricos Rurales (SER), así como para promocionar la inversión privada; asimismo, los recursos están dirigidos a reforzar, ampliar, remodelar o mejorar la infraestructura eléctrica existente; para la ejecución de los proyectos u obras, la Dirección General de Electrificación Rural podrá destinar recursos a favor de las empresas concesionarias de distribución eléctrica vinculadas al ámbito del Fondo Nacional de Financiamiento de la Actividad Empresarial del Estado (FONAFE) y a la Empresa de Administración de Infraestructura Eléctrica S.A. (ADINELSA), previa suscripción de convenios;

Que, los artículos 20, 21 y 22 del Reglamento de la Ley de Electrificación Rural, aprobado por Decreto Supremo Nº 018-2020-MEM, establecen los criterios y los procedimientos aplicables para financiar la ejecución de proyectos de los nuevos SER, así como el reforzamiento, ampliación, remodelación, mejora de la infraestructura e inversiones de optimización, ampliación marginal, de reposición y de rehabilitación eléctrica existente, a través de las transferencias financieras a favor de las empresas concesionarias de distribución eléctrica vinculadas al ámbito del FONAFE y a ADINELSA, con la finalidad de brindar un servicio de calidad, confiable y sostenible en las zonas rurales, localidades aisladas, localidades de frontera y de preferente interés social del país;

Que, mediante Resolución Ministerial Nº 125-2022-MINEM/DM, se autorizó la incorporación de mayores recursos presupuestales a través de una modificación presupuestaria en el nivel institucional de la Unidad Ejecutora 005: Dirección General de Electrificación Rural del Pliego 016: Ministerio de Energía y Minas, hasta por la suma de S/ 23 426 547,00 (Veintitrés millones cuatrocientos veintiséis mil quinientos cuarenta y siete y 00/100 soles), en la fuente de financiamiento Recursos Directamente Recaudados, provenientes de los saldos de balance del Ejercicio Fiscal 2021, para la ejecución de (06) seis proyectos de inversión de electrificación rural y un (01) servicio de equipamiento, en el marco de lo establecido en el acápite v) del literal ñ) del numeral 16.1 del artículo 16 de la Ley Nº 31365, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2022;

Que, con fecha 29 de abril de 2022, se suscribió el Convenio Nº 001-2022-MINEM, Convenio para la Transferencia de Recursos a favor de la empresa Electro Ucayali S.A., el cual tiene por objeto desarrollar los Proyectos "Creación del Sistema de Electrificación con Sistema Convencional de los A.H. Nuevo Perú, A.H.

Corazón de Ucayali, Sector 9800 del Distrito de Callería, provincia de Coronel Portillo, departamento de Ucayali";
"Creación de redes primarias y secundarias II etapa de los A.A.H.H. Brisas de Manantay, Lander Tamani, Mario Denis II, 16 de Noviembre, Nuevo Manantay y del AA.HH
27 de Diciembre, distrito de Manantay, provincia de Coronel Portillo, departamento de Ucayali"; y "Creación del Sistema de Electrificación con sistema convencional de los A.H. Flor de Esperanza, A.H Virgen María, A.H. 2 de Abril, A.H. 12 de Abril, A.H. Renato Savery, A.H Jardines de la Florida, A.H. Marlón Torres, sector 9300 distrito de Callería, provincia de Coronel Portillo, departamento de Ucayali"; conforme a lo establecido en la Ley Nº 28749, Ley General de Electrificación Rural y sus modificatorias, y el Decreto Supremo Nº 018-2020-EM, que aprueba el Reglamento de la Ley General de Electrificación Rural;

Que, de acuerdo a lo señalado en la cláusula cuarta del mencionado Convenio para la transferencia de recursos a favor de la empresa Electro Ucayali S.A., el MINEM se compromete a transferir recursos presupuestales a la citada Empresa, por el monto de S/ 15 366 582,24 (Quince millones trescientos sesenta y seis mil quinientos ochenta y dos y 24/100 soles) para llevar a cabo las actividades y/ o acciones establecidas en dicho Convenio;

Que, mediante los Memorandos Nº 363-2022-MINEM/ DGER-JAF, Nº 365-2022-MINEM/DGER-JAF y Nº 366-2022-MINEM/DGER-JAF, la Jefatura de Administración y Finanzas de la Dirección General de Electrificación Rural señala que dispone de los recursos financieros para realizar la transferencia a la Empresa Concesionaria de Electricidad Ucayali S.A., aprobando las Certificaciones de Crédito Presupuestario Nº 296-2022-MINEM-DGER/JAF, Nº 298-2022-MINEM-DGER/JAF y Nº 299-2022-MINEM-DGER/JAF, por el monto de S/ 15 366 582,24 (Quince millones trescientos sesenta y seis mil quinientos ochenta y dos y 24/100
soles), por la fuente de financiamiento 09 Recursos Directamente Recaudados, con cargo al Presupuesto de la Unidad Ejecutora Nº 005: Dirección General de Electrificación Rural del Pliego 016: Ministerio de Energía y Minas a favor de la citada Empresa;

Que, a través del Informe Nº 217-2022-MINEM/DGER-JAL, la Jefatura de Asesoría Legal de la Dirección General de Electrificación Rural señala que habiéndose suscrito el Convenio Nº 001-2022-MINEM corresponde que se emita el acto resolutivo autorizando la transferencia financiera a favor de la Empresa Concesionaria de Electricidad de Ucayali S.A.;

Que, a través del Informe Nº 113-2022/MINEM-OGPP-OPRE, la Oficina de Presupuesto de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto emite opinión favorable en materia presupuestal para continuar con la suscripción del Proyecto de Convenio de Transferencia de Recursos entre el Ministerio de Energía y Minas y la Empresa Concesionaria de Electricidad de Ucayali S.A.;

Que, mediante Informe Nº 0752-2022-MINEM/OGAJ, la Oficina General de Asesoría Jurídica emite opinión legal favorable al proyecto de Resolución Ministerial que autoriza la transferencia financiera de recursos provenientes de la Fuente de Financiamiento Recursos Directamente Recaudados, con cargo al Presupuesto de la Unidad Ejecutora Nº 005: Dirección General de Electrificación Rural del Pliego 016: Ministerio de Energía y Minas a favor de la Empresa Concesionaria de Electricidad de Ucayali S.A.;

Que, en ese sentido, en aplicación de lo señalado en la Ley Nº 31365, resulta necesario autorizar la transferencia de recursos del Ministerio de Energía y Minas, hasta por la suma de S/ 15 366 582,24 (Quince millones trescientos sesenta y seis mil quinientos ochenta y dos y 24/100 soles), a favor de la Empresa Concesionaria de Electricidad de Ucayali S.A.;

De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 30705, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas, aprobado con Decreto Supremo Nº 031-2007-EM y sus modificatorias; la Ley Nº 28749, Ley General de Electrificación Rural y sus modificatorias; el Decreto Supremo Nº 025-2007-EM, que aprueba el Reglamento de la Ley Nº 28749, Ley General de Electrificación Rural y sus modificatorias; y el Decreto Supremo Nº 018-2020-EM, Reglamento de la Ley de Electrificación Rural;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Autorizar la transferencia financiera de recursos provenientes de la fuente de financiamiento Recursos Directamente Recaudados, con cargo al Presupuesto de la Unidad Ejecutora Nº 005. Dirección General de Electrificación Rural del Pliego 016
Ministerio de Energía y Minas, por la suma de S/ 15
366 582,24 (Quince millones trescientos sesenta y seis mil quinientos ochenta y dos y 24/100 Soles), a favor de la Empresa Concesionaria de Electricidad de Ucayali S.A., para financiar los Proyectos, de acuerdo al siguiente detalle:

1) Proyecto "Creación del Sistema de Electrificación con Sistema Convencional de los, A.H. Corazón de Pucallpa, A.H. Nuevo Perú, A.H. Corazón de Ucayali, Sector 9.800 del distrito de Callería, provincia de Coronel Portillo, departamento de Ucayali", con CUI 2437365.

Sección Primera : Gobierno Central Pliego : 016 Ministerio De Energía y Minas Unidad Ejecutora : 005 Dirección General De Electrificación Rural Función : 12 Energía División Funcional : 028 Energía Eléctrica Programa Presupuestal : 0046 Acceso y Uso de la Electrificación Rural Producto / Proyecto : 3000001 Acciones Comunes Actividad : 5004833 Transferencia a Entidades para Proyectos de Electrificación Fuente De Financiamiento : 09 Recursos Directamente Recaudados (En Soles)
Gastos de Capital 2.4. Donaciones y Transferencias 3 522 954,31
------------------ TOTAL S/. 3 522 954,31
------------------2) Proyecto "Creación de Redes Primarias y Secundarias II etapa de los AA.HH. Brisas de Manantay, Lander Tamani, Mario Denis II, Jardines de Mario Denis II, 16 de Noviembre, Nuevo Manantay y del AA.HH. 27 de Diciembre, distrito de Manantay, provincia de Coronel Portillo, departamento de Ucayali", con CUI 2427649
Sección Primera : Gobierno Central Pliego : 016 Ministerio De Energía y Minas Unidad Ejecutora : 005 Dirección General De Electrificación Rural Función : 12 Energía División Funcional : 028 Energía Eléctrica Programa Presupuestal : 0046 Acceso y Uso de la Electrificación Rural Producto / Proyecto : 3000001 Acciones Comunes Actividad : 5004833 Transferencia a Entidades para Proyectos de Electrificación Fuente De Financiamiento : 09 Recursos Directamente Recaudados (En Soles)
Gastos de Capital 2.4. Donaciones y Transferencias 3 852 349,46
------------------ TOTAL S/. 3 852 349,46
------------------3) Proyecto "Creación del sistema de electrificación con sistema convencional de los A.H. Flor de Esperanza, A.H Virgen María, A.H. 2 de Abril, A.H. 12 de Abril, A.H Renato Savery, A.H
Jardines de la Florida, A.H. Marlón Torres, Sector 9.300 del distrito de Calleria, provincia de Coronel Portillo, departamento de Ucayali", con CUI 2437368:

Sección Primera : Gobierno Central Pliego : 016 Ministerio De Energía y Minas Unidad Ejecutora : 005 Dirección General De Electrificación Rural Función : 12 Energía División Funcional : 028 Energía Eléctrica Programa Presupuestal : 0046 Acceso y Uso de la Electrificación Rural Producto / Proyecto : 3000001 Acciones Comunes Actividad : 5004833 Transferencia a Entidades para Proyectos de Electrificación Fuente De Financiamiento : 09 Recursos Directamente Recaudados (En Soles)
Gastos de Capital 2.4. Donaciones y Transferencias 7 991 278,47
------------------ TOTAL S/. 7 991 278,47
------------------Artículo 2.- Los recursos a ser transferidos son destinados exclusivamente para los fines indicados en el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial, encontrándose prohibido bajo responsabilidad destinarlos a fines distintos para los cuales son transferidos.

Artículo 3.- Los términos y obligaciones de la transferencia financiera materia de la presente Resolución Ministerial se encuentran previstos en el Convenio mencionado.

Artículo 4.- La Empresa Concesionaria de Electricidad de Ucayali debe informar a la Dirección General de Electrificación Rural del Ministerio de Energía y Minas, durante los primeros diez (10) días hábiles de cada mes, los avances físicos y financieros de la ejecución de los recursos transferidos conforme a su cronograma de ejecución y en el marco de las disposiciones contenidas en los Convenios referidos en los artículos precedentes, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 22 del Reglamento de la Ley de Electrificación Rural, aprobado por Decreto Supremo Nº 018-2020-EM.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

ALESSANDRA G. HERRERA JARA
Ministra de Energía y Minas

NORMA LEGAL:

  • Titulo: RM 294-2022-MINEM/DM Autorizan transferencia financiera a favor de la Empresa Concesionaria de Electricidad de Ucayali S.A., para financiar proyectos
  • Tipo de norma : RESOLUCIÓN MINISTERIAL
  • Numero : 294-2022-MINEM/DM
  • Emitida por : Energia y Minas - Poder Ejecutivo
  • Fecha de emision : 2022-08-13
  • Fecha de aplicacion : 2022-08-14

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