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Transferencia Partidas Instituto Nacional de Enfermedades Neoplásicas
8/20/2022
Transferencia Partidas Instituto Nacional de Enfermedades Neoplásicas
Poder Ejecutivo, Economia y Finanzas Autorizan Transferencia de Partidas a favor del Ministerio de Salud, del Instituto Nacional de Enfermedades Neoplásicas y de diversos Gobiernos Regionales en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2022 DS 189-2022-EF EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante el Oficio Nº D000165-2022-SG-MINSA, el Ministerio de Salud solicita una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2022, con cargo a los recursos de la Reserva de Contingencia del Ministerio de Economía y F…
Autorizan Transferencia de Partidas a favor del Ministerio de Salud, del Instituto Nacional de Enfermedades Neoplásicas y de diversos Gobiernos Regionales en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2022
DS 189-2022-EF
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2022, con cargo a los recursos de la Reserva de Contingencia del Ministerio de Economía y Finanzas para financiar el fortalecimiento de la atención integral del cáncer a nivel nacional; adjuntando, para dicho efecto, el Informe Nº D000025-2022-OGPPM-OP-MINSA de la Oficina de Presupuesto de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización del referido Ministerio, con los respectivos sustentos;
Que, los artículos 53 y 54 del Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público, establecen que las Leyes de Presupuesto del Sector Público consideran una Reserva de Contingencia que constituye un crédito presupuestario global dentro del presupuesto del Ministerio de Economía y Finanzas, destinada a financiar los gastos que por su naturaleza y coyuntura no pueden ser previstos en los Presupuestos de los Pliegos, disponiendo que las transferencias o habilitaciones que se efectúen con cargo a la Reserva de Contingencia se autorizan mediante Decreto Supremo refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas;
Que, en consecuencia, corresponde autorizar una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2022, hasta por la suma de
S/ 122 908 943,00 (CIENTO VEINTIDÓS MILLONES
NOVECIENTOS OCHO MIL NOVECIENTOS CUARENTA
Y TRES Y 00/100 SOLES) a favor del Ministerio de Salud, del Instituto Nacional de Enfermedades Neoplásicas y de diversos Gobiernos Regionales, con cargo a los recursos de la Reserva de Contingencia del Ministerio de Economía y Finanzas, para los fines señalados en los considerandos precedentes, teniendo en cuenta que dichos recursos, por su naturaleza y coyuntura, no han sido previstos en el presupuesto institucional de los mencionados Pliegos en el presente Año Fiscal;
De conformidad con lo establecido en los artículos 53
y 54 del Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público;
DECRETA:
SETECIENTOS VEINTINUEVE MIL SETECIENTOS
Y 00/100 SOLES), a favor del Instituto Nacional de Enfermedades Neoplásicas, para financiar la contratación de servicios de profesionales de la salud para la atención directa a pacientes niños y adolescentes, y para la atención del desembalse quirúrgico adulto y pediátrico, con cargo a los recursos de la Reserva de Contingencia del Ministerio de Economía y Finanzas, de acuerdo al siguiente detalle:
DE LA: En Soles SECCIÓN PRIMERA : Gobierno Central PLIEGO 009 : Ministerio de Economía y Finanzas UNIDAD EJECUTORA 001 : Administración General CATEGORÍA PRESUPUESTARIA 9002 : Asignaciones presupuestarias que no resultan en productos ACTIVIDAD 5000415 : Administración del Proceso Presupuestario del Sector Público FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios
GASTO CORRIENTE
2.0 Reserva de Contingencia 1 729 700,00
===========
TOTAL EGRESOS 1 729 700,00
===========
A LA: En Soles SECCIÓN PRIMERA : Gobierno Central PLIEGO 136 : Instituto Nacional de Enfermedades Neoplásicas PROGRAMA PRESUPUESTAL 0024 : Prevención y Control del Cáncer FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios
GASTO CORRIENTE
2.3 Bienes y servicios 1 729 700,00
===========
TOTAL EGRESOS 1 729 700,00
===========
1.2 El detalle de los recursos autorizados en la Transferencia de Partidas a que hace referencia el numeral 1.1 del presente artículo, se encuentran en el Anexo Nº 01 "Transferencia de partidas a favor del Instituto Nacional de Enfermedades Neoplásicas, para financiar la contratación de servicios de profesionales de la salud para la atención directa a pacientes niños y adolescentes, y para la atención del desembalse quirúrgico adulto y pediátrico", que forma parte integrante del presente Decreto Supremo, el cual se publica en las sedes digitales del Ministerio de Economía y Finanzas (www.gob.pe/mef) y del Ministerio de Salud (www.gob.pe/minsa), en la misma fecha de publicación de la presente norma en el Diario Oficial El Peruano.
1.3 El Titular del Pliego habilitado en la presente Transferencia de Partidas aprueba, mediante Resolución, la desagregación de los recursos autorizados en el numeral 1.1 del artículo 1 del presente Decreto Supremo, a nivel programático, dentro de los cinco (05) días calendario de la vigencia del presente dispositivo legal.
Copia de la Resolución se remite dentro de los cinco (05)
días calendario de aprobada a los organismos señalados en el numeral 31.4 del artículo 31 del Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público.
1.4 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en el Pliego involucrado, solicita a la Dirección General de Presupuesto Público las codificaciones que se requieran como consecuencia de la incorporación de nuevas Partidas de Ingresos, Finalidades y Unidades de Medida.
1.5 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en el Pliego involucrado instruye a la Unidad Ejecutora para que elabore las correspondientes "Notas para Modificación Presupuestaria" que se requieran, como consecuencia de lo dispuesto en la presente norma.
Artículo 2. Transferencia de partidas a favor del Ministerio de Salud y diversos Gobiernos Regionales para el financiamiento de la contratación de servicios de profesionales de la salud, adquisición de combustible y Equipos de Protección Personal para el monitoreo, seguimiento y evaluación del Programa Presupuestal 0024. Prevención y Control de Cáncer y brigadas de vacunación contra el Virus de Papiloma Humano (VPH)
2.1 Autorízase una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2022, hasta por la suma de S/ 3 463 673,00 (TRES
MILLONES CUATROCIENTOS SESENTA Y TRES MIL
SEISCIENTOS SETENTA Y TRES Y 00/100 SOLES), a favor del Ministerio de Salud y de diversos Gobiernos Regionales, para financiar la contratación de servicios de profesionales de la salud, adquisición de combustible y Equipos de Protección Personal para el monitoreo, seguimiento y evaluación del Programa Presupuestal 0024. Prevención y Control de Cáncer y brigadas de vacunación contra el Virus de Papiloma Humano (VPH), con cargo a los recursos de la Reserva de Contingencia del Ministerio de Economía y Finanzas, de acuerdo al siguiente detalle:
DE LA: En Soles SECCIÓN PRIMERA : Gobierno Central PLIEGO 009 : Ministerio de Economía y Finanzas UNIDAD EJECUTORA 001 : Administración General CATEGORÍA PRESUPUESTARIA 9002 : Asignaciones presupuestarias que no resultan en productos ACTIVIDAD 5000415 : Administración del Proceso Presupuestario del Sector Público FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios
GASTO CORRIENTE
2.0 Reserva de Contingencia 3 463 673,00
===========
TOTAL EGRESOS 3 463 673,00
===========
A LA: En Soles SECCIÓN PRIMERA : Gobierno Central PLIEGO 011 : Ministerio de Salud UNIDAD EJECUTORA 001 : Administración Central -
MINSA
PROGRAMA PRESUPUESTAL 0024 : Prevención y Control del Cáncer PRODUCTO 3000001 : Acciones Comunes ACTIVIDAD 5004441 : Monitoreo, Supervisión, Evaluación y Control de Prevención y Control del Cáncer FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios
GASTO CORRIENTE
2.3 Bienes y servicios 2 079 800,00
SECCIÓN SEGUNDA : Instancias Descentralizadas PLIEGO : Gobiernos Regionales PROGRAMA PRESUPUESTAL 0024 : Prevención y Control del Cáncer PRODUCTO 3000683 : Niña Protegida con Vacuna
VPH
ACTIVIDAD 5005137 : Proteger a la niña con aplicación de vacuna VPH
FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios
GASTO CORRIENTE
2.3 Bienes y servicios 1 383 873,00
===========
TOTAL EGRESOS 3 463 673,00
===========
2.2 El detalle de los recursos autorizados en la Transferencia de Partidas a que hace referencia el numeral 2.1 del presente artículo, se encuentran en el Anexo Nº 02
"Transferencia de partidas a favor del Ministerio de Salud y diversos Gobiernos Regionales para el financiamiento de la contratación de servicios de profesionales de la salud, adquisición de combustible y Equipos de Protección Personal para el monitoreo, seguimiento y evaluación del Programa Presupuestal 0024. Prevención y Control de Cáncer y brigadas de vacunación contra el Virus de Papiloma Humano (VPH)", que forma parte integrante del presente Decreto Supremo, el cual se publica en las sedes digitales del Ministerio de Economía y Finanzas (www.gob.pe/mef) y del Ministerio de Salud (www.gob.pe/ minsa), en la misma fecha de publicación de la presente norma en el Diario Oficial El Peruano.
2.3 El Titular de los Pliegos habilitados en la presente Transferencia de Partidas aprueba, mediante Resolución, la desagregación de los recursos autorizados en el numeral 2.1 del artículo 2 del presente Decreto Supremo, a nivel programático, dentro de los cinco (05) días calendario de la vigencia del presente dispositivo legal. Copia de la Resolución se remite dentro de los cinco (05) días calendario de aprobada a los organismos señalados en el numeral 31.4 del artículo 31 del Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público.
2.4 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en los Pliegos involucrados, solicita a la Dirección General de Presupuesto Público las codificaciones que se requieran como consecuencia de la incorporación de nuevas Partidas de Ingresos, Finalidades y Unidades de Medida.
2.5 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en los Pliegos involucrados instruye a la Unidad Ejecutora para que elabore las correspondientes "Notas para Modificación Presupuestaria" que se requieran, como consecuencia de lo dispuesto en la presente norma.
Artículo 3. Transferencia de partidas a favor del Ministerio de Salud y diversos Gobiernos Regionales para la adquisición de equipamiento biomédico (no estratégico) en las Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud Públicas que brindan atención integral del cáncer 3.1 Autorízase una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2022, hasta por la suma de S/ 38 049 245,00 (TREINTA Y OCHO
MILLONES CUARENTA Y NUEVE MIL DOSCIENTOS
CUARENTA Y CINCO Y 00/100 SOLES), a favor del Ministerio de Salud y diversos Gobiernos Regionales, para financiar la adquisición de equipamiento biomédico (no estratégico) en las Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud Públicas que brindan atención integral del cáncer, con cargo a los recursos de la Reserva de Contingencia del Ministerio de Economía y Finanzas, de acuerdo al siguiente detalle:
DE LA: En Soles SECCIÓN PRIMERA : Gobierno Central PLIEGO 009 : Ministerio de Economía y Finanzas UNIDAD EJECUTORA 001 : Administración General CATEGORÍA PRESUPUESTARIA 9002 : Asignaciones presupuestarias que no resultan en productos ACTIVIDAD 5000415 : Administración del Proceso Presupuestario del Sector Público FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios
GASTO CORRIENTE
2.0 Reserva de Contingencia 38 049 245,00
===========
TOTAL EGRESOS 38 049 245,00
===========
A LA: En Soles SECCIÓN PRIMERA : Gobierno Central PLIEGO 011 : Ministerio de Salud PROGRAMA PRESUPUESTAL 0024 : Prevención y Control del Cáncer FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios
GASTO CORRIENTE
2.3 Bienes y servicios 1 440 000,00
GASTO DE CAPITAL
2.6 Adquisición de Activos No Financieros 6 957 249,00
SECCIÓN SEGUNDA : Instancias Descentralizadas PLIEGO : Gobiernos Regionales PROGRAMA PRESUPUESTAL 0024 : Prevención y Control del Cáncer FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios
GASTO CORRIENTE
2.3 Bienes y servicios 9 405 000,00
GASTO DE CAPITAL
2.6 Adquisición de Activos No Financieros 20 246 996,00
===========
TOTAL EGRESOS 38 049 245,00
===========
3.2 El detalle de los recursos autorizados en la Transferencia de Partidas a que hace referencia el numeral 3.1 del presente artículo, se encuentra en el Anexo Nº 03 "Transferencia de partidas en favor del Ministerio de Salud y diversos Gobiernos Regionales, para la adquisición de equipamiento biomédico (no estratégico) en las Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud Públicas que brindan atención integral del cáncer" que forma parte integrante del presente Decreto Supremo, el cual se publica en las sedes digitales del Ministerio de Economía y Finanzas (www.gob.pe/mef)
y del Ministerio de Salud (www.gob.pe/minsa), en la misma fecha de publicación de la presente norma en el Diario Oficial El Peruano.
3.3 El Titular de los Pliegos habilitados en la presente Transferencia de Partidas aprueba, mediante Resolución, la desagregación de los recursos autorizados en el numeral 3.1 del artículo 3 del presente Decreto Supremo, a nivel programático, dentro de los cinco (05) días calendario de la vigencia del presente dispositivo legal.
Copia de la Resolución se remite dentro de los cinco (05)
días calendario de aprobada a los organismos señalados en el numeral 31.4 del artículo 31 del Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público.
3.4 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en los Pliegos involucrados, solicita a la Dirección General de Presupuesto Público las codificaciones que se requieran como consecuencia de la incorporación de nuevas Partidas de Ingresos, Finalidades y Unidades de Medida.
3.5 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en los Pliegos involucrados instruye a la Unidad Ejecutora para que elabore las correspondientes "Notas para Modificación Presupuestaria" que se requieran, como consecuencia de lo dispuesto en la presente norma.
Artículo 4. Transferencia de partidas a favor del Ministerio de Salud para financiar la adquisición de recursos estratégicos en Salud Pública para la prevención y control del cáncer a través del Centro Nacional de Abastecimiento de Recursos Estratégicos - CENARES
4.1 Autorízase una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2022, hasta por la suma de S/ 46 666 325,00 (CUARENTA
Y SEIS MILLONES SEISCIENTOS SESENTA Y SEIS
MIL TRESCIENTOS VEINTICINCO Y 00/100 SOLES), a favor del Ministerio de Salud, para financiar la adquisición de recursos estratégicos en Salud Pública para prevención y control de cáncer a nivel nacional, con cargo a los recursos de la Reserva de Contingencia del Ministerio de Economía y Finanzas, de acuerdo al siguiente detalle:
DE LA: En Soles SECCIÓN PRIMERA : Gobierno Central PLIEGO 009 : Ministerio de Economía y Finanzas UNIDAD EJECUTORA 001 : Administración General CATEGORÍA PRESUPUESTARIA 9002 : Asignaciones presupuestarias que no resultan en productos ACTIVIDAD 5000415 : Administración del Proceso Presupuestario del Sector Público FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios
GASTO CORRIENTE
2.0 Reserva de Contingencia 46 666 325,00
===========
TOTAL EGRESOS 46 666 325,00
===========
A LA: En Soles SECCIÓN PRIMERA : Gobierno Central PLIEGO 011 : Ministerio de Salud UNIDAD EJECUTORA 124 : Centro Nacional de Abastecimiento de Recursos Estratégicos en Salud PROGRAMA PRESUPUESTAL 0024 : Prevención y Control del Cáncer FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios
GASTO CORRIENTE
2.3 Bienes y servicios 46 666 325,00
===========
TOTAL EGRESOS 46 666 325,00
===========
4.2 El detalle de los recursos autorizados en la Transferencia de Partidas a que hace referencia el numeral 4.1 del presente artículo, se encuentran en el Anexo Nº 04 "Transferencia de partidas a favor del Pliego Ministerio de Salud para la adquisición de recursos estratégicos en Salud Pública para la prevención y control del cáncer a través del Centro Nacional de Abastecimiento de Recursos Estratégicos - CENARES"
que forma parte integrante del presente Decreto Supremo, el cual se publica en las sedes digitales del Ministerio de Economía y Finanzas (www.gob.pe/mef)
y del Ministerio de Salud (www.gob.pe/minsa), en la misma fecha de publicación de la presente norma en el Diario Oficial El Peruano.
4.3 El Titular del Pliego habilitado en la presente Transferencia de Partidas aprueba, mediante Resolución, la desagregación de los recursos autorizados en el numeral 4.1 del artículo 4 del presente Decreto Supremo, a nivel programático, dentro de los cinco (05) días calendario de la vigencia del presente dispositivo legal.
Copia de la Resolución se remite dentro de los cinco (05)
días calendario de aprobada a los organismos señalados en el numeral 31.4 del artículo 31 del Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público.
4.4 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en el Pliego involucrado, solicita a la Dirección General de Presupuesto Público las codificaciones que se requieran como consecuencia de la incorporación de nuevas Partidas de Ingresos, Finalidades y Unidades de Medida.
4.5 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en el Pliego involucrado instruye a la Unidad Ejecutora para que elabore las correspondientes "Notas para Modificación Presupuestaria" que se requieran, como consecuencia de lo dispuesto en la presente norma.
Artículo 5. Transferencia de partidas a favor del Ministerio de Salud y diversos Gobiernos Regionales para la contratación del servicio de mantenimiento de la infraestructura hospitalaria de los servicios oncológicos 5.1 Autorízase una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2022, hasta por la suma de S/ 33 000 000,00 (TREINTA Y TRES
MILLONES Y 00/100 SOLES), a favor del Ministerio de Salud y diversos Gobiernos Regionales, para financiar la contratación de servicios de mantenimiento de infraestructura hospitalaria de los servicios oncológicos, con cargo a los recursos de la Reserva de Contingencia del Ministerio de Economía y Finanzas, de acuerdo al siguiente detalle:
DE LA: En Soles SECCIÓN PRIMERA : Gobierno Central PLIEGO 009 : Ministerio de Economía y Finanzas UNIDAD EJECUTORA 001 : Administración General CATEGORÍA PRESUPUESTARIA 9002 : Asignaciones presupuestarias que no resultan en productos ACTIVIDAD 5000415 : Administración del Proceso Presupuestario del Sector Público FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios
GASTO CORRIENTE
2.0 Reserva de Contingencia 33 000 000,00
===========
TOTAL EGRESOS 33 000 000,00
===========
A LA: En Soles SECCIÓN PRIMERA : Gobierno Central PLIEGO 011 : Ministerio de Salud PROGRAMA PRESUPUESTAL 0024 : Prevención y Control del Cáncer FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios
GASTO CORRIENTE
2.3 Bienes y servicios 6 950 000,00
SECCIÓN SEGUNDA : Instancias Descentralizadas PLIEGO : Gobiernos Regionales PROGRAMA PRESUPUESTAL 0024 : Prevención y Control del Cáncer FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios
GASTO CORRIENTE
2.3 Bienes y servicios 26 050 000,00
===========
TOTAL EGRESOS 33 000 000,00
===========
5.2 El detalle de los recursos autorizados en la Transferencia de Partidas a que hace referencia el numeral 5.1 del presente artículo, se encuentran en el Anexo Nº 05
"Transferencia de partidas para la contratación del servicio de mantenimiento de la infraestructura hospitalaria de los servicios oncológicos" que forma parte del presente Decreto Supremo, el cual se publica en las sedes digitales del Ministerio de Economía y Finanzas (www.gob.pe/mef) y del Ministerio de Salud (www.gob.pe/minsa), en la misma fecha de publicación de la presente norma en el Diario Oficial El Peruano.
5.3 El Titular de los Pliegos habilitados en la presente Transferencia de Partidas aprueba, mediante Resolución, la desagregación de los recursos autorizados en el numeral 5.1 del artículo 5 del presente Decreto Supremo, a nivel programático, dentro de los cinco (05) días calendario de la vigencia del presente dispositivo legal. Copia de la Resolución se remite dentro de los cinco (05) días calendario de aprobada a los organismos señalados en el numeral 31.4 del artículo 31 del Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público.
5.4 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en los Pliegos involucrados, solicita a la Dirección General de Presupuesto Público las codificaciones que se requieran como consecuencia de la incorporación de nuevas Partidas de Ingresos, Finalidades y Unidades de Medida.
5.5 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en los Pliegos involucrados instruye a la Unidad Ejecutora para que elabore las correspondientes "Notas para Modificación Presupuestaria" que se requieran, como consecuencia de lo dispuesto en la presente norma.
Artículo 6. Limitación al uso de los recursos Los recursos de las Transferencias de Partidas a que hacen referencia los artículos 1, 2, 3, 4 y 5 del presente Decreto Supremo, no pueden ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos.
Artículo 7. Refrendo El presente Decreto Supremo es refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas.
Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los diecinueve días del mes de agosto del año dos mil veintidós.
JOSÉ PEDRO CASTILLO TERRONES
Presidente de la República
KURT BURNEO FARFÁN
Ministro de Economía y Finanzas
NORMA LEGAL:
- Titulo: DS 189-2022-EF Autorizan Transferencia de Partidas a favor del Ministerio de Salud, del Instituto Nacional de Enfermedades Neoplásicas y de diversos Gobiernos Regionales en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2022
- Tipo de norma : DECRETO SUPREMO
- Numero : 189-2022-EF
- Emitida por : Economia y Finanzas - Poder Ejecutivo
- Fecha de emision : 2022-08-20
- Fecha de aplicacion : 2022-08-21
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