9/11/2022
Manual Operaciones Programa Fomento Gestión RDE
Poder Ejecutivo, Aprueban el Manual de Operaciones del Programa de Fomento y Gestión Sostenible de la Producción Forestal en el Perú RDE D000154-2022-MIDAGRI-SERFOR-DE Magdalena del Mar, 6 de julio del 2022 VISTOS: Los Informes Nº D000321-2022-MIDAGRI-SERFOR-GG-OGA y Nº D000326-2022-MIDAGRI-SERFOR-GG-OGA de la Oficina General de Administración; el Informe Nº D000077-2022-MIDAGRI-SERFOR-GG-OGPP-OPR de la Oficina de Planeamiento y Racionalización, el Memorando Nº D000387-2022-MIDAGRI-SERDOR-GG-OGPP de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto; y, el Informe Legal Nº D000262-2022-MIDAGRI-…
Aprueban el Manual de Operaciones del Programa de Fomento y Gestión Sostenible de la Producción Forestal en el Perú
RDE D000154-2022-MIDAGRI-SERFOR-DE
Magdalena del Mar, 6 de julio del 2022
VISTOS:
Los Informes Nº D000321-2022-MIDAGRI-SERFOR-GG-OGA y Nº D000326-2022-MIDAGRI-SERFOR-GG-OGA de la Oficina General de Administración; el Informe
Nº D000077-2022-MIDAGRI-SERFOR-GG-OGPP-OPR de la Oficina de Planeamiento y Racionalización, el Memorando Nº D000387-2022-MIDAGRI-SERDOR-GG-OGPP de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto; y, el Informe Legal Nº D000262-2022-MIDAGRI-SERFOR-OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica, y;
CONSIDERANDO:
Que, el Reglamento de Organización y Funciones - ROF del SERFOR, aprobado por el Decreto Supremo Nº 007-2013-MINAGRI y modificado por el Decreto Supremo Nº 016-2014-MINAGRI, establece que la entidad cuenta con una estructura orgánica compuesta, entre otros, por órganos de administración interna y órganos de línea;
Que, el artículo 53 de los Lineamientos de Organización del Estado, aprobados por el Decreto Supremo Nº 054-2018-PCM, y modificatorias, señala que, el Manual de Operaciones es el documento técnico normativo de gestión organizacional que formaliza: i) la estructura funcional de los programas y los proyectos especiales; ii) la estructura orgánica al interior de los órganos desconcentrados, cuando corresponda; y iii) la estructura orgánica al interior de los órganos académicos, cuando corresponda;
Que, el artículo 54 de los Lineamientos de Organización del Estado, concordante con el literal a) del Subcapítulo II del Capítulo III de los Lineamientos Nº 02-2020-SGP
que establecen orientaciones sobre el Reglamento de Organización y Funciones - ROF y el Manual de Operaciones - MOP, aprobados mediante Resolución de Secretaria de Gestión Pública Nº 005-2020-PCM-SGP, contempla la estructura del Manual de Operaciones el mismo que comprende: i) las disposiciones generales; ii) la estructura; iii) bienes, servicios y procesos; y iv) anexo;
Que, el numeral 55.1 del artículo 55 de los Lineamientos de Organización del Estado, concordante con el literal b) del Subcapítulo II del Capítulo III de los Lineamientos Nº 02-2020-SGP, señala que la propuesta del MOP se sustenta en un Informe Técnico elaborado por la Oficina de Planeamiento y Presupuesto o la que haga sus veces, el cual justifica su estructura y los mecanismos
EDICIÓN EXTRAORDINARIA
de control y coordinación; y, en un informe legal elaborado por la Oficina de Asesoría Jurídica o la que haga sus veces, que valida la legalidad de las funciones sustantivas asignadas en el MOP;
Que, el numeral 55.2 del artículo 55 de los Lineamientos de Organización del Estado; concordante con el literal d) del Subcapítulo II del Capítulo III de los Lineamientos Nº 02-2020-SGP, establece que el MOP se aprueba según corresponda, por resolución ministerial o por resolución del titular de un organismo público, en el caso del Poder Ejecutivo;
Que, asimismo, el literal c) del Subcapítulo II del Capítulo III de los Lineamientos Nº 02-2020-SGP, señala que los Ministerios y los organismos públicos, entre otros, están obligados, bajo responsabilidad de su máxima autoridad administrativa, a reportar a la Secretaria de Gestión Pública la aprobación de sus ROF, así como de los Manuales de Operación - MOP de sus Programas, Proyectos Especiales y, de corresponder, de sus órganos desconcentrados o académicos, en un plazo máximo de quince (15) días hábiles de aprobados. Para tal efecto, se debe remitir al correo electrónico de la Secretaría de Gestión Pública (organizacióndelestado@pcm.gob.pe)
el expediente escaneado que sustentó la aprobación del respectivo ROF o MOP;
Que, con fecha 25 de mayo de 2021 se suscribe el Contrato de Préstamo entre República del Perú y el KfW, por un monto de EUR 54,000,000.00 para el financiamiento del Programa de Fomento y Gestión Sostenible de la Producción Forestal en el Perú;
Que, en dicho contexto, mediante Carta s/n del 29 de junio de 2022, el KfW comunica al Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre - SERFOR la No Objeción al Manual de Operaciones del Programa de Fomento y Gestión Sostenible de la Producción Forestal en el Perú;
Que, la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto mediante el documento del Vistos, brinda su conformidad al Informe Técnico Nº D000077-2022-MIDAGRI-SERFOR-GG-OGPP-OPR, a través del cual la Oficina de Planeamiento y Racionalización señala que ha elaborado la propuesta del Manual de Operaciones del Programa de Inversión denominado "Fomento y Gestión Sostenible de la Producción Forestal en el Perú" (en adelante Programa 2332872), con el objetivo general de "promover el manejo forestal bajo criterios de sostenibilidad y productividad, contribuyendo a la reducción de la deforestación, a la mitigación del cambio climático y a la conservación de la biodiversidad en el Perú". Dicha inversión está conformada por cuatro (4) componentes: i) tres (3) proyectos de inversión; y, ii) la Gestión del Programa;
Que, la Oficina General de Administración a través de los documentos del Vistos, emite opinión favorable respecto a la aprobación del Manual de Operaciones del Programa de Inversión denominado "Fomento y Gestión Sostenible de la Producción Forestal en el Perú";
Que, la Oficina General de Asesoría Jurídica mediante el documento del Vistos, señala que la propuesta elaborada y sustentada por la Oficina de Planeamiento y Racionalización de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, se enmarca en lo establecido en los Lineamientos de Organización del Estado, aprobados por Decreto Supremo Nº 054-2018-PCM, y modificatorias, los Lineamientos Nº 02-2020-SGP que establecen orientaciones sobre el Reglamento de Organización y Funciones - ROF y el Manual de Operaciones - MOP, aprobados mediante Resolución de Secretaria de Gestión Pública Nº 005-2020-PCM-SGP, y el Decreto Supremo Nº 016-2014-MINAGRI que modifica el ROF del SERFOR, aprobado por Decreto Supremo Nº 007-2013-MINAGRI; por lo que resulta jurídicamente viable que el Director Ejecutivo (e) en su condición de titular del pliego y máxima autoridad ejecutiva institucional, emita el acto resolutivo que apruebe la propuesta del Manual de Operaciones del Programa de Fomento y Gestión Sostenible de la Producción Forestal en el Perú, con código único de inversión Nº 2332872, conforme a lo establecido en el numeral 55.2 del artículo 55 de los Lineamientos de Organización del Estado, concordante con el literal d) del Subcapítulo II del Capítulo III de los Lineamientos Nº 02-2020-SGP;
Que, el literal m) del artículo 10 del ROF del SERFOR, establece que es función del Director Ejecutivo expedir resoluciones, referidas a la gestión en los asuntos de su competencia, dando cuenta al Consejo Directivo;
Que, estando a lo señalado anteladamente y con el visado del Gerente General, del Director General de la Oficina General de Administración, del Director General de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, del Director de la Oficina de Planeamiento y Racionalización, y del Director General de la Oficina General de Asesoría Jurídica, corresponde emitir el acto resolutivo correspondiente; y, De conformidad con la Ley Nº 29763, Ley Forestal y de Fauna Silvestre; el Decreto Supremo Nº 007-2013-MINAGRI, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del SERFOR, modificado por Decreto Supremo Nº 016-2014-MINAGRI; el Decreto Supremo Nº 054-2018-PCM, que aprueba Lineamientos de Organización del Estado, y modificatorias; la Resolución de Secretaria de Gestión Pública Nº 005-2020-PCM-SGP , que aprueba los Lineamientos Nº 02-2020-SGP que establecen orientaciones sobre el Reglamento de Organización y Funciones - ROF y el Manual de Operaciones - MOP .
SE RESUELVE:
Artículo 2.- ENCARGAR a la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, la difusión del Manual de Operaciones del Programa de Fomento y Gestión Sostenible de la Producción Forestal en el Perú, con código único de inversión Nº 2332872; y, a la Oficina General de Administración la implementación, supervisión y el monitoreo del Manual de Operaciones del Programa de Fomento y Gestión Sostenible de la Producción Forestal en el Perú, con código único de inversión Nº 2332872.
Artículo 3.- DISPONER la notificación de la presente Resolución a la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto y a la Oficina General de Administración, para los fines respectivos.
Artículo 4.- DISPONER la notificación de la presente Resolución y su expediente a la Secretaría de Gestión Pública de la Presidencia del Consejo de Ministros, dentro de los quince (15) días hábiles de la aprobación del Manual de Operaciones - MOP del Programa de Fomento y Gestión Sostenible de la Producción Forestal en el Perú, con código único de inversión Nº 2332872.
Artículo 5.- DISPONER la publicación de la presente Resolución en el Portal Institucional del Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre - SERFOR (www.gob.pe/ serfor).
Regístrese y comuníquese.
HILARIO LÓPEZ CÓRDOVA
Director Ejecutivo (e)
Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre
SERFOR
NORMA LEGAL:
- Titulo: RDE D000154-2022-MIDAGRI-SERFOR-DE Aprueban el Manual de Operaciones del Programa de Fomento y Gestión Sostenible de la Producción Forestal en el Perú
- Tipo de norma : RESOLUCIÓN DE DIRECCIÓN EJECUTIVA RDE
- Numero : D000154-2022-MIDAGRI-SERFOR-DE
- Emitida por : - Poder Ejecutivo
- Fecha de emision : 2022-09-11
- Fecha de aplicacion : 2022-09-12
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