9/10/2022

Otorgan Distinción personalidad Meritoria RM 000289-2022-DM/MC Cultura

Poder Ejecutivo, Cultura Otorgan distinción de "Personalidad Meritoria de la Cultura" RM 000289-2022-DM/MC San Borja, 8 de septiembre del 2022 VISTOS; el Proveído Nº 005931-2022-VMPCIC/MC del Despacho Viceministerial de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales; el Informe Nº 000356-2022-DGIA/ MC de la Dirección General de Industrias Culturales y Artes; el Informe Nº 001069-2022-OGAJ/MC de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, mediante la Ley Nº 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura y su modificatoria, se crea el Mini…
Poder Ejecutivo, Cultura
Otorgan distinción de "Personalidad Meritoria de la Cultura"
RM 000289-2022-DM/MC
San Borja, 8 de septiembre del 2022
VISTOS; el Proveído Nº 005931-2022-VMPCIC/MC del Despacho Viceministerial de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales; el Informe Nº 000356-2022-DGIA/ MC de la Dirección General de Industrias Culturales y Artes; el Informe Nº 001069-2022-OGAJ/MC de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,

CONSIDERANDO:

Que, mediante la Ley Nº 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura y su modificatoria, se crea el Ministerio de Cultura como organismo del Poder Ejecutivo con personería jurídica de derecho público, estableciéndose las áreas programáticas de acción sobre las cuales ejerce sus competencias y atribuciones para el logro de los objetivos y metas del Estado;

Que, asimismo, el literal d) del artículo 7 de la norma citada y el numeral 3.17 del artículo 3 del Reglamento de Organización y Funciones - ROF del Ministerio de Cultura, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2013-MC, prevén como función exclusiva del Ministerio de Cultura, convocar y conceder reconocimientos al mérito a los creadores, artistas, personas y organizaciones que aporten al desarrollo cultural del país;

Que, el artículo 77 del ROF, dispone que la Dirección General de Industrias Culturales y Artes es el órgano de línea que tiene a su cargo formular, coordinar, ejecutar y supervisar las políticas, estrategias y acciones orientadas a estimular la creación artística y fomentar la actividad artística en los más diversos campos, así como promover la productividad y competitividad de las industrias que están directamente vinculadas con la creación artística, la producción audiovisual, editorial, fonográfica y de los nuevos medios, así como la distribución de bienes y servicios culturales y que están usualmente protegidas por el derecho de autor;

Que, asimismo, conforme al numeral 78.14 del artículo 78 del ROF, la Dirección General de Industrias Culturales y Artes tiene como función emitir opinión técnica y recomendación, en materia de su competencia, para el otorgamiento de reconocimientos al mérito a los creadores, artistas, personas y organizaciones que aporten al desarrollo cultural del país;

Que, el artículo 82 del ROF, establece que la Dirección de Artes de la Dirección General de Industrias Culturales y Artes es la unidad orgánica encargada de diseñar, promover e implementar políticas, estrategias y acciones orientadas a estimular la actividad creativa en los más diversos campos de las artes escénicas, musicales, plásticas, visuales, artes aplicadas y multidisciplinarias;
así mismo, desarrollar acciones que permitan ampliar el acceso de la ciudadanía al ejercicio de sus derechos culturales respecto a la formación, creación, producción, circulación, difusión y disfrute de las expresiones artísticas de sus identidades y diversidad; asimismo, el numeral 82.15 del referido artículo 82 dispone que, dentro de sus funciones, le corresponde emitir opinión técnica para el otorgamiento de reconocimientos a personas naturales y jurídicas, cuya labor y trayectoria en el campo de las artes constituyan un aporte al desarrollo cultural del país;

Que, el acápite 5.1.3 del numeral 5.1 del artículo V de la Directiva Nº 002-2016-MC, "Directiva para el Otorgamiento de Reconocimientos del Ministerio de Cultura", aprobada por Resolución Ministerial Nº 107-2016-MC de fecha 16 de marzo de 2016, establece que Personalidad Meritoria de la Cultura es el reconocimiento que otorga el Ministerio de Cultura a personas naturales o jurídicas, públicas o privadas, inscritas o no en los registros públicos, así como a organizaciones tradicionales, que han realizado un aporte significativo al desarrollo cultural del país. Reconocimiento que se formalizará mediante resolución ministerial a ser publicada en el diario oficial "El Peruano", conforme a lo establecido por el acápite 6.1.4 de la citada directiva;

Que, mediante el Informe Nº 000356-2022-DGIA/ MC, la Dirección General de Industrias Culturales y Artes, con sustento en los Informes Nº 000816-2022-DIA/MC
y Nº 000785-2022-DIA/MC de la Dirección de Artes, así como en el Informe Nº 000394-2022-DAFO/MC de la Dirección del Audiovisual, La Fonografía y los Nuevos Medios, recomienda reconocer como "Personalidad Meritoria de la Cultura" al señor Tulio Loza Bonifaz por su extensa trayectoria artística y aporte como comediante al ser uno de los principales referentes y humoristas, y
por sus recordados personajes presentados en la radio y televisión peruana que promovieron un cambio en la imagen negativa que se tenía de los ciudadanos provincianos en la capital; así como, por sus aportes al desarrollo del sector cinematográfico peruano;

Que, siendo esto así, y atendiendo a que los órganos competentes han emitido opinión favorable y brindado el sustento de orden técnico para otorgar el reconocimiento como "Personalidad Meritoria de la Cultura" al señor Tulio Loza Bonifaz, corresponde emitir el acto resolutivo correspondiente;

Con las visaciones del Despacho Viceministerial de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales, de la Dirección General de Industrias Culturales y Artes y, de la Oficina General de Asesoría Jurídica;

De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura y modificatoria;
el Decreto Supremo Nº 005-2013-MC, Decreto Supremo que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Cultura; y la Directiva Nº 002-2016/MC, "Directiva para el Otorgamiento de Reconocimientos del Ministerio de Cultura", aprobada por la Resolución Ministerial Nº 107-2016-MC;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Otorgar la distinción de "Personalidad Meritoria de la Cultura" al señor Tulio Loza Bonifaz por su extensa trayectoria artística y aporte como comediante al ser uno de los principales referentes y humoristas, y por sus recordados personajes presentados en la radio y televisión peruana que promovieron un cambio en la imagen negativa que se tenía de los ciudadanos provincianos en la capital; así como, por sus aportes al desarrollo del sector cinematográfico peruano.

Artículo 2.- Remitir copia de la presente resolución a la Oficina de Comunicación e Imagen Institucional, para los fines pertinentes.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

BETSSY BETZABET CHAVEZ CHINO
Ministra de Cultura

NORMA LEGAL:

  • Titulo: RM 000289-2022-DM/MC Otorgan distinción de "Personalidad Meritoria de la Cultura"
  • Tipo de norma : RESOLUCIÓN MINISTERIAL
  • Numero : 000289-2022-DM/MC
  • Emitida por : Cultura - Poder Ejecutivo
  • Fecha de emision : 2022-09-10
  • Fecha de aplicacion : 2022-09-11

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