9/02/2022

Modificación Formato 4 – B Anexo 01 Listado RM 228-2022-MINCETUR Comercio Exterior y Turismo

Poder Ejecutivo, Comercio Exterior y Turismo Aprueban modificación del Formato 4 - B y el Anexo Nº 01 - Listado de Recursos Turísticos Priorizados por el Sector, los cuales forman parte de la Resolución Ministerial Nº 003-2022-MINCETUR, que aprueba la modificación del Criterio de Priorización Sectorial "Destino Turístico Priorizado" RM 228-2022-MINCETUR Lima, 1 de setiembre de 2022 VISTOS, el Memorándum Nº 901-2022-MINCETUR/ SG/OGPPD y el Memorándum Nº 908-2022-MINCETUR/ SG/OGPPD, de la Oficina General de Planificación, Presupuesto y Desarrollo del Ministerio de Comercio Exterior y …
Poder Ejecutivo, Comercio Exterior y Turismo
Aprueban modificación del Formato 4 - B y el Anexo Nº 01 - Listado de Recursos Turísticos Priorizados por el Sector, los cuales forman parte de la Resolución Ministerial Nº 003-2022-MINCETUR, que aprueba la modificación del Criterio de Priorización Sectorial "Destino Turístico Priorizado"
RM 228-2022-MINCETUR
Lima, 1 de setiembre de 2022
VISTOS, el Memorándum Nº 901-2022-MINCETUR/ SG/OGPPD y el Memorándum Nº 908-2022-MINCETUR/ SG/OGPPD, de la Oficina General de Planificación, Presupuesto y Desarrollo del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo; y,

CONSIDERANDO:

Que, mediante el Decreto Legislativo Nº 1252, Decreto Legislativo que crea el Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones, y deroga la Ley Nº 27293, Ley del Sistema Nacional de Inversión Pública (en adelante, Decreto Legislativo Nº 1252), tiene por objeto crear el Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones, como sistema administrativo del Estado, con la finalidad de orientar el uso de los recursos públicos destinados a la inversión, para la efectiva prestación de servicios y la provisión de la infraestructura necesaria para el desarrollo del país y derogar la Ley Nº 27293, Ley del Sistema Nacional de Inversión Pública;

Que, el numeral 5.3 del artículo 5 del Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo Nº 1252, Decreto Legislativo que crea el Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones, aprobado por Decreto Supremo Nº 242-2018-EF, establece que el Ministro o la más alta autoridad ejecutiva del Sector, en su calidad de Órgano Resolutivo, presenta al Ministerio de Economía y Finanzas el Programa Multianual de Inversiones Sectorial, conforme a lo establecido en la Directiva correspondiente a la Programación Multianual, y lo aprueba conforme a los procedimientos del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones, establecido en el Reglamento y sus normas complementarias; asimismo, las modificaciones a los objetivos priorizados, metas e indicadores contenidos en el Programa Multianual de Inversiones Sectorial, se realizan siguiendo el mismo procedimiento establecido para su aprobación;

Que, el citado numeral establece que el Órgano Resolutivo del Sector del Gobierno Nacional aprueba los indicadores de brechas y los criterios para la priorización de las inversiones relacionadas con funciones de su competencia, a ser aplicados en la fase de Programación Multianual de Inversiones para los tres niveles de gobierno, de acuerdo a las medidas sectoriales definidas por los rectores de las políticas nacionales;

Que, el numeral 9.2 del artículo 9 del Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1252, Decreto Legislativo que crea el Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones, aprobado por Decreto Supremo Nº 284-2018-EF, señala que el Órgano Resolutivo del Sector aprueba los indicadores de brechas y los criterios para la priorización de las inversiones que se enmarquen en el ámbito de su responsabilidad funcional, a ser aplicados en la fase de Programación Multianual de Inversiones por los tres niveles de gobierno, de acuerdo a las medidas sectoriales definidas por los rectores de las políticas nacionales sectoriales; y que dichos indicadores y criterios pueden ser revisados anualmente y siempre que se presenten modificaciones, se aprueban y se publican en el portal institucional de la entidad;

Que, mediante Resolución Directoral Nº 001-2019-EF/63.01, se aprueba la Directiva Nº 001-2019-EF/63.01, "Directiva General del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones" y sus modificatorias;

Que, el artículo 13 de la citada Directiva señala que la Oficina de Programación Multianual de Inversiones - OPMI del Sector, previa coordinación con la Oficina de Planeamiento o la que haga sus veces en la entidad, propone los criterios de priorización sectoriales para las inversiones que se enmarquen en el ámbito de su responsabilidad funcional, siendo dichos criterios de priorización aplicados por los tres niveles de gobierno.

Asimismo, establece que los criterios de priorización sectoriales son elaborados de acuerdo a los lineamientos metodológicos establecidos por la Dirección General de Programación Multianual de Inversiones - DGPMI del Ministerio de Economía y Finanzas; y remitidos a ésta para su validación metodológica y posterior aprobación por el Órgano Resolutivo - OR del Sector y publicación por la OPMI en su portal institucional, de acuerdo a los plazos en la citada Directiva;

Que, por Resolución Ministerial Nº 037-2019-MINCETUR, se designa a la Oficina General de Planificación, Presupuesto y Desarrollo, como órgano encargado de realizar las funciones de Oficina de Programación Multianual de Inversiones del MINCETUR, en el marco del Decreto Legislativo Nº 1252;

Que, por Resolución Ministerial Nº 015-2021-MINCETUR, se designa a la señora Katherine Vanessa Castro Gallo, Especialista en Seguimiento de Inversiones de la Oficina de Cooperación Técnica e Inversión Pública, de la Oficina General de Planificación, Presupuesto y Desarrollo, como Responsable de la Oficina de Programación Multianual de Inversiones (OPMI) del Sector Comercio Exterior y Turismo;

Que de acuerdo al documento del Vistos, la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto hace suyo el Informe Nº 0097-2022-MINCETUR/SG/OGPPD/OCTIP, por el cual la Responsable de la Oficina de Programación Multianual de Inversiones del Sector Comercio Exterior y Turismo, propone la modificación del Formato 4 - B y el Anexo Nº 01 - Listado de Recursos Turísticos Priorizados por el Sector, los cuales forman parte de la Resolución Ministerial Nº 003-2022-MINCETUR, que aprueba la modificación del Criterio de Priorización Sectorial "Destino Turístico Priorizado", a efectos de incorporar los recursos turísticos considerados en la Tabla Nº 01 de dicho Informe;
recomendando su aprobación por el Órgano Resolutivo y publicación en el portal institucional de la entidad, dado que se cuenta con la validación metodológica de la Dirección General de Programación Multianual de Inversiones del Ministerio de Economía y Finanzas; siendo sólo aplicable para el antes mencionado criterio de priorización, siendo excluyente para los demás criterios de priorización sectorial.

Que, en tal sentido, es necesario aprobar la modificación del Formato 4 - B y el Anexo Nº 01 - Listado de Recursos Turísticos Priorizados por el Sector, los cuales forman parte de la Resolución Ministerial Nº 003-2022-MINCETUR, que aprueba la modificación del Criterio de Priorización Sectorial "Destino Turístico Priorizado", a efectos de incorporar los recursos turísticos considerados en la Tabla adjunta del mencionado informe;

De conformidad con lo dispuesto en el Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo No 1252, Decreto Legislativo que crea el Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones, y deroga la Ley Nº 27293, Ley del Sistema Nacional de Inversión Pública, aprobado por Decreto Supremo No 242-2018-EF; su Reglamento aprobado por Decreto Supremo No 284-2018-EF; la Ley Nº 27790, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2002-MINCETUR;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Aprobar la modificación del Formato 4 - B y el Anexo Nº 01 - Listado de Recursos Turísticos Priorizados por el Sector, los cuales forman parte de la Resolución Ministerial Nº 003-2022-MINCETUR, que aprueba la modificación del Criterio de Priorización Sectorial "Destino Turístico Priorizado", que como Anexo forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial.

Artículo 2.- Remitir copia de la presente Resolución a la Dirección General de Programación Multianual de Inversiones del Ministerio de Economía y Finanzas, luego de su aprobación.

Artículo 3.- Quedan vigentes los demás extremos de la Resolución Ministerial Nº 019-2020-MINCETUR y la Resolución Ministerial Nº 003-2022-MINCETUR, en lo que no se oponga a la presente Resolución Ministerial.

Artículo 4.- Disponer que la presente Resolución Ministerial y su Anexo sean publicados en el Portal Web Institucional del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo (www.gob.pe/mincetur), el mismo día de su publicación en el Diario Oficial El Peruano.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

ROBERTO SÁNCHEZ PALOMINO
Ministro de Comercio Exterior y Turismo

NORMA LEGAL:

  • Titulo: RM 228-2022-MINCETUR Aprueban modificación del Formato 4 - B y el Anexo Nº 01 - Listado de Recursos Turísticos Priorizados por el Sector, los cuales forman parte de la Nº 003-2022-MINCETUR, que aprueba la modificación del Criterio de Priorización Sectorial "Destino Turístico Priorizado"
  • Tipo de norma : RESOLUCIÓN MINISTERIAL
  • Numero : 228-2022-MINCETUR
  • Emitida por : Comercio Exterior y Turismo - Poder Ejecutivo
  • Fecha de emision : 2022-09-02
  • Fecha de aplicacion : 2022-09-03

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