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Lineamientos Implementación Interpretación Himno RM 000279-2022-DM/MC Cultura
9/02/2022
Lineamientos Implementación Interpretación Himno RM 000279-2022-DM/MC Cultura
Poder Ejecutivo, Cultura Aprueban "Lineamientos para la implementación de la Interpretación del Himno Nacional en la lengua indígena u originaria predominante, según lo establece el Registro Nacional de Lenguas Indígenas u Originarias" RM 000279-2022-DM/MC San Borja, 25 de agosto del 2022 VISTOS; el Memorando Nº 000443-2022-VMI/MC del Despacho Viceministerial de Inerculturalidad; el Informe Nº 000158-2022-DGPI/MC y Memorando Nº 000576-2022-DGPI/MC de la Dirección General de Derechos de los Pueblos Indígenas; el Memorando Nº 000552-2022-OGPP/MC de la Oficina General de Planeamiento y…
Aprueban "Lineamientos para la implementación de la Interpretación del Himno Nacional en la lengua indígena u originaria predominante, según lo establece el Registro Nacional de Lenguas Indígenas u Originarias"
RM 000279-2022-DM/MC
San Borja, 25 de agosto del 2022
VISTOS; el Memorando Nº 000443-2022-VMI/MC del Despacho Viceministerial de Inerculturalidad; el Informe Nº 000158-2022-DGPI/MC y Memorando Nº 000576-2022-DGPI/MC de la Dirección General de Derechos de los Pueblos Indígenas; el Memorando Nº 000552-2022-OGPP/MC de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto; el Proveído Nº 001939-2022-OGAJ/MC y el Informe Nº 000003-2022-OGAJ-PGC/MC de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,
CONSIDERANDO:
las cuales ejerce sus competencias y atribuciones para el logro de los objetivos y metas del Estado;
Que, el numeral 72.2 del artículo 72 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por el Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS, señala que toda entidad es competente para realizar las tareas materiales internas necesarias para el eficiente cumplimiento de su misión y objetivos, así como para la distribución de las atribuciones que se encuentren comprendidas dentro de su competencia;
Que, el artículo 4 de la Ley Nº 29735, Ley que regula el uso, preservación, desarrollo, recuperación, fomento y difusión de las lenguas originarias del Perú, establece, entre otras disposiciones, el derecho de toda persona a usar su lengua originaria en los ámbitos público y privado, el derecho a ser atendida en su lengua materna en los organismos o instancias estatales, y a gozar y disponer de los medios de traducción directa o inversa que garanticen el ejercicio de sus derechos en todo ámbito;
Que, en ese mismo sentido, el literal h) del artículo 12 de la precitada Ley Nº 29735, establece que el Estado, a través de sus medios de comunicación, promueve y difunde programas en lenguas originarias;
Que, en los artículos 10 y 11 del Reglamento de la Ley Nº 29735, Ley que regula el uso, preservación, desarrollo, recuperación, fomento y difusión de las lenguas originarias del Perú, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 004-2016-MC, se establecen disposiciones sobre el "Registro Nacional de Lenguas Indígenas u Originarias";
Que, mediante el Decreto Supremo Nº 006-2022-MC, se oficializa la interpretación del Himno Nacional en todos los actos cívicos, actos militares, eventos o ceremonias;
en idioma castellano, así como en la lengua indígena u originaria predominante, según lo establece el Registro Nacional de Lenguas Indígenas u Originarias;
Que, la Primera Disposición Complementaria Final del Decreto Supremo Nº 006-2022-MC, faculta al Ministerio de Cultura a expedir, por Resolución Ministerial, las disposiciones complementarias que resulten necesarias para la aplicación del decreto supremo;
Que, el artículo 90 del Reglamento de Organización y Funciones - ROF del Ministerio de Cultura, aprobado por el Decreto Supremo Nº 005-2013-MC, dispone que la Dirección General de Derechos de los Pueblos Indígenas es el órgano de línea de ámbito nacional encargado de proponer, coordinar, evaluar y supervisar con la Alta Dirección del Ministerio y demás órganos del Ministerio la política nacional y las normas de alcance nacional en materias relacionadas con la implementación del derecho a la consulta previa; con la protección, el desarrollo y la promoción de las lenguas indígenas; y con la población indígena en situación de aislamiento y contacto inicial;
Que, el artículo 95 del ROF del Ministerio de Cultura, establece que la Dirección de Lenguas Indígenas es el órgano de línea encargado de promover e implementar acciones para el desarrollo y uso de las lenguas indígenas y originarias de los pueblos indígenas del país, fomentando su aprendizaje;
Que, el numeral 95.11 del artículo 95 del ROF del Ministerio de Cultura, establece que la Dirección de Lenguas Indígenas tiene, entre sus funciones, elaborar, proponer las normas, directivas y lineamientos en el marco de sus competencias;
Que, considerando el marco normativo precedente, mediante el Memorando Nº 000576-2022-DGPI/MC, la Dirección General de Derechos de los Pueblos Indígenas remite el Informe Nº 000090-2022-DLI/MC de la Dirección de Lenguas Indígenas, por el cual se proponen los "Lineamientos para la implementación de la interpretación del Himno Nacional en la lengua indígena u originaria predominante, según lo establece el Registro Nacional de Lenguas Indígenas u Originarias", que tiene por objeto establecer los lineamientos para la implementación progresiva de la interpretación del Himno Nacional en la lengua indígena u originaria predominante, según lo establece el Registro Nacional de Lenguas Indígenas u Originarias;
Que, con el Memorando Nº 000552-2022-OGPP/ MC, la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto remite el Informe Nº 000176-2022-OOM/MC, por el cual la Oficina de Organización y Modernización emite opinión favorable para la aprobación de los lineamientos propuestos; señalando que los mismos se encuentran en concordancia con lo establecido en la Directiva Nº 001-2022-SG/MC denominada "Directiva para la formulación, modificación y aprobación de documentos de gestión, normativos y orientadores del Ministerio de Cultura, aprobada por la Resolución de Secretaría General Nº 000001-2022-SG/MC;
Que, en tal sentido, corresponde emitir el acto resolutivo correspondiente que apruebe los "Lineamientos para la implementación de la interpretación del Himno Nacional en la lengua indígena u originaria predominante, según lo establece el Registro Nacional de Lenguas Indígenas u Originarias";
Con las visaciones del Despacho Viceministerial de Interculturalidad, de la Dirección General de Derechos de los Pueblos Indígenas, de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, y de la Oficina General de Asesoría Jurídica;
De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura y su modificatoria; el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por el Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS;
el Decreto Supremo Nº 006-2022-MC, que oficializa la interpretación del Himno Nacional en idioma castellano y en lengua indígena u originaria predominante, según lo establece el Registro Nacional de Lenguas Indígenas u originarias y dicta otra disposición; y, el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Cultura, aprobado por el Decreto Supremo Nº 005-2013-MC;
SE RESUELVE:
Apruébanse los "Lineamientos para la implementación de la interpretación del Himno Nacional en la lengua indígena u originaria predominante, según lo establece el Registro Nacional de Lenguas Indígenas u Originarias";
los mismos que como anexo forman parte integrante de la presente resolución.
Artículo 2.- Publicación Dispónese la publicación de la presente resolución y su anexo en el portal institucional del Ministerio de Cultura (www.gob.pe/cultura), el mismo día de la publicación de la presente resolución en el diario oficial "El Peruano".
Regístrese, comuníquese y publíquese.
BETSSY BETZABET CHAVEZ CHINO
Ministra de Cultura
NORMA LEGAL:
- Titulo: RM 000279-2022-DM/MC Aprueban "Lineamientos para la implementación de la Interpretación del Himno Nacional en la lengua indígena u originaria predominante, según lo establece el Registro Nacional de Lenguas Indígenas u Originarias"
- Tipo de norma : RESOLUCIÓN MINISTERIAL
- Numero : 000279-2022-DM/MC
- Emitida por : Cultura - Poder Ejecutivo
- Fecha de emision : 2022-09-02
- Fecha de aplicacion : 2022-09-03
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