9/08/2022

Programa Anual Promociones 2022 Aprobado Mediante RM 338-2022-MINEM/DM Energia y Minas

Poder Ejecutivo, Energia y Minas Modifican el Programa Anual de Promociones 2022, aprobado mediante Resolución Ministerial Nº 154-2022-MINEM/ RM 338-2022-MINEM/DM Lima, 8 de setiembre de 2022 VISTOS: El Informe Nº 114-2022-MINEM/DGH de la Dirección General de Hidrocarburos, y el Informe Nº 864-2022-MINEM/OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio de Energía y Minas; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 29852, Ley que crea el Sistema de Seguridad Energética en Hidrocarburos y el Fondo de Inclusión Social Energético (en adelante, Ley del FISE), s…
Poder Ejecutivo, Energia y Minas
Modifican el Programa Anual de Promociones 2022, aprobado mediante Resolución Ministerial Nº 154-2022-MINEM/
RM 338-2022-MINEM/DM
Lima, 8 de setiembre de 2022
VISTOS: El Informe Nº 114-2022-MINEM/DGH de la Dirección General de Hidrocarburos, y el Informe Nº 864-2022-MINEM/OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio de Energía y Minas; y,

CONSIDERANDO:

Que, mediante Ley Nº 29852, Ley que crea el Sistema de Seguridad Energética en Hidrocarburos y el Fondo de Inclusión Social Energético (en adelante, Ley del FISE), se crea el Fondo de Inclusión Social Energético (en adelante, FISE), como un sistema de compensación energética que permita brindar seguridad al sistema, así como de un esquema de compensación social y mecanismos de acceso universal a la energía;

Que, el artículo 5 de la Ley del FISE, establece que el FISE tiene como fines los siguientes: i) la masificación del uso del gas natural mediante el financiamiento parcial o total de las conexiones de consumidores regulados, sistemas o medios de distribución o transporte, y conversiones vehiculares; ii) la compensación para el desarrollo de nuevos suministros en la frontera energética; iii) la compensación social y promoción para el acceso al GLP de los sectores vulnerables, tanto urbanos como rurales; iv) la compensación a las empresas de distribución de electricidad por la aplicación del mecanismo de compensación de la tarifa eléctrica residencial, conforme a la ley de la materia; y v) la implementación del mecanismo de promoción contenido en el Decreto Supremo Nº 040-2008-EM, dirigido a las poblaciones de menores recursos;

Que, el numeral 8.2 del artículo 8 de la Ley del FISE
establece que los proyectos incluidos en el Plan de Acceso Universal a la Energía, serán priorizados de acuerdo a la disponibilidad del FISE y conforme al Programa Anual de Promociones, aprobado por el Ministerio de Energía y Minas;

Que, el numeral 10.2 del artículo 10 del Reglamento de la Ley del FISE, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 021-2012-EM (en adelante, Reglamento del FISE), señala que el Ministerio de Energía y Minas determinará los proyectos a incluirse en el Programa Anual de Promociones, los que formarán parte del Plan de Acceso Universal a la Energía;

Que, el artículo 18 del Reglamento del FISE, establece que el Programa Anual de Promociones forma parte del Plan de Acceso Universal a la Energía y contiene los proyectos directamente vinculados a los fines del FISE.

El Ministerio de Energía y Minas establece la cartera de proyectos del Programa Anual de Promociones a ejecutarse con recursos del FISE, considerando su disponibilidad financiera;

Que, el Plan de Acceso Universal a la Energía 2013-2022, aprobado mediante Resolución Ministerial Nº 203-2013-MEM/DM y sus modificatorias (en adelante, Plan de Acceso Universal a la Energía 2013-2022), tiene como objetivo general, promover, desde el ámbito energético, el desarrollo económico eficiente, sustentable con el medio ambiente y con equidad, a través de la implementación de proyectos que permitan ampliar el acceso universal al suministro energético, priorizando el uso de fuentes energéticas disponibles, con la finalidad de generar una mayor y mejor calidad de vida de las poblaciones de menores recursos en el país;

Que, conforme a lo establecido en el numeral 7 del Plan de Acceso Universal a la Energía 2013 - 2022, se prevé ampliar el acceso universal al suministro de energía y la energización rural a través de cuatro mecanismos generales: i) Programas de Promoción de Masificación del Uso del Gas Natural, ii) Promoción y/o Compensación para el Acceso al GLP, iii) Programas de Desarrollo de Nuevos Suministros en la Frontera Energética, y iv)
Programas y Mejora de Uso Energético Rural;

Que, por lo expuesto, mediante la Resolución Ministerial Nº 154-2022-MINEM/DM se aprobó el Programa Anual de Promociones 2022, que contienen los programas y proyectos que se ejecutarán con recursos del FISE, en el marco de lo establecido en el Plan de Acceso Universal a la Energía 2013-2022, en la Ley del FISE y de su reglamento;

Que, la Dirección General de Hidrocarburos, en su Informe Nº 114-2022-MINEM/DGH sustentó, entre otros, que en el desarrollo de los programas relacionados con la masificación del uso del gas natural, se advirtió la necesidad de ampliar el alcance al Programa de Promoción de Nuevos Suministros de Gas Natural - BonoGas, a fin de brindar el acceso al servicio público de gas natural a más instituciones de índole social y para la conexión de usuarios residenciales y no residenciales de gas natural en el Centro Poblado La Tortuga del departamento de Piura;
asimismo, señala que necesario ampliar la cobertura del Programa de Promoción de Vehículos de GNV - Ahorro GNV, mediante el fomento temporal de la instalación de talleres de conversión y estaciones de Gas Natural Vehicular (GNV) en regiones que cuentan con un sistema de distribución de gas natural y no hacen uso del GNV;
así como, con el incremento del número de conversiones vehiculares mediante la ampliación del monto destinado al mencionado programa;

Que, adicionalmente, la Dirección General de Hidrocarburos señala que debido a la existencia de comunidades nativas en la amazonia peruana que no cuentan con suministros de energía y que se encuentran en el área de infl uencia de proyectos de hidrocarburos, resulta necesario incorporar el "Proyecto de ampliación de frontera energética para la provisión de energía eléctrica con fuente fotovoltaica en zonas alejadas de la Amazonía del país Sol para Todos - Etapa I" en el Programa Anual de Promociones 2022, a fin de cerrar brechas energéticas y proveer energía mediante paneles fotovoltaicos en diversas localidades de la amazonia;

Que, de otro lado, la Dirección General de Hidrocarburos indica que, en atención a la necesidad de continuar con la masificación del gas natural en las regiones de Arequipa, Moquegua y Tacna, se debe incorporar precisiones para la utilización de recursos del FISE en las nuevas inversiones que efectúe la empresa Petróleos del Perú S.A.- Petroperú, en su calidad de administrador provisional de la Concesión Sur Oeste, en virtud de lo previsto en el Decreto Supremo Nº 029-2020-EM y el Convenio marco de encargo especial para la administración provisional del sistema de distribución de gas natural por red de ductos de la concesión Sur Oeste, suscrito el 28 de diciembre de 2020 entre Petroperú y el Ministerio de Energía y Minas;

Que, en atención a lo sustentando en los informes de vistos, resulta necesario modificar el alcance del "Programa de Promoción de nuevos suministros de Gas Natural - BonoGas" y del "Programa de Promoción de Vehículos de GNV a nivel Nacional - Ahorro GNV"; así como, incorporar el "Proyecto de ampliación de frontera energética para la provisión de energía eléctrica con fuente fotovoltaica en zonas alejadas de la Amazonía del país Sol para Todos - Etapa I" en el Anexo 1 del Programa Anual de Promociones 2022, aprobado mediante Resolución Ministerial Nº 154-2022-MINEM/
DM;

Que, mediante Informe Nº 864-2022-MINEM/OGAJ, la Oficina General de Asesoría Jurídica considera que resulta viable aprobar la modificación del Programa Anual de Promociones 2022, propuesta por la Dirección General de Hidrocarburos y el Viceministerio de Hidrocarburos;

De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 30705, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Energía
y Minas; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas, aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 031-2007-EM y sus modificatorias; la Ley Nº 29852, Ley que crea el Sistema de Seguridad Energética en Hidrocarburos y el Fondo de Inclusión Social Energético, su Reglamento aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 021-2012-EM y sus modificatorias;
el Programa Anual de Promociones 2022, aprobado mediante Resolución Ministerial Nº 154-2022-MINEM/ DM; y el Plan de Acceso Universal a la Energía 2013-2022, aprobado mediante Resolución Ministerial Nº 203-2013-MEM/DM y sus modificatorias;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Modificar el Programa Anual de Promociones 2022, aprobado mediante Resolución Ministerial Nº 154-2022-MINEM/DM, conforme al detalle que en Anexo forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial.

Artículo 2.- Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial y su Anexo en el Portal Institucional del Ministerio de Energía y Minas (www.gob.pe/minem), el mismo día de la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Diario Oficial "El Peruano".

Artículo 3.- Publicar en el Portal Institucional del Ministerio de Energía y Minas (www.gob.pe/minem) los informes sustentatorios de la modificación del Programa Anual de Promociones 2022 a ejecutarse con recursos del Fondo de Inclusión Social Energético - FISE, aprobado mediante el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

ALESSANDRA G. HERRERA JARA
Ministra de Energía y Minas

NORMA LEGAL:

  • Titulo: RM 338-2022-MINEM/DM Modifican el Programa Anual de Promociones 2022, aprobado mediante Nº 154-2022-MINEM/
  • Tipo de norma : RESOLUCIÓN MINISTERIAL
  • Numero : 338-2022-MINEM/DM
  • Emitida por : Energia y Minas - Poder Ejecutivo
  • Fecha de emision : 2022-09-08
  • Fecha de aplicacion : 2022-09-09

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