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Reglamento Interno Consejo Nacional Calidad RM 00325-2022-PRODUCE Produce
10/02/2022
Reglamento Interno Consejo Nacional Calidad RM 00325-2022-PRODUCE Produce
Poder Ejecutivo, Produce Aprueban el Reglamento Interno del Consejo Nacional para la Calidad - CONACAL RM 00325-2022-PRODUCE Lima, 29 de septiembre de 2022 VISTOS: El Oficio Nº 012-2022-INACAL/PE del Instituto Nacional de Calidad - INACAL; el Memorando Nº 00000196-2022-PRODUCE/DGDE y el Informe Nº 00000029-2022-PRODUCE/DDP-jolaza de la Dirección General de Desarrollo Empresarial; el Memorando Nº 00000378-2022-PRODUCE/DGPAR, el Memorando Nº 00000256-2022-PRODUCE/DN y el Informe Nº 00000010-2022-SSALAZAR de la Dirección General de Políticas y Análisis Regulatorio; el Memorando Nº 00000303-2022-…
Aprueban el Reglamento Interno del Consejo Nacional para la Calidad - CONACAL
RM 00325-2022-PRODUCE
Lima, 29 de septiembre de 2022
VISTOS: El Oficio Nº 012-2022-INACAL/PE del Instituto Nacional de Calidad - INACAL; el Memorando Nº 00000196-2022-PRODUCE/DGDE y el Informe Nº 00000029-2022-PRODUCE/DDP-jolaza de la Dirección General de Desarrollo Empresarial; el Memorando Nº 00000378-2022-PRODUCE/DGPAR, el Memorando Nº 00000256-2022-PRODUCE/DN y el Informe Nº 00000010-2022-SSALAZAR de la Dirección General de Políticas y Análisis Regulatorio; el Memorando Nº 00000303-2022-PRODUCE/DVMYPE-I del Despacho Viceministerial de MYPE e Industria; el Memorando Nº 00000801-2022-PRODUCE/OGPPM y el Informe Nº 00000289-2022-PRODUCE/OPM de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización; y el Informe Nº 00001140-2022-PRODUCE/OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,
CONSIDERANDO:
así como dictar normas y lineamientos técnicos para la adecuada ejecución y supervisión de las políticas del Sector;
Que, de conformidad con los artículos 1 y 3 de la Ley Nº 30224, Ley que crea el Sistema Nacional para la Calidad y el Instituto Nacional de Calidad, se creó el Sistema Nacional para la Calidad (en adelante SNC), el cual se constituye como un sistema de carácter funcional que integra y articula principios, normas, procedimientos, técnicas, instrumentos e instituciones del Sistema Nacional para la Calidad; además tiene por finalidad promover y asegurar el cumplimiento de la Política Nacional para la Calidad con miras al desarrollo y la competitividad de las actividades económicas y la protección del consumidor;
Que, el artículo 5 de la Ley Nº 30224, Ley que crea el Sistema Nacional para la Calidad y el Instituto Nacional de Calidad, señala que el SNC está integrado por el Consejo Nacional para la Calidad - CONACAL; el Instituto Nacional de Calidad - INACAL y sus Comités Técnicos y Permanentes; y las Entidades públicas y privadas que formen parte de la infraestructura de la calidad;
Que, el numeral 7.1 del artículo 7 de la Ley Nº 30224, Ley que crea el Sistema Nacional para la Calidad y el Instituto Nacional de Calidad, dispone que el Consejo Nacional para la Calidad - CONACAL es un órgano de coordinación de asuntos para la calidad, dependiente del Ministerio de la Producción. Se encuentra integrado por representantes de los sectores público y privado;
Que, los numerales 7.3, 7.6 y 7.7 de la Ley Nº 30224, Ley que crea el Sistema Nacional para la Calidad y el Instituto Nacional de Calidad, señalan que los mecanismos y procedimientos de designación de los representantes de los gremios empresariales, de las asociaciones de consumidores y las universidades serán establecidos en el Reglamento Interno del CONACAL; asimismo, que el quórum, los mecanismos de votación y otros elementos necesarios para definir las decisiones del mencionado Consejo Nacional se establecerán en su Reglamento Interno, el cual se aprobará mediante Resolución Ministerial del Ministerio de la Producción, a propuesta del Consejo Nacional para la Calidad - CONACAL;
Que, la Cuarta Disposición Complementaria Transitoria de la Ley Nº 30224, Ley que crea el Sistema Nacional para la Calidad y el Instituto Nacional de Calidad, dispone que el Ministerio de la Producción por única vez aprobará mediante resolución ministerial el Reglamento Interno del Consejo Nacional para la Calidad - CONACAL;
Que, mediante el Oficio Nº 012-2022-INACAL/ PE, el Instituto Nacional de Calidad - INACAL remitió al Despacho Viceministerial de MYPE e Industria del Ministerio de la Producción, un proyecto de Reglamento Interno del Consejo Nacional para la Calidad - CONACAL
y solicitó continuar con los trámites correspondientes para la aprobación de dicha propuesta, a través de una Resolución Ministerial;
Que, mediante el Memorando Nº 00000196-2022-PRODUCE/DGDE y el Informe Nº 00000029-2022-PRODUCE/DDP-jolaza, la Dirección General de Desarrollo Empresarial emitió opinión favorable al proyecto de Reglamento Interno del Consejo Nacional para la Calidad - CONACAL, propuesto por el Instituto Nacional de Calidad - INACAL, señalando que corresponde su aprobación mediante una Resolución Ministerial;
Que, mediante el Memorando Nº 00000378-2022-PRODUCE/DGPAR, el Memorando Nº 00000256-2022-PRODUCE/DN y el Informe Nº 00000010-2022-SSALAZAR, la Dirección General de Políticas y Análisis Regulatorio emitió opinión favorable al proyecto de Reglamento Interno del Consejo Nacional para la Calidad - CONACAL, señalando que corresponde su aprobación mediante una Resolución Ministerial;
Que, mediante el Memorando Nº 00000303-2022-PRODUCE/DVMYPE-I, el Despacho Viceministerial de MYPE e Industria remitió el proyecto de Reglamento Interno del Consejo Nacional para la Calidad - CONACAL, y solicitó continuar con la aprobación del mismo mediante una Resolución Ministerial;
Que, mediante el Memorando Nº 00000801-2022-PRODUCE/OGPPM y el Informe Nº 00000289-2022-PRODUCE/OPM, la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización emitió opinión favorable al proyecto de Reglamento Interno del
Consejo Nacional para la Calidad - CONACAL, señalando que corresponde su aprobación mediante una Resolución Ministerial;
Que, mediante el Informe Nº 00001140-2022-PRODUCE/OGAJ, la Oficina General de Asesoría Jurídica opina que resulta legalmente viable emitir la Resolución Ministerial que aprueba el Reglamento Interno del Consejo Nacional para la Calidad - CONACAL, propuesto por el Instituto Nacional de Calidad - INACAL
y validado por el Despacho Viceministerial de MYPE e Industria;
Con las visaciones del Despacho Viceministerial de MYPE e Industria, de la Dirección General de Desarrollo Empresarial, de la Dirección General de Políticas y Análisis Regulatorio, de la Secretaría General, de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización y de la Oficina General de Asesoría Jurídica, y;
De conformidad con lo establecido en el Decreto Legislativo Nº 1047, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción y sus modificatorias; Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; Ley Nº 30224, Ley que crea el Sistema Nacional para la Calidad y el Instituto Nacional de Calidad; y el Decreto Supremo Nº 002-2017-PRODUCE, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción y su modificatoria;
SE RESUELVE:
Artículo 2.- Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial y su Anexo en el portal institucional del Ministerio de la Producción (www.gob.pe/produce), el mismo día de la publicación de la presente norma en el diario oficial El Peruano.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
JORGE LUIS PRADO PALOMINO
Ministro de la Producción
NORMA LEGAL:
- Titulo: RM 00325-2022-PRODUCE Aprueban el Reglamento Interno del Consejo Nacional para la Calidad - CONACAL
- Tipo de norma : RESOLUCIÓN MINISTERIAL
- Numero : 00325-2022-PRODUCE
- Emitida por : Produce - Poder Ejecutivo
- Fecha de emision : 2022-10-02
- Fecha de aplicacion : 2022-10-03
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