11/15/2022

Anexo B: Cuotas Internacionales Año Fiscal 2022 DS 055-2022-RE Relaciones Exteriores

Poder Ejecutivo, Relaciones Exteriores Decreto Supremo que modifica el Anexo B: Cuotas Internacionales Año Fiscal 2022 de la Ley Nº 31365, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2022 DS 055-2022-RE EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante Ley 31365, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2022, se aprueba el "Anexo B: Cuotas internacionales - Año Fiscal 2022", en el cual se detallan las entidades y montos que corresponden a cuotas internacionales a ser otorgadas durante el Año Fiscal 2022; Que, de confor…
Poder Ejecutivo, Relaciones Exteriores
Decreto Supremo que modifica el Anexo B: Cuotas Internacionales Año Fiscal 2022 de la Ley Nº 31365, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2022
DS 055-2022-RE
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

CONSIDERANDO:

Que, mediante Ley 31365, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2022, se aprueba el "Anexo B: Cuotas internacionales - Año Fiscal 2022", en el cual se detallan las entidades y montos que corresponden a cuotas internacionales a ser otorgadas durante el Año Fiscal 2022;

Que, de conformidad con lo establecido en el numeral 1.3 del artículo 1 de la referida Ley, durante el Año Fiscal 2022, previa evaluación y priorización por el Ministerio de Relaciones Exteriores, se puede modificar el Anexo B
sin exceder el monto total por pliego señalado en dicho Anexo, mediante decreto supremo refrendado por el Ministro de Relaciones Exteriores, lo que no comprende la inclusión de cuotas adicionales a las contempladas en el referido Anexo;

Que, el numeral 69.2 del artículo 69 del Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público, señala que el pago de las cuotas internacionales no contempladas en el referido Anexo B: Cuotas internacionales, serán autorizadas mediante Decreto Supremo, refrendado por el Ministro de Relaciones Exteriores y el Ministro del Sector correspondiente, a propuesta de este último;

Que, el Pliego Instituto Geográfico Nacional - IGN ha sustentado la necesidad de cumplir con el pago total de cuotas internacionales a favor del Instituto Panamericano de Geografía e Historia, en la medida que se encuentra contemplado dicho concepto en el Anexo B de la Ley Nº 31365, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2022, por la suma de S/ 11,278.00; sin embargo, el monto de la cuota para el Año Fiscal 2022 asciende a US$
6,794.00 dólares americanos, equivalente a S/ 26,156.90 (VEINTISÉIS MIL CIENTO CINCUENTA Y SEIS Y 90/100
SOLES), precisando que dicho monto se financiará con cargo al presupuesto institucional del Pliego 332: Instituto Geográfico Nacional - IGN, fuente de financiamiento Recursos Directamente Recaudados;

Que, en ese sentido, corresponde emitir el Decreto Supremo que modifique el Anexo B: Cuotas Internacionales - Año Fiscal 2022 de la Ley Nº 31365, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2022, con cargo a la Fuente de Financiamiento: Recursos Directamente Recaudados del Pliego 332: Instituto Geográfico Nacional; a fin de atender el pago de la cuota anual a favor del Instituto Panamericano de Geografía e Historia (IPGH);

De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 31365, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2022; y, en el Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público.

DECRETA:

Artículo 1.- Modificación Modifíquese el Anexo B: Cuotas Internacionales - Año Fiscal 2022 de la Ley Nº 31365, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2022, Fuente de Financiamiento Recursos Directamente Recaudados, Pliego 332: Instituto Geográfico Nacional, respecto al siguiente organismo internacional:

PLIEGO
PRESUPUESTARIO
MONEDA MONTO PERSONA JURÍDICA
{E}DEFENSA
332: Instituto Geográfico Nacional Soles S/ 26,156.90
Instituto Panamericano de Geografía e Historia (IPGH)
Artículo 2.- Afectación presupuestal Disponer que los gastos que demande el cumplimiento del presente Decreto Supremo se ejecuten con cargo al presupuesto del Pliego 332: Instituto Geográfico Nacional.

Artículo 3.- Refrendo El presente Decreto Supremo es refrendado por el Ministro de Relaciones Exteriores y el Ministro de Defensa.

Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los catorce días del mes de noviembre del año dos mil veintidós.

JOSÉ PEDRO CASTILLO TERRONES
Presidente de la República
CÉSAR LANDA ARROYO
Ministro de Relaciones Exteriores
DANIEL HUGO BARRAGÁN COLOMA
Ministro de Defensa

NORMA LEGAL:

  • Titulo: DS 055-2022-RE que modifica el Anexo B: Cuotas Internacionales Año Fiscal 2022 de la Ley Nº 31365, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2022
  • Tipo de norma : DECRETO SUPREMO
  • Numero : 055-2022-RE
  • Emitida por : Relaciones Exteriores - Poder Ejecutivo
  • Fecha de emision : 2022-11-15
  • Fecha de aplicacion : 2022-11-16

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